## Resumen Ayudas destinadas a compensar a las empresas de Extremadura por el incremento de los costes provocado por el aumento de la inflación. Quiénes pueden acceder: * Empresas con domicilio fiscal y centro productivo en Extremadura, incluyendo autónomos y comunidades de bienes, que cumplan los requisitos. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** * Estar operativas antes del 1 de enero de 2021. * Facturación inferior a 3 millones de euros en 2021 y 2022. * Incremento de al menos un 9% en los gastos de aprovisionamiento en 2022 respecto a 2021. * Disminución de al menos un 9% en los resultados de explotación en 2022 respecto a 2021. * **Documentación:** * Modelo de solicitud. * Si no autoriza la consulta telemática: Declaraciones de IRPF o Impuesto de Sociedades de 2021 y 2022. * Si no autoriza la consulta telemática: Certificados de estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y Hacienda autonómica. * Si no autoriza la consulta telemática: Certificado de epígrafes del IAE. * **Plazos:** * Presentación de solicitudes: Del 3 de agosto al 2 de septiembre de 2024. * **Cuantía:** * 40% del incremento de los gastos de aprovisionamiento de 2022 respecto a 2021, hasta el límite del 40% de la caída de los resultados de explotación. Máximo 20.000 euros por empresa. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitud:** Presentar el modelo de solicitud a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** 3 meses. * **Efecto del silencio administrativo:** Desestimatorio. * **Recursos:** Recurso de alzada. ## Ayuda * **Más información:** * [Cláusula protección de datos Nivel 2](https://www.juntaex.es/documents/77055/7251696/Cl%C3%A1usula+Protecci%C3%B3n+Datos+NIVEL+2.pdf/d7615099-e545-a294-0242-752f26689a38?t=1737637589845) * [Propuesta Provisional Resolución de Ayudas Inflac_](https://www.juntaex.es/documents/77055/7251696/Propuesta_Provisional_de_Resolucion_Ayudas_Inflaci%C3%B3n.pdf/0e689b44-57bf-dae2-c638-c6388f22fcee?t=1737637590171) * [Diligencia_Propuestas Provisionales](https://www.juntaex.es/documents/77055/7251696/Diligencia_publicacion_Propuesta_Provisional_de_Resolucion.pdf/1ee3ee60-b809-41fe-862b-279c236b92c0?t=1737637591292) * [Requisitos de publicidad de la ayuda](https://www.juntaex.es/documents/77055/7251696/Requisitos+de+pub+INFLACIO%C2%BFN.pdf/c7a751f9-2da8-358f-d0e8-bac50c5e429e?t=1737637591679) * [Resolución expedientes Decreto 70 2024 de 9 de julio](https://www.juntaex.es/documents/77055/7251696/Resolucion_de_los_expedientes_correspondientes_a_la_convocatoria_puesta_en_marcha_a_traves_del_Decreto_70_2024__de_9_de_julio-1.pdf/582a9aec-9873-172b-55ac-a003eb76d16c?t=1737637591894) * [Diligencia Publicación Resolución Definitiva](https://www.juntaex.es/documents/77055/7251696/Diligencia_publicacion_Resolucion_Definitiva.pdf/4a5dfa5b-108a-9d14-f584-d5fcd5443448?t=1737637593056) * **Órgano gestor:** * Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital * Dirección General de Empresa * Servicio de Promocion Empresarial * Paseo De Roma, * 06800, Mérida ## Normativa * [Decreto 70/2024, de 9 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la compensación de los efectos provocados por el incremento de los costes en las empresas de Extremadura como consecuencia del aumento de la inflación, y se aprueba la única convocatoria](https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/1500o/24040115.pdf)
## Resumen Ayudas económicas para comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones destinadas a financiar gastos de equipamiento. Quiénes pueden solicitarlo: Comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones inscritas en el registro correspondiente. ## Lo que necesitas * **Documentación:** * Anexo I de solicitud. * Certificaciones de estar al corriente con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social (si no autoriza la consulta de oficio). * Documentación de identidad (si no autoriza la consulta de oficio). * **Requisitos:** * Cumplir los requisitos de la Ley 6/2009 del Estatuto de los Extremeños en el Exterior. * Estar inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Extremeñas en el Exterior. * **Costes:** No especificado. * **Plazos:** * Presentación: Del 9 de enero de 2025 al 5 de febrero de 2025. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitud:** * Presentar el Anexo I de solicitud. 