Generalitat de Cataluña

  • ## Resumen Este trámite permite realizar diversas gestiones relacionadas con las salas de bingo en Cataluña. Puedes solicitar: * Autorización para instalar una sala de bingo. * Permiso para abrir una sala de bingo. * Traslado de una sala de bingo. * Cambio del régimen de gestión del juego. * Modificación del aforo de la sala. * Modificaciones en la seguridad o aparatos de juego. * Cese de actividad de la sala. * Interconexión entre máquinas. * Renovación o cancelación de la autorización de instalación. * Autorización de horarios especiales. * Comunicación de publicidad y promociones. ## ¿Qué necesitas hacer? Selecciona el trámite que corresponda a tu caso: * [Solicitar autorización para instalar una sala de bingo](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-obrir-i-installar-una-sala-de-bingo?category=7476d99c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Solicitar permiso para abrir una sala de bingo](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-obrir-i-installar-una-sala-de-bingo?category=7476d99c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Solicitar el traslado de una sala de bingo](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-obrir-i-installar-una-sala-de-bingo?category=7476d99c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) * [Solicitar un cambio del régimen de gestión del juego, la sustitución de la empresa de servicios o la modificación del contrato suscrito con ésta](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-obrir-i-installar-una-sala-de-bingo?category=7476d99c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=4) * [Solicitar un cambio que implica la modificación del aforo de la sala de bingo](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-obrir-i-installar-una-sala-de-bingo?category=7476d99c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=5) * [Solicitar poder hacer modificaciones en una sala que inciden sobre la seguridad, los aparatos de juego o las instalaciones](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-obrir-i-installar-una-sala-de-bingo?category=7476d99c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=6) * [Solicitar que la sala deje de funcionar](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-obrir-i-installar-una-sala-de-bingo?category=7476d99c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=7) * [Solicitar la interconexión entre máquinas instaladas en el local](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-obrir-i-installar-una-sala-de-bingo?category=7476d99c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=8) * [Solicitar la renovación de la autorización de instalación de la sala de bingo](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-obrir-i-installar-una-sala-de-bingo?category=7476d99c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=9) * [Solicitar la cancelación de la autorización de instalación de la sala de bingo](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-obrir-i-installar-una-sala-de-bingo?category=7476d99c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=10) * [Solicitar autorización de horarios excepcionales en fechas señaladas](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-obrir-i-installar-una-sala-de-bingo?category=7476d99c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=11) * [Comunicar la publicidad y promoción de las salas](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-obrir-i-installar-una-sala-de-bingo?category=7476d99c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=12)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la autorización para la