Gobierno de Aragón

  • ## Resumen Este trámite permite a los organismos de revisión técnica de aparatos de bronceado solicitar la autorización necesaria para realizar las revisiones de dichas máquinas. También se pueden realizar trámites de modificación de la autorización o cese de actividad. ## Dirigido a Organismos de Revisión Técnica de aparatos de bronceado autorizados. ## Requisitos * Ser Laboratorio de Ensayo acreditado para la medición de la irradiancia con el método establecido en la UNE-EN 60335-2-27 o ser Organismo de Control y estar acreditado en instalaciones con aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas. ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Formulario de solicitud: Modelo E3007. * Copia de la escritura * Copia de la tarjeta de identificación fiscal * Copia de la acreditación ENAC como laboratorio de ensayo: Conforme a la norma UNE-EN 60335-2-27, según proceda. * Copia de la acreditación ENAC como Organismo de Control: En el ámbito de instalaciones con aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas, según proceda. * Relación de medios técnicos * Relación del personal con sus funciones y cualificaciones * Copia del seguro de responsabilidad civil y del último justificante de pago * Tarifas del servicio * Autoliquidación de tasa ### Formulario del trámite: Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite. [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=1659) ## Información adicional Normativa de Seguridad Industrial: * [Legislación estatal](http://servicios3.aragon.es/nsi/public?p_bus_publicacion=1%23BOE&p_bus_fec_pub_desde=&p_bus_fec_dis_desde=&p_bus_categ=&p_bus_tit_cont=bronceado&idacc=19&p_bus_clase=2%23SEGURIDAD+Y+CALIDAD+INDUSTRIAL&p_bus_rango=&p_bus_subcateg=&p_bus_fec_dis_hasta=&p_bus_fec_pub_hasta=&p_init_url=&p_buscador=BUS-INICIO&p_bus_tipod=&p_bus_tit_cont_doc=&p_bus_envigor=1&p_action=Buscar&p_burl=1) * [Legislación autonómica](http://servicios3.aragon.es/nsi/public?p_bus_publicacion=2%23BOA&p_bus_fec_pub_desde=&p_bus_fec_dis_desde=&p_bus_categ=28%23AGENTES+DE+LA+SEGURIDAD+INDUSTRIAL&p_bus_tit_cont=bronceado&idacc=19&p_bus_clase=2%23SEGURIDAD+Y+CALIDAD+INDUSTRIAL&p_bus_rango=&p_bus_subcateg=&p_bus_fec_dis_hasta=&p_bus_fec_pub_hasta=&p_init_url=&p_buscador=BUS-INICIO&p_bus_tipod=&p_bus_tit_cont_doc=&p_bus_envigor=1&p_action=Buscar&p_burl=1) ## Presentación de la solicitud ### Presencial 1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=1659) 2. Reúne la documentación que tienes que aportar. 3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. [Localiza tu oficina más cercana](https://www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion) [Pedir cita previa](https://citaprevia.aragon.es) 4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina. ## Contacto y ayuda * **Teléfono.**[Huesca. 974293141 / Teruel. 978641110 / Zaragoza. 976714086](tel:Huesca.%20974293141%20/%20Teruel.%20978641110%20/%20Zaragoza.%20976714086) * **Correo electrónico.**[Huesca. spindustria.huesca@aragon.es / Teruel. mcgimenezm@aragon.es / Zaragoza. spzindustria@aragon.es](mailto:Huesca.%20spindustria.huesca@aragon.es%20/%20Teruel.%20mcgimenezm@aragon.es%20/%20Zaragoza.%20spzindustria@aragon.es) ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * [976 289 414](tel:+976289414). De lunes a viernes de 8:00 a 18:00. * [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN ### Normativa * [Decreto 95/2007, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento que regula la actividad de los centros de bronceado y la venta y alquiler de los aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas en Aragón](https://www.aragon.es/documents/20127/674325/Decreto%2095-07-2019.06.12.11.01.44.pdf/5aba6a99-26e3-6685-a19a-4e6e692a0f8f) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Plazo de presentación En plazo permanente ### Trámite presencial Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite. [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=1659) [Pedir cita previa](https://citaprevia.aragon.es) Consultar formas de presentación ### Subsanación Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/1659) ### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/1659) ### Resolución 3 meses Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la autorización para colocar señalización turística en las carreteras de Aragón que no son propiedad del Estado. **Quién puede usar este servicio:** * Personas físicas * Personas jurídicas * Administraciones Públicas * Entidades sin ánimo de lucro ## Lo que necesitas **Documentación requerida:** * Plano de situación y emplazamiento de las señales (debe respetar el Manual de Señalización Turística de Aragón). * Plano del tipo de señal (dimensiones y composición). * Informe favorable de la Dirección General de Turismo. * Declaración de responsabilidad sobre la veracidad de los documentos. * Solicitud de devolución de fianza para colocación de señalización turística (si procede): [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=586&key=Solicituddedevol) **Formulario del trámite:** * [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=586) ## Cómo hacerlo **Presentación de la solicitud:** * **Telemática:** 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información: [métodos de identificación y firma electrónica](https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_e3D_7k2T-5FkZo4t7XigqH) 2. Descarga, completa y firma el formulario: [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=586) 3. Reúne la documentación necesaria. 4. Inicia el trámite en el Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos, sube el formulario y la documentación, y firma electrónicamente: [Iniciar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/registro-electronico-general-aragon/586) * **Presencial:** 1. Descarga, completa y firma el formulario: [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=586) 2. Reúne la documentación necesaria. 3. Solicita cita previa en una oficina de información y registro: [Localiza tu oficina más cercana](https://www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion), [Pedir cita previa](https://citaprevia.aragon.es) 4. Presenta el formulario y la documentación en la oficina. ## Después de hacerlo * Las autorizaciones se otorgan por un período de cinco años. * La autorización puede renovarse si se cumplen los requisitos vigentes en el momento de la renovación. * **Plazo de resolución:** 3 meses. ## Ayuda * **Contacto:** [unidaddeexplotacion@aragon.es](mailto:unidaddeexplotacion@aragon.es) * **Ayuda con la tramitación electrónica:** * Preguntas frecuentes: [Guía rápida de ayuda al ciudadano](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * Tutoriales en YouTube: [Tutoriales sobre tramitación electrónica](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Servicio de Información y Registro: [976 714 000](tel:+976714000) (lunes a viernes, 9:00 a 14:00), [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: [976 289 414](tel:+976289414) (lunes a viernes, 8:00 a 18:00), [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es), [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action), WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905) (Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp)) ## Más información * **Órgano responsable:** DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS E INFRAESTRUCTURAS * **Normativa:** * [Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=181779812947) * [Decreto 206/2003, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 8/1998, de 17 de diciembre de Carreteras de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=378904821615) * [Manual de Señalización Turística de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1021715044444&type=pdf) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles * **Plazo de presentación:** En plazo permanente * **Paso 1:** Descarga el formulario: [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=586). Consulta la documentación necesaria. * **Paso 2:** [Iniciar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/registro-electronico-general-aragon/586). Consulta las formas de presentación. * **Subsanación:** Si falta información, se te comunicará y se te dará un plazo para subsanar: [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/586) * **Aportación:** Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar el trámite: [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/586) * **Resolución:** 3 meses. Más información sobre el [silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24) * **Vídeo explicativo:** [Cómo realizar este trámite](https://www.youtube.com/watch?v=eq-n_DdqeGI)

  • ## Resumen Este trámite permite a los cetreros solicitar autorización para soltar especies de caza en terrenos no cinegéticos con el fin de entrenar a sus aves. ## Dirigido a Practicantes de cetrería que deseen realizar vuelos de entrenamiento de sus aves en terrenos no cinegéticos. ## Requisitos * Ser interesado en la actividad a realizar y cumplir con lo establecido en la legislación de aplicación. ## Pago de tasas El importe de la tasa se indica en la página web de la Subtipología INAGA 33B. Medios de pago: Tarjeta de crédito / Cargo en cuenta / Ventanilla [Accede aquí para proceder al pago de la tasa](http://www.aragon.es/inaga/tasas) ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Solicitud de autorización de suelta de especies cinegéticas para adiestramiento de aves de cetrería. En modelo oficial debidamente cumplimentado, dirigida al Director/a del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a la que se adjuntará la documentación que se indica a continuación. * 33B. Anexo I. Datos lugar de entrenamiento y de las especies objeto de la suelta Datos de origen y destino y especies objeto de suelta. [Descargar modelo 33B. Anexo I. Datos lugar de entrenamiento y de las especies objeto de la suelta](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=1787&key=33BAnexoIDato) ### Formulario del trámite: Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite. [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=1787) ## Cómo realizar el trámite ### Telemáticamente [Iniciar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/inasei/buscarTipologia?id=33) ### Presencialmente 1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=1787) 2. Reúne la documentación que tienes que aportar. 3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. [Localiza tu oficina más cercana](https://www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion) [Pedir cita previa](https://citaprevia.aragon.es) 4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina. Oficinas del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. ## Información adicional Los datos personales recabados serán incorporados a las actividades de tratamiento del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA). ### Documentos y enlaces de interés * [Tipología INAGA 33: Autorización de suelta de piezas de caza](https://www.aragon.es/-/suelta-de-piezas-de-caza) * [INAGA: Protección de datos personales y seguridad de la información](https://www.aragon.es/inaga/protecciondatos) * [INAGA: Presentación telemática de solicitudes](https://www.aragon.es/-/presentacion-telematica-de-solicitudes) ## Contacto y ayuda * **Teléfono:** [976 716 633](tel:976716633) * **Correo electrónico:** [inaga@aragon.es](mailto:inaga@aragon.es) * **Página web:** [Contacte con INAGA por correo electrónico ](https://www.aragon.es/-/contacte-con-inaga#anchor2) * **Página web:** [Contacte con INAGA por teléfono ](https://www.aragon.es/-/contacte-con-inaga#anchor3) * **Página web:** [Atención presencial en INAGA ](https://www.aragon.es/-/atencion-presencial-en-el-instituto-aragones-de-gestion-ambiental-inaga) * **Página web:** [Instituto Aragonés de Gestión Ambiental ](http://www.aragon.es/inaga) ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6TGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) ## Más información ### Órgano responsable INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL ### Normativa * [Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón](http://www.boa.aragon.es/eli/es-ar/l/2015/03/12/1/dof/spa/html) * [Corrección de errores de 8 de abril de 2015 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón](http://www.boa.aragon.es/eli/es-ar/l/2015/03/12/1/corrigendum/20150408/dof/spa/html) * [Decreto 245/2007, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en la Comunidad Autónoma de Aragón](http://www.boa.aragon.es/eli/es-ar/d/2007/10/02/245/dof/spa/html) * [Decreto 17/2016, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Decreto 245/2007, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en la Comunidad Autónoma de Aragón](https://www.boa.aragon.es/eli/es-ar/d/2016/01/26/17/dof/spa/html) * [Orden -/2009, de 26 de octubre, del Consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, por la que se desarrolla el Decreto 245/2007, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en la Comunidad Autónoma de Aragón, en lo relativo a la práctica de vuelos de entrenamiento de las aves de presa en zonas no cinegéticas](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=474729394444) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Subsanación Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/inasic) ### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/inasic) ### Resolución 1 mes Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24)

