Descripción
Solicitud para el uso de una instalación de forma esporádica, para un solo uso.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos responsables de equipo de las distintas modalidades deportivas que se pueden practicar en las instalaciones deportivas municipales
Plazo de solicitud
Con 8 días de antelación a la fecha que piden en su solicitud para jugar
Documentación requerida
Pasos a seguir
Presentación de la solicitud (incluido el anexo) debidamente cumplimentada junto con la fotocopia del DNI en la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Elche, Avda. Universitat d'Elx 86 2º, o por correo electrónico a gestiondeportes@ayto-elche.es
Lugar de presentación
Deportes
Tiempo de resolución
3 días desde la recepción de la solicitud
Órgano de resolución
Concejalía de Deportes
Unidad tramitadora
Deportes
Normativa legal
Reglamento de Instalaciones Deportivas (En trámite)
Documentos adjuntos
Familias de procedimientos
Descripción
Ser beneficiario de las bonificaciones a aplicar en el pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) por razones medioambientales:
-Bonificación del 75% para vehículos que incorporen tecnologías de baja contaminación o híbridas siendo al menos una de ellas no contaminante, a modo de ejemplo y sin carácter exhaustivo, gas natural, electro-gasolina, electro-diésel y electro-gas.
-Bonificación del 75% para vehículos que incorporen al cien por ciento tecnología sin emisiones contaminantes, a modo de ejemplo y sin carácter exhaustivo, eléctricos, electro-solar, hidrógeno y aire comprimido.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas Físicas o jurídicas interesadas o su representante legal. Si lo solicita un representantedeberá aportar una autorización, que deberá elaborar el propio titular, o bien recoger un modelo enla OMAC, junto con original y fotocopia del DNI del titular y del autorizado.
Plazo de solicitud
a) Vehículos ya matriculados: antes de que finalice el período de pago voluntario del recibo anual,transcurrido dicho plazo se aplicará a partir del ejercicio siguiente.
b) Altas de vehículos por nueva matriculación: en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de matriculación del vehículo, transcurrido dicho plazo surtirá efectos en el ejercicio siguiente. En el supuesto que se estimara la solicitud se procederá de oficio a la devolución de las cantidades correspondientes.
Documentación requerida
Pasos a seguir
Lugar de presentación
Presencial en oficinas OMACs/ on line en Oficina Virtual suma.es
Tiempo de resolución
Plazo máximo de 6 meses (Art.104 LGT, art.136 RGGI)
Órgano de resolución
Tenencia de Alcaldía de Hacienda
Normativa legal
Recurso posibles
Silencio administrativo
NEGATIVO. Transcurridos 6 meses la solicitud se entenderá desestimada, si no ha recaído resoluciónexpresa (Art.136 RGGI).
Documentos adjuntos
Observaciones
BENEFICIO FISCAL ROGADO, a instancia de parte, no automático; el reconocimiento del beneficio fiscal surtirá efectos desde el momento de la concesión.
NO TENDRÁ EFECTOS RETROACTIVOS a ejercicios anteriores.
Familias de procedimientos
Descripción
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.
¿Quién puede solicitarlo?
La persona interesada o representante autorizado.
Plazo de solicitud
Todo el año.
Documentación requerida
- Hoja de solicitud de inscripción padronal, firmada por todos los mayores de edad. Se puede cumplimentar en la OMAC o descargarse en la página web.
DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN:
- Original en vigor del DNI, pasaporte o carnet de conducir de cada uno de los miembros mayores de 16 años.
- Mayores de 16 años que acrediten la emancipación podrán inscribirse en el Padrón en un domicilio independiente. Para acreditar esta condición bastará con la presentación de documento judicial de su concesión o la escritura de emancipación , en el caso de ser otorgada por los titulares de la patria potestad.
- En el caso de menores de edad, hasta 16 años:
DOCUMENTACIÓN DE LA VIVIENDA
- Título de la vivienda: escritura, contrato de compraventa, nota del Registro de la Propiedad, comprobación de bases de datos municipales donde conste dicha propiedad, etc..
-Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo del alquiler.
-Otros documentos como los recibos de los suministros de agua, luz o telefonía fija.
- En el caso de establecimientos colectivos(residencias , conventos...), será necesaria la autorización del director/a del establecimiento.En estos casos , se hará constar en el apartado " tipo de vivienda" de la hoja padronal la mención " colectiva".
DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN:
Trámite realizado mediante representante:
Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante.
Para acreditar la representación, el titular del derecho deberá autorizar mediante documento en el que deberá constar:
- Su nombre y apellidos, domicilio, y documento identificativo. Este trámite debe acompañar original del DNI del representado.
- Nombre y apellidos y documento identificativo del representante, así como el trámite para el que se autoriza. Debe de acudir con su documento de identificación original.
Pasos a seguir
Presentación de la documentación requerida en la OMAC
Lugar de presentación
Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC)
Tiempo de resolución
Inmediato.
Normativa legal
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 4/1996 , de 10 de enero , en relación con el Padrón municipal.
- Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales.
-Resolución de 30 de Enero del 2015 , de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales , sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón Municipal.
- Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto de 24 de julio de 1889. (Revisado a 23 de julio de 2011 hasta 22 de julio de 2014).
Silencio administrativo
Desestimatorio
Documentos adjuntos
Observaciones ciudadano
- El ayuntamiento podrá realizar las actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus Padrones de modo que los datos contenidos en estos concuerden con la realidad, a tales efectos, podrá solicitar los originales de los documentos presentados, o cualesquiera otros con la finalidad de comprobar la veracidad de los datos consignados.
- A través de convenio con la Dirección General de Tráfico (DGT), los ciudadanos que tengan permiso de conducción y, en su caso, vehículo/s a su nombre, podrán comunicar a través del Ayuntamiento su nuevo domicilio a la DGT, una vez se haya empadronado. Deberá aportar los originales del permiso de circulación y de la tarjeta de ITV.
Familias de procedimientos
Descripción
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en que habite durante más tiempo al año.
¿Quién puede solicitarlo?
La persona interesada o representante autorizado/a.
Plazo de solicitud
Todo el año.
Documentación requerida
- Hoja de solicitud de inscripción padronal, firmada por todos los mayores de edad. Se puede cumplimentar en la OMAC o descargarse en la página web.
DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN:
Extranjeros comunitarios: originales de
- Documento de identificación en vigor (tarjeta de residencia, carta de identidad de su país de origen o pasaporte en vigor) y
- Certificado de inscripción en el Registro de Ciudadanos de la Unión Europea (se pide en Comisaría).
Extranjeros no comunitarios: NIE/tarjeta de residencia o pasaporte original.
En el caso de menores de edad, hasta 16 años.
- Libro de familia o certificado de nacimiento.
- Si se empadrona con uno de los progenitores: resolución judicial de separación o divorcio o, en su ausencia, documento de Declaración Responsable en relación con los menores en el padrón de habitantes.
- En el caso de que los menores se empadronen con familiares (abuelos, tíos, etc.) se deberá acreditar el parentesco.
- En los supuestos de tutela, acogimiento etc, se deberá aportar copia de la resolución judicial.
DOCUMENTACIÓN DE LA VIVIENDA:
- Será válida la presentación, original o fotocopia, de cualquiera de los siguientes documentos: escritura de compraventa, contrato de alquiler actual, contrato de suministro reciente y en su defecto, último recibo (agua, luz o telefonía fija), en su caso, autorización de la persona que tenga el derecho a la ocupación de la vivienda o cualquier otro documento válido en derecho que acredite tal condición (testamento, donaciones, hipotecas ).
- En casos de establecimientos colectivos, será necesaria la autorización del director/a del establecimiento.
DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN:
Trámite realizado mediante representante:
Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas.
Para acreditar la representación el titular del derecho deberá autorizar mediante documento en el que deberá constar:
- Su nombre y apellidos, domicilio, y documento indentificativo. Este trámite debe acompañar el original del DNI del representado.
- Nombre y apellidos y documento identificativo del representante, así como el trámite para el que se autoriza. Debe de acudir con su documento de identificación original.
