Ayuntamiento de Valencia

  • Descripción

    Autorizar la realización de obras de rehabilitación en edificaciones existentes en el distrito de Ciutat Vella de la Ciudad de Valencia.

    Se consideran obras de rehabilitación:las que afecten a estructura, aspecto exterior o distribución interior, de la totalidad del edificio.

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas y/o jurídicas que pretendan efectuar obras de rehabilitación en edificaciones existentes.

    Cuándo solicitarlo

    Con anterioridad al inicio de las obras, que únicamente pueden comenzar cuando la licencia haya sido concedida y notificada al solicitante.

    Documentación a presentar

    Instancia de solicitud de obras de reforma de edificaciones existentes, acompañada de la siguiente documentación:

    • Copia del Poder cotejada con el original en el Registro General de Entrada cuando la solicitud se formula en nombre de persona jurídica. Si el solicitante es una sociedad deberá aportar fotocopia de la escritura de constitución y de los poderes de representación de quien firma la instancia.
    • Carta de Pago del Ingreso Previo de la tasa de licencia Urbanística o xerocopia de la misma.
    • Proyecto técnico por duplicado suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial en el que se contendrán los documentos que se especifican en el impreso L.O.2 (Documentos que integran el proyecto técnico para la obtención de la licencia de obras).
    • Documentación técnica justificativa, o Certificado que en su caso sea preceptivo, del cumplimiento del R.D. 1627/97, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, a los efectos de lo previsto en el art. 17.1 del citado Real Decreto.
    • Cuestionario estadístico del M.O.P.U. (Orden de 29-5-89) sobre estadísticas de edificación y vivienda (B.O.E. número 129 de 31-5-89). Este impreso de puede descargar en: www.fomento.es
    • Si las obras solicitadas se encuentran en áreas afectadas por la declaración de Bien de Interés Cultural (B.I.C.) del conjunto histórico de Valencia, será necesario adjuntar, además:

    Autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalitat Valenciana.

    • Si las obras tienen el carácter de Reforma o de Nueva Planta, a la autorización citada debe acompañarse:

    Un ejemplar del proyecto que se autoriza debidamente sellado por esa Dirección General.

    • Si el emplazamiento se ubica en ámbito de vigilancia arqueológica y en el proyecto se prevé remoción del subsuelo, será necesario aportar, además:

    Informe del Servicio de Patrimonio Arqueológico, Etnológico e Histórico de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia.

    Tasas

    1.- Tasa de actuaciones urbanísticas (por las obras a realizar):

    Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia de obras.
    Cuantía: La detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra :

    Tasas 2012

    Hasta 6.010,12 ?135,43 ?
    Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61 ?243,70 ?
    Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21 ?722,14 ?
    Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03 ?1.575,33 ?
    Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05 ?3.610,42 ?
    Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10 ?7.672,16 ?

    Mayor de 601.012,10 ?: - Se abonará 9.657,85 euros, más el importe resultante de multiplicar por 9,28 el exceso sobre 601.012,10 euros, considerando fracciones de 6.010,12 euros.

    El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.

    2.- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:

    Plazo de ingreso: Dentro del plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la licencia de obra correspondiente.
    Cuantía: 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.

    Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado de Ordenanzas.

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia (ver cuantía en apartado ?Tasas?).
    • Presentación solicitud de licencia de obras urbanísticas de rehabilitación, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.
    • Ingreso del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión de licencia de obras de rehabilitación.

    Información Complementaria

    En cuanto al silencio administrativo y a la caducidad, se estará a lo dispuesto en los artículos 196 y 198 respectivamente, de la Ley Urbanística Valenciana.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Puede autoliquidar la tasa aquí

    Ordenanzas

    Ordenanza Reguladora de la Instalación, Modificación y Funcionamiento de los Elementos y Equipos de Telecomunicación que utilicen el Espacio Radioeléctrico.
    Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios
    Ordenanza del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
    Tasas por Prestación de los Servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas
    Ordenanza Fiscal General
    Ordenanza Reguladora Condiciones Funcionales de Aparcamientos

    Legislación

    - Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.
    - Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.
    - Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
    - Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones
    - Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la ley 4/1999, de 13 de enero.
    - Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.
    - Ley 4/1998, de Patrimonio Cultural de la Generalitat Valenciana.
    - Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
    - Norma Básica de la Edificación de Condiciones de Protección contra Incendios (NBE-CPI-96)
    - Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen las Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción.
    -

    Plan General de Ordenación Urbana y Planes Especiales de Protección y Reforma Interior de Ciutat Vella

    .

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS OBRAS DE EDIFICACIÓN.
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, segunda planta
      Telefono: 96.352.54.78: ? Unidad A: ext. 3310 ? Unidad B1: ext. 3303 ? Unidad B2: ext. 3339
      Fax: 963.89.50.63
      serlicencias@valencia.es

    Oficinas para presentar

    • REGISTRO AUXILIAR DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, Segundo Piso

  • Descripción

    Conceder licencia municipal para la realización de obras menores de mantenimiento de fachadas y medianeras.

    Son obras menores todas aquellas que, por razón de su sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica, puedan ser consideradas como tales, incluidas las de modificación de la disposición interior de los edificios.

    No se consideran obras menores aquellas que impliquen modificación de usos.

    En ningún caso, las obras menores supondrán alteración de volumen o superficie construida, reestructuración, modificación sustancial de elementos arquitectónicos o comunes de un inmueble, del número de viviendas o locales que fueron autorizados por la licencia originaria del edificio, ni afectarán a la estructura (pilares, vigas, etc.), o al diseño exterior ni mermarán las condiciones de habitabilidad o seguridad en el edificio o instalación.

    • Restauración total de fachadas:

    -Sustitución de elementos dañados por otros idénticos.
    -Obras de limpieza y pintura exterior de los edificios.
    -Cerrajería en balcones.
    -Carpintería exterior.
    -Persianas, molduras y otros elementos.

    • Reparaciones puntuales en paramento exterior de edificios: fachadas, balcones, elementos salientes, retejado parcial de cubiertas y otros elementos relativos a infraestructuras de los edificios.

    *En locales de planta baja estarán comprendidas las obras que, afectando al aspecto exterior, no impliquen modificación de la fachada ni de los elementos comunes.

    A título enunciativo comprende:
    -Reparación de portadas.
    -Cambio de puertas y ventanas exteriores manteniendo sus mismas características físicas (hueco existente, composición, etc.).
    -Reparación de aleros, con o sin canalón, y vuelo de fachada.
    -Reparación y sustitución de bajantes de agua.
    -Reparación de antepechos de balcón volado a la vía pública.
    -Reparación de marquesinas.
    -Cambio de tejas de la cubierta. Las obras de restauración del tejado no supondrán el cambio de la estructura, distribución del mismo, pendiente o materiales existentes.
    -Cambio de canalones.
    -Revocado, estucado y pintado de fachadas, balcones y cuerpos salientes.
    -Reparación de desperfectos de repisas, etc.

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes o propietarios, que estén interesados en la realización de una obra de las características indicadas anteriormente en el término municipal de Valencia.

    Cuándo solicitarlo

    Petición de los interesados mediante escrito acompañado de la documentación presentada en los términos y medios legalmente admitidos

    Documentación a presentar

    Solicitud de licencia de obras menores de mantenimiento de fachadas y medianeras , según modelo normalizado, acompañado de la siguiente documentación:

    Con carácter general:

    • Fotocopia del DNI/CIF.
    • Proyecto básico visado por el colegio profesional.
    • Presupuesto desglosado y total (indicando detalle del IVA.).
    • Plano de emplazamiento.
    • Documento en el que conste referencia catastral del inmueble.
    • Fotografía de la fachada (en color), tamaño 13x18.
    • Propuesta cromática que se proyecta para la fachada.
    • Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso previo de la tasa correspondiente.
    • Estudio o estudio básico de seguridad y salud o certificación colegial acreditativa de su disponibilidad.
    • Designación de dirección técnica de las obras.
    • Con carácter general, toda solicitud de licencia de obra que implique anclaje a pavimento, en acera o en calzada, deberá acompañarse de unas fotografías del mismo anteriores a la ejecución de la obra, comprometiéndose el solicitante de la licencia a entregar el pavimento en las mismas condiciones que estaba antes de la realización de los trabajos.
    • Asimismo, cuando resulte preceptivo, se requerirá la documentación precisa que determine la legislación autonómica vigente en materia de patrimonio cultural.

    Para el caso de necesitar la instalación de andamio:
    En el supuesto de que la obra precisara la instalación de un andamio, se incluirá, además, la documentación precisa para su autorización y se resolverá conjuntamente, en unidad de acto, la solicitud de obra y de ocupación de la vía pública

    • Plano de planta viaria, visado por el colegio oficial correspondiente, que se proyecta ocupar con la instalación, con acotamiento de la acera y calzada (ancho y alto del andamio, distancia a fachada y al bordillo, etc.), con indicación del edificio donde se sitúa.
    • Planos de alzado y sección, visados por el colegio oficial correspondiente, que definan claramente las afecciones a la vía pública, medidas de seguridad aplicadas, itinerario peatonal protegido, señalización en general y del obstáculo en calzada si lo hubiera, etc..
    • Memoria visada por el colegio oficial correspondiente que complete la documentación técnica y que describa el sistema de montaje y fijación, anclajes, posibles afecciones sobre el pavimento o construcciones bajo rasante si las hubiera, mobiliario urbano, alumbrado público, paradas de transporte público, jardinería, señalización viaria u otros elementos existentes en la vía pública así como descriptiva de la señalización, pasos cubiertos, redes de protección y otros sistemas a instalar, que tanto horizontal como verticalmente, garanticen que ningún objeto, herramienta, material o elementos del propio andamio puedan caer o proyectarse a la vía pública.
    • Certificado visado por el colegio oficial correspondiente de que la totalidad de lo proyectado se ajusta al Real Decreto 1627/97, sobre Seguridad y Salud en las Obras de Construcción, a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, a la Ley de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas y demás normas de obligado cumplimiento.
    • Plazo estimado de permanencia de la instalación.
    • En el caso de que no se solicite conjuntamente con la licencia de obras menores datos identificativos de la misma (número de expediente o similar).
    • Justificante acreditativo de haber realizado, en su caso, el ingreso previo de la tasa correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Fiscal vigente.

    Tasas

    1.- Tasa de actuaciones urbanísticas (por las obras a realizar):

    Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia de obras.
    Cuantía para 2012: 135,43 ?

    El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.

    2.- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:

    Plazo de ingreso: Dentro del plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la licencia de obra correspondiente.
    Cuantía: 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.

    Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado de Ordenanzas.

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia para obras menores (ver cuantía en apartado ?Tasas?)
    • Presentación solicitud de licencia para obras menores, debidamente cumplimentada, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?Documentación a presentar?.
    • Ingreso del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión de licencia de obra menor.
    • Una vez colocado el andamio deberá aportarse certificado final de seguridad y estabilidad de la instalación suscrito por técnico competente y visado por el Colegio Profesional correspondiente, y ello referido tanto a la obra como a la afección de la instalación a los peatones y cosas. Dicho certificado deberá presentarse dentro del plazo de los 7 días siguientes a la finalización del montaje, requisito éste que condiciona la eficacia de la licencia concedida e impide en consecuencia la puesta en uso del andamio hasta su presentación ante la Administración y aceptación por ésta.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Puede autoliquidar la tasa aquí

    Ordenanzas

    Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica
    Tasas por Prestación de los Servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas
    Ordenanza del Impuesto sobre Bienes Inmuebles

    Procedimientos relacionados

    Licencia para la ocupación de la vía pública con vallado de protección de obras
    Comunicación de ocupación de la vía pública con contenedor de recogida de escombros
    Licencia para la ocupación de la vía pública con andamio de obra
    Licencia para la ocupación de la vía pública con una grúa torre
    Comunicación previa a la ejecución de obras

    Legislación

    -Normas urbanísticas del P.G.O.U.
    -Normas de habitabilidad y diseño HD/91.
    -Reglamento electrotécnico para baja tensión, de 20 de septiembre de 1973 e Instrucción complementaria.
    -Normas Básicas de la edificación para instalaciones de agua, Orden del 9 de diciembre de 1975.
    -Normas Básicas de la Edificación NBE-CA/88 condiciones acústicas de los edificios.
    -Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.
    -Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística Valenciana.

    Oficinas de información

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Autorizar la segregación o división de parcelas en suelo urbano o urbanizable, conforme a las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana y planeamiento aplicables, en el término municipal de Valencia, a excepción de Ciutat Vella.

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas (particulares), personas jurídicas privadas (empresas, sociedades, asociaciones, entidades) y Comunidades de Bienes o Propietarios, que pretendan la indicada autorización.

    Cuándo solicitarlo

    Con anterioridad a la operación jurídica o inmobiliaria que se pretende realizar con la parcelación.

    Documentación a presentar

    Instancia de solicitud general acompañada de la siguiente documentación:

    • Copiar del poder y exhibirse el original para su cotejo en el Registro General de Entrada.
    • Si se actúa en nombre de otro particular o persona jurídica o de comunidad de bienes, se deberá aportar el documento que acredite la representación (escritura de poder, contrato constitutivo de la comunidad de bienes, certificación de la Comunidad de Propietarios)
    • Carta de pago del Ingreso Previo o xerocopia de la misma.
    • Proyecto técnico de Parcelación, por duplicado, suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial, con el siguiente contenido:

    - Memoria justificativa de las razones de la parcelación y de sus características en función de las determinaciones del Plan sobre el que se fundamente. En ella se describirá cada finca original existente y cada una de las nuevas parcelas, debiéndose hacer patente que éstas resultan adecuadas para el uso que el plan les asigna y, en su caso, si son aptas para la edificación.

    - Planos de estado actual a escala 1/1.000 como mínimo, donde se señalen las fincas originarias registrales representada en el parcelario oficial, las edificaciones y arbolados existente y los usos de los terrenos.

    - Planos de parcelación, a escala 1/1.000 como mínimo, en los que aparezcan perfectamente identificadas cada una de las parcelas resultantes y pueda comprobarse que no quedan parcelas inedificables según las condiciones señaladas por el Plan.

    • Plano de emplazamiento escala 1/1.000, en el que se reflejen las alineaciones vigentes, fijadas por el Topógrafo Municipal (Información urbanística).

    Tasas

    Tasa por actuaciones urbanísticas:

    Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia.
    Cuantía para 2012: 436,02 ?

    El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia (ver cuantía e instancia en apartado ?Tasas?).
    • Presentación solicitud de licencia de parcelación, segregación y división de fincas, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.

    Información Complementaria

    Es recomendable contactar, previamente a la presentación de la solicitud, con los técnicos municipales para recabar asesoramiento en cuanto a la elaboración del proyecto de parcelación.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Puede obtenerse más información en la página web de Urbanismo Puede autoliquidar la tasa aquí

    Impresos

    Instancia general

    Ordenanzas

    Tasas por Prestación de los Servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas

    Legislación

    -Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.
    -Ley 3/2004, de 30 de junio, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
    -Ley 30/92 ,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    -Ley del Suelo estatal aprobado por R.D.L. 2/2008, de 20 de junio.
    - Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, que aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (ROGTU), modificado por Decreto 36/2007, de 13 de abril, del Consell.

    - Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia.

    Dónde dirigirse

    Servicio de licencias urbanísticas de obras de edificación:

    - Licencias de obras para uso residencial (viviendas): Sección Unidad A
    - Licencias de obras para uso no residencial (hoteles, centros comerciales, naves industriales, etc): Secciones Unidad B1 y B2

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS OBRAS DE EDIFICACIÓN.
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, segunda planta
      Telefono: 96.352.54.78: ? Unidad A: ext. 3310 ? Unidad B1: ext. 3303 ? Unidad B2: ext. 3339
      Fax: 963.89.50.63
      serlicencias@valencia.es

    Oficinas para presentar

    • REGISTRO AUXILIAR DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, Segundo Piso

  • Descripción

    Autorizar la parcelación, segregación y división de fincas en suelo urbano, conforme a las Normas Urbanísticas del P.G.O.U. y planeamiento aplicables, en el distrito de Ciutat Vella.

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas y/o jurídicas que pretendan parcelar, segregar o dividir las indicadas parcelas, al objeto de efectuar obras o construcciones de nueva planta.

    Cuándo solicitarlo

    Antes del inicio de las obras, estando sujeto su inicio en todo momento, a la concesión previa de la licencia.

    Documentación a presentar

    Instancia de solicitud general, acompañada de la siguiente documentación:

    • Copia del Poder cotejada con el original en el Registro General de Entrada cuando la solicitud se formula en nombre de persona jurídica. Si el solicitante es una sociedad deberá aportar fotocopia de la escritura de constitución y de los poderes de representación de quien firma la instancia.
    • Carta de Pago del Ingreso Previo de la tasa de licencia Urbanística o xerocopia de la misma.
    • Proyecto técnico de Parcelación, por duplicado, suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial, con el siguiente contenido:

    - Memoria justificativa de las razones de la parcelación y de sus características en función de las determinaciones del Plan sobre el que se fundamente. En ella se describirá cada finca original existente y cada una de las nuevas parcelas, debiéndose hacer patente que éstas resultan adecuadas para el uso que el plan les asigna y, en su caso, si son aptas para la edificación.

    - Planos de estado actual a escala 1/1.000 como mínimo, donde se señale las fincas originarias registrales representada en el parcelario oficial, las edificaciones y arbolados existentes y los usos de los terrenos.

    - Planos de parcelación, a escala 1/1.000 como mínimo, en los que aparezcan perfectamente identificadas cada una de las parcelas resultantes y pueda comprobarse que no quedan parcelas inedificables según las condiciones señaladas por el Plan.

    - Certificado de fijación de líneas, en el que se reflejen las alineaciones vigentes. (Servicio de Planeamiento, Amadeo de Saboya,11).

    • Si la parcela se encuentra en área afectada por la declaración de Bien de Interés Cultural (B.I.C.) del conjunto histórico de Valencia:
    • Autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalitat Valenciana.

    Tasas

    Tasa por actuaciones urbanísticas:

    Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia.
    Cuantía para 2012: 436,02 ?

    El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia (ver cuantía en apartado ?Tasas?).
    • Presentación solicitud de licencia de parcelación, segregación y división de fincas, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.

    Información Complementaria

    En cuanto al silencio administrativo y a la caducidad, se estará a lo dispuesto en los artículos 196 y 198 respectivamente, de la Ley Urbanística Valenciana.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Puede autoliquidar la tasa aquí

    Impresos

    Instancia general

    Ordenanzas

    Tasas por Prestación de los Servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas
    Ordenanza Fiscal General

    Legislación

    - Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.
    - Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística
    - Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
    - Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones
    - Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la ley 4/1999, de 13 de enero.
    - Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.
    - Ley 4/1998, de Patrimonio Cultural de la Generalitat Valenciana.
    -

    Plan General de Ordenación Urbana y Planes Especiales de Protección y Reforma Interior de Ciutat Vella

    .

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS OBRAS DE EDIFICACIÓN.
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, segunda planta
      Telefono: 96.352.54.78: ? Unidad A: ext. 3310 ? Unidad B1: ext. 3303 ? Unidad B2: ext. 3339
      Fax: 963.89.50.63
      serlicencias@valencia.es

    Oficinas para presentar

    • REGISTRO AUXILIAR DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, Segundo Piso

  • Descripción

    Concesión de licencia de ocupación para la puesta en uso de los edificios de nueva planta o de los que han sido objeto de ampliación o rehabilitación integral, ubicados en término municipal de Valencia, previa comprobación de que las obras han sido ejecutadas conforme al proyecto al que se otorgó licencia de obras.

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas (particulares), personas jurídicas privadas (empresas, sociedades, asociaciones, entidades) y comunidades de bienes o propietarios, que hayan actuado como promotores de las obras ejecutadas.

    Cuándo solicitarlo

    Con anterioridad a la puesta en uso de las obras ejecutadas.

    Documentación a presentar

    • Instancia de solicitud para la obtención de licencia de ocupación, según modelo normalizado, suscrita por el peticionario de la licencia, o el representante legal, en caso de ser una persona jurídica.
    • En caso de ser una sociedad, fotocopia de la escritura de constitución de la misma, y de los poderes de representación de quien firma la solicitud.
    • En caso de que los solicitantes estuvieran constituidos en comunidad de bienes, deberá aportar copia del contrato constitutivo de sociedad, debiendo suscribir la instancia todos los comuneros, o en su caso, quien ostente la representación legal de los mismos.
    • Carta de pago del ingreso previo de la tasa por actuaciones urbanísticas.
    • Certificado final de obra, suscrito por técnicos titulados competentes, y visado por sus colegios oficiales, emitido en los términos dispuestos en el artículo 19 de la Ley 3/2004, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación y de acuerdo al formato aprobado por el Decreto 55/2009, de 17 de abril del Consell, o norma que lo sustituya.
    • Certificado específico de que las obras ejecutadas, se ajustan a la documentación que posee licencia y a la normativa de prevención y protección contra incendios objeto de aplicación, en cumplimiento de la Ordenanza Municipal de Prevención de incendios (O.M.P.I.) y Código Técnico de la Edificación (DB-SI).
    • Sobre las instalaciones de accesibilidad a las Telecomunicaciones, deberá aportarse, acorde a la Orden ITC/1644/2011, de 10 de junio que desarrolla el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones, aprobado por Real Decreto 346/2011 de 11 de marzo, la siguiente documentación:

    a) En los casos en que, reglamentaria o voluntariamente, exista dirección de obra del proyecto de ICT, copia sellada por la Jefatura Provincial de Telecomunicaciones del Certificado de Fin de obra, que se ajuste al modelo normalizado del Anejo IV de la mencionada orden, y del Boletín de Instalación de Telecomunicaciones y del Protocolo de pruebas del instalador de Telecomunicaciones, de acuerdo con el modelo normalizado del Anejo V de la citada orden, como garantía de la correcta ejecución del proyecto técnico.

    En su caso, copia sellada por la Jefatura Provincial de Telecomunicaciones del Proyecto ICT modificado, verificado por una entidad de las señaladas en el artículo 4 de la citada orden ITC/1644/2011.

    b) En los casos en que no exista dirección de obra, copia sellada por la Jefatura Provincial de Telecomunicaciones del Boletín de la Instalación y del Protocolo de pruebas realizado y firmado por la empresa instaladora de telecomunicaciones, de acuerdo con el modelo normalizado del Anejo V de la citada orden, como garantía de la correcta ejecución del proyecto técnico.

    En su caso, copia sellada por la Jefatura Provincial de Telecomunicaciones del Proyecto ICT modificado, verificado por una entidad de las señaladas en el artículo 4 de la citada orden ITC/1644/2011.

    • En materia de aislamiento acústico, se aportarán los certificados de ensayos realizados ?in situ? en condiciones normalizadas, de los elementos que constituyen los cerramientos verticales de fachadas y medianeras, cerramientos horizontales (forjado separador entre viviendas y separadores de viviendas de otros usos), y elementos de separación con salas que contengan focos de ruidos (cajas de ascensores, calderas, aire acondicionado, grupos de presión, aparatos elevadores de coches y puertas motorizadas de aparcamientos, etc).
    • En materia de captación solar obligatoria para agua caliente sanitaria (en el caso de haberse exigido en licencia), certificado de la puesta en funcionamiento y su rendimiento acorde a proyecto según modelo normalizado oficial de la Consellería de Industria.
    • En el supuesto de tratarse de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública, Calificación Definitiva de Viviendas de Protección Pública, concedida por la Conselleria competente en materia de vivienda.
    • Certificado de la dirección facultativa, sobre antepechos de seguridad, y su resistencia al empuje horizontal.
    • Certificado de comportamiento al fuego de las puertas contra-incendios y aportación del original o copia compulsada de los ensayos de laboratorio homologado.
    • En el supuesto de existir ascensores en el edificio, será exigible el boletín de instalación, supervisado por Conselleria de Industria.
    • En el supuesto de existir en el edificio ascensor para coches y personas, que dé acceso a los locales de aparcamiento, será exigible el boletín de instalación, supervisado por Conselleria de Industria, al igual que sucede con el ascensor de las viviendas.
    • A los efectos de que no existan contradicciones entre la licencia de ocupación que se conceda y la posterior declaración de obra nueva terminada, en virtud del artículo 20.3 del Texto Refundido de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto 2/2008, en su redacción otorgada por el Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de julio, se presentará documento donde venga claramente definida la descripción de las obras realizadas y de la edificación construida, incluyendo el número de viviendas por planta, escalera y zaguán, en su caso. Debiéndose además, presentar cumplimentado el impreso normalizado denominado ?Descripción de edificio de viviendas?.
    • Documento expedido por las compañías suministradoras acreditativo de haber abonado los derechos de las acometidas generales y encontrarse en condiciones de contratar el suministro.
    • Fotocopia de la presentación ante la Delegación de Hacienda del impreso normalizado Modelo 902N (o aquel que lo sustituya), de declaración catastral de nueva construcción. (copia cotejada en el Registro).
    • En caso de rehabilitación y/o reforma total o parcial, un certificado del Arquitecto o técnico competente Director de Obra, en el que conste que, tras la intervención, todo el edificio queda en condiciones de Seguridad Salubridad y Ornato.
    • En su caso, Documento de registro del certificado de eficiencia energética del edificio terminado.

    Tasas

    Tasa por actuaciones urbanísticas (por las obras a realizar):


    Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia.
    Cuantía para 2014: el 10% del importe liquidado por la tasa de solicitud de licencia de obra.

    El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia (ver cuantía en apartado ?Tasas?).
    • Presentación solicitud de licencia de primera utilización u ocupación, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.

    Información Complementaria

    Es recomendable formular consulta previa verbal o escrita, para recabar el asesoramiento de los técnicos municipales en cuanto a la elaboración de la documentación técnica y el asesoramiento administrativo en cuanto a la tramitación.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Ordenanzas

    Ordenanza reguladora de Obras de Edificación y Actividades del Ayuntamiento de Valencia

    Dónde dirigirse

    Preferiblemente en el Registro Auxiliar del Servicio de Licencias Urbanísticas, ubicado en el Edificio de Tabacalera, en Amadeo de Saboya, 11 Patio B Segundo Piso.

    Teléfono 96.352.54.78 ? Extensiones:

    • Nueva Planta: 3353
    • Licencias de Intervención (protegidos): 3329 / 3336 / 3360
    • Declaraciones Responsables y Reformas: 3337
    • Reformas expedientes anteriores 2012 (Unidad B1: 3335 Unidad B2: 3339 / 3312)
    • Consultas y denuncias (LCD): 3308 / 3359
    • Antenas: 3621/ 3623
    • Administraciones Públicas: 3317 / 3319

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS OBRAS DE EDIFICACIÓN.
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, segunda planta
      Telefono: 96.352.54.78: ? Unidad A: ext. 3310 ? Unidad B1: ext. 3303 ? Unidad B2: ext. 3339
      Fax: 963.89.50.63
      serlicencias@valencia.es

    Oficinas para presentar

    • REGISTRO AUXILIAR DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, Segundo Piso
    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Ocupación de la vía pública con instalaciones eventuales portátiles y desmontables aisladas (que no forman parte de un evento).

    Quién lo puede solicitar

    Administraciones públicas o empresa con participación o patrocinio de aquéllas con fines sociales, culturales y/o divulgativos.

    Requisitos

    La autorización de la ocupación de la vía pública deberá encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

    • Tratarse de un festejo de los previstos en el artículo 68 de la ordenanza
    • Estar apoyada la actividad, patrocinado o impulsado por alguna administración pública/institución publica, debidamente acreditado tal extremo en el expediente.

    En su caso, los establecidos en la Ley 14 /2010 de la Generalitat Valenciana, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

    Cuándo solicitarlo

    Con 3 meses de antelación.

    Documentación a presentar

    Instancia de Solicitud General acompañada de:

    Para todos los casos:

    • Identificación del solicitante y fotocopia del CIF de la entidad. Acreditación de que la entidad consten el registro correspondiente.
    • Acreditación de la representatividad de la persona física que actúa en nombre de la persona jurídica solicitante.
    • Fecha y horario para el que se solicita la ocupación.
    • Acreditación de que tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil que expresamente cubra expresamente los riesgos de la actividad en la vía pública, y de estar al corriente en su pago.
    • Croquis de emplazamiento con iniciación de instalaciones a colocar/ en su caso habrá que aportar proyecto técnico suscrito por técnico competente y visado por el correspondiente colegio oficial (ver ocupación de vía publica para eventos).

    Además:

    En el caso de hinchables (parques infantiles etc..) deberán estar homologados debiendo aportar además:

    • Póliza de RC de la empresa montadora y último recibo pagado.
    • Certificado suscrito por la empresa o técnico responsable del montaje en el que se indique que se va a montar hinchables en la dirección que corresponda: Dicho certificado deberá ir firmado por el responsable del montaje y con el sello de la empresa.
    • Certificado de homologación de hinchables conforme a la Norma UNE ?EN 14960:2007.
    • Concluida la instalación el organizador o promotor deberá presentar certificado de montaje emitido por técnico y visado por su colegio Profesional o en su caso por una empresa ENICRE, en el que se certifique que las instalaciones reúnen las medidas necesarias de seguridad.

    En el caso de Carpas abiertas y pequeñas de un tamaño de hasta 3x3:

    • Descripción de las instalaciones (dimensiones, peso tipo de anclaje etc)
    • Certificado emitido por técnico competente, visado por el colegio correspondiente, en el que se acredite la estabilidad del conjunto formado por la estructura y su cimentación, a la acción del viento previsto por la normativa.
    • Cerificado de la compañía aseguradora que cubra el riesgo de incendios sobre las instalaciones, y el de responsabilidad civil que deberá dar cobertura hasta la finalización de la actividad a desarrollar en la carpa, por daños a los usuarios, participantes o publico asistente, terceras personas y a los bienes que deberá tener una cuantía minima de 300.000 euros.

    En el caso de carpas más grandes que las anteriores:

    • Memoria descriptiva de la actividad a la que destinara la instalación, Memoria técnica constructiva, con medidas contra incendios, del sistema y calculo de evacuación, Memoria de instalaciones eléctricas, Documentación Gráfica, Plan de Evacuación y Emergencia, suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
    • Certificado de la Compañía aseguradora que cubra el riesgo de incendios sobre las instalaciones y otro de responsabilidad civil que deberá dar cobertura hasta la finalización del plazo de actividad que se pretende, por daños al público asistente, terceras personas ya los bienes, como consecuencia de la actividad, estos seguros deberán tener una cuantía mínima de 300.000 euros y en todo caso ajustarse a lo que dispone el Decreto 52/2010 de 26 de marzo.
    • Fianza por un importe de 6.000 euros
    • De resultar autorizada la instalación, a efectos de la puesta en funcionamiento y como indispensable para ello, deberá obtenerse un certificado emitido por un organismo de Control Autorizado en el cual se indique el cumplimiento de las medidas correctoras dispuestas en la carpa, tanto en materia de condiciones contra incendios, resistencia al viento y otras que se hubieran establecido por los técnicos municipales, en relación con la documentación presentada y que haya servido de base para el montaje de la instalación y que, las instalaciones existentes, cumplen tanto con los distintos reglamentos como con el aforo y seguridad de los asistentes y terceros.

    Grupos electrógenos:

    • Deberá aportarse memoria de instalación eléctrica de baja tensión, con el correspondiente boletín sellado de la Conselleria competente en materia de industria.


    Seguros:

    • Certificado de la compañía aseguradora que cubra el riesgo de incendios sobre las instalaciones, y de responsabilidad civil que deberá dar cobertura hasta la finalización del espectáculo o plazo de actividad autorizado, por daños a los espectadores, participantes, público asistente, terceras personas y a los bienes, como consecuencia de la celebración del espectáculo o actividad recreativa.
    • Estos seguros deberán tener las cuantías mínimas siguientes en cuanto al capital asegurado:

    - Aforo de hasta 50 personas: 300.500 ?
    - Aforo de hasta 100 personas: 450.000 ?
    - Aforo de hasta 300 personas: 600.000 ?
    - Aforo de hasta 700 personas: 900 000 ?
    - Aforo de hasta 1.500 personas: 1.200.000 ?
    - Aforo de hasta 5.000 personas: 1.500.000 ?