  • ## Resumen Este trámite permite a los dueños o administradores de terrenos de caza pedir permiso para repoblar sus cotos con animales de caza. No se permite soltar animales para cazarlos inmediatamente, excepto en terrenos autorizados. [Subtipología 33A del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)](https://www.aragon.es/-/autorizacion-suelta-piezas-de-caza-en-cotos) ## Plazo de presentación Abierto permanentemente. [Iniciar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/inasei/buscarTipologia?id=33) ## A quién va dirigido * Dueños o administradores de terrenos de caza que quieran repoblar con animales de caza. ## Requisitos * Ser el dueño o administrador de un coto de caza. ## Documentación necesaria ### Documentación a presentar: * Solicitud de autorización de suelta de piezas de caza: Formulario oficial dirigido al Director/a del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, con la documentación adjunta. * Anexo I. Datos de origen y destino y especies objeto de traslado y suelta: [Descargar modelo Anexo I. Datos de origen y destino y especies objeto de traslado y suelta](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=356&key=AnexoIDatosde) ### Formulario del trámite: Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite. [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=356) ## Información adicional Los datos personales recogidos se incorporarán a las actividades de tratamiento del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA). Más información sobre la política de protección de datos personales y seguridad de la información en la página web de INAGA. ### Documentos y enlaces de interés * [Tipología INAGA 33: Autorización de suelta de piezas de caza](https://www.aragon.es/-/suelta-de-piezas-de-caza) * [INAGA: Protección de datos personales y seguridad de la información](https://www.aragon.es/inaga/protecciondatos) * [INAGA: Presentación telemática de solicitudes](https://www.aragon.es/-/presentacion-telematica-de-solicitudes) ## Presentación de la solicitud ### Telemática [Iniciar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/inasei/buscarTipologia?id=33) ### Presencial 1. Descarga el formulario, complétalo y fírmalo: [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=356) 2. Reúne la documentación necesaria. 3. Solicita cita previa en una de las oficinas de información y registro: [Localiza tu oficina más cercana](https://www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion) / [Pedir cita previa](https://citaprevia.aragon.es) 4. Presenta el formulario completo y la documentación en la oficina. Oficinas del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. ## Contacto y ayuda * **Teléfono:** [976 716 633](tel:976716633) * **Correo electrónico:** [inaga@aragon.es](mailto:inaga@aragon.es) * **Página web:** [Contacte con INAGA por correo electrónico](https://www.aragon.es/-/contacte-con-inaga#anchor2) * **Página web:** [Contacte con INAGA por teléfono](https://www.aragon.es/-/contacte-con-inaga#anchor3) * **Página web:** [Atención presencial en INAGA](https://www.aragon.es/-/atencion-presencial-en-el-instituto-aragones-de-gestion-ambiental-inaga) * **Página web:** [Instituto Aragonés de Gestión Ambiental](http://www.aragon.es/inaga) ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6TGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Dudas o problemas administrativos: Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000) (Lunes a viernes de 9:00 a 14:00) * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) ## Más información ### Órgano responsable INSTITUTO ARAGONÉS DE GESTIÓN AMBIENTAL ### Normativa * [Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón](http://www.boa.aragon.es/eli/es-ar/l/2015/03/12/1/dof/spa/html) * [Corrección de errores de 8 de abril de 2015 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón](http://www.boa.aragon.es/eli/es-ar/l/2015/03/12/1/corrigendum/20150408/dof/spa/html) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Plazo de presentación Abierto permanentemente. [Iniciar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/inasei/buscarTipologia?id=33) ### Subsanación Si falta información, se comunicará y se dará un plazo para corregirlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/inasic) ### Aportación Alegaciones o documentos adicionales tras presentar el trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/inasic) ### Resolución 1 mes. Si no se resuelve en el plazo, se considera aceptado. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24)

  • ## Resumen Este trámite permite a los dueños de aves de presa en Aragón solicitar la autorización necesaria para su tenencia, la práctica de la cetrería, la exhibición y la cría en cautividad. ## Dirigido a * Poseedores de aves de presa en Aragón. ## Requisitos * Personas físicas interesadas en la tenencia de aves de presa. ## Pago de tasas En la página web de la Subtipología INAGA 35B se indica el importe de la tasa. Medios de pago: * Tarjeta de crédito * Cargo en cuenta * Ventanilla [Accede aquí para proceder al pago de la tasa](http://www.aragon.es/inaga/tasas) ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Formulario de solicitud: * Solicitud de autorización para tenencia de aves de presa. * En modelo oficial debidamente cumplimentado, dirigida al Director/a del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a la que se adjuntará la documentación que se indica a continuación. * [Descargar modelo Formulario de solicitud](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=358&key=Formulariodesolicitud) * 35B. Anexo I. Datos del ejemplar * [Descargar modelo 35B. Anexo I. Datos del ejemplar](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=358&key=35BAnexoIDato) * 35B. Anexo III. Comunicación de cesión temporal de aves de presa * [Descargar modelo 35B. Anexo III. Comunicación de cesión temporal de aves de presa](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=358&key=35BAnexoIIICo) * 35B. Anexo IV. Comunicación de incidencias de los ejemplares de aves de presa * [Descargar modelo 35B. Anexo IV. Comunicación de incidencias de los ejemplares de aves de presa](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=358&key=35BAnexoIVCom) * 35B. Anexo VI. Comunicación de exhibición de aves de presa * [Descargar modelo 35B. Anexo VI. Comunicación de exhibición de aves de presa](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=358&key=35BAnexoVICom) * Documentación CITES * Certificado de origen * Certificado veterinario ### Formulario del trámite: Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite. [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=358) ## Información adicional Los datos personales recabados serán incorporados a las actividades de tratamiento del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA). Información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA disponible en su página web. ### Documentos y enlaces de interés * [Tipología INAGA 35: Autorización para la tenencia de aves de presa](https://www.aragon.es/-/tipologia-inaga-35-autorizacion-para-la-tenencia-de-aves-de-presa) * [INAGA: Protección de datos personales y seguridad de la información](https://www.aragon.es/inaga/protecciondatos) * [INAGA: Presentación telemática de solicitudes](https://www.aragon.es/-/presentacion-telematica-de-solicitudes) ## Presentación de la solicitud ### Telemática [Iniciar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/inasei/buscarTipologia?id=35) ### Otro Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas) ## Contacto y ayuda * **Teléfono.**[976 716 633](tel:976716633) * **Correo electrónico.**[inaga@aragon.es](mailto:inaga@aragon.es) * **Página web.**[Contacte con INAGA por correo electrónico ](https://www.aragon.es/-/contacte-con-inaga#anchor2) * **Página web.**[Contacte con INAGA por teléfono ](https://www.aragon.es/-/contacte-con-inaga#anchor3) * **Página web.**[Atención presencial en INAGA ](https://www.aragon.es/-/atencion-presencial-en-el-instituto-aragones-de-gestion-ambiental-inaga) * **Página web.**[Instituto Aragonés de Gestión Ambiental ](http://www.aragon.es/inaga) ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6TGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) ## Más información ### Órgano responsable INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL ### Normativa * [Decreto 245/2007, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en la Comunidad Autónoma de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BOLE&PIECE=BOLE&DOCR=25&SEC=BUSQUEDA_AVANZADA&RNG=10&SORT=-PUBL&SEPARADOR=&&ALEY-C=2007&SECC-C=GENERALES&CODR-C=(19+O+21+O+102)) * [Orden de 26 de octubre de 2009 del Consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, por la que se desarrolla el Decreto 245/2007, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en la Comunidad Autónoma de Aragón, en lo relativo a la práctica de vuelos de entrenamiento de las aves de presa en zonas no cinegéticas.](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BZHT&PIECE=BOLE&DOCS=1-34&DOCR=2&SEC=BUSQUEDA_FECHA&RNG=200&SEPARADOR=&SECC-C=BOA%20O%20DISPOSICIONES%20O%20PERSONAL%20O%20ACUERDOS%20O%20JUSTICIA%20O%20ANUNCIOS&PUBL-C=20091218&PUBL=&@PUBL-E=) * [Decreto 17/2016, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Decreto 245/2007, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en la Comunidad Autónoma de Aragón](http://www.boa.aragon.es/eli/es-ar/d/2016/01/26/17/dof/spa/html) * [Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón](http://www.boa.aragon.es/eli/es-ar/l/2015/03/12/1/dof/spa/html) * [Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras](http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-8565) * [Real Decreto 986/2021, de 16 de noviembre, por el que se establecen medidas de aplicación del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES)](https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/11/16/986/con) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Plazo de presentación En plazo permanente [Iniciar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/inasei/buscarTipologia?id=35) ### Subsanación Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/inasic) ### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/inasic) ### Resolución 3 meses Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24)

  • ## Autorización de transporte de viajeros en autobús (VD) A través de este servicio,las personas físicas o jurídicas,podrán realizar las solicitudes para obtener y gestionar la autorización de transporte público de viajeros en autobús (VD). ## Dirigido a * Personas físicas o jurídicas que realicen de transporte público de viajeros en autobús ## Requisitos * Ser persona física o jurídica. * Disponer de domicilio situado en España. * Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal. * Estar dado de alta en el censo de obligados tributarios,epígrafe correspondiente transporte de viajeros por carretera (721.3). * Estar libre de deudas con el Estado o Comunidad Autónoma en periodo ejecutivo. * Cumplir con las obligaciones laborales y sociales. * Estar dado de alta en la Seguridad Social en el régimen que corresponda. * Estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social * Estar libre de sanciones pendientes de pago por infracción de la normativa de transportes. * Disponer de dirección y firma electrónica,así como del equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y otras formalidades mercantiles con sus clientes. * Cumplir los requisitos para los vehículos: * Disponer de al menos de un vehículo,en los términos previstos en el artículo 38 del ROTT : * Con capacidad de tracción propia. * Matriculados en España o en otro Estado miembro de la UE * Con alguna de estas formas de disposición:propiedad,arrendamiento financiero u ordinario. * Cumplir el requisito de competencia profesional * Contar con una persona física que ejerce las funciones de gestor de transporte. * Si el titular de la autorización es persona física: * Si el gestor de transporte de la empresa es el titular de la autorización,deberá acreditar que se encuentra en situación de alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda. * El gestor de transporte podrá estar afiliado en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social cuando guarde con el titular de la autorización una relación de parentesco de las que justifican esa posibilidad conforme a las normas aplicables en la materia. * Si el gestor de transporte de la empresa no es el titular de la autorización,el gestor de transporte deberá estar dado de alta por el titular de la autorización en el Régimen General de la Seguridad Social a tiempo completo en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los Jefes administrativos y de taller (Grupos 1,2 y 3). * Si el titular de la autorización es una persona jurídica y el gestor de transporte es cualquiera de las personas físicas que integran la sociedad: * El gestor de transporte deberá estar dado de alta por el titular de la autorización en el Régimen General de la Seguridad Social a tiempo completo en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los jefes administrativos y de taller (Grupos 1,2 y 3). * Deberá acreditarse que su participación en el capital social es igual o superior al 15%. * Si el titular de la autorización es una persona jurídica y el gestor de transporte no es ninguna de las personas físicas que integran la sociedad: * Deberá estar dado de alta por el titular de la autorización en el Régimen General de la Seguridad Social a tiempo completo en grupo de cotización no inferior a los jefes administrativos y de taller (Grupos 1,2,3). * El titular de la autorización y el gestor de transporte deben cumplir el requisito de honorabilidad (artículo 45 LOTT y articulo 114 a 116 ROTT). * Cumplir requisito de establecimiento (artículo 43.c LOTT y 110 ROTT) * Cumplir requisito de capacidad financiera (artículo 46.b LOTT y 121 ROTT) * La empresa no está declarada insolvente ni en concurso. * Disponer de un capital y reservas por un importe mínimo de 9.000 euros,cuando utilice un solo vehículo,y de 5.000 euros más por cada vehículo adicional utilizado. ## Trámites relacionados ### [Alta de autorización de empresa](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/solicitud-autorizaciones-transporte-discrecional-viajeros-autobus-vd/tramitacion) A través de este trámite,las personas físicas o jurídicas que realicen transporte público de viajeros en autobús (VD) podrán solicitar el alta de nueva autorización de empresa. En plazo permanente ### [Visado de autorizaciones](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/solicitud-autorizaciones-transporte-discrecional-viajeros-autobus-vd/visado-de-autorizaciones) A través de este trámite,las personas físicas o jurídicas que realicen transporte de viajeros en autobús podrán acceder a la confirmación del visado de oficio (renovación). La persona solicitante únicamente podrá confirmar el visado en el mes que le corresponda en función del último dígito de su documento NIF,de acuerdo con el calendario de visados. Próximo visado de autorizaciones VD:Año 2026. En plazo permanente ## Contacto y ayuda * **Teléfono.