Pasos a seguir
Presentación de la documentación requerida en la OMAC.
Lugar de presentación
En cualquier Oficina Municipal de Atención Ciudadana(OMAC).
Tiempo de resolución
Inmediato.
Órgano de resolución
Negociado de Estadística.
Unidad tramitadora
OMAC.
Normativa legal
Silencio administrativo
Desestimatorio.
Documentos adjuntos
Observaciones ciudadano
Familias de procedimientos
Descripción
Obtención de autorización o renovación para utilizar puestos de venta no sedentaria en el Mercadillo de Arenales del Sol, los martes y/o viernes
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona interesada.
Plazo de solicitud
Del 15 abril al 15 mayo de 2019 (ambos inclusive).
Documentos requeridos
En caso de RENOVACIÓN (impreso modelo A197):
A. Identificación del solicitante, si es persona física:
- Fotocopia del DNI en vigor del Titular.
- En caso de extranjeros no comunitarios, permiso de residencia y trabajo, con vigencia durante el periodo que comprenda la autorización.
- Ciudadanos extranjeros comunitarios: Pasaporte o tarjeta de identidad en vigor.
B. Identificación del solicitante, si es persona jurídica:
- Fotocopia CIF.
- Escritura o documento de constitución.
- Identificación de la persona que actúe en su nombre y representación y aportación DNI en vigor.
C. En el caso de solicitar NUEVO asistente o colaborador:
- Fotocopia del DNI en vigor del Colaborador.
- En caso de venta de productos de alimentación, declaración jurada de poseer la formación necesaria para la manipulación de alimentos, conocer y cumplir las reglamentaciones técnicos-sanitarias y demás normas aplicables a los productos que van a estar a la venta y las condiciones de mantenimiento, transporte, manipulación.
- En el caso de empleado, fotocopia del contrato de trabajo en vigor.
- En el caso de empleado, fotocopia del Alta en la Seguridad Social.
- En el caso de cónyuge, familiar ascendiente o descendiente, fotocopia del libro de familia que lo acredite.
- En el caso de pareja de hecho, fotocopia de la inscripción en el Registro de parejas de hecho.
D. Documentación indicada en la Declaración Responsable:
- Justificante de SUMA de estar al corriente en los pagos de Tasas por mercadillo en el Ajuntament d'Elx o, en su caso, fraccionamiento de la deuda o certificación de compromiso de pago acordado con la entidad competente en la materia. En caso de no estar al corriente en los pagos no se renovará la licencia y se anulará la misma para el titular.
- Justificación pago tasas ocupación en la cuantía establecida en la Ordenanza Fiscal reguladora.
- En el caso de querer ejercer la venta directa como productor agricultor/a, apicultor/a o ganadero/a, inscripción en el Registro General de producción Agrícola (REGEPA) o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA).
- En caso de ser pequeño elaborador agroalimentario que suministre sus productos directamente al consumidor final, deberá aportar inscripción en el Registro Sanitario de Establecimientos Menores (REM).
En caso de ALTAS nuevas (impreso modelo A196):
- En el caso de solicitar Colaborador:
- Otros:
Pasos a seguir
Entrega de la documentación junto con el justificante de pago en la OMAC para su registro.
Lugar de presentación
En cualquier oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC)
Unidad tramitadora
Regidoria de Mercats no Sedentàris
Sanciones
Las que dicta el Reglamento de Régimen para los Mercados de Abastos de la Ciudad.
Documentos adjuntos
Observaciones ciudadano
Familias de procedimientos
Descripción
Se reconoce una bonificación del 50 por 100 de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a todas aquéllas familias numerosas empadronadas en el término municipal de Elche que reúnan los requisitos exigidos.
¿Quién puede solicitarlo?
Todas aquellas familias numerosas que cumplan los siguientes requisitos:
Plazo de solicitud
Las solicitudes pueden presentarse a lo largo de todo el año natural, pero para que surtan sus efectos en el propio ejercicio deben presentarse antes del inicio del plazo de pago en período voluntario del impuesto. Toda solicitud presentada fuera de dicho momento, no surtirá sus efectos hasta el ejercicio siguiente.