    Fianza:

    Para responder de las posibles obligaciones económicas que pudieran derivarse de la organización y celebración de los actos o del cumplimiento de las sanciones que pudieran imponerse con motivo de la celebración de dichos eventos por las cuantías siguientes:
    - Aforo de hasta 50 personas 6.010 ?
    - Aforo de hasta 100 personas 18.030 ?
    - Aforo de hasta 300 personas 30.051 ?
    - Aforo de hasta 700 personas 60.101 ?
    - Aforo de hasta .1.500 personas 120.202 ?
    - Aforo de hasta. 5.000 personas 180.303.?

    Tasas

    La ocupación de la vía pública está sujeto al pago de las tasas establecidas en la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de Bienes de Dominio Público Municipal con Mercancías, Materiales de Construcción, Puestos, Barracones, Espectáculos y otras Instalaciones Análogas.

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Presentación de solicitud con la documentación.
    • Recogida de autorización.
    • Posterior pago de tasas, en su caso.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Realizar la solicitud en línea con firma digital

    Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.

    Impresos

    Instancia general

    Ordenanzas

    Ordenanza Reguladora de Actividades, Instalaciones y Ocupaciones en la Vía Pública de Valencia
    Tasas por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de Bienes de Dominio Público Municipal con Mercancías, Materiales de Construcción, Puestos, Barracones, Espectáculos y otras Instalaciones Análogas

    Legislación

    • Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos
    • Decreto 52/2010, de 26 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley 4/2003, de la Generalitat Valenciana.

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE MOVILIDAD SOSTENIBLE
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio D, primera planta
      Telefono: 96.352.54.78 Ext. 3115

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Obtención de plaza en Centro de Día para discapacitados intelectuales.

    Quién lo puede solicitar

    Personas con discapacidad intelectual gravemente afectada, mayores de 16 años.

    Requisitos

    • Tener más de 16 años.
    • Disponer de calificación oficial del grado de discapacidad con diagnostico de discapacidad intelectual gravemente afectado.
    • Estar empadronado en el municipio de Valencia.

    Cuándo solicitarlo

    Durante todo el año.

    Documentación a presentar

    Solicitud de ingreso en centros para personas con discapacidad, acompañada de la siguiente documentación:

    • Fotocopia DNI Solicitante
    • Fotocopia DNI Representante
    • Fotocopia de la Calificación oficial del grado de discapacidad.
    • Fotocopia Ingresos Familiares
    • Informe Psicopedagógico emitido por el Centro de Educación Especial, SPES de la zona.

    Tasas

    Para el Centro de Día de la Fuente de San Luis

    Ordenanza reguladora de Precios Públicos de Centro de Día para Discapacitados Psíquicos de la Fuente de San Luis:
    Plazo de ingreso: Cuando se inicie la prestación del servicio y, sucesivamente el día primero de cada mes natural.
    Cuantía: Los importes a satisfacer por los obligados al pago son los que resultan de la aplicación de las tarifas siguientes, en función de la renta per cápita de la unidad familiar del usuario:

    Tarifas 2014

    Renta por unidad familiar Precio público mensual

    Entre 0 y 4.292,40 0 ?
    Entre 4.292 cápita,41 ? y 4.957,69 ? 45,41 ?
    Entre 4.957,70 y 5.783,98 ? 68,14 ?
    Entre 5.783,99 y 6.610,26 ? 90,89 ?
    Entre 6.610,27 y 7.436,55 ? 113,61 ?
    Entre 7.436,56 y 8.262,81 ? 136,36 ?
    Entre 8.262,82 y 9.089,07 ? 159,10 ?
    Entre 9.089,08 y 9.915,33 ? 181,84 ?
    Entre 9.915,34 y 10.741,59 ? 204,59 ?
    A partir de 10.741,60 227,33 ?
    Para el resto de centros

    Consultar con la Consellería de Bienestar Social.

    Información Complementaria

    La valoración y concesión de la plaza es competencia de la Consellería de Bienestar Social.

    Hacer en web

    Puede obtenerse más información en la página web de Bienestar Social

    Procedimientos relacionados

    Solicitud de plaza en residencia para personas con discapacidad intelectual
    Teleasistencia para personas mayores o discapacitadas

    Legislación

    • Ley 5/97,de 25 de Junio,por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
    • Orden anual de la Consellería de Bienestar Social por la que se regulan las ayudas en materia de Servicios Sociales.

    Oficinas de información

    • OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - OMAD
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio A, planta baja
      Telefono: 96.208.24.02, 96.208.24.68 y 96.208.24.72
      Fax: 96.351.10.68
      De 9:00 a 14:00 horas.
      omad@valencia.es

    Oficinas para presentar

    • OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - OMAD
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio A, planta baja
      Telefono: 96.208.24.02, 96.208.24.68 y 96.208.24.72
      Fax: 96.351.10.68
      De 9:00 a 14:00 horas.
      omad@valencia.es

  • Descripción

    Ayudas destinadas a poder adoptar medidas que posibilitan a las personas con problemas motores o sensoriales su mantenimiento en el propio entorno social, incrementando su autonomía, potenciando sus posibilidades y favoreciendo las relaciones e integración en la sociedad.

    Estas ayudas se articulan en tres modalidades:

    1. Ayudas para eliminación de barreras arquitectónicas en la vivienda o en el edificio del anciano. (Tramitación Ayuntamiento-Resolución Conselleria)

    2. Ayudas técnicas para adquisición de útiles necesarios para el desenvolvimiento en la vida ordinaria o para la adaptación funcional del hogar.

    3. Adaptación de vehículo a motor.

    Quién lo puede solicitar

    Personas mayores de 60 años.

    Requisitos

    • Ser mayor de 60 años.
    • Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial que dificulten su movilidad.
    • Que la solicitud esté referida a elementos relacionados con las necesidades de accesibilidad y comunicación, quedando excluidos los que signifiquen una mejora en el hogar/edificio que no esté directamente relacionada con los impedimentos físicos y/o sensoriales.
    • Idoneidad de lo solicitado para cubrir la necesidad planteada.

    Exclusiones e incompatibilidades
    Quedan explícitamente excluidas las solicitudes que se encuentren en los siguientes supuestos:

    • Aquellas que sean competencia institucional de otros organismos públicos.
    • Aquellas que hayan sido subvencionadas por el mismo concepto, por otros organismos.
    • Adquisiciones efectuadas o acciones ejecutadas con anterioridad a la petición de la ayuda.

    Será incompatible la concesión de la ayuda solicitada con el disfrute gratuito y/o simultáneo de servicios que cubran los mismos supuestos y necesidades, a través de instituciones públicas o privadas subvencionadas.

