Trámite de Solicitud de Exención (o renovación) del pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica por discapacidad

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

Ser persona beneficiaria de las exenciones a aplicar en el pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) por discapacidad.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas interesadas o su representante legal. En casos de representación, deberá aportar una autorización, que deberá elaborar la propia persona titular, o bien recoger un modelo en la OMAC, junto con original y fotocopia del DNI de la persona titular y de la persona autorizada.

Plazo de solicitud

Deberá solicitarse antes de finalizar el periodo de pago voluntario del impuesto salvo que se trate de una nueva alta del vehículo en el Padrón Municipal, en cuyo caso, la exención deberá solicitarse con posterioridad a la fecha del alta pero dentro del ejercicio corriente, siempre y cuando el titular no haya disfrutado de exención alguna durante el mismo ejercicio. Las solicitudes presentadas una vez finalizado el plazo indicado serán desestimadas, debiendo formularse nuevamente dentro del plazo establecido.

Documentación requerida

  • Impreso de solicitud de exención disponible en la OMAC o en la web, donde se incluye declaración jurada. Modelo A005
  • Si el vehículo va a ser conducido exclusivamente por mí, se justificará mediante la presentación de los siguientes documentos:
    • Copia cotejada con el original del permiso de conducir (anverso y reverso).
    • Copia cotejada de la póliza de seguro del vehículo, donde conste el conductor.
    • Copia cotejada del permiso de circulación del vehículo.
    • Copia cotejada de la tarjeta o resolución acreditativa del grado de discapacidad o Autorización para consultar datos al INSS y a la GV sobre la condición de pensionista por incapacidad permanente,total, absoluta o gran invalidez
  • Si va a ser dedicado exclusivamente a mi transporte, se justificará mediante la presentación de los siguientes documentos:
    • Copia cotejada con el original del permiso de circulación del vehículo.
    • Copia cotejada de la póliza de seguro del vehículo, donde conste el conductor.
    • Copia cotejada de la tarjeta o resolución acreditativa del grado de discapacidad o Autorización para consultar datos al INSS y a la GV sobre la condición de pensionista por incapacidad permanente,total, absoluta o gran invalidez.
    • Documentación acreditativa de su traslado periódico al centro escolar, centro de día, centro de trabajo, etc.

Pasos a seguir

  1. Presentación de la documentación requerida.
  2. Resolución de la solicitud por Decreto.

Lugar de presentación

OMAC/on line en Oficina Virtual suma.es

Órgano de resolución

Se resuelve por Decreto de la Tenencia de Alcaldía de Hacienda.

Unidad tramitadora

Rentas

  • Ordenanza Fiscal Municipal Reguladora del I.V.T.M.
  • Artículo 93.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

Tipos de recurso posibles

  • reposición
  • contencioso

Silencio administrativo

Negativo. Transcurridos los 6 meses la solicitud se entenderá desestimada, si no ha recaído resolución expresa. (Disp. Adic. 1eran º70. RD 1065/2007, de 27 Junio)

Documentos adjuntos

Observaciones ciudadano

BENEFICIO FISCAL ROGADO, a instancia de parte, no automático; el reconocimiento del beneficiofiscal surtirá efectos desde el momento de la concesión. NOTENDRÁ EFECTOS RETROACTIVOS aejercicios anteriores.

Familias de procedimientos

  • Ayudas y Subvenciones y Bonificaciones

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