** Huesca [974 293 347](tel:974293347) * **Correo electrónico.** Huesca [transporteshuesca@aragon.es](mailto:transporteshuesca@aragon.es) * **Teléfono.** Teruel [978 641 457](tel:978641457) * **Correo electrónico.** Teruel [transportesteruel@aragon.es](mailto:transportesteruel@aragon.es) * **Teléfono.** Zaragoza [976 715 118](tel:976715118) * **Correo electrónico.** Zaragoza [subtransporteszaragoza@aragon.es](mailto:subtransporteszaragoza@aragon.es) ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6TGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES ### Normativa * [Ley 16/1987,de 30 de julio,de Ordenación de los Transportes Terrestres](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-17803) * [Real Decreto 1211/1990,de 28 de septiembre,por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1990-24442) * [Real Decreto 1772/1994,de 5 de agosto,por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992,de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1990-24442)

  • ## Autorización de transporte de viajeros en autobús (VD) - Alta de autorización de empresa A través de este trámite,las personas físicas o jurídicas que realicen transporte público de viajeros en autobús (VD) podrán solicitar el alta de nueva autorización de empresa. ## Plazo de presentación En plazo permanente [Iniciar trámite](https://sede.transportes.gob.es/dgtc/inicio/IniciarDgtc) ## Requisitos * Ser persona física o jurídica. * Disponer de domicilio situado en España. * Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal. * Estar dado de alta en el censo de obligados tributarios,epígrafe correspondiente transporte de viajeros por carretera (721.3). * Estar libre de deudas con el Estado o Comunidad Autónoma en periodo ejecutivo. * Cumplir con las obligaciones laborales y sociales. * Estar dado de alta en la Seguridad Social en el régimen que corresponda. * Estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social * Estar libre de sanciones pendientes de pago por infracción de la normativa de transportes. * Disponer de dirección y firma electrónica,así como del equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y otras formalidades mercantiles con sus clientes. * Cumplir los requisitos para los vehículos: * Disponer de al menos de un vehículo,en los términos previstos en el artículo 38 del ROTT : * Con capacidad de tracción propia. * Matriculados en España o en otro Estado miembro de la UE * Con alguna de estas formas de disposición:propiedad,arrendamiento financiero u ordinario. * Cumplir el requisito de competencia profesional * Contar con una persona física que ejerce las funciones de gestor de transporte. * Si el titular de la autorización es persona física: * Si el gestor de transporte de la empresa es el titular de la autorización,deberá acreditar que se encuentra en situación de alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda. * El gestor de transporte podrá estar afiliado en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social cuando guarde con el titular de la autorización una relación de parentesco de las que justifican esa posibilidad conforme a las normas aplicables en la materia. * Si el gestor de transporte de la empresa no es el titular de la autorización,el gestor de transporte deberá estar dado de alta por el titular de la autorización en el Régimen General de la Seguridad Social a tiempo completo en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los Jefes administrativos y de taller (Grupos 1,2 y 3). * Si el titular de la autorización es una persona jurídica y el gestor de transporte es cualquiera de las personas físicas que integran la sociedad: * El gestor de transporte deberá estar dado de alta por el titular de la autorización en el Régimen General de la Seguridad Social a tiempo completo en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los jefes administrativos y de taller (Grupos 1,2 y 3). * Deberá acreditarse que su participación en el capital social es igual o superior al 15%. * Si el titular de la autorización es una persona jurídica y el gestor de transporte no es ninguna de las personas físicas que integran la sociedad: * Deberá estar dado de alta por el titular de la autorización en el Régimen General de la Seguridad Social a tiempo completo en grupo de cotización no inferior a los jefes administrativos y de taller (Grupos 1,2,3). * El titular de la autorización y el gestor de transporte deben cumplir el requisito de honorabilidad (artículo 45 LOTT y articulo 114 a 116 ROTT). * Cumplir requisito de establecimiento (artículo 43.c LOTT y 110 ROTT) * Cumplir requisito de capacidad financiera (artículo 46.b LOTT y 121 ROTT) * La empresa no está declarada insolvente ni en concurso. * Disponer de un capital y reservas por un importe mínimo de 9.000 euros,cuando utilice un solo vehículo,y de 5.000 euros más por cada vehículo adicional utilizado. * Requisitos específicos de este trámite: * Disponer de al menos un vehículo que en el momento de la solicitud no supere una antigüedad de 2 años contados desde su primera matriculación. ## Pago de tasas Tasa 05 - Tarifa 01. Por otorgamiento de nueva autorización (1 hecho imponible por autorización de empresa y 1 hecho imponible por cada vehículo adscrito) Tarifa 08. Por expedición del certificado previo a matriculación o cambio de titularidad de un vehículo (1 hecho imponible por cada vehículo matriculado o cambio de titularidad) [Accede aquí para proceder al pago de la tasa](https://servicios3.aragon.es/alq/alq?dga_accion_app=mostrar_modelos&sri_tasa=5&denominacion=Tasa%205.%20Tasa%20por%20servicios%20en%20materia%20de%20ordenaci%F3n%20de%20los%20transportes%20terrestres%20por%20carretera%20y%20sus%20actividades%20auxiliares%20y%20complementarias) ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Justificante pago de la tasa * Declaración de establecimiento [Descargar modelo Declaración de establecimiento](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=206&key=Declaracindeestablecimiento) * Declaración de honorabilidad [Descargar modelo Declaración de honorabilidad](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=206&key=Declaracindehonorabilidad) * Declaración de firma y equipos electrónicos [Descargar modelo Declaración de firma y equipos electrónicos ](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=206&key=Declaracindefirmayequiposelectrnicos) ### Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones: Capacidad Económica (Si el titular de la autorización es persona física y alguno de los vehículos adscritos a la autorización rebasa la antigüedad de 12 años,contados desde su primera matriculación; o si el titular de la autorización es persona jurídica y no dispone de capital social y reservas suficientes). Deberá aportar cualquiera de los siguientes certificados: * Certificado de entidad financiera