    Cuándo solicitarlo

    Desde el día siguiente al de la publicación de la Orden anual, de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, por la que se regulan y convocan ayudas en materia de servicios sociales hasta el 31 de octubre del mismo año. No obstante, con carácter extraordinario, podrán admitirse y tramitarse aquellas solicitudes de ayudas presentadas con posterioridad a esa fecha, atendiendo a la valoración de emergencias.

    Documentación a presentar

    • Solicitud suscrita por la persona usuaria o por su representante, debidamente cumplimentada.
    • Fotocopia del NIF de la persona solicitante.
    • Autorización expresa al Ayuntamiento de Valencia, para poder acceder a los datos personales de la persona solicitante y de los miembros de su unidad de convivencia mayores de 16 años, obrantes en los ficheros de las administraciones tributarias y de la Seguridad Social, a los únicos efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de no presentar su consentimiento, deberá presentar fotocopia compulsada de la última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) referida a los ingresos de la unidad familiar, o, en su defecto, deberá aportar certificado negativo de la declaración y certificado acreditativo de la pensión si es el caso.
    • En su caso, certificado de pensiones del año en curso del solicitante y de los demás miembros de su unidad de convivencia.
    • Informe médico del solicitante o calificación oficial del grado de discapacidad.
    • Para ayudas para eliminación de barreras arquitectónicas, además:

    - Presupuesto de las adaptaciones a realizar.

    - Justificación de la propiedad de la vivienda o la autorización del propietario para realizar las reformas.

    - Permisos municipales, en su caso.

    • Para ayudas técnicas, además, dos presupuestos.
    • Para adaptación de vehículos a motor, además, permiso de conducir de la persona solicitante.

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Solicitud de cita previa en el Centro Municipal de Servicios Sociales que le corresponda.
    • Presentación de la solicitud junto a la documentación necesaria.

    Información Complementaria

    La tramitación y resolución de estas ayudas corresponde al Ayuntamiento de Valencia, salvo el caso de ayudas para eliminación de barreras arquitectónicas, que será el órgano correspondiente de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social quien resuelva.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Puede obtenerse más información en la página web de Bienestar Social.

    Impresos

    Solicitud de ayudas públicas

    Legislación

    • Ley 5/97,de 25 de Junio,por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
    • Orden anual de la Conselleria de Bienestar Social por la que se regulan y convocan ayudas en materia de servicios sociales.

    Dónde dirigirse

    Al Centro Municipal de Servicios Sociales que le corresponda por zona de residencia o al Centro de Atención a Personas sin Techo y el Centro de Apoyo a la Inmigración.
    Antes de dirigirse al Centro debe solicitarse cita previa.

    Puede consultar el Centro correspondiente a su domicilio en la web de Bienestar Social.

    Oficinas de información

    • CENTRO DE APOYO A LA INMIGRACIÓN - CAI.
    • C/ Pozo, s/n
      Telefono: 96 208 74 23/ 96 352 54 78
      Fax: 96 389 50 34
      De 8:00 a 14:00 h
      cai.amics@valencia.es
    • CMSS BENIMACLET
    • C/ Sant Esperit, 15
      Telefono: 962 084380 y 962 084390
      Fax: 963539964
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssbenimaclet@valencia.es
    • CMSS CAMPANAR
    • C/Grabador Enguidanos, s/n
      Telefono: 962 082775
      Fax: 963494773
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmsscampanar@valencia.es
    • CMSS CIUTAT VELLA
    • C/Mesón de Morella, 2
      Telefono: 962 084167 .
      Fax: 963918774
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssciutatvella@velencia.es
    • CMSS PATRAIX
    • C/ Salabert, 13 2º y 3er piso
      Telefono: 96.208.46.70/71
      Fax: 963599352
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmsspatraix@valencia.es
    • CMSS MALVARROSA
    • C/ Maria Carbonell (mestra), 1
      Telefono: 962 082570.
      Fax: 963562981
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssmalvarrosa@valencia.es
    • CMSS NAZARET
    • C/Parque Nazaret, 94
      Telefono: 962 087400
      Fax: 963672460
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssnazaret@valencia.es
    • CMSS OLIVERETA - NOU MOLES
    • C/ Burgos, 10.
      Telefono: 962 084680 y 962 084681.
      Fax: 963599391
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssolivereta@valencia.es
    • CMSS QUATRE CARRERES
    • C/Arabista Ambrosio Huici, s/n
      Telefono: 9602 084080 y 962 084090. Pedir cita previa
      Fax: 963331073
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssquatrecarreres@valencia.es
    • CMSS SALVADOR ALLENDE
    • C/San Juan de la Peña, 3-2ºpiso
      Telefono: 962 084650
      Fax: 963539965
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmsssalvadorallende@valencia.es
    • CMSS SANT MARCEL.LÍ
    • Pl. Miquel Catalá Gomis, s/n
      Telefono: 962 082865 y 962 082866.
      Fax: 963771378
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssanmarcelino@valencia.es
    • CMSS TRAFALGAR
    • C/ Trafalgar, 34
      Telefono: 962 082729. Pedir cita previa
      Fax: 963981830
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmsstrafalgar@valencia.es
    • CENTRO DE ATENCIÓN SOCIAL A PERSONAS SIN TECHO - CAST
    • C/ Jardines, 3 Accesorio (esquina calle Sogueros)
      Telefono: 96 208 47 47 - 96 208 47 49
      Fax: 96 352 02 40
      cast@valencia.es