captura de ejemplares de la fauna salvaje en Cataluña con fines científicos, de gestión o educativos. La autorización es emitida por el Departamento de Territorio, Habitatge i Transició Ecològica. ### Quién puede usar este servicio * Ciudadanía * Empresas y profesionales * Entidades * Otras administraciones ### Antes de empezar * Asegúrate de que la captura no está relacionada con especies cinegéticas o pescables, ya que tienen trámites específicos. * Si la captura es en un espacio natural protegido, necesitarás una autorización adicional. * Si accedes a recursos genéticos, debes cumplir el Protocolo de Nagoya. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * **Aval:** Un documento de una entidad científica o de conservación que acredite la necesidad y viabilidad de la captura. ### Requisitos previos * Estar avalado por una entidad científica reconocida. ### Costes y plazos * **Coste:** El trámite es gratuito. * **Plazo de solicitud:** Mínimo un mes antes de la fecha prevista para la captura. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Presentar la solicitud:** * **Por internet:** Si eres autónomo, empresa o entidad, debes hacerlo online. * [Iniciar Solicitud (enlace a https://ovt.gencat.cat/gsitgf/AppJava/ce/traint/renderitzarCE.do?reqCode=inicial&set-locale=es_ES&idServei=BIO015SOLC&urlRetorn=https%3A%2F%2Fweb.gencat.cat%2Fes%2Ftramits%2Ftramits-temes%2FAutoritzacio-per-a-la-captura-dexemplars-de-la-fauna-salvatge-per-motius-cientifics-de-gestio-o-educatius%3Fcategory%3D%26temesNom%3DMedi%2520ambient)] * **Presencialmente:** Solo si eres un particular. * Descarga el formulario: [Solicitud de autorización para la captura de ejemplares de la fauna salvaje (enlace a https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/TES/A_Politica_ambiental/Documents/Formularis/8741_Captura_motiu_cientific_gestio_educatiu_ES.pdf)] 2. **Consulta del estado del trámite:** Puedes hacerlo online o por teléfono (012). 3. **Recibir la respuesta:** La administración tiene tres meses para responder. Si no recibes respuesta, se considera denegada. 4. **Presentar el informe de capturas:** Una vez finalizado el período de la autorización, debes presentar un informe con los resultados. ### Información sobre cada etapa * **Presentación de la solicitud:** Asegúrate de adjuntar toda la documentación necesaria. * **Consulta del estado:** Utiliza el identificador del trámite para seguir su progreso. * **Recepción de la respuesta:** La notificación se enviará por correo electrónico o postal. * **Presentación del informe:** Detalla los resultados de las capturas y adjunta los trabajos realizados. ### Tiempos de espera * La administración tiene tres meses para emitir la resolución. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después * Si la autorización es concedida, puedes realizar las capturas según los términos especificados. * Debes presentar un informe de las capturas realizadas al finalizar el período de la autorización. ### Plazos de resolución * Tres meses desde la presentación de la solicitud. ### Siguiente pasos * Presentar el informe de capturas una vez finalizado el período de la autorización. ## Ayuda ### Contacto * Teléfono 012 ### Recursos adicionales * [Normativa aplicable (enlace a https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-a-la-captura-dexemplars-de-la-fauna-salvatge-per-motius-cientifics-de-gestio-o-educatius?category=&temesNom=Medi%20ambient#normativa)] * [Oficinas de atención ciudadana (enlace a https://web.gencat.cat/ca/contacte/oficines/#bloc2:~:text=AMUNT-,Por%20tramitar%20con%20ayuda,-Si%20tens%20dudas)] ### Preguntas frecuentes * Ver sección de FAQ.