2. **Documentación:** * Aportar la documentación requerida. ## Después de hacerlo * **Resolución:** * El órgano competente resolverá en un plazo de 3 meses. * El silencio administrativo es desestimatorio. ## Ayuda * **Órgano gestor:** * Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social * Dirección General de Acción Exterior * Servicio de Acción Exterior * Plaza del Rastro, 06800, Mérida * **Normativa:** * [Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo](http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2021/520o/21030016.pdf) * [Corrección de errores del Decreto del Presidente 15/2021](http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2021/670o/21030025.pdf) * [RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2024](https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/40o/24064246.pdf) * **Más información:** * [Protección de datos](https://www.juntaex.es/documents/77055/4659517/Proteccion+de+datos.pdf/a24556bc-343c-d4cf-61eb-7951b2af4780?t=1736863129911) * **Solicitud y Anexos:** * [Solicitud de ayuda](https://www.juntaex.es/documents/77055/4659517/Anexo+I-Solicitud.pdf/8f87df0a-6508-33b0-ad96-9c83e135aa99?t=1736863130082) * [Anexo II Justificacion](https://www.juntaex.es/documents/77055/4659517/Anexo+II-Justificacion.pdf/faae36b5-bde4-9607-388a-f609c414d673?t=1736863130414)
## Resumen Ayudas económicas destinadas a municipios de Extremadura adheridos a la Red de Teatros para financiar la programación de artes escénicas y música. El objetivo es dinamizar la cultura y facilitar el acceso a espectáculos de teatro, música, danza y circo. Quién puede usar este servicio: Municipios de Extremadura que forman parte de la Red de Teatros y otros espacios escénicos. Antes de empezar: Es importante revisar los requisitos y plazos de presentación. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Anexo de solicitud cumplimentado. * Opcional: Certificados de estar al corriente con AEAT, Hacienda Autonómica y Seguridad Social (si no se autoriza la consulta de oficio). Requisitos previos: * Estar al corriente con las obligaciones tributarias y la Seguridad Social. * No estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones. Costes y plazos: * Coste: No especificado. * Plazo de presentación: Del 14/01/2025 al 03/02/2025. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Preparar la documentación requerida. 2. Cumplimentar el anexo de solicitud. 3. Presentar la solicitud dentro del plazo. Información sobre cada etapa: * La solicitud y anexos están disponibles en los siguientes enlaces: * [Solicitud](https://www.juntaex.es/documents/77055/1416431/ANEXO+III+%28SOLICITUD+DE+SUBVENCI%C3%93N%29+1%C2%BA.pdf/c0e2dce9-fdd3-0317-070a-b37490ae39a6?t=1737723768889) * [Certificado de contratación.](https://www.juntaex.es/documents/77055/1416431/ANEXO+V+%28CERTIFICADO+DE+CONTRATACI%C3%93N%29+1%C2%BA.pdf/c975c1ce-fb71-4317-26f6-5b643f05d3a8?t=1737110456503) * [Informe de actividad.](https://www.juntaex.es/documents/77055/1416431/ANEXO+IV+%28INFORME+AYUNTAMIENTO%29.pdf/f7057ffd-9b89-dc57-9ffb-6d7f31b8f084?t=1737110456856) * [Certificación final 100% coste](https://www.juntaex.es/documents/77055/1416431/ANEXO+VI+%28CERTIFICACI%C3%93N+FINAL+100%25+COSTE%29.pdf/9b0a782f-5774-4430-6748-20851253852b?t=1737110457034) Tiempos de espera: No especificado. ## Después de hacerlo Qué sucede después: Se evaluarán las solicitudes presentadas. Plazos de resolución: 3 meses. Siguiente pasos: Estar atento a la resolución del procedimiento. ## Ayuda Contacto: Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes Secretaría General de Cultura Servicio de Promoción Cultural Avenida Valhondo, 06800, Mérida Recursos adicionales: * [Protección de datos](https://www.juntaex.es/documents/77055/1416431/Protecci%C3%B3n+de+datos.pdf/2c7fefb7-81db-8b2a-e023-2df309c12154?t=1737110455930) * [Municipios adheridos a la Red de Teatros](https://www.juntaex.es/documents/77055/1416431/Municipios+adheridos.pdf/ccd462b0-c649-a053-c2b1-235b5f28d5b5?t=1737110456119) Normativa: * [DECRETO 152/2024, de 12 de diciembre](https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/70o/24040264.pdf) * [EXTRACTO del Decreto 152/2024, de 12 de diciembre](https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/70o/25040001.pdf) Preguntas frecuentes: Ver sección FAQ.
