Tít. I · Representación de valores por medio de anotaciones en cuenta
Toggle
Cap. I · Disposiciones comunes
Sección primera. La anotación en cuenta como modalidad de representación de los valores
Sección segunda. Constancia y publicidad de las características de los valores representados por medio de anotaciones en cuenta
Sección tercera. Régimen jurídico de los valores representados por medio de anotaciones en cuenta
Sección cuarta. Certificados de legitimación
Sección quinta. Otras reglas comunes
Cap. II · Registro contable de valores admitidos a negociación en mercados, secundarios oficiales
Sección primera. Registro contable de valores admitidos a negociación en bolsa
Sección segunda. Práctica de las inscripciones referentes a valores cotizados en bolsa
Sección tercera. Registro contable de valores admitidos a negociación en otros mercados secundarios oficiales
Cap. III · Registro contable de valores no admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales
Sección primera. Entidad encargada del registro contable
Sección segunda. Llevanza del registro contable
Tít. II · Liquidación y compensación de operaciones bursátiles
Toggle
Cap. I · Disposiciones generales
Cap. II · Aseguramiento de la entrega de los valores en la fecha de liquidación
Cap. III · Liquidación de efectivos
Cap. IV · Fianzas en garantía del mercado
Tít. III · Servicio de Compensación y Liquidación de Valores y Entidades adheridas
Toggle
Cap. I · Servicio de Compensación y Liquidación de Valores
Cap. II · Entidades adheridas al Servicio de Compensación y Liquidación de Valores
Toggle Sidebar
Leyes de España
Real Decreto 116/1992
CAPÍTULO III
CAPÍTULO III · Registro contable de valores no admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales