Autorización para la observación y el registro gráfico y/o visual de especies de fauna salvaje
Información Rápida
Objetivo
Obtener autorización para realizar actividades de observación y registro gráfico o visual de especies de fauna salvaje en Cataluña, cuando estas actividades puedan afectar a las especies.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, empresas, entidades y otras administraciones interesadas en fotografiar, filmar u observar especies de fauna salvaje en Cataluña.
Requisitos principales
- Solicitar la autorización al menos un mes antes del inicio de la actividad.
- Comunicar los datos de las personas participantes antes del inicio de la actividad.
Plazos
La solicitud debe presentarse al menos un mes antes del inicio de la actividad.
Duración del trámite
La Administración tiene 3 meses para resolver y notificar la resolución. Si no se recibe respuesta en este plazo, se considera silencio administrativo desestimatorio.
Información adicional
Se considera periodo de cría el comprendido entre el inicio del celo y la independización de las crías o polluelos. Está prohibido molestar o inquietar intencionadamente cualquier ejemplar silvestre. Antes de iniciar la actividad se deben disponer de los permisos de los propietarios del terreno que correspondan.
Resumen
Este trámite permite solicitar autorización para la observación y el registro gráfico y/o visual de especies de fauna salvaje en Cataluña. La autorización es necesaria cuando estas actividades puedan afectar a las especies, especialmente durante la época de cría o en lugares sensibles.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
- Empresas y profesionales
- Entidades
- Otras administraciones
Antes de empezar:
- Asegúrate de conocer las especies que requieren autorización.
- Ten en cuenta los plazos de solicitud (mínimo un mes antes de la actividad).
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Copia del NIF o NIE del solicitante (si no autoriza la consulta telemática de datos).
Requisitos previos:
- Identificación digital (idCAT Móvil o certificado digital) para realizar el trámite online (obligatorio para empresas y autónomos).
- Permisos de los propietarios del terreno, si es necesario.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- La solicitud debe presentarse al menos un mes antes del inicio de la actividad.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Presentar la solicitud:
- Online: A través de Tràmits gencat, con idCAT Móvil o certificado digital (obligatorio para empresas y autónomos).
- Presencialmente: En las oficinas de atención ciudadana (solo para particulares).
- Consultar el estado del trámite:
- A través de Canal Empresa o el Área privada de Tràmits gencat.
- Llamando al teléfono 012.
- En cualquier Oficina de atención ciudadana (OAC).
- Recibir la respuesta de la Administración:
- La Administración tiene 3 meses para resolver y notificar la resolución.
- La notificación se enviará por correo electrónico, SMS o correo postal.
- Presentar el informe anual (empresas):
- Las empresas deben presentar un informe anual de las actividades realizadas.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás una notificación con la resolución de tu solicitud.
Plazos de resolución:
- 3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
Siguientes pasos:
- Si la resolución es favorable, podrás realizar las actividades autorizadas.
- Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono 012.
- Oficinas de atención ciudadana (OAC).
Recursos adicionales:
- Formulario de solicitud de autorización para la observación y el registro gráfico y/o visual de especies de fauna salvaje
- Vídeos tutoriales de Canal Empresa
Preguntas frecuentes:
- ¿Cuándo necesito una autorización?
- La autorización es necesaria para especies catalogadas como "muy sensibles" y "sensibles" en lugares críticos de cría y durante la temporada de cría. También se requiere para especies "poco sensibles" y cualquier especie de fauna salvaje protegida si la actividad puede causar molestias.
- ¿Puedo realizar este trámite online?
- Si eres un particular, puedes realizar el trámite tanto online como presencialmente. Sin embargo, si eres autónomo, profesional, empresa o entidad, debes realizar el trámite obligatoriamente por internet.
- ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse mi solicitud?
- La Administración tiene un plazo de 3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud para emitir y notificar la resolución. Si no recibes respuesta en este plazo, se considera silencio administrativo desestimatorio.
- ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la resolución?
- Si no estás de acuerdo con la resolución o el silencio administrativo, puedes interponer un recurso de alzada ante la Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación.
- ¿Qué información adicional debo proporcionar si soy una empresa?
- Las empresas deben comunicar los datos de las personas que participarán en la actividad a través del formulario disponible en el Área privada de Trámites gencat.
Normativa
- DECRETO LEGISLATIVO 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales.
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
- Decreto 148/1992, de 9 de junio, por el que se regulan las actividades fotográficas, científicas y deportivas que pueden afectar a las especies de la fauna salvaje.