  • La captura de animales de la fauna salvaje de Cataluña, protegida o no por la normativa y con finalidad científica, de gestión o educativa, requiere de una autorización específica otorgada por el Departamento de Territorio y Sostenibilidad.

    La autorización para la captura científica de animales se trata de una autorización nominal.

    Dado que la autorización está vigente, como máximo, hasta el día 31 de diciembre del año en curso, en el caso de proyectos de investigación que duren varios años hay que solicitar la renovación correspondiente cada año. Para la renovación es imprescindible haber enviado el informe de las capturas efectuadas.

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    A quién va dirigido

    A cualquier persona que realice las capturas de animales en solitario, y lo avale una entidad científica (no hace falta autorización cuando las capturas se realizan en presencia directa de una persona autorizada).

    Solicitar la autorización

    Plazos

    Como mínimo un mes antes de realizar las capturas.

    Documentación

    1. Formulario de solicitud del 'PASO 1. Presentar la solicitud'.
    2. Documento de aval: escrito donde una persona de una entidad científica reconocida (con la que puede estar relacionado el peticionario) responde de la solvencia e importancia del proyecto y del solicitante, es decir, que éste es capaz de llevar a cabo debidamente sus tareas en relación al proyecto que fundamenta la solicitud de captura, así como que dispone de los medios necesarios para llevarlo a cabo.
    3. Memoria técnica del proyecto: memoria donde se concrete el proyecto en el que se enmarca la captura y en la que se debe desarrollar de forma concisa la información que se aporta a la solicitud (especies de los ejemplares que se quieren capturar y cantidad, especies de los ejemplares que se quieren sacrificar y cantidad, zona de captura, finalidad, método/s de captura).
    4. Informe de las capturas efectuadas, al final de la campaña o en caso de renovaciones y que no se haya enviado en algún momento anterior a la solicitud de éstas.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    1. En la memoria técnica del proyecto se deben concretar al máximo:
      • Las zonas y los tipos y características técnicas de los métodos de captura que se quieren utilizar. 
      • La finalidad y los objetivos del trabajo, así como su importancia para la conservación de la especie.
      • Se debe indicar de forma expresa si se prevé llevar a cabo el sacrificio de ejemplares o la amputación de sus partes, concretando su finalidad. Se deben concretar las especies implicadas y el número de ejemplares que se verían afectados.
      • Si la captura implica tenencia de los animales durante un periodo concreto, se debe indicar también esta circunstancia, concretando la duración de la tenencia, la persona que sería responsable y la localización de los ejemplares.
      • Hay que dar el nombre y NIF de todas las personas que participan en el proyecto y realizan manipulación de ejemplares en solitario (no hace falta autorización cuando las capturas se realizan en presencia directa de una persona autorizada).
    2. En el informe de las capturas efectuadas se detallará el resultado de las capturas en virtud de la autorización de captura emitida. Hay que adjuntar copia de los trabajos realizados.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    La solicitud se puede presentar en la oficina de registro de los puntos de tramitación y también en cualquiera de los lugares previstos el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la autorización para la cría en cautividad de ejemplares destinados a la práctica de la cetrería. La cetrería se define como el adiestramiento de aves rapaces para volar libremente o cazar. **Quién puede usar este servicio:** * Ciudadanos. * Empresas y profesionales. **Importante:** Poseer un permiso de tenencia no autoriza la cría en cautividad; es necesario obtener esta autorización. ## Lo que necesitas **Documentación requerida:** * Croquis de las instalaciones especificando las medidas de las jaulas o lugares donde estarán los ejemplares. **Requisitos previos:** * Estar inscrito en el registro de núcleos zoológicos de la Generalidad de Cataluña. **Costes:** * Este trámite no tiene tasas asociadas. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Presentar la solicitud:** * **Por Internet:** * A través de Petición genérica con firma electrónica. * Descargar y rellenar el formulario Solicitud de autorización para la cría en cautividad de ejemplares destinados a la práctica de la cetrería. * Adjuntar el formulario y la documentación requerida a la petición genérica. * **Presencialmente:** * Presentar el formulario Solicitud de autorización para la cría en cautividad de ejemplares destinados a la práctica de cetrería en las oficinas indicadas. 2. **Consulta del estado del trámite:** * Enviar un correo electrónico a faunaiflora.tes@gencat.cat. 3. **Recibir respuesta de la Administración:** * La Administración tiene un plazo máximo de tres meses para emitir la resolución. * La respuesta se recibirá por correo electrónico, SMS o correo postal. ## Después de hacerlo **Plazos de resolución:** * La Administración tiene un plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud para emitir la resolución de autorización. * Si transcurrido este plazo no se ha recibido la resolución mencionada, se produce silencio desestimatorio. **Siguientes pasos:** * Contra la resolución o el silencio administrativo se puede interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Transición Ecológica en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución. ## Ayuda **Contacto:** * Correo electrónico: faunaiflora.tes@gencat.cat ## Trámites relacionados * Registro de aves rapaces para la práctica de la cetrería * Registro de un núcleo zoológico

