Inscribir tu casa como bien de familia
Información Rápida
Objetivo
Proteger tu vivienda de ser embargada por deudas, inscribiéndola en el Régimen de Protección de la Vivienda.
¿Quién puede solicitarlo?
El titular o los titulares de la vivienda y quienes tengan su usufructo (si los hay).
Requisitos principales
- Ser titular de la vivienda.
- La vivienda debe estar ubicada en la Ciudad de Buenos Aires (CABA).
- Vos o uno de los beneficiarios debe vivir en la propiedad.
- Si tenés más de una vivienda, solo podés inscribir una.
Plazos
Las deudas deben ser posteriores a la fecha de inscripción, salvo excepciones (cuota alimentaria, expensas, impuestos, mejoras o hipoteca).
Duración del trámite
15 días hábiles
Información adicional
Si el inmueble está en una provincia, consultar el sitio web oficial correspondiente.
Resumen
Este trámite te permite proteger tu vivienda principal de posibles embargos por deudas futuras. Al inscribir tu casa como "bien de familia" (ahora llamado afectación a protección de la vivienda), la resguardás ante acreedores, con algunas excepciones.
Quién puede usar este servicio:
- Titulares de la vivienda.
- Usufructuarios (si los hay).
Antes de empezar:
- Asegurate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria.
- Si la vivienda está en CABA, el trámite se realiza online y luego de forma presencial con turno.
- Si la vivienda está en otra provincia, consultá el organismo correspondiente.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- DNI del/los propietario/s.
- Libreta o acta de matrimonio (si corresponde).
- Sentencia de divorcio (si corresponde).
- Acta de unión convivencial (si corresponde).
- DNI de usufructuarios (si los hay).
- Escritura del poder (si hay apoderado).
- Sentencia de curatela (si hay curador).
- Acta de nacimiento del menor (si hay responsable parental).
- Documentación que acredite el vínculo con el beneficiario (si no es propietario).
- Título de propiedad (escritura, adjudicación, subasta o declaratoria de herederos).
Requisitos previos:
- Ser titular de la vivienda.
- La vivienda debe estar ubicada en la Ciudad de Buenos Aires (CABA).
- Vos o uno de los beneficiarios debe vivir en la propiedad.
- Si tenés más de una vivienda, solo podés inscribir una.
Costes y plazos:
- El trámite es gratuito.
- La constancia se obtiene aproximadamente en 15 días hábiles.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
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Ingresá a https://www.dnrpi.jus.gob.ar/pv_requisitos.php (solo para CABA).
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Informá tus datos de contacto. En el correo electrónico que pongas vas a recibir luego información del trámite.
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Ingresá los datos de cada uno de los titulares que figuran en el título de propiedad. Si ahora cambió el estado civil de alguno, informá el estado actual.
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Si una o varias personas tienen usufructo sobre la vivienda, ingresá sus datos.
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Si uno de los propietarios o usufructuarios tiene apoderado, curador o responsable parental, ingresá sus datos.
- en el caso de apoderado te va a pedir además los datos de la escritura;
- en el caso de curador te va a pedir además los datos del expediente judicial;
- en el caso de responsable parental te va a pedir solo sus datos personales.
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Si el o los beneficiarios son propietarios, no hace falta que vuelvas a informar sus datos.
Si designás como beneficiaria a una persona que no es propietaria, ingresá sus datos e informa el vínculo: hijo o hija, padre o madre, cónyuge, hermano o hermana, tío o tía, sobrino o sobrina, conviviente , abuelo o abuela, nieto o nieta (y si hay acta de unión convivencial o no).
Podés designar tantos beneficiarios como quieras. Recordá que podés designar hermanos, tíos o sobrinos solo si no tenés hijos, padres, cónyuge, conviviente, abuelos o nietos, si viven en la vivienda con vos y si vos también te designás como beneficiario.
Si en este momento te olvidás de anotar algún familiar beneficiario, no te preocupes. Cuando vengas a nuestra oficina trae la documentación que le corresponde y lo registramos.
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Ingresá los datos del inmueble tal como figuran en el título de propiedad e informá los propietarios o los beneficiarios que viven allí.
- si el título original es en papel, el número de matrícula figura en la última página, debajo de la firma del escribano, en un sello de goma;
- si el título original es digital (tiene firma digital), la matrícula figura al final del documento, después del texto “registrado en la matrícula dig”.
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Si el título original es digital (tiene firma digital), adjuntalo tal como lo descargaste oportunamente del sitio del Registro de la Propiedad Inmueble. Si no, podés llevarlo impreso cuando vengas a nuestra oficina.
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Elegí día y hora del turno para ir al Registro de la Propiedad Inmueble.
Ese día deberán ir juntos todos los propietarios y quienes tienen usufructo (si los hay), así que antes de comenzar el trámite verificá cuáles días y horarios tienen disponibles todos ustedes.
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Vas a recibir en el correo electrónico que informaste en el primer paso una confirmación de los datos que cargaste y del turno que elegiste.
Si no lo recibís, revisá la carpeta de spam.
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El día del turno, 15 minutos antes del horario que elegiste, preséntense con la documentación que les corresponda todos los propietarios y los que tengan usufructo sobre la vivienda en la oficina Protección de la Vivienda del Registro de la Propiedad Inmueble, Av. Belgrano 1130, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Aproximadamente tres semanas después vas a recibir en el correo electrónico que informaste en el primer paso la constancia digital de la afectación de la vivienda.
Si no la recibís, revisá periódicamente la carpeta de spam.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás la constancia digital de la afectación de la vivienda por correo electrónico.
Plazos de resolución:
- La constancia se emite aproximadamente 3 semanas después del turno.
Siguiente pasos:
- Guardá la constancia digital como comprobante de la inscripción.
Ayuda
Contacto:
- Formulario de consultas o reclamos: http://www.dnrpi.jus.gov.ar/reclamos.php
Recursos adicionales:
- Ley Simple te explica de manera clara a quiénes beneficia y qué cubre.