Autorización para la cría en cautividad de ejemplares destinados a la práctica de la cetrería
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite obtener la autorización para la cría en cautividad de aves rapaces destinadas a la práctica de la cetrería (adiestramiento de aves rapaces para volar libremente o cazar). Es necesario para poder criar este tipo de aves, incluso si ya se tiene un permiso de tenencia.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas (ciudadanos, empresas y profesionales) que deseen criar en cautividad ejemplares destinados a la práctica de la cetrería.
Requisitos principales
- Estar previamente inscrito en el registro de núcleos zoológicos de la Generalidad de Cataluña.
Plazos
La autorización debe solicitarse antes de comenzar la cría en cautividad.
Duración del trámite
La administración tiene un plazo máximo de tres meses para emitir la resolución de autorización.
Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para la cría en cautividad de ejemplares destinados a la práctica de la cetrería. La cetrería se define como el adiestramiento de aves rapaces para volar libremente o cazar.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos.
- Empresas y profesionales.
Importante: Poseer un permiso de tenencia no autoriza la cría en cautividad; es necesario obtener esta autorización.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Croquis de las instalaciones especificando las medidas de las jaulas o lugares donde estarán los ejemplares.
Requisitos previos:
- Estar inscrito en el registro de núcleos zoológicos de la Generalidad de Cataluña.
Costes:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Presentar la solicitud:
- Por Internet:
- A través de Petición genérica con firma electrónica.
- Descargar y rellenar el formulario Solicitud de autorización para la cría en cautividad de ejemplares destinados a la práctica de la cetrería.
- Adjuntar el formulario y la documentación requerida a la petición genérica.
- Presencialmente:
- Presentar el formulario Solicitud de autorización para la cría en cautividad de ejemplares destinados a la práctica de cetrería en las oficinas indicadas.
- Por Internet:
- Consulta del estado del trámite:
- Enviar un correo electrónico a faunaiflora.tes@gencat.cat.
- Recibir respuesta de la Administración:
- La Administración tiene un plazo máximo de tres meses para emitir la resolución.
- La respuesta se recibirá por correo electrónico, SMS o correo postal.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- La Administración tiene un plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud para emitir la resolución de autorización.
- Si transcurrido este plazo no se ha recibido la resolución mencionada, se produce silencio desestimatorio.
Siguientes pasos:
- Contra la resolución o el silencio administrativo se puede interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Transición Ecológica en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución.
Ayuda
Contacto:
- Correo electrónico: faunaiflora.tes@gencat.cat