Certificado por el que una entidad financiera acredita que la empresa tiene acceso a crédito por importe de 9.000 euros por el primer vehículo y 5.000 euros más por cada vehículo adicional. * Certificado de garantía prestada por entidad financiera o de seguros Certificado de garantía prestada por entidad financiera o de seguros Certificado de entidad financiera o de seguros que acredite que dispone de garantía prestada,mediante la que esta se convierte en garante solidario de dicha empresa frente a sus acreedores por importe de 9.000 euros por el primer vehículo y 5.000 euros más por cada vehículo adicional Gestor de transporte (personas físicas) * Libro de familia o documentación acreditativa parentesco Gestor de transportes (personas jurídicas) * Acreditación participación del gestor (socios) Acreditar la participación del gestor en,como mínimo,un 15% del capital social de la empresa (impuesto de sociedades,escrituras). * Gestor múltiple (varias empresas) Acreditar que un mismo titular dispone de más del 50% del capital de cada empresa (impuesto de sociedades,escrituras). Si el gestor de transporte quiere ejercer en varias empresas al mismo tiempo Vehículos arrendados * Contrato de arrendamiento En el supuesto de disposición de vehículos mediante arrendamiento ordinario. En el que habrá de figurar su plazo de duración,la identificación de la empresa arrendadora y los datos del vehículo y de la correspondiente autorización de arrendamiento. Otras consultas que realizará la administración: * Registro de Empresas y Actividades de Transporte (REAT) ### Documentación que consultará la administración Para poder resolver este trámite,la administración consultará algunos datos adicionales. [Ver detalles](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/solicitud-autorizaciones-transporte-discrecional-viajeros-autobus-vd#Documentacion) * Obligaciones tributarias - Ley de transportes * Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social * Consulta de Datos de un Vehículo ## Presentación de la solicitud ### Telemática [Iniciar trámite](https://sede.transportes.gob.es/dgtc/inicio/IniciarDgtc) ## Contacto y ayuda * **Teléfono.** Huesca [974 293 347](tel:974293347) * **Correo electrónico.** Huesca [transporteshuesca@aragon.es](mailto:transporteshuesca@aragon.es) * **Teléfono.** Teruel [978 641 457](tel:978641457) * **Correo electrónico.** Teruel [transportesteruel@aragon.es](mailto:transportesteruel@aragon.es) * **Teléfono.** Zaragoza [976 715 118](tel:976715118) * **Correo electrónico.** Zaragoza [subtransporteszaragoza@aragon.es](mailto:subtransporteszaragoza@aragon.es) ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6TGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES ### Normativa * [Ley 16/1987,de 30 de julio,de Ordenación de los Transportes Terrestres](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-17803) * [Real Decreto 1211/1990,de 28 de septiembre,por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1990-24442) * [Real Decreto 1772/1994,de 5 de agosto,por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992,de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-20973) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Plazo de presentación En plazo permanente [Iniciar trámite](https://sede.transportes.gob.es/dgtc/inicio/IniciarDgtc) [Consultar formas de presentación](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/solicitud-autorizaciones-transporte-discrecional-viajeros-autobus-vd/tramitacion#PresentacionSolicitud) ### Subsanación Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://sede.mitma.gob.es/sede_electronica/lang_castellano/OFICINAS_SECTORIALES/TTE_CTRA/GESTION_AUTORIZACIONES/) ### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://sede.mitma.gob.es/sede_electronica/lang_castellano/OFICINAS_SECTORIALES/TTE_CTRA/GESTION_AUTORIZACIONES/) ### Resolución 5 meses a contar desde la fecha de registro de entrada que conste en la solicitud. Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24) ## Trámites relacionados [Visado de autorizaciones](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/solicitud-autorizaciones-transporte-discrecional-viajeros-autobus-vd/visado-de-autorizaciones)

  • ## Autorización de transporte de viajeros en autobús (VD) - Visado de autorizaciones A través de este trámite,las personas físicas o jurídicas que realicen transporte de viajeros en autobús podrán acceder a la confirmación del visado de oficio (renovación). La persona solicitante únicamente podrá confirmar el visado en el mes que le corresponda en función del último dígito de su documento NIF,de acuerdo con el calendario de visados. Próximo visado de autorizaciones VD:Año 2026. ## Requisitos * Ser persona física o jurídica. * Disponer de domicilio situado en España. * Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal. * Estar dado de alta en el censo de obligados tributarios,epígrafe correspondiente transporte de viajeros por carretera (721.3). * Estar libre de deudas con el Estado o Comunidad Autónoma en periodo ejecutivo. * Cumplir con las obligaciones laborales y sociales. * Estar dado de alta en la Seguridad Social en el régimen que corresponda. * Estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social * Estar libre de sanciones pendientes de pago por infracción de la normativa de transportes. * Disponer de dirección y firma electrónica,así como del equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y otras formalidades mercantiles con sus clientes. * Cumplir los requisitos para los vehículos: * Disponer de al menos de un vehículo,en los términos previstos en el artículo 38 del ROTT : * Con capacidad de tracción propia. * Matriculados en España o en otro Estado miembro de la UE * Con alguna de estas formas de disposición:propiedad,arrendamiento financiero u ordinario. * Cumplir el requisito de competencia profesional * Contar con una persona física que ejerce las funciones de gestor de transporte. * Si el titular de la autorización es persona física: * Si el gestor de transporte de la empresa es el titular de la autorización,deberá acreditar que se encuentra en situación de alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda. * El gestor de transporte podrá estar afiliado en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social cuando guarde con el titular de la autorización una relación de parentesco de las que justifican esa posibilidad conforme a las normas aplicables en la materia. * Si el gestor de transporte de la empresa no es el titular de la autorización,el gestor de transporte deberá estar dado de alta por el titular de la autorización en el Régimen General de la Seguridad Social a tiempo completo en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los Jefes administrativos y de taller (Grupos 1,2 y 3). * Si el titular de la autorización es una persona jurídica y el gestor de transporte es cualquiera de las personas físicas que integran la sociedad: * El gestor de transporte deberá estar dado de alta por el titular de la autorización en el Régimen General de la Seguridad Social a tiempo completo