ANULADO Licencia de Obras de Rehabilitación en Ciutat Vella

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Descripción

Autorizar la realización de obras de rehabilitación en edificaciones existentes en el distrito de Ciutat Vella de la Ciudad de Valencia.

Se consideran obras de rehabilitación:las que afecten a estructura, aspecto exterior o distribución interior, de la totalidad del edificio.

Quién lo puede solicitar

Personas físicas y/o jurídicas que pretendan efectuar obras de rehabilitación en edificaciones existentes.

Cuándo solicitarlo

Con anterioridad al inicio de las obras, que únicamente pueden comenzar cuando la licencia haya sido concedida y notificada al solicitante.

Documentación a presentar

Instancia de solicitud de obras de reforma de edificaciones existentes, acompañada de la siguiente documentación:

  • Copia del Poder cotejada con el original en el Registro General de Entrada cuando la solicitud se formula en nombre de persona jurídica. Si el solicitante es una sociedad deberá aportar fotocopia de la escritura de constitución y de los poderes de representación de quien firma la instancia.
  • Carta de Pago del Ingreso Previo de la tasa de licencia Urbanística o xerocopia de la misma.
  • Proyecto técnico por duplicado suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial en el que se contendrán los documentos que se especifican en el impreso L.O.2 (Documentos que integran el proyecto técnico para la obtención de la licencia de obras).
  • Documentación técnica justificativa, o Certificado que en su caso sea preceptivo, del cumplimiento del R.D. 1627/97, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, a los efectos de lo previsto en el art. 17.1 del citado Real Decreto.
  • Cuestionario estadístico del M.O.P.U. (Orden de 29-5-89) sobre estadísticas de edificación y vivienda (B.O.E. número 129 de 31-5-89). Este impreso de puede descargar en: www.fomento.es
  • Si las obras solicitadas se encuentran en áreas afectadas por la declaración de Bien de Interés Cultural (B.I.C.) del conjunto histórico de Valencia, será necesario adjuntar, además:

Autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalitat Valenciana.

  • Si las obras tienen el carácter de Reforma o de Nueva Planta, a la autorización citada debe acompañarse:

Un ejemplar del proyecto que se autoriza debidamente sellado por esa Dirección General.

  • Si el emplazamiento se ubica en ámbito de vigilancia arqueológica y en el proyecto se prevé remoción del subsuelo, será necesario aportar, además:

Informe del Servicio de Patrimonio Arqueológico, Etnológico e Histórico de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia.

Tasas

1.- Tasa de actuaciones urbanísticas (por las obras a realizar):

Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia de obras.
Cuantía: La detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra :

Tasas 2012

Hasta 6.010,12 ?135,43 ?
Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61 ?243,70 ?
Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21 ?722,14 ?
Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03 ?1.575,33 ?
Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05 ?3.610,42 ?
Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10 ?7.672,16 ?

Mayor de 601.012,10 ?: - Se abonará 9.657,85 euros, más el importe resultante de multiplicar por 9,28 el exceso sobre 601.012,10 euros, considerando fracciones de 6.010,12 euros.

El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.

2.- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:

Plazo de ingreso: Dentro del plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la licencia de obra correspondiente.
Cuantía: 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.

Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado de Ordenanzas.

Actuaciones a realizar por el solicitante

  • Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia (ver cuantía en apartado ?Tasas?).
  • Presentación solicitud de licencia de obras urbanísticas de rehabilitación, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.
  • Ingreso del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión de licencia de obras de rehabilitación.

Información Complementaria

En cuanto al silencio administrativo y a la caducidad, se estará a lo dispuesto en los artículos 196 y 198 respectivamente, de la Ley Urbanística Valenciana.

Recursos

  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

Hacer en web

Puede autoliquidar la tasa aquí

Ordenanzas

Ordenanza Reguladora de la Instalación, Modificación y Funcionamiento de los Elementos y Equipos de Telecomunicación que utilicen el Espacio Radioeléctrico.
Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios
Ordenanza del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Tasas por Prestación de los Servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas
Ordenanza Fiscal General
Ordenanza Reguladora Condiciones Funcionales de Aparcamientos

Legislación

- Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.
- Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.
- Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
- Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la ley 4/1999, de 13 de enero.
- Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.
- Ley 4/1998, de Patrimonio Cultural de la Generalitat Valenciana.
- Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
- Norma Básica de la Edificación de Condiciones de Protección contra Incendios (NBE-CPI-96)
- Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen las Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción.
-

Plan General de Ordenación Urbana y Planes Especiales de Protección y Reforma Interior de Ciutat Vella

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Oficinas de información

  • SERVICIO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS OBRAS DE EDIFICACIÓN.
  • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, segunda planta
    Telefono: 96.352.54.78: ? Unidad A: ext. 3310 ? Unidad B1: ext. 3303 ? Unidad B2: ext. 3339
    Fax: 963.89.50.63
    serlicencias@valencia.es

Oficinas para presentar

  • REGISTRO AUXILIAR DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
  • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, Segundo Piso

Oficinas de la administración

JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS

C/ Conde Lumiares, 5, Valencia

Tel. 96.352.54.78

Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes

ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR

C/ Caudete, 15, Valencia

Tel. 96.162.00.66

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas

JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX

C/. Beato Nicolás Factor, 1, Valencia

Tel. 96.352.54.78

Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.

ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER

Av. de los Pinares, 1, Valencia

Tel. 96.183.02.95

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas

ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA

C/ Apóstol San Pedro, 21, Valencia

Tel. 96.185.71.94

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas

JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN

C/. Guardia Civil, 19, Valencia

Tel. 96.352.54.78

Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.

ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ

Pl. Moreral, 8, Valencia

Tel. 96.390.17.47

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas

ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO

Carrera del Riu, 263, Valencia

Tel. 96.324.89.64

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas

ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL

C/ Comandante Franco esquina con C/ Escultor Federico Siurana, Valencia

Tel. 96.344.76.47

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET

Av. de las Gaviotas s/n, Valencia

Tel. 96.177.78.89

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas

REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA

Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste, Valencia

Tel. 96.352.54.78 - ext: 2036

Horario: De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes

ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE

C/ Benidoleig s/n, Valencia

Tel. 96.396.33.17

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas

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