  • ## Resumen Este trámite permite a las oficinas de farmacia y servicios farmacéuticos obtener la autorización necesaria para elaborar y/o controlar fórmulas magistrales y preparados oficinales por encargo de otras farmacias o servicios que no dispongan de los medios necesarios. **Quién puede usar este servicio:** * Oficinas de farmacia. * Servicios de farmacia. **Antes de empezar:** * Es necesario obtener la autorización antes de iniciar la actividad. * En caso de transmisión de la oficina de farmacia, el nuevo titular debe solicitar una nueva autorización. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Planos de las instalaciones. * Procedimientos de limpieza del local. * Procedimientos de mantenimiento y calibración de equipos. * Normas de higiene del personal. * Registros de materias primas. * Fichas de control de calidad. * Documentación del material de acondicionamiento. * Procedimientos de elaboración y/o control. * Guía de elaboración, control y registro. **Requisitos previos:** * Cumplir con las condiciones personales y materiales que garanticen la correcta elaboración y control de calidad, según el Real Decreto 175/2001. **Costes y plazos:** * Este trámite no tiene tasas asociadas. * La Administración tiene un plazo máximo de tres meses para resolver. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitar:** Presentar la solicitud online a través de la plataforma habilitada. 2. **Consultar el estado del trámite:** Realizar el seguimiento a través del [Estado de mis gestiones](https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/tramit/quepro.do?reqCode=list&set-locale=es_ES&portalId=1) o el [Área privada](https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/inicial.do?set-locale=es_ES). 3. **Recibir respuesta de la Administración:** La resolución se notificará electrónicamente a través de e-NOTUM. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud se realiza exclusivamente por internet, utilizando un certificado digital de representación (si es persona jurídica) o idCAT móvil/certificado digital (si es persona física). * El seguimiento del trámite permite conocer el estado en el que se encuentra. * La notificación electrónica garantiza la recepción segura de la resolución. **Tiempos de espera:** * La Administración tiene un plazo máximo de tres meses para dictar y notificar la resolución. Si no hay respuesta en ese tiempo, la solicitud se considera aprobada por silencio administrativo. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Una vez obtenida la autorización, se puede iniciar la actividad de elaboración y/o control de fórmulas magistrales y preparados oficinales por encargo. **Plazos de resolución:** * La Administración tiene un plazo máximo de tres meses para resolver. **Siguiente pasos:** * En caso de disconformidad con la resolución, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Salud en el plazo de un mes desde la notificación. ## Ayuda **Contacto:** * Puedes enviar tus consultas a través del servicio de [Consultas, quejas y sugerencias](https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/generic/conqxsGeneric.do?webFormId=391&topicLevel1.id=1523&topicLevel2.id=0&topicLevel3.id=0&set-locale=ca_ES). * También puedes contactar con el [Canal Empresa](https://canalempresa.gencat.cat/es/ajuda/ajuda/index.html) para obtener ayuda. * [Soporte a la tramitación](https://web.gencat.cat/es/tramits/suport-tramitacio/index.html) * Teléfono 012: [Teléfono 012](https://web.gencat.cat/es/contacte/012/index.html). **Recursos adicionales:** * Puedes consultar toda la información sobre formulación magistral en la web del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya, incluyendo una guía sobre la elaboración y/o control de fórmulas magistrales y preparados oficinales por encargo: [La guía sobre la elaboración y/o control de fórmulas magistrales y preparados oficinales por encargo de una oficina de farmacia comunitaria o de un servicio de farmacia que no disponga de los medios necesarios](https://salutweb.gencat.cat/web/.content/_ambits-actuacio/Per-perfils/Empreses-i-establiments/oficines-de-farmacia/formulacio-magistral/documents/guiaformulacioperatercers.pdf).