Documentación requerida
Pasos a seguir
Presentación de la documentación requerida en la OMAC para su registro.
Lugar de presentación
Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC).
Tiempo de resolución
6 meses (art. 104 Ley 58/2003, de 17 Dic. General Tributaria).
Normativa legal
Tipos de recurso posibles (texto)
Recurso de reposición.
Silencio administrativo
Desestimatorio.
Tipo silencio administrativo (texto)
Negativo.
Documentos adjuntos
Observaciones para la ciudadanía
EN CUANTO A LOS CERTIFICADOS CATASTRALES:
PLAZO DE DISFRUTE
Se concederá por un período máximo de dos ejercicios, incluido, también, el año en que finalizase la vigencia del título, siempre y cuando no se alterasen el resto de circunstancias, en cuyo caso se podría revocar la bonificación concedida.
Para aquellos supuestos en el que el plazo de vigencia de la condición de familia numerosa sea igual o superior a cinco años, acreditado mediante la fotocopia del correspondiente carné, a contar desde el año en que se empiece a disfrutar de la bonificación, cuando es la primera vez, o desde su renovación, cuando es una segunda o ulterior vez, el plazo de disfrute de la misma se extenderá a cinco ejercicios, debiendo solicitarse nuevamente para disfrutar de la misma una vez cumplido dicho período. Esta regla se aplicará de oficio retroactivamente a todas aquellas solicitudes efectuadas durante el año 2003 y 2004 que hayan sido estimadas y que hayan surtido sus efectos tanto en el ejercicio 2004 como aquéllas otras que surtan sus efectos en el ejercicio 2005.
Familias de procedimientos
Descripción
Ser persona beneficiaria de las exenciones a aplicar en el pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) por discapacidad.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas interesadas o su representante legal. En casos de representación, deberá aportar una autorización, que deberá elaborar la propia persona titular, o bien recoger un modelo en la OMAC, junto con original y fotocopia del DNI de la persona titular y de la persona autorizada.
Plazo de solicitud
Deberá solicitarse antes de finalizar el periodo de pago voluntario del impuesto salvo que se trate de una nueva alta del vehículo en el Padrón Municipal, en cuyo caso, la exención deberá solicitarse con posterioridad a la fecha del alta pero dentro del ejercicio corriente, siempre y cuando el titular no haya disfrutado de exención alguna durante el mismo ejercicio. Las solicitudes presentadas una vez finalizado el plazo indicado serán desestimadas, debiendo formularse nuevamente dentro del plazo establecido.
Documentación requerida
Pasos a seguir
Lugar de presentación
OMAC/on line en Oficina Virtual suma.es
Órgano de resolución
Se resuelve por Decreto de la Tenencia de Alcaldía de Hacienda.
Unidad tramitadora
Rentas
Normativa legal
Tipos de recurso posibles
Silencio administrativo
Negativo. Transcurridos los 6 meses la solicitud se entenderá desestimada, si no ha recaído resolución expresa. (Disp. Adic. 1eran º70. RD 1065/2007, de 27 Junio)
Documentos adjuntos
Observaciones ciudadano
BENEFICIO FISCAL ROGADO, a instancia de parte, no automático; el reconocimiento del beneficiofiscal surtirá efectos desde el momento de la concesión. NOTENDRÁ EFECTOS RETROACTIVOS aejercicios anteriores.
Familias de procedimientos
Descripción
Ser beneficiario de las Exenciones y Bonificaciones a aplicar en el pago de la tarifa de la Ordenanza Reguladora del Precio Público por la Prestación de los Servicios y por Utilización de las Piscinas, Pistas y demás Instalaciones Deportivas, en lo que respecta al artículo 4º- apartado 8)
¿Quién puede solicitarlo?
Aquellas personas empadronadas en Elche que acrediten mediante informe de traumatólogo o médico rehabilitador que necesitan realizar un programa de rehabilitación a través de actividades acuáticas para su recuperación, y que cumpla con los siguientes extremos:
- Si la totalidad de las rentas no superan en ningún caso el IPREM del año en curso por persona de la unidad familiar optará a la exención del precio público.