    Oficinas para presentar

    • CENTRO DE APOYO A LA INMIGRACIÓN - CAI.
    • C/ Pozo, s/n
      Telefono: 96 208 74 23/ 96 352 54 78
      Fax: 96 389 50 34
      De 8:00 a 14:00 h
      cai.amics@valencia.es
    • CMSS BENIMACLET
    • C/ Sant Esperit, 15
      Telefono: 962 084380 y 962 084390
      Fax: 963539964
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssbenimaclet@valencia.es
    • CMSS CAMPANAR
    • C/Grabador Enguidanos, s/n
      Telefono: 962 082775
      Fax: 963494773
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmsscampanar@valencia.es
    • CMSS CIUTAT VELLA
    • C/Mesón de Morella, 2
      Telefono: 962 084167 .
      Fax: 963918774
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssciutatvella@velencia.es
    • CMSS PATRAIX
    • C/ Salabert, 13 2º y 3er piso
      Telefono: 96.208.46.70/71
      Fax: 963599352
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmsspatraix@valencia.es
    • CMSS MALVARROSA
    • C/ Maria Carbonell (mestra), 1
      Telefono: 962 082570.
      Fax: 963562981
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssmalvarrosa@valencia.es
    • CMSS NAZARET
    • C/Parque Nazaret, 94
      Telefono: 962 087400
      Fax: 963672460
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssnazaret@valencia.es
    • CMSS OLIVERETA - NOU MOLES
    • C/ Burgos, 10.
      Telefono: 962 084680 y 962 084681.
      Fax: 963599391
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssolivereta@valencia.es
    • CMSS QUATRE CARRERES
    • C/Arabista Ambrosio Huici, s/n
      Telefono: 9602 084080 y 962 084090. Pedir cita previa
      Fax: 963331073
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssquatrecarreres@valencia.es
    • CMSS SALVADOR ALLENDE
    • C/San Juan de la Peña, 3-2ºpiso
      Telefono: 962 084650
      Fax: 963539965
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmsssalvadorallende@valencia.es
    • CMSS SANT MARCEL.LÍ
    • Pl. Miquel Catalá Gomis, s/n
      Telefono: 962 082865 y 962 082866.
      Fax: 963771378
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmssanmarcelino@valencia.es
    • CMSS TRAFALGAR
    • C/ Trafalgar, 34
      Telefono: 962 082729. Pedir cita previa
      Fax: 963981830
      Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas previa petición de cita.
      cmsstrafalgar@valencia.es
    • CENTRO DE ATENCIÓN SOCIAL A PERSONAS SIN TECHO - CAST
    • C/ Jardines, 3 Accesorio (esquina calle Sogueros)
      Telefono: 96 208 47 47 - 96 208 47 49
      Fax: 96 352 02 40
      cast@valencia.es

  • Descripción

    El Programa de Creación de Empresas 2015 está destinado a apoyar y fomentar la creación de empresas, proporcionando al emprendedor herramientas y conocimientos para el desarrollo y puesta en funcionamiento de su idea de negocio.

    La formación será impartida por el equipo técnico de Cámara de Comercio de Valencia dentro del siguiente periodo: del 29 de junio al 31 de julio y del 31 de agosto al 11 de septiembre de 2015, comprendiendo una duración de 261 horas. Los módulos a impartir serán los siguientes:

    ? Metodología para elaboración, desarrollo y programación de un Plan de Negocio.
    ? De la idea al negocio, crecimiento y lanzamiento del proyecto emprendedor.
    ? Área Administrativo-Financiera, Jurídica y Fiscal.
    ? Marketing y Ventas
    ? Actitud Emprendedora: Habilidades Personales

    Aquellos proyectos que obtengan el certificado de aprovechamiento y se constituyan como empresa podrán obtener un extra de 1.000 euros, caso de ser beneficiarios de la Ayuda a las Iniciativas Empresariales 2016.

    Quién lo puede solicitar

    Podrán participar en este Programa de Formación proyectos empresariales presentados por personas que, individualmente o en grupo, todavía no hayan constituido su empresa.

    Requisitos

    Debe tratarse de proyectos empresariales presentados por personas que, individualmente o en grupo, todavía no hayan constituido su empresa.

    Cuándo solicitarlo

    El plazo de presentación de la solicitud será desde el 19 de mayo hasta el día 5 de junio de 2015.

    La semana del 22 al 28 de junio de 2015 el Servicio de Innovación y Proyectos Emprendedores hará publica en la web de Valencia Emprende www.valenciaemprende.es un listado con los nombres de los participantes en la selección.

    Documentación a presentar

    Solicitud según modelo oficial normalizado acompañada de la documentación indicada en las Bases.

    Información Complementaria

    En la selección de proyectos de emprendedores se considerarán los siguientes aspectos:

    • Grado de innovación, diferenciación y originalidad de los productos y servicios ofrecidos.
    • Viabilidad técnica, comercial, económica y financiera.
    • Calidad, capacidad y compromiso del equipo promotor.
    • Conocimiento del mercado y de la competencia.
    • Trayectoria y potencial crecimiento (internacionalización)
    • Impacto sobre el entorno y efecto dinamizador sobre la actividad económica de la ciudad de Valencia.
    • Impulso de la Responsabilidad Social Corporativa

    Se valorará por parte de la Comisión de Valoración en la selección de los participantes para el curso la fecha de solicitud del mismo, además la Comisión elegirá los 25 proyectos participantes, computando para ello la fecha y hora que conste en el registro de entrada correspondiente.
    Los proyectos presentados que mejor se ajusten a los criterios de valoración, quedarán seleccionados para realizar el curso de formación, estableciéndose un máximo de 25 proyectos, quedando en reserva y por orden de prioridad los restantes.

    Legislación

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE EMPLEO Y EMPRENDIMIENTO
    • Amadeo de Saboya, 11 ? Nave Oeste ? 1ª planta.
      Telefono: 96.208.17.25
      Lunes a viernes, de 8:30 a 14 horas

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Procedimiento por el cual se revoca el título habilitante, al incumplir el mismo los requisitos o condiciones en virtud de los cuales se otorgó, así como, en particular, la no realización de las inspecciones periódicas obligatorias o, en su caso, la falta de adaptación a las novedades introducidas por normas posteriores a su concesión, en los plazos previstos para ello.

    En el Anexo V de la ?Ordenanza de Obras de Edificación y Actividades del Ayuntamiento de Valencia?, consultable en el apartado ?Ordenanzas? de esta misma página, se resume el trámite procedimental.

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas y jurídicas

    Documentación a presentar

    Instancia de solicitud de la revocación del título habilitante, acompañada de los documentos probatorios en los que fundamente su solicitud.

    Hacer en web

    Realizar la solicitud en línea con firma digital

    Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.

    Impresos

    Instancia general

    Ordenanzas

    Ordenanza reguladora de Obras de Edificación y Actividades del Ayuntamiento de Valencia

    Legislación

    • Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
    • Decreto 52/2010, de 26 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
    • Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental.

    Dónde dirigirse

    La documentación se podrá presentar en cualquiera de las formas admitidas en la normativa básica de procedimiento administrativo, así como por cualquier medio electrónico, informático y telemático de los que disponga el Ayuntamiento de Valencia para relacionarse con los ciudadanos, no obstante el inicio de los plazos se computará a partir de la entrada en el registro auxiliar especializado.

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE ACTIVIDADES.
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, planta baja
      Telefono: 963525478. Cuestiones administrativas exts. 1773 - 1862 y 3123 - 3138. Transmisiones de Licencia y Cambios de Titularidad ext. 3125 y 3121. Oficina Urbanística y Técnica ext. 3230 y 3235. Jefatura de Servicio 3122 y 3130.

    Oficinas para presentar

    • REGISTRO AUXILIAR DE ACTIVIDADES
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, planta baja
      Telefono: 96.352.54.78
      Lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.