Trámite de Solicitud de Alta de españoles en el padrón de habitantes

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

¿Quién puede solicitarlo?

La persona interesada o representante autorizado.

Plazo de solicitud

Todo el año.

Documentación requerida

- Hoja de solicitud de inscripción padronal, firmada por todos los mayores de edad. Se puede cumplimentar en la OMAC o descargarse en la página web.

DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN:

- Original en vigor del DNI, pasaporte o carnet de conducir de cada uno de los miembros mayores de 16 años.

- Mayores de 16 años que acrediten la emancipación podrán inscribirse en el Padrón en un domicilio independiente. Para acreditar esta condición bastará con la presentación de documento judicial de su concesión o la escritura de emancipación , en el caso de ser otorgada por los titulares de la patria potestad.

- En el caso de menores de edad, hasta 16 años:

  • Libro de familia o certificado de nacimiento
  • Si se empadrona con uno de los progenitores: resolución judicial de separación o divorcio o, en su ausencia, documento de Declaración Responsable firmada por el que realiza la solicitud de tener la guarda y custodia del menor , según el modelo suministrado por el Ayuntamiento.
  • En el caso de que los menores se empadronen con familiares (abuelos, tíos, etc.) se deberá acreditar el parentesco.
  • En los supuestos de tutela, acogimiento etc, se deberá aportar copia de la resolución judicial.

DOCUMENTACIÓN DE LA VIVIENDA

- Título de la vivienda: escritura, contrato de compraventa, nota del Registro de la Propiedad, comprobación de bases de datos municipales donde conste dicha propiedad, etc..

-Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo del alquiler.

-Otros documentos como los recibos de los suministros de agua, luz o telefonía fija.

- En el caso de establecimientos colectivos(residencias , conventos...), será necesaria la autorización del director/a del establecimiento.En estos casos , se hará constar en el apartado " tipo de vivienda" de la hoja padronal la mención " colectiva".

DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN:

Trámite realizado mediante representante:

Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante.

Para acreditar la representación, el titular del derecho deberá autorizar mediante documento en el que deberá constar:

- Su nombre y apellidos, domicilio, y documento identificativo. Este trámite debe acompañar original del DNI del representado.

- Nombre y apellidos y documento identificativo del representante, así como el trámite para el que se autoriza. Debe de acudir con su documento de identificación original.

Pasos a seguir

Presentación de la documentación requerida en la OMAC

Lugar de presentación

Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC)

Tiempo de resolución

Inmediato.

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 4/1996 , de 10 de enero , en relación con el Padrón municipal.

- Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales.

-Resolución de 30 de Enero del 2015 , de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales , sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón Municipal.

- Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Real Decreto de 24 de julio de 1889. (Revisado a 23 de julio de 2011 hasta 22 de julio de 2014).

Silencio administrativo

Desestimatorio

Documentos adjuntos

Observaciones ciudadano

- El ayuntamiento podrá realizar las actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus Padrones de modo que los datos contenidos en estos concuerden con la realidad, a tales efectos, podrá solicitar los originales de los documentos presentados, o cualesquiera otros con la finalidad de comprobar la veracidad de los datos consignados.

- A través de convenio con la Dirección General de Tráfico (DGT), los ciudadanos que tengan permiso de conducción y, en su caso, vehículo/s a su nombre, podrán comunicar a través del Ayuntamiento su nuevo domicilio a la DGT, una vez se haya empadronado. Deberá aportar los originales del permiso de circulación y de la tarjeta de ITV.

Familias de procedimientos

  • Personales y Familiares
  • Frecuentes

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