  • ## Resumen Este trámite permite a empresas y profesionales (instituciones científicas, educativas, culturales o empresas de acuariofilia) solicitar la autorización para la extracción de organismos marinos vivos. ## Lo que necesitas ### Documentación * Acreditación de la representación, si aplica. * Informe de las capturas realizadas en el ejercicio anterior (número, tamaño y peso aproximado). * Comunicado con el propósito, zonas, especies y número de especímenes a capturar, periodo de tiempo y artes/utensilios a utilizar. ### Costes y plazos * El permiso tiene una tasa de 31,65 €. * La solicitud debe presentarse antes de iniciar la actividad. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Hacer la solicitud** * **Por Internet:** A través de la [Petició genèrica](https://web.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Peticio-generica). Se deben descargar los documentos, cumplimentarlos y enviar toda la documentación mediante el formulario de petición genérica. * **Presencialmente:** En las [Oficinas comarcales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural](http://sac.gencat.cat/sacgencat/AppJava/adreces.jsp?tema=Agricultura%20i%20ramaderia.%20Pesca&subTema=Oficines+comarcals+del+Departament+d%27Agricultura%2C+Ramaderia%2C+Pesca%2C+Alimentaci%C3%B3+i+Medi+Natural&codi=118), en los [Servicios Centrales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Barcelona (Gran Via)](http://agricultura.gencat.cat/ca/departament/adreces-telefons/), en los [Servicios territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (excepto Barcelona)](http://sac.gencat.cat/sacgencat/AppJava/adreces.jsp?tema=Agricultura+i+ramaderia.+Pesca&subTema=Serveis+Territorials+d%27Agricultura%2C+Ramaderia%2C+Pesca+i+Alimentaci%f3&codi=105), en la [Oficina de Atención Ciudadana en Girona](http://sac.gencat.cat/sacgencat/AppJava/organisme_fitxa.jsp?codi=17461), o en cualquiera de los lugares y por los medios que establece el artículo [16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas](https://portaljuridic.gencat.cat/ca/document-del-pjur/?documentId=724869&validity=1813333&traceability=02&language=ca). ## Ayuda ### Normativa * [LEY 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas.](http://portaljuridic.gencat.cat/ca/pjur_ocults/pjur_resultats_fitxa?action=fitxa&documentId=547648) * [ORDEN de 4 de abril de 1995, por la que se regula la extracción de organismos marinos vivos con finalidades científicas, educativas, culturales y acuariológicas en las aguas del litoral catalán.](http://www20.gencat.cat/portal/site/portaldogc/menuitem.c973d2fc58aa0083e4492d92b0c0e1a0/?vgnextoid=485946a6e5dfe210VgnVCM1000000b0c1e0aRCRD&appInstanceName=default&action=fitxa&documentId=106261) * [LEY 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público.](http://www20.gencat.cat/portal/site/portaldogc/template.PAGE/menuitem.c973d2fc58aa0083e4492d92b0c0e1a0/?javax.portlet.tpst=0cabbdc23d3d48ca42a538bab0c0e1a0&javax.portlet.prp_0cabbdc23d3d48ca42a538bab0c0e1a0=action=fitxa&documentId=653535)

  • La extracción de organismos vivos requerirá una autorización previa del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación mediante la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos.
    En el caso de que las extracciones se realicen en un espacio natural protegido, es necesario un informe preceptivo.

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    A quién va dirigido

    Sólo podrán ser beneficiarios de esta autorización las instituciones científicas, educativas, culturales o las empresas dedicadas a la acuariofilia.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la autorización

    Plazos

    La solicitud de autorización se debe presentar antes del inicio de la actividad.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:

    1. Acreditación de la representación, en su caso.
    2. Informe de las capturas realizadas en el ejercicio anterior (número, tallas y / o pesos aproximados).
    3. Comunicado con la finalidad, relación de zonas, especímenes a capturar indicando especie y número, así como el período de tiempo en que se realizará y artes o utensilios a utilizar.

    Tasas

    El permiso para extracción de fauna y flora marinas con fines de investigación, educativas y de acuariofilia ornamental tiene una tasa de ? 30,10

    Presencialmente

    Se puede presentar en diversos lugares:

