ANULADO Ocupación de la vía pública con instalaciones eventuales portátiles y desmontables aisladas (que no forman parte de un evento)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

Ocupación de la vía pública con instalaciones eventuales portátiles y desmontables aisladas (que no forman parte de un evento).

Quién lo puede solicitar

Administraciones públicas o empresa con participación o patrocinio de aquéllas con fines sociales, culturales y/o divulgativos.

Requisitos

La autorización de la ocupación de la vía pública deberá encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

  • Tratarse de un festejo de los previstos en el artículo 68 de la ordenanza
  • Estar apoyada la actividad, patrocinado o impulsado por alguna administración pública/institución publica, debidamente acreditado tal extremo en el expediente.

En su caso, los establecidos en la Ley 14 /2010 de la Generalitat Valenciana, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

Cuándo solicitarlo

Con 3 meses de antelación.

Documentación a presentar

Instancia de Solicitud General acompañada de:

Para todos los casos:

  • Identificación del solicitante y fotocopia del CIF de la entidad. Acreditación de que la entidad consten el registro correspondiente.
  • Acreditación de la representatividad de la persona física que actúa en nombre de la persona jurídica solicitante.
  • Fecha y horario para el que se solicita la ocupación.
  • Acreditación de que tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil que expresamente cubra expresamente los riesgos de la actividad en la vía pública, y de estar al corriente en su pago.
  • Croquis de emplazamiento con iniciación de instalaciones a colocar/ en su caso habrá que aportar proyecto técnico suscrito por técnico competente y visado por el correspondiente colegio oficial (ver ocupación de vía publica para eventos).

Además:

En el caso de hinchables (parques infantiles etc..) deberán estar homologados debiendo aportar además:

  • Póliza de RC de la empresa montadora y último recibo pagado.
  • Certificado suscrito por la empresa o técnico responsable del montaje en el que se indique que se va a montar hinchables en la dirección que corresponda: Dicho certificado deberá ir firmado por el responsable del montaje y con el sello de la empresa.
  • Certificado de homologación de hinchables conforme a la Norma UNE ?EN 14960:2007.
  • Concluida la instalación el organizador o promotor deberá presentar certificado de montaje emitido por técnico y visado por su colegio Profesional o en su caso por una empresa ENICRE, en el que se certifique que las instalaciones reúnen las medidas necesarias de seguridad.

En el caso de Carpas abiertas y pequeñas de un tamaño de hasta 3x3:

  • Descripción de las instalaciones (dimensiones, peso tipo de anclaje etc)
  • Certificado emitido por técnico competente, visado por el colegio correspondiente, en el que se acredite la estabilidad del conjunto formado por la estructura y su cimentación, a la acción del viento previsto por la normativa.
  • Cerificado de la compañía aseguradora que cubra el riesgo de incendios sobre las instalaciones, y el de responsabilidad civil que deberá dar cobertura hasta la finalización de la actividad a desarrollar en la carpa, por daños a los usuarios, participantes o publico asistente, terceras personas y a los bienes que deberá tener una cuantía minima de 300.000 euros.

En el caso de carpas más grandes que las anteriores:

  • Memoria descriptiva de la actividad a la que destinara la instalación, Memoria técnica constructiva, con medidas contra incendios, del sistema y calculo de evacuación, Memoria de instalaciones eléctricas, Documentación Gráfica, Plan de Evacuación y Emergencia, suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
  • Certificado de la Compañía aseguradora que cubra el riesgo de incendios sobre las instalaciones y otro de responsabilidad civil que deberá dar cobertura hasta la finalización del plazo de actividad que se pretende, por daños al público asistente, terceras personas ya los bienes, como consecuencia de la actividad, estos seguros deberán tener una cuantía mínima de 300.000 euros y en todo caso ajustarse a lo que dispone el Decreto 52/2010 de 26 de marzo.
  • Fianza por un importe de 6.000 euros
  • De resultar autorizada la instalación, a efectos de la puesta en funcionamiento y como indispensable para ello, deberá obtenerse un certificado emitido por un organismo de Control Autorizado en el cual se indique el cumplimiento de las medidas correctoras dispuestas en la carpa, tanto en materia de condiciones contra incendios, resistencia al viento y otras que se hubieran establecido por los técnicos municipales, en relación con la documentación presentada y que haya servido de base para el montaje de la instalación y que, las instalaciones existentes, cumplen tanto con los distintos reglamentos como con el aforo y seguridad de los asistentes y terceros.

Grupos electrógenos:

  • Deberá aportarse memoria de instalación eléctrica de baja tensión, con el correspondiente boletín sellado de la Conselleria competente en materia de industria.


Seguros:

  • Certificado de la compañía aseguradora que cubra el riesgo de incendios sobre las instalaciones, y de responsabilidad civil que deberá dar cobertura hasta la finalización del espectáculo o plazo de actividad autorizado, por daños a los espectadores, participantes, público asistente, terceras personas y a los bienes, como consecuencia de la celebración del espectáculo o actividad recreativa.
  • Estos seguros deberán tener las cuantías mínimas siguientes en cuanto al capital asegurado:

- Aforo de hasta 50 personas: 300.500 ?
- Aforo de hasta 100 personas: 450.000 ?
- Aforo de hasta 300 personas: 600.000 ?
- Aforo de hasta 700 personas: 900 000 ?
- Aforo de hasta 1.500 personas: 1.200.000 ?
- Aforo de hasta 5.000 personas: 1.500.000 ?

Fianza:

Para responder de las posibles obligaciones económicas que pudieran derivarse de la organización y celebración de los actos o del cumplimiento de las sanciones que pudieran imponerse con motivo de la celebración de dichos eventos por las cuantías siguientes:
- Aforo de hasta 50 personas 6.010 ?
- Aforo de hasta 100 personas 18.030 ?
- Aforo de hasta 300 personas 30.051 ?
- Aforo de hasta 700 personas 60.101 ?
- Aforo de hasta .1.500 personas 120.202 ?
- Aforo de hasta. 5.000 personas 180.303.?

Tasas

La ocupación de la vía pública está sujeto al pago de las tasas establecidas en la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de Bienes de Dominio Público Municipal con Mercancías, Materiales de Construcción, Puestos, Barracones, Espectáculos y otras Instalaciones Análogas.

Actuaciones a realizar por el solicitante

  • Presentación de solicitud con la documentación.
  • Recogida de autorización.
  • Posterior pago de tasas, en su caso.

Recursos

  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.

Impresos

Instancia general

Ordenanzas

Ordenanza Reguladora de Actividades, Instalaciones y Ocupaciones en la Vía Pública de Valencia
Tasas por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de Bienes de Dominio Público Municipal con Mercancías, Materiales de Construcción, Puestos, Barracones, Espectáculos y otras Instalaciones Análogas

Legislación

  • Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos
  • Decreto 52/2010, de 26 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley 4/2003, de la Generalitat Valenciana.

Oficinas de información

  • SERVICIO DE MOVILIDAD SOSTENIBLE
  • Amadeo de Saboya, 11. Patio D, primera planta
    Telefono: 96.352.54.78 Ext. 3115

Oficinas para presentar

  • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
  • C/. Alberique, 18
    Telefono: 96.352.54.78
    Fax: 96.352.66.91
    De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
  • C/ Miguelete, 1
    Telefono: 96.208.17.37
    Fax: 96.352.65.66
    De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
  • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
  • C/. Guardia Civil, 19
    Telefono: 96.352.54.78
    Fax: 96.360.17.36
    De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
  • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
  • C/ Francisco Cubells, 58
    Telefono: 96.352.54.78
    Fax: 96.367.27.48
    De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
  • C/. Beato Nicolás Factor, 1
    Telefono: 96.352.54.78
    Fax: 96.353.99.07
    De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
  • C/ Matías Perelló, 7
    Telefono: 96.352.54.78
    Fax: 96.352.65.22
    De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
  • C/ Conde Lumiares, 5
    Telefono: 96.352.54.78
    Fax: 96.353.99.16
    De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
  • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
    Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
    De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
  • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
    Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
    De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
  • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
  • C/ Caudete, 15
    Telefono: 96.162.00.66
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
  • Av. de los Pinares, 1
    Telefono: 96.183.02.95
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
  • C/ Ferrer y Bigné, 47
    Telefono: 96.363.52.49
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
  • Pl. Dr. Ximeno, 1
    Telefono: 96.348.67.47
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
  • Pl. Moreral, 8
    Telefono: 96.390.17.47
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
  • C/ Apóstol San Pedro, 21
    Telefono: 96.185.71.94
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
  • C/ Cura Bau, 10-12
    Telefono: 96.139.41.49
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
  • Av. de las Gaviotas s/n
    Telefono: 96.177.78.89
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
  • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
    Telefono: 96.376.09.36
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
  • C/ Jesús Morante Borrás, 176
    Telefono: 96.367.36.58
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
  • C/ Benidoleig s/n
    Telefono: 96.396.33.17
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
  • Carrera del Riu, 263
    Telefono: 96.324.89.64
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
  • Camino de Moncada, 205
    Telefono: 96.366.66.89
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
  • Carretera de Barcelona, 108
    Telefono: 96.185.42.05
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
  • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
    Telefono: 96.344.76.47
    Fax: 96.336.23.75
    De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

Oficinas de la administración

JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS

C/ Conde Lumiares, 5, Valencia

Tel. 96.352.54.78

Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes

ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR

C/ Caudete, 15, Valencia

Tel. 96.162.00.66

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas

JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX

C/. Beato Nicolás Factor, 1, Valencia

Tel. 96.352.54.78

Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.

ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER

Av. de los Pinares, 1, Valencia

Tel. 96.183.02.95

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas

ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA

C/ Apóstol San Pedro, 21, Valencia

Tel. 96.185.71.94

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas

JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN

C/. Guardia Civil, 19, Valencia

Tel. 96.352.54.78

Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.

ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ

Pl. Moreral, 8, Valencia

Tel. 96.390.17.47

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas

ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO

Carrera del Riu, 263, Valencia

Tel. 96.324.89.64

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas

ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL

C/ Comandante Franco esquina con C/ Escultor Federico Siurana, Valencia

Tel. 96.344.76.47

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET

Av. de las Gaviotas s/n, Valencia

Tel. 96.177.78.89

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas

REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA

Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste, Valencia

Tel. 96.352.54.78 - ext: 2036

Horario: De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes

ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE

C/ Benidoleig s/n, Valencia

Tel. 96.396.33.17

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas

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