- Si la totalidad de las rentas se encuentran en el tramo entre el IPREM y el doble del mismo del año en curso por persona de la unidad familiar optará a una bonificación del precio del 50%.
Plazo de solicitud
Durante todo el año.
Documentación requerida
Pasos a seguir
Lugar de presentación
En las oficinas OMAC (Oficina Municipal de Atención Ciudadana)
Tiempo de resolución
Máximo 3 meses
Órgano de resolución
Teniente de Alcalde de Hacienda
Normativa legal
Ordenanza Reguladora del Precio Público por la Prestación de los Servicios y por Utilización de las Piscinas, Pistas y demás Instalaciones Deportivas
Recursos posibles
Silencio administrativo
Desestimatorio
Documentos adjuntos
Observaciones ciudadano
- El IPREM ANUAL 2017 (para 14 pagas): 7.519,59 euros.
- Los programas se desarrollarán en las piscinas cubiertas de Pla y Carrús.
- Los horarios de la actividad estarán sujetos al programa abierto en cada periodo de las piscinas.
- Es imprescindible tener total autonomía en el medio acuático (se realizará una prueba de agua supervisada por los monitores municipales antes de confirmar la plaza).
- Los monitores municipales serán los responsables de asignar horarios una vez comprobada la capacidad del paciente en el agua. En caso de que el usuario no sepa nadar, se le recomendará un curso de aprendizaje antes de poder acceder a este programa.
- Una vez admitidos en el programa, los monitores supervisarán y controlarán la realización de las rutinas programadas por el médico rehabilitador o traumatólogo (o de los fisioterapeutas a instancias de los médicos especialistas).
- Si requiere de algún material específico, consulte el día de la prueba de agua a los monitores la disponibilidad. Si no tuvieran dicho material en la instalación el paciente deberá aportarlo.
- La unidad familiar será considerada a fecha de la presentación de la solicitud.
- Son miembros computables de la unidad familiar, a efectos de calcular los umbrales económicos los siguientes miembros:
El solicitante
Familias de procedimientos
Descripción
Informe que acredita que un agricultor ha realizado cambios de cultivos con una calificación catastral a otro tipo de cultivos con calificación distinta.
¿Quién puede solicitarlo?
El propietario de los terrenos que conste en recibo de impuesto de bienes inmuebles de naturaleza rústica (IBI- Rústica).
Plazo de solicitud
Todo el año.
Documentos requeridos
Impreso de solicitud del informe. Disponible en Medio Ambiente y en esta web
Pasos a seguir
Importe
Gratuito
Lugar de presentación
Oficina de Agricultura y Medio Ambiente
Tiempo de resolución
Cuatro ó cinco días.
Tipo silencio administrativo
Desestimatorio
Documentos adjuntos
Solicitud de Informe para el cambio de aprovechamiento agrícola del suelo (904)
Documentos adjuntos
Familias de procedimientos
Descripción
Inscripción de asociaciones en el Registro Municipal de Elche con objeto de que el Ayuntamiento pueda conocer el número de entidades existentes en el Municipio, sus fines y su representatividad a los efectos de posibilitar una correcta política municipal de fomento de Asociacionismo vecinal.
¿Quién puede solicitarlo?
Todas aquellas entidades sin ánimo de lucro, cuyo marco territorial de actuación sea el Municipio de Elche y que tengan por objeto fundamental, la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales, económicos, comerciales, profesionales, científicos, culturales o análogos. Normalmente lo solicita el presidente de la asociación o un representante de la entidad.
Plazo de solicitud
Todo el año.
Documentación requerida
Pasos a seguir
Presentación de la documentación requerida en la OMAC para su Registro.
Lugar de presentación
En cualquier OMAC
Tiempo de resolución
15 días.
Normativa legal
Silencio administrativo
Positivo
Documentos adjuntos
Observaciones ciudadano
Familias de procedimientos