Sección 4.ª Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos

Artículo 10. Modificación del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos

Con efectos desde el 1 de enero de 2004, se modifica el apartado 2.º del párrafo f) de la norma seis.1 del artículo 9 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, que queda redactado de la siguiente manera: