Ministerio de Justicia

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir la modificación de un contrato de fideicomiso en la Inspección General de Justicia (IGJ). ## ¿Qué necesito? * **Formulario “REFORMA DE CONTRATOS”**: Obtenelo en Formularios IGJ. Completá los datos, imprimilo y abonalo. * **Dictamen de Precalificación profesional**: Debe ser elaborado por un escribano público o abogado, conforme al Art. 50 inc. 2 RG IGJ Nº 07/2015. * **Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado**: Debe contar con las firmas certificadas, según corresponda. ## ¿Cómo hago? 1. **Presentación de la documentación**: Presentá el formulario y la documentación en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia (Av. Paseo Colón 291). Recordá solicitar un turno previamente. 2. **Retiro del trámite**: Una vez finalizado, retiralo en Av. Paseo Colón 291. También deberás solicitar un turno previo. ## ¿Cuál es el costo? * Trámite común: 32 módulos. * Trámite urgente: 128 módulos. * Calculá el costo del servicio: Calculá el costo del servicio


    Pedir turno

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir la modificación del objeto social de una sociedad comercial en la Inspección General de Justicia (IGJ). **Importante:** Los contenidos del sitio se están actualizando debido a la implementación de la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Podés acceder al texto completo de la norma aquí. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * **Formulario:** "Reforma de estatuto..." (disponible en Formularios IGJ). Especificar el tipo de reforma (objeto social) en las observaciones. * **Dictamen de precalificación profesional:** Emitido por escribano público o abogado (copia protocolar). Consultá el detalle de lo que debe contener el dictamen en la sección de Descargas. * **Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original:** Con la trascripción del acta de asamblea, reunión de socios o resolución social que aprobó la reforma (copia simple y protocolar). Cumplir con los requisitos sobre asambleas especiales si corresponde. * **Constancia de publicaciones:** * Aviso de Convocatoria a Asamblea (si aplica): Publicación en el Boletín Oficial y, si corresponde, en un diario de mayor circulación general (art. 237 de la Ley Nº 19.550). No se exige si la asamblea fue unánime. * Aviso Art. 10 de la Ley Nº 19.550 (si aplica): Publicación en el Boletín Oficial. * **Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios:** Solo para sociedades de personas (sociedades colectiva, en comandita simple y de capital e industria) o de responsabilidad limitada. ### Consideraciones importantes * No se exigirá la unicidad de objeto en sociedades con estatuto social inscripto con anterioridad a la entrada en vigencia de la anterior Resolución General IGJ Nº 7/2005; sin perjuicio de ello no podrán adicionarse actividades si estas no son accesorias y/o complementarias a las ya consignadas. * Si la denominación social hace referencia al objeto social (ej: "La Constructora S.A.") y el nuevo objeto social no tiene relación con la misma, se deberá evaluar la necesidad de modificar la denominación social. ### Descripción del Objeto social i) La enunciación del objeto de la sociedad en el Estatuto o Contrato Social queda cumplimentada con la indicación o descripción de la actividad o actividades que se propone realizar, debiendo omitir toda mención o enumeración de actos jurídicos que le están permitidos realizar conforme normativa vigente. ii) Los constituyentes o la sociedad con posterioridad, en caso de considerarlo necesario, podrán enunciar algún acto jurídico específico de los que la sociedad es capaz por la normativa vigente, sólo si lo enuncian en el artículo del estatuto o cláusula del contrato social que corresponda al órgano de administración o representación. iii) En todos los casos es admisible indicar, dentro de la enunciación del objeto social, las actividades de importación y exportación y la ejecución de mandatos y comisiones. ### Actividades complementarias, accesorias y conexas dentro del Objeto Social. Admisibilidad. Si en el acto constitutivo o mediante reforma del objeto social, se resolviera enunciar alguna actividad que en principio y objetivamente no resultare conexa, accesoria o complementaria del objeto, se admitirá su inclusión en el objeto social si se exponen acabadamente las razones y fundamentos que justifiquen la relación jurídico económica entre dichas actividades, que las conviertan en integrantes del mismo emprendimiento societario: - en oportunidad de la constitución: los fundamentos deberán surgir del acto de constitución social o de instrumento complementario con firmas certificadas de la totalidad de socios que conforman el capital social. La fundamentación dada por los socios deberá ser transcripta íntegramente en el dictamen de precalificación legal, debiendo asimismo individualizarse el instrumento y foja del cual surge. - en oportunidad de la reforma del objeto: los fundamentos deberán surgir del acto societario por el cual se aprueba la reforma del objeto social, receptado en la correspondiente acta de asamblea o reunión de socios objeto de inscripción o de instrumento complementario con firmas certificadas de la totalidad de socios que conforman el capital social. La fundamentación dada por los socios deberá ser transcripta íntegramente en el dictamen de precalificación legal, debiendo asimismo individualizarse el instrumento y foja del cual surge. ### Inclusión de actividad complementaria, accesoria y/o conexa en el Objeto Social por cumplimiento de convenio celebrado con autoridad del Poder Ejecutivo Nacional Si al constituir una sociedad o, con posterioridad, los socios deciden incluir una actividad dentro del objeto social a los fines de cumplir con un convenio celebrado con el Poder Ejecutivo Nacional, será requisito acompañar el instrumento rubricado por la sociedad y la autoridad competente, en original o copia certificada, a los fines de la registración del objeto social. En el dictamen de precalificación legal deberá especificarse la actividad que se incluye en el objeto social, individualizando el instrumento del que surja el acuerdo con el Poder Ejecutivo Nacional. ## Cómo hacerlo 1. Presentá el formulario y la documentación en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, solicitando turno previamente. 2. Retirá la documentación una vez finalizado el trámite en la misma dirección, también con turno previo. Si sos matriculado y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta: - La presentación se realiza con turno previo. - Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación, tanto en su modalidad común como urgente. ## Cuál es el costo? * **Sociedades no accionarias** * Trámite común: 18 módulos * Trámite urgente: 72 módulos * **Sociedades por acciones** * Trámite común: 28 módulos * Trámite urgente: 112 módulos * **Sociedades comprendidas art.299 LSC** * Trámite común: 36 módulos * Trámite urgente: 144 módulos Calculá el valor del trámite aquí. ## Ayuda Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected] ### Descargas * Qué debe contener el dictamen de reforma del objeto social de una sociedad comercial (196.5 Kb) Descargar archivo

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir la transformación o reorganización de una sociedad en la Inspección General de Justicia (IGJ). **Importante:** Los contenidos del sitio se están actualizando en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Consultar el texto completo de la norma. Este trámite se realiza de forma presencial. ## Lo que necesitas ### Documentación requerida * **Formulario:** Completar y abonar el formulario de "Reorganización por transformación..." disponible en Formularios IGJ. * **Dictamen de precalificación profesional:** Emitido por escribano público (si la transformación se instrumenta por escritura pública) o abogado (si la transformación se instrumenta por documento privado). También se requiere dictamen de graduado en ciencias económicas. Consultar el detalle del contenido del dictamen en la sección Descargas. * **Instrumento de transformación:** Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original con la transcripción del acuerdo de transformación, cumpliendo con los requisitos del art. 77 de la Ley Nº 19.550 y el art. 170 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15. Debe contener: 1. Acta de Asamblea o Reunión de Socios que aprobó la transformación y el balance de transformación. 2. Texto del contrato o estatuto correspondiente al tipo social adoptado. 3. Nombres y datos personales de los socios y miembros de los órganos de administración y fiscalización. 4. Características de las acciones, cuotas o participaciones sociales. 5. Mención expresa de los socios recedentes. 6. Cumplimiento del art. 470 del Código Civil y Comercial (si aplica). 7. Registro de Asistencias a Asambleas (si corresponde). * **Acto constitutivo (si aplica):** Si no existe legajo de la sociedad en la IGJ, se debe acompañar copia certificada notarialmente del acto constitutivo y modificaciones. * **Balance especial de transformación:** Firmado por el representante legal y el síndico (si aplica), con informe de auditoría conteniendo opinión. * **Certificación contable:** Debe indicar los libros rubricados y folios donde se halla transcripto el balance de transformación. * **Inventario resumido:** Inventario resumido de los rubros del balance especial de transformación certificado por contador público e informe sobre el origen y contenido de cada rubro principal. * **Cumplimiento del art. 470 del Código Civil y Comercial (si aplica):** Constancia del cumplimiento del art. 470 del Código Civil y Comercial. * **Publicaciones:** Constancia de las siguientes publicaciones: 1. Aviso de Convocatoria a Asamblea (si aplica). 2. Aviso Art. 10 de la Ley Nº 19.550 (si el nuevo tipo social es una sociedad por acciones o de responsabilidad limitada). 3. Aviso de Transformación. * **Copias:** Copia simple y dos juegos de copias protocolares de la documentación indicada. * **Tasa retributiva de servicios:** Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios (si corresponde). * **Declaración Jurada:** Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente. ### Requisitos adicionales para sociedades civiles En caso de adopción de uno de los tipos regulados por la Ley Nº 19.550 por parte de una sociedad civil, se requerirá el acuerdo unánime de sus socios, salvo que el contrato prevea expresamente que podrá decidirse por mayoría. ## Cómo hacerlo 1. **Presentación:** Presentar el formulario y la documentación en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. 2. **Retiro:** Una vez finalizado, retirarlo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. Si la presentación se realiza a través del colegio profesional, tener en cuenta: * La presentación se realiza con turno previo. * Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación. Consultas y/o reclamos: [email protected] ## Cuál es el costo? * **Sociedades no accionarias:** Trámite común: 120 módulos * **Sociedades por acciones:** Trámite común: 120 módulos * **Sociedades comprendidas art.299 LSC:** Trámite común: 120 módulos Calcular el valor del trámite en calculador de módulos para IGJ. --- Pedir turno ## Descargas * Qué debe contener el dictamen de transformación - reorganización societaria (122.6 Kb)

  • ## Resumen Este trámite te permite registrar las modificaciones que hayas realizado en la carrocería de tu vehículo, siempre y cuando hayas conservado los números de motor y chasis originales. Es importante realizar este trámite para mantener la documentación de tu vehículo actualizada. ## ¿A quién está dirigido? Este trámite está dirigido al dueño o apoderado del vehículo. ## ¿Qué necesito? Para realizar este trámite, necesitarás: * Solicitud Tipo 04. * Título y cédula del vehículo. * Formulario 12: Verificación vehicular. * Fotografía del automotor con la carrocería modificada, visada por la autoridad que realiza la verificación física. * Factura de las partes agregadas a la carrocería. ## ¿Cómo hago? Puedes realizar este trámite de dos maneras: ### En línea 1. Completá la Solicitud electrónica. 2. Opcionalmente, podés abonar en línea. ### Personalmente 1. Presentá la documentación en el Registro donde está radicado el vehículo. 2. Si no abonaste en línea, pagá allí los aranceles. 3. Retirá la documentación con la inscripción de las modificaciones. ## ¿Cuál es el costo? Consultá los aranceles para conocer el costo actualizado del trámite. ## Accedé a TAD Si necesitas ayuda para acceder a TAD, puedes consultar la siguiente guía: Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?

  • ## Resumen Este trámite te permite registrar por primera vez un vehículo (0 km o usado sin registro previo) a tu nombre, ya sea que seas una persona física o jurídica. Al finalizar el proceso, obtendrás la chapa patente. **Importante:** Si no realizas esta inscripción, no podrás circular con el vehículo. ### ¿Quién puede usar este servicio? * Compradores del vehículo. * Concesionarios/agencias. * Terceros que medien entre ambos. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * **Documento identificatorio:** * Si sos argentino: DNI. * Si sos extranjero sin residencia, pasaporte; con residencia permanente, DNI; de países limítrofes, DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte. * Representante legal o apoderado: documentos que prueben la representación. * En todos los casos se debe presentar original y fotocopia o copia certificada. * La constancia de documento en trámite no acredita identidad. * **Constancia de CUIL, CUIT o CDI** * CUIT o CUIL: información en DNI, constancia de AFIP o ANSES (electrónica o con sello y firma), formulario de presentación con sello. * CDI: Formulario de Declaración Jurada 663 o Formulario 622. * **Documentación de la agencia/concesionaria:** * *Formulario 12*: Verificación Policial del Vehículo (válido por 150 días hábiles). * *Certificado de fabricación o de importación*. * *Solicitud Tipo 01 Nacional* o *Solicitud Tipo 01 Importado* (según origen), completada a favor del comprador, con firma certificada. * *Factura de compra*: original y fotocopia. ### Consideraciones importantes Si el monto de la compra supera los $2.237.000, deberás realizar el trámite de incorporación al Legajo Único – UIF. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso 1. Buscá el Registro Automotor correspondiente a tu domicilio. 2. Dirigite al Registro con la documentación. 3. Entregá la documentación y completá el *formulario 13* para dar de alta la patente. Si el trámite lo realiza un tercero, deberá completar el *formulario 59*. 4. Recibirás un comprobante con número de trámite para chequear el estado en línea. 5. A las 48 horas, retirá las chapas patentes y la documentación. ### ¿Cuánto tiempo lleva? El trámite lleva 48 horas a partir de la entrega de la documentación. ### ¿Cuál es el costo? El costo varía según el origen del vehículo (nacional o importado). Los aranceles incluyen: * 1,5 % del valor total del vehículo (nacional) o 2 % (importado). * Expedición de cédula. * Expedición de cédula autorizado a conducir. * Expedición de placa metálica de identificación. * Alta impositiva. * Formulario 13. * Sellos e impuestos provinciales. Consultá la guía según la categoría de tu vehículo. Podés estimar el costo en el estimador de costos. ## Ayuda Iniciar trámite

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir el protocolo de una empresa familiar en el Registro Público. La inscripción es voluntaria y está disponible para sociedades comerciales cuyos socios estén unidos por lazos de parentesco. Consultá la [Resolución General 19/2021](https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/252549/20211014) para más detalles. **Importante:** Los contenidos del sitio se están actualizando según la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Accedé al texto completo de la norma: [Accedé al texto completo de la norma](https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-15-2024-401548/actualizaci%C3%B3n) ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Formulario de Protocolo de empresa familiar completo. * Pedido de inscripción del protocolo: escritura pública o instrumento privado con firmas certificadas. * Dictamen de precalificación profesional que certifique el cumplimiento de los requisitos. * **Requisitos previos:** * La sociedad debe estar inscripta en el Registro Público. * Todos los socios deben estar unidos por lazos de parentesco (consanguinidad o afinidad). * Si la conformidad de todos los socios no está explícita en el protocolo, debe acreditarse mediante un instrumento separado. * **Costes y plazos:** * Trámite No Accionarias común: 18 módulos * Trámite Accionarias común: 28 módulos * Trámite No Accionarias urgente: 72 módulos * Trámite Accionarias urgente: 112 módulos * Calculá el valor del trámite: [Calculá el valor del trámite](https://www.argentina.gob.ar/calculador-modulos-para-igj) ## Cómo hacerlo 1. **Completá el Formulario, pagalo e imprimí los comprobantes.** * [Completar formulario](https://www2.jus.gov.ar/igj-formularios/Default.aspx) 2. **Solicitá turno para Mesa General de Entradas y presentá toda la documentación en Av. Paseo Colon 291, C.A.B.A.** * [Pedir turno](https://www2.jus.gov.ar/igj-sistemadeturnosweb) ## Después de hacerlo La inscripción del protocolo permite que terceros conozcan su existencia y los alcances, pero no implica presunción de legalidad de sus cláusulas. El protocolo familiar publicado debe mantenerse actualizado. Si no se actualiza, se presume la vigencia del protocolo registrado. ## Ayuda * **Accedé a TAD:** * [Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?](https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/tramites-distancia-tad/como-acceder-tad)

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir una sociedad constituida en el extranjero en la Inspección General de Justicia (IGJ) para que pueda operar en Argentina a través de una sucursal, asiento o representación permanente. **Quién puede usar este servicio** Sociedades constituidas en el extranjero que deseen establecer una sucursal o representación permanente en Argentina. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos** * Formulario de Inscripción de sociedad constituida en el extranjero para el ejercicio de la actividad habitual (art. 118 LSC). Obtenelo en Formularios IGJ. * Certificado de vigencia de la sociedad extendido por la autoridad registral de origen, legalizado y con fecha no mayor a seis meses. * Acta constitutiva, estatuto social y sus reformas, en copia certificada notarialmente y legalizada en la jurisdicción de origen. * Resolución de la casa matriz justificando la decisión de crear la sucursal, designando al representante legal, la sede en Argentina, asignando capital (si corresponde), fijando la fecha de cierre de ejercicio y un domicilio postal y electrónico de la casa matriz. Debe incluir facultades otorgadas o restricciones, con la firma de los otorgantes en original, certificada notarialmente y legalizada. * Individualización de los socios a la fecha de la resolución de inscripción. * Acreditación de que la actividad empresarial significativa se encuentra fuera de Argentina. * Si la documentación está en idioma extranjero, debe presentarse con traducción por Traductor Público Nacional matriculado en CABA, con su firma legalizada. * Escrito del representante legal designado aceptando el cargo, denunciando sus datos personales, fijando la sede (si está facultado) y constituyendo domicilio especial en CABA. * Póliza según el Art. 3° de la RG IGJ N° 02/20. * Publicación requerida por el Art. 206, inc.5, Res.7/15 extraída de la página Web del Boletín Oficial con firma y sello del profesional dictaminante. * Dictamen de precalificación (con copia protocolar). * Declaración jurada de Beneficiario Final. * Declaración jurada de Persona Políticamente Expuesta de cada uno de los representantes. * Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios. **Costes y plazos** * Trámite común: 96 módulos. Consultá el valor actualizado en la calculadora de módulos para IGJ. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso** 1. Presentá el formulario y la documentación en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, solicitando turno previamente. 2. Retirá la documentación finalizada en Av. Paseo Colón 291, también con turno previo. ## Ayuda Pedir turno ### Accedé a TAD * Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?

  • ## Resumen Este trámite permite que una sociedad constituida en el extranjero se inscriba en la Inspección General de Justicia (IGJ) para poder participar en una sociedad local en Argentina. Esto se basa en el artículo 123 de la Ley 19.550 y el artículo 245 de la RG IGJ 7/15. **Importante:** Se están actualizando los contenidos del sitio web debido a la implementación de la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Podés acceder al texto completo de la nueva norma aquí. ## Lo que necesitas ### Documentación a presentar 1. **Formulario:** Completá el formulario de "Inscripción de entidad extranjera para constituir o participar en sociedad local (art. 123 LSC)" desde Formularios IGJ. Imprimilo, abonalo y presentalo con el resto de la documentación. 2. **Certificado de Vigencia:** Acreditá la vigencia de la sociedad con un certificado emitido por la autoridad registral de origen, legalizado y con fecha no mayor a seis meses. 3. **Acta Constitutiva y Estatuto:** Presentá el acta constitutiva, estatuto social y sus reformas, en copia certificada notarialmente y legalizada en la jurisdicción de origen. 4. **Resolución de la Casa Matriz:** Incluí la resolución de la casa matriz justificando la decisión de participar en la sociedad local, designando al representante legal, fijando la sede en la jurisdicción, la fecha de cierre de ejercicio y un domicilio postal y electrónico para comunicaciones. 5. **Individualización de Socios:** Identificá a los socios a la fecha de la resolución de inscripción, conforme a los artículos 206 inc.4 y 213 de la Res. 7/15. 6. **Acreditación de Actividad:** Acreditá que la actividad empresarial significativa se encuentra fuera de Argentina, conforme a los artículos 206 inc.4 b), 209, 210 y 212 de la Res.7/15. 7. **Traducciones:** Si la documentación está en idioma extranjero, presentala con la traducción efectuada por Traductor Público Nacional matriculado en CABA, con su firma legalizada por el Colegio de su matrícula. 8. **Aceptación de Cargo del Representante Legal:** Presentá un escrito del representante legal designado con su firma certificada notarialmente, aceptando el cargo, denunciando sus datos personales, fijando la sede (si está facultado para ello) y constituyendo su domicilio especial en CABA. 9. **Póliza:** Cumplí con la presentación de la póliza prevista por el Art. 3° de la RG IGJ N° 02/20. 10. **Dictamen de Precalificación:** Presentá un dictamen de precalificación que consigne la información detallada en la descripción del trámite. 11. **Plan de Inversión:** Incluí un plan de inversión suscripto por el representante legal, indicando las sociedades en las que se pretende participar o constituir. 12. **Declaración Jurada de Beneficiario Final:** Presentá la Declaración jurada de Beneficiario Final de cada uno de los socios/accionistas que posean el 20% o más del capital social. 13. **Declaración Jurada de Persona Políticamente Expuesta:** Presentá la Declaración jurada de Persona Políticamente Expuesta de cada uno de los representantes. 14. **Comprobante de Pago:** Acompañá el comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios. ## Cómo hago 1. **Presentación:** Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, solicitando un turno previamente. 2. **Retiro:** Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, también con turno previo. ## Cuál es el costo * Trámite común: 96 módulos. Podés calcular el valor del trámite aquí. ## Pedir Turno Podes solicitar un turno aquí

  • ## Resumen Este trámite te permite proteger tu vivienda principal de posibles embargos por deudas futuras. Al inscribir tu casa como "bien de familia" (ahora llamado afectación a protección de la vivienda), la resguardás ante acreedores, con algunas excepciones. **Quién puede usar este servicio:** * Titulares de la vivienda. * Usufructuarios (si los hay). **Antes de empezar:** * Asegurate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria. * Si la vivienda está en CABA, el trámite se realiza online y luego de forma presencial con turno. * Si la vivienda está en otra provincia, consultá el organismo correspondiente. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * DNI del/los propietario/s. * Libreta o acta de matrimonio (si corresponde). * Sentencia de divorcio (si corresponde). * Acta de unión convivencial (si corresponde). * DNI de usufructuarios (si los hay). * Escritura del poder (si hay apoderado). * Sentencia de curatela (si hay curador). * Acta de nacimiento del menor (si hay responsable parental). * Documentación que acredite el vínculo con el beneficiario (si no es propietario). * Título de propiedad (escritura, adjudicación, subasta o declaratoria de herederos). **Requisitos previos:** * Ser titular de la vivienda. * La vivienda debe estar ubicada en la Ciudad de Buenos Aires (CABA). * Vos o uno de los beneficiarios debe vivir en la propiedad. * Si tenés más de una vivienda, solo podés inscribir una. **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * La constancia se obtiene aproximadamente en 15 días hábiles. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Ingresá a https://www.dnrpi.jus.gob.ar/pv_requisitos.php (solo para CABA). 2. Informá tus datos de contacto. **En el correo electrónico que pongas vas a recibir luego información del trámite**. 3. Ingresá los datos de cada uno de los **titulares** que figuran en el título de propiedad. Si ahora cambió el **estado civil** de alguno, informá el **estado actual**. 4. Si una o varias personas tienen **usufructo** sobre la vivienda, ingresá sus datos. 5. Si uno de los propietarios o usufructuarios tiene **apoderado, curador o responsable parental**, ingresá sus datos. * en el caso de **apoderado** te va a pedir además los datos de la escritura; * en el caso de **curador** te va a pedir además los datos del expediente judicial; * en el caso de **responsable parental** te va a pedir solo sus datos personales. 6. Si el o los **beneficiarios son propietarios**, no hace falta que vuelvas a informar sus datos. Si designás como **beneficiaria** a **una persona que no es propietaria**, ingresá sus datos e informa el vínculo: hijo o hija, padre o madre, cónyuge, hermano o hermana, tío o tía, sobrino o sobrina, conviviente , abuelo o abuela, nieto o nieta (y si hay acta de unión convivencial o no). Podés designar tantos beneficiarios como quieras. Recordá que podés designar hermanos, tíos o sobrinos **solo si no tenés hijos, padres, cónyuge, conviviente, abuelos o nietos, si viven en la vivienda con vos y si vos también te designás como beneficiario**. Si en este momento te olvidás de anotar algún familiar beneficiario, no te preocupes. Cuando vengas a nuestra oficina **trae la documentación que le corresponde y lo registramos**. 7. Ingresá los datos del inmueble **tal como figuran en el título de propiedad** e informá los propietarios o los beneficiarios que viven allí. * si el título original es **en papel**, el **número de matrícula** figura en la **última página**, debajo de la firma del escribano, en un sello de goma; * si el título original es **digital** (tiene firma digital), la **matrícula** figura **al final del documento**, después del texto “**registrado en la matrícula dig**”. 8. Si el título original es **digital** (tiene firma digital), adjuntalo tal como lo descargaste oportunamente del sitio del Registro de la Propiedad Inmueble. Si no, podés llevarlo impreso cuando vengas a nuestra oficina. 9. Elegí día y hora del turno para ir al Registro de la Propiedad Inmueble. Ese día deberán ir **juntos todos** los propietarios y quienes tienen usufructo (si los hay), así que **antes de comenzar el trámite verificá** cuáles días y horarios tienen disponibles todos ustedes. 10. Vas a recibir en el correo electrónico que informaste en el primer paso una confirmación de los datos que cargaste y del turno que elegiste. Si no lo recibís, revisá la carpeta de spam. 11. El día del turno, 15 minutos antes del horario que elegiste, preséntense con la documentación que les corresponda **todos los propietarios y los que tengan usufructo** sobre la vivienda en la oficina Protección de la Vivienda del Registro de la Propiedad Inmueble, Av. Belgrano 1130, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 12. Aproximadamente **tres semanas** después vas a recibir en el correo electrónico que informaste en el primer paso la **constancia digital** de la afectación de la vivienda. Si no la recibís, revisá periódicamente la carpeta de spam. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Recibirás la constancia digital de la afectación de la vivienda por correo electrónico. **Plazos de resolución:** * La constancia se emite aproximadamente 3 semanas después del turno. **Siguiente pasos:** * Guardá la constancia digital como comprobante de la inscripción. ## Ayuda **Contacto:** * Formulario de consultas o reclamos: http://www.dnrpi.jus.gov.ar/reclamos.php **Recursos adicionales:** * Ley Simple te explica de manera clara a quiénes beneficia y qué cubre. ## Trámites relacionados * Hacer que tu casa deje de ser bien de familia

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir el cambio de sede social de una sociedad extranjera en la Inspección General de Justicia (IGJ). **Importante:** Los contenidos del sitio se están actualizando según la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. El texto completo de la norma está disponible aquí. ## Lo que necesitas * **Formulario:** Completá el formulario de "Cambio de sede social. Sin reforma de estatutos", disponible en Formularios IGJ. * **Instrumentos a presentar:** * Escrito del representante legal designando la nueva sede, con firma y personería certificada notarialmente, o nota fechada con firma y sello del representante (si es contador o abogado), con copias simples y protocolares. * Resolución de casa matriz fijando la nueva sede en CABA, con firmas originales certificadas notarialmente y legalizadas. * Si la documentación está en otro idioma, debe incluirse traducción por Traductor Público Nacional matriculado en CABA, legalizada por el Colegio de su matrícula, con copia simple y protocolar. * **Dictamen de precalificación** (con copia protocolar): * Debe incluir la naturaleza del acto, denominación social, sede anterior y nueva, país de origen, vigencia de la casa matriz, antecedentes registrales, cumplimiento del tracto registral, constancia de presentaciones del régimen informativo anual e identificación del representante inscripto. Debe contener la legalización de la firma del profesional actuante. * **Declaración jurada de Beneficiario Final:** Con firma de al menos un representante y firma y sello del profesional dictaminante. * **Comprobante original** de pago de la tasa retributiva de servicios. ## Cómo hacerlo 1. Presentá el formulario y la documentación en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, solicitando turno previamente. 2. Retirá la documentación finalizada en Av. Paseo Colón 291, también con turno previo. Si tenés alguna consulta, podés escribir a [email protected] ## Cuál es el costo Trámite común: 32 módulos. Calculá el valor actualizado en el calculador de módulos para IGJ. ## Pedir turno Pedir turno ## Acceder a TAD Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?

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