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar autorización para la observación y el registro gráfico y/o visual de especies de fauna salvaje en Cataluña. La autorización es necesaria cuando estas actividades puedan afectar a las especies, especialmente durante la época de cría o en lugares sensibles. **Quién puede usar este servicio:** * Ciudadanos * Empresas y profesionales * Entidades * Otras administraciones **Antes de empezar:** * Asegúrate de conocer las especies que requieren autorización. * Ten en cuenta los plazos de solicitud (mínimo un mes antes de la actividad). ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Copia del NIF o NIE del solicitante (si no autoriza la consulta telemática de datos). **Requisitos previos:** * Identificación digital (idCAT Móvil o certificado digital) para realizar el trámite online (obligatorio para empresas y autónomos). * Permisos de los propietarios del terreno, si es necesario. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * La solicitud debe presentarse al menos un mes antes del inicio de la actividad. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Presentar la solicitud:** * **Online:** A través de Tràmits gencat, con idCAT Móvil o certificado digital (obligatorio para empresas y autónomos). * **Presencialmente:** En las oficinas de atención ciudadana (solo para particulares). 2. **Consultar el estado del trámite:** * A través de Canal Empresa o el Área privada de Tràmits gencat. * Llamando al teléfono 012. * En cualquier Oficina de atención ciudadana (OAC). 3. **Recibir la respuesta de la Administración:** * La Administración tiene 3 meses para resolver y notificar la resolución. * La notificación se enviará por correo electrónico, SMS o correo postal. 4. **Presentar el informe anual (empresas):** * Las empresas deben presentar un informe anual de las actividades realizadas. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Recibirás una notificación con la resolución de tu solicitud. **Plazos de resolución:** * 3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud. **Siguientes pasos:** * Si la resolución es favorable, podrás realizar las actividades autorizadas. * Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso de alzada. ## Ayuda **Contacto:** * Teléfono 012. * Oficinas de atención ciudadana (OAC). **Recursos adicionales:** * [Formulario de solicitud de autorización para la observación y el registro gráfico y/o visual de especies de fauna salvaje](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/TES/A_Politica_ambiental/Documents/Formularis/8744_-Autoritzacio-_observacio_i_enregistrament_grafic_io_visual_especies_fauna_salvatge_ES.pdf) * [Vídeos tutoriales de Canal Empresa](https://www.youtube.com/playlist?list=PLi7Bv_JgKOL_jqSgzg1CD7yKXFRD7kUnW) **Preguntas frecuentes:** * **¿Cuándo necesito una autorización?** * La autorización es necesaria para especies catalogadas como "muy sensibles" y "sensibles" en lugares críticos de cría y durante la temporada de cría. También se requiere para especies "poco sensibles" y cualquier especie de fauna salvaje protegida si la actividad puede causar molestias. * **¿Puedo realizar este trámite online?** * Si eres un particular, puedes realizar el trámite tanto online como presencialmente. Sin embargo, si eres autónomo, profesional, empresa o entidad, debes realizar el trámite obligatoriamente por internet. * **¿Cuánto tiempo tarda en resolverse mi solicitud?** * La Administración tiene un plazo de 3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud para emitir y notificar la resolución. Si no recibes respuesta en este plazo, se considera silencio administrativo desestimatorio. * **¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la resolución?** * Si no estás de acuerdo con la resolución o el silencio administrativo, puedes interponer un recurso de alzada ante la Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación. * **¿Qué información adicional debo proporcionar si soy una empresa?** * Las empresas deben comunicar los datos de las personas que participarán en la actividad a través del formulario disponible en el Área privada de Trámites gencat. ## Normativa * [DECRETO LEGISLATIVO 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales.](http://portaljuridic.gencat.cat/ca/pjur_ocults/pjur_resultats_fitxa?action=fitxa&documentId=492668) * [Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.](http://portaljuridic.gencat.cat/ca/pjur_ocults/pjur_resultats_fitxa?action=fitxa&documentId=669994) * [Decreto 148/1992, de 9 de junio, por el que se regulan las actividades fotográficas, científicas y deportivas que pueden afectar a las especies de la fauna salvaje.](http://portaljuridic.gencat.cat/ca/pjur_ocults/pjur_resultats_fitxa?action=fitxa&documentId=77928)

  • ## Resumen Este trámite permite a los médicos que no trabajan en centros especializados obtener la autorización necesaria para recetar medicamentos agonistas opiáceos. Puedes realizar diferentes acciones como solicitar la autorización inicial, renovar una autorización existente, informar sobre cambios o comunicar el cese de los tratamientos. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las diferentes opciones disponibles: * [Solicitar la autorización](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-a-la-prescripcio-de-tractaments-amb-agonistes-opiacis-per-a-facultatius-no-integrats-a-centres-acreditats?category=70961641-b2c0-11e9-8dc5-005056924a59&moda=1) * [Solicitar la renovación de la autorización ](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-a-la-prescripcio-de-tractaments-amb-agonistes-opiacis-per-a-facultatius-no-integrats-a-centres-acreditats?category=70961641-b2c0-11e9-8dc5-005056924a59&moda=2) * [Comunicar las modificaciones posteriores](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-a-la-prescripcio-de-tractaments-amb-agonistes-opiacis-per-a-facultatius-no-integrats-a-centres-acreditats?category=70961641-b2c0-11e9-8dc5-005056924a59&moda=3) * [Comunicar el cese en los tratamientos ](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-per-a-la-prescripcio-de-tractaments-amb-agonistes-opiacis-per-a-facultatius-no-integrats-a-centres-acreditats?category=70961641-b2c0-11e9-8dc5-005056924a59&moda=4) ## Trámites relacionados * [Autorización de centros o servicios sanitarios para llevar a cabo tratamientos de mantenimiento con agonistas opiáceos.](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-de-centres-o-serveis-sanitaris-per-dur-a-terme-tractaments-de-manteniment-amb-agonistes-opiacis?category=75ff9c1e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c)

  • Autorización

    Entre el 15 de marzo y el 15 de octubre, queda totalmente prohibido en los terrenos forestales (poblados o no por especies arbóreas) y en la franja de 500 metros que los rodea:

    • Encender fuego para cualquier tipo de actividad, sea cual sea su finalidad. Especialmente no se pueden quemar rastrojos, márgenes y restos de aprovechamientos forestales, agrícolas o de jardinería ni hacer fuegos de recreo. Queda excluida de la prohibición, dentro de las áreas recreativas y de acampada y en parcelas de las urbanizaciones, la utilización de los fogones de gas y de barbacoas de obra con matachispas. Tampoco se puede hacer fuego para actividades relacionadas con la apicultura.
    • Lanzar objetos encendidos.
    • Verter basuras y restos vegetales e industriales de cualquier tipo que puedan ser causa del inicio de un fuego.
    • Lanzar cohetes, globos, fuegos artificiales u otros artefactos que contengan fuego.
    • La utilización de sopletes o similares en obras realizadas en vías de comunicación que atraviesen terrenos forestales.


    Con todo, el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural podrá autorizar, de manera extraordinaria, realizar determinados trabajos y actividades que suponen un riesgo de incendio forestal.

    Fuera del periodo de riesgo mencionado hay que presentar una comunicación de quema.

    Comunicación de quema

    Durante el período comprendido entre el 16 de octubre y el 14 de marzo las personas que tengan previsto hacer fuego en los terrenos forestales de Cataluña definidos en el artículo 2 de la Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña, y en la franja de 500 metros que los rodea, no necesitan de una autorización administrativa pero sí que lo comunicarán previamente (ORDEN MAB/62/2003, de 13 de febrero, por la que se desarrollan las medida preventivas que establece el Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestal).

    Leer más
    • Autorización de quema. Entre el 15 de marzo de 2016 y el 15 de octubre de 2016
    • Comunicación de quema. Entre el 16 de octubre 2016 y el 14 de marzo 2017

    A quién va dirigido

    A las personas que pueden llevar a cabo actuaciones de riesgo.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la autorización

    Plazos

    Del 15 de marzo al 15 de octubre.

    Documentación

    El formulario de solicitud hay que dirigirlo al ayuntamiento, que lo enviará a la oficina comarcal del Departamento de Agricultura, que dará, si procede, la autorización correspondiente, en la que se establecerá el día y la hora en que deberá hacer la actividad de riesgo y las medidas que deben observarse para evitar el peligro de incendio.
    En los modelos de solicitudes se hará constar como dato obligatorio un móvil de contacto. Este es un medio que puede utilizar la administración para enviar información a las personas solicitantes.

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    Fotocopia del DNI de la persona solicitante.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    En la autorización constan las condiciones generales para llevar a cabo la actividad, las medidas preventivas y de ejecución obligatorias y los casos y condiciones en que la autorización queda anulada y no se puede llevar a cabo la actividad.

    Tipo de actividad PERFOC (M0276-An1)

    Plazos

    Del15.03.2016al 15.10.2016

    Presencialmente

    Es pot presentar a diversos llocs:

    Hacer la comunicación

    Plazos

    El período para hacer la comunicación es del 16 de octubre al 14 de marzo.

    Requisitos

    • Los terrenos forestales de Catalunya definidos en el artículo 2 de la Ley 6/1988, de 30 de marzo forestal de Catalunya, y en la franja de 500 metros que los rodea.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    En la comunicación constan las condiciones generales para llevar a cabo la actividad, las medidas preventivas y de ejecución obligatorias y los casos y condiciones en que no se puede llevar a cabo la actividad.

    Plazos

    Del16.10.2016al 14.03.2017

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en varios lugares:

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Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.