en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los jefes administrativos y de taller (Grupos 1,2 y 3). * Deberá acreditarse que su participación en el capital social es igual o superior al 15%. * Si el titular de la autorización es una persona jurídica y el gestor de transporte no es ninguna de las personas físicas que integran la sociedad: * Deberá estar dado de alta por el titular de la autorización en el Régimen General de la Seguridad Social a tiempo completo en grupo de cotización no inferior a los jefes administrativos y de taller (Grupos 1,2,3). * El titular de la autorización y el gestor de transporte deben cumplir el requisito de honorabilidad (artículo 45 LOTT y articulo 114 a 116 ROTT). * Cumplir requisito de establecimiento (artículo 43.c LOTT y 110 ROTT) * Cumplir requisito de capacidad financiera (artículo 46.b LOTT y 121 ROTT) * La empresa no está declarada insolvente ni en concurso. * Disponer de un capital y reservas por un importe mínimo de 9.000 euros,cuando utilice un solo vehículo,y de 5.000 euros más por cada vehículo adicional utilizado. ## Pago de tasas Tasa 05 - Tarifa 01. Por otorgamiento de nueva autorización (1 hecho imponible por autorización de empresa y 1 hecho imponible por cada vehículo adscrito) Tarifa 08. Por expedición del certificado previo a matriculación o cambio de titularidad de un vehículo (1 hecho imponible por cada vehículo matriculado o cambio de titularidad) [Accede aquí para proceder al pago de la tasa](https://servicios3.aragon.es/alq/alq?dga_accion_app=mostrar_modelos&sri_tasa=5&denominacion=Tasa%205.%20Tasa%20por%20servicios%20en%20materia%20de%20ordenaci%F3n%20de%20los%20transportes%20terrestres%20por%20carretera%20y%20sus%20actividades%20auxiliares%20y%20complementarias) ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Justificante pago de la tasa * Declaración de establecimiento [Descargar modelo Declaración de establecimiento](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10697&key=Declaracindeestablecimiento) * Declaración de honorabilidad [Descargar modelo Declaración de honorabilidad](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10697&key=Declaracindehonorabilidad) * Declaración de firma y equipos electrónicos [Descargar modelo Declaración de firma y equipos electrónicos ](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10697&key=Declaracindefirmayequiposelectrnicos) ### Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones: Capacidad Económica (Si el titular de la autorización es persona física y alguno de los vehículos adscritos a la autorización rebasa la antigüedad de 12 años,contados desde su primera matriculación; o si el titular de la autorización es persona jurídica y no dispone de capital social y reservas suficientes). Deberá aportar cualquiera de los siguientes certificados: * Certificado de entidad financiera Certificado por el que una entidad financiera acredita que la empresa tiene acceso a crédito por importe de 9.000 euros por el primer vehículo y 5.000 euros más por cada vehículo adicional. * Certificado de garantía prestada por entidad financiera o de seguros Certificado de garantía prestada por entidad financiera o de seguros Certificado de entidad financiera o de seguros que acredite que dispone de garantía prestada,mediante la que esta se convierte en garante solidario de dicha empresa frente a sus acreedores por importe de 9.000 euros por el primer vehículo y 5.000 euros más por cada vehículo adicional Gestor de transporte (personas físicas) * Libro de familia o documentación acreditativa parentesco Gestor de transportes (personas jurídicas) * Acreditación participación del gestor (socios) Acreditar la participación del gestor en,como mínimo,un 15% del capital social de la empresa (impuesto de sociedades,escrituras). * Gestor múltiple (varias empresas) Acreditar que un mismo titular dispone de más del 50% del capital de cada empresa (impuesto de sociedades,escrituras). Si el gestor de transporte quiere ejercer en varias empresas al mismo tiempo Vehículos arrendados * Contrato de arrendamiento En el supuesto de disposición de vehículos mediante arrendamiento ordinario. En el que habrá de figurar su plazo de duración,la identificación de la empresa arrendadora y los datos del vehículo y de la correspondiente autorización de arrendamiento. Otras consultas que realizará la administración: * Registro de Empresas y Actividades de Transporte (REAT) ### Documentación que consultará la administración Para poder resolver este trámite,la administración consultará algunos datos adicionales. [Ver detalles](Ver detalles) * Obligaciones tributarias - Ley de transportes * Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social * Consulta de Datos de un Vehículo ## Información adicional El órgano competente deberá solicitar la conformidad de los titulares de las correspondientes autorizaciones para llevar a cabo su visado y realizar cuantos trámites resulten necesarios para ello dentro del período que en cada caso corresponda conforme al siguiente calendario: Autorizaciones cuyo titular tenga un NIF que termine 1,deberán ser visadas dentro del período comprendido entre el primer y el último día hábiles del mes de enero,ambos inclusive. Autorizaciones cuyo titular tenga un NIF que termine en 2. deberán ser visadas dentro del período comprendido entre el primer y el último día hábiles del mes de febrero,ambos inclusive. Autorizaciones cuyo titular tenga un NIF que termine en 3. deberán ser visadas dentro del período comprendido entre el primer y el último día hábiles del mes de marzo,ambos inclusive. Autorizaciones cuyo titular tenga un NIFque termine en 4,deberán ser visadas dentro del período comprendido entre el primer y el último día hábiles del mes de abril,ambos inclusive. Autorizaciones cuyo titular tenga un NIF que termine en 5,deberán ser visadas dentro del período comprendido entre el primer y el último día hábiles del mes de mayo,ambos inclusive. Autorizaciones cuyo titular tenga un NIF que termine en 6. deberán ser visadas dentro del período comprendido entre el primer y el último día hábiles del mes de junio. ambos inclusive. Autorizaciones cuyo titular tenga un NIFque termine en 7,deberán ser visadas dentro del período comprendido entre el primer y el último día hábiles del mes de julio,ambos inclusive. Autorizaciones cuyo titular tenga un NIF que termine en 8,deberán ser visadas dentro del período comprendido entre el primer y el último día hábiles del mes de septiembre,ambos inclusive. Autorizaciones cuyo titular tenga un NIF que termine en 9. deberán ser visadas dentro del período comprendido entre el primer y el último día hábiles del mes de octubre,ambos inclusive. Autorizaciones cuyo titular tenga un NIFque termine en O,deberán ser visadas dentro del período comprendido entre el primer y el último día hábiles del mes de noviembre,ambos inclusive. No se tendrán en cuenta las letras que,en su caso,figuren a continuación del último dígito del referido NIF. ## Presentación de la solicitud ### Telemática [Iniciar trámite](https://sede.transportes.gob.es/dgtc/inicio/IniciarDgtc) ## Contacto y ayuda * **Teléfono.** Huesca [974 293 347](tel:974293347) * **Correo electrónico.** Huesca [transporteshuesca@aragon.es](mailto:transporteshuesca@aragon.es) * **Teléfono.** Teruel [978641457](tel:978641457) * **Correo electrónico.** Teruel [transportesteruel@aragon.es](mailto:transportesteruel@aragon.es) * **Teléfono.** Zaragoza [976715118](tel:976715118) * **Correo electrónico.** Zaragoza [subtransporteszaragoza@aragon.es](mailto:subtransporteszaragoza@aragon.es) ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6TGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES ### Normativa * [Resolución de 3 de diciembre de 2018 Resolución de 3 de diciembre de 2018,de la Dirección General de Transporte Terrestre,por la que se establece el calendario de visados de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias del transporte](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-17103) * [Ley 16/1987,de 30 de julio,de Ordenación de los Transportes Terrestres](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-17803) * [Real Decreto 1211/1990,de 28 de septiembre,por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1990-24442) * [Real Decreto 1772/1994,de 5 de agosto,por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992,de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común](Real Decreto 1772/1994,de 5 de agosto,por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992,de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Subsanación Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://sede.mitma.gob.es/sede_electronica/lang_castellano/OFICINAS_SECTORIALES/TTE_CTRA/GESTION_AUTORIZACIONES/) ### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://sede.mitma.gob.es/sede_electronica/lang_castellano/OFICINAS_SECTORIALES/TTE_CTRA/GESTION_AUTORIZACIONES/) ### Resolución 5 meses a contar desde la fecha de registro de entrada que conste en la solicitud. Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24) ## Trámites relacionados [Alta de autorización de empresa](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/solicitud-autorizaciones-transporte-discrecional-viajeros-autobus-vd/tramitacion)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la autorización para realizar transporte público de mercancías en vehículos ligeros (MDL) a nivel nacional. Está dirigido a personas físicas o jurídicas que presten este tipo de servicios. ## Lo que necesitas ### Requisitos * Ser persona física o jurídica con domicilio en España. * Cumplir con las obligaciones fiscales y laborales. * No tener sanciones pendientes por infracciones de transporte. * Disponer de firma electrónica y equipo informático. * Disponer de al menos un vehículo que cumpla los requisitos. ### Documentación * Justificante del pago de la tasa. * Declaración de firma y equipo electrónico: Puedes descargar el modelo desde aquí. * Si el vehículo es arrendado: Contrato de arrendamiento. ### Pago de tasas * Tasa 05, Tarifa 01. Por otorgamiento de nueva autorización (un hecho imponible por autorización de empresa y uno por cada vehículo adscrito). * Puedes acceder al pago de la tasa aquí. ## Cómo hacerlo ### Presentación de la solicitud El trámite se realiza telemáticamente a través de este enlace. ## Después de hacerlo ### Plazo de resolución El plazo máximo para la notificación de la resolución es de 5 meses desde la fecha de registro de entrada de la solicitud. ### Silencio administrativo Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva o interponer un recurso. Más información sobre el silencio administrativo aquí. ## Ayuda ### Contacto * **Teléfono:** * Huesca: 974 293 347 * Teruel: 978 641 457 * Zaragoza: 976 715 118 * **Correo electrónico:** * Huesca: transporteshuesca@aragon.es * Teruel: transportesteruel@aragon.es * Zaragoza: subtransporteszaragoza@aragon.es ### Ayuda con la tramitación electrónica * Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica: enlace. * Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica: enlace. * Servicio de Información y Registro: * Teléfono: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00) * Correo electrónico: infoyregistro@aragon.es ### Normativa * Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres * Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Ordenación de los Transportes Terrestres * Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

  • ## Resumen Este trámite permite a las empresas y autónomos que se dedican al transporte público de mercancías en vehículos ligeros (MDL) añadir nuevos vehículos a su autorización nacional. **Quién puede usar este servicio:** * Empresas y autónomos que ya posean una autorización MDL para transporte público de mercancías. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Justificante del pago de la tasa correspondiente. * Si el vehículo no es de tu propiedad, contrato de arrendamiento. **Requisitos previos:** * Ser persona física o jurídica con domicilio en España. * Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del censo de obligados tributarios (722.1). * Estar al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social. * No tener sanciones pendientes por infracciones de transporte. * Disponer de firma electrónica y equipo informático adecuado. * Tener al menos un vehículo que cumpla con los requisitos (matriculado en España o la UE, con capacidad de tracción propia). **Costes y plazos:** * **Coste:** Tasa 05, Tarifa 01. Se paga por cada vehículo que se añade a la autorización. Accede aquí para proceder al pago de la tasa * **Plazo:** El trámite está disponible permanentemente. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Realiza el pago de la tasa. 3. Accede a la sede electrónica del Ministerio de Transportes a través de este enlace: Iniciar trámite 4. Completa el formulario de solicitud y adjunta la documentación requerida. 5. Envía la solicitud. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La administración revisará tu solicitud y la documentación adjunta. * Si falta algo, te lo comunicarán para que lo subsanes. * Recibirás una notificación con la resolución del trámite. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo para la notificación de la resolución es de 5 meses desde la fecha de registro de la solicitud. **Siguientes pasos:** * Si la resolución es favorable, podrás utilizar el nuevo vehículo para realizar transporte público de mercancías. * Si la resolución es desfavorable, puedes interponer un recurso. ## Ayuda **Contacto:** * **Teléfonos:** * Huesca: 974 293 347 * Teruel: 978 641 457 * Zaragoza: 976 715 118 * **Correos electrónicos:** * Huesca: transporteshuesca@aragon.es * Teruel: transportesteruel@aragon.es * Zaragoza: subtransporteszaragoza@aragon.es **Recursos adicionales:** * Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica * Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica **Normativa:** * Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres * Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Ordenación de los Transportes Terrestres * Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

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