## Resumen Ayudas para promotores de viviendas protegidas de nueva construcción de régimen especial, destinadas a la venta o al arrendamiento. **Quién puede usar este servicio:** Promotores que hayan obtenido la calificación provisional de vivienda protegida de nueva construcción de régimen especial. **Antes de empezar:** Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria para solicitar la ayuda. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Si no autoriza la consulta, copia del poder notarial que acredite la representación. * Si no autoriza la consulta, certificación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Si la subvención es mayor a 30.000 euros, documentación que acredite el cumplimiento de los plazos de pago según la Ley 3/2004. **Requisitos previos:** * Haber obtenido la calificación provisional de vivienda protegida de nueva construcción de régimen especial. * Cumplir con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. **Costes y plazos:** * Coste: Gratuito. * Plazo de presentación: Del 3 de octubre de 2024 al 2 de octubre de 2025. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúna la documentación necesaria. 2. Presente la solicitud online o presencialmente. 3. Espere la resolución del procedimiento. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud se puede presentar online a través de la plataforma de trámites de la Junta de Extremadura: [Tramitar en línea](https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO). * También se puede presentar presencialmente en las oficinas habilitadas: [Buscar oficina donde realizar este trámite](/tuatencion/encuentra-tu-oficina). **Tiempos de espera:** * El plazo para resolver es de 3 meses. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Se notificará la resolución del procedimiento. **Plazos de resolución:** * 3 meses. **Siguiente pasos:** * En caso de resolución favorable, se procederá al pago de la ayuda. ## Ayuda **Contacto:** * Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda * Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana * Servicio de Gestión de Ayudas * Avenida de las Comunidades, S/N, 06800, Mérida **Recursos adicionales:** * [Cláusula de protección de datos](/documents/77055/26598113/2%C2%AA+capa_protec+%28solicitud%29.pdf/5884de6f-91d6-fa63-6fac-6ad78db0135c?t=1727872331773) **Preguntas frecuentes:** (Ver sección FAQ)
## Resumen Ayudas económicas para ganaderos que realicen la trashumancia a pie por vías pecuarias en Extremadura. Quién puede usar este servicio: * Titulares de explotaciones agrarias ganaderas inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Acreditación de la personalidad del solicitante (NIF, documento de constitución, etc.). * Declaración responsable (según modelo del anexo I). * Memoria descriptiva (según modelo del anexo II). * Cualquier otra documentación necesaria para la valoración. Requisitos previos: * No estar incurso en causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Estar en posesión del certificado sanitario oficial. Costes y plazos: * Coste: No especificado. * Plazo de presentación: Del 23 de mayo de 2024 al 12 de junio de 2024. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Preparar la documentación requerida. 2. Presentar la solicitud y la documentación dentro del plazo establecido. Información sobre cada etapa: * La solicitud y los anexos están disponibles en los siguientes enlaces: * [Solicitud de Ayuda](https://www.juntaex.es/documents/77055/25915202/ANEXO+I.+Solicitud+de+Ayuda.pdf/1a12c86a-aa31-d867-0f88-67e8e1fc1f7a?t=1738583156005) * [ANEXO II. Memoria descriptiva](https://www.juntaex.es/documents/77055/25915202/ANEXO+II.+Memoria+descriptiva.pdf/fbd54628-56f2-a1ad-d0dc-6632a3183643?t=1738583156430) Tiempos de espera: * Plazo para resolver: 3 meses. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * Se evaluará la solicitud y la documentación presentada. * Se emitirá una resolución. Plazos de resolución: * 3 meses. Siguientes pasos: * En caso de resolución favorable, se procederá al pago de la ayuda. * En caso de resolución desfavorable, se podrá interponer un recurso de alzada. ## Ayuda Contacto: * Órgano gestor: Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia Servicio de Infraestructuras Rurales Avenida Luis Ramallo, S/N 06800, Mérida Recursos adicionales: * Normativa: * [Resolución de 8 de mayo de 2024](https://doe.juntaex.es/ultimosdoe/mostrardoe.php?fecha=20240522t=o) * [Decreto 206/2016, de 28 de diciembre](https://doe.juntaex.es/ultimosdoe/mostrardoe.php?fecha=20170102&t=o) * Más información: * [COMISION VALORACION TRASHUMANCIA A PIE 2024](https://www.juntaex.es/documents/77055/25915202/TRASH.+2024+ACUERDO+NOMBRAMIENTO+COMISION+DE+VALORACION.pdf/79f67880-a2ad-99e2-8977-ea0ce4f3cdb4?t=1738583155306) * [CLAUSULA PROTECCIÓN DE DATOS](https://www.juntaex.es/documents/77055/25915202/DOE+CLAUSULA+PROTECCION+DE+DATOS.pdf/b574472c-66c5-ed5b-967b-b09018a39eba?t=1738583155528)
## Resumen Este trámite ofrece ayudas para la autopromoción de viviendas protegidas en Extremadura. El objetivo es facilitar el acceso a la vivienda a personas que cumplan ciertos requisitos económicos y de titularidad de terrenos. **Quién puede usar este servicio:** Personas físicas que deseen construir su propia vivienda protegida y cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir con todos los requisitos. * Reúne la documentación necesaria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Cédula urbanística. * Nota simple del Registro de la Propiedad. * Copia del DNI/NIE. * Documentos específicos según tu situación (discapacidad, violencia de género, etc.). **Requisitos previos:** * Ser titular del terreno donde se construirá la vivienda. * Tener ingresos que no superen 4 veces el IPREM. * No ser propietario de otra vivienda (con excepciones). **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * El plazo de presentación es del 3 de octubre de 2024 al 2 de octubre de 2025. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud online o presencialmente. 3. Espera la resolución (máximo 3 meses). 4. Obtén la calificación provisional de la vivienda. 5. Inicia las obras. 6. Justifica la subvención. 7. Recibe el pago. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud se puede presentar online a través de este enlace o presencialmente en las oficinas habilitadas (Buscar oficina donde realizar este trámite). * El primer pago se realiza tras la calificación provisional. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez finalizadas las obras, debes justificar la subvención y destinar la vivienda a residencia habitual y permanente. **Plazos de resolución:** El plazo máximo para resolver es de 3 meses. **Siguientes pasos:** Una vez recibida la ayuda, debes cumplir con las obligaciones derivadas del régimen de protección de la vivienda. ## Ayuda **Contacto:** Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana Servicio de Gestión de Ayudas Avenida de las Comunidades, S/N 06800, Mérida **Recursos adicionales:** * Cláusula de protección de datos * Modelo de Solicitud * Instrucciones para cumplimentar la solicitud * Otorgamiento de representación * Declaración responsable de demolición de la vivienda existente * Decreto 111/2024, de 3 de septiembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de vivienda protegida autopromovida, del Programa de ayuda directa a la entrada y del Programa de ayudas al promotor de vivienda protegida de nueva construcción y se aprueba la primera convocatoria de dichos programas de subvención. * Extracto de la convocatoria de las ayudas del Programa de vivienda protegida autopromovida, correspondiente a las anualidades 2024-2025. **Preguntas frecuentes:** Ver sección de preguntas frecuentes en la tarjeta administrativa.
## Resumen Este programa ofrece ayudas a autónomos que contraten a familiares colaboradores, fomentando así la inserción laboral en el ámbito familiar. El objetivo es facilitar la incorporación de estos familiares al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Quién puede usar este servicio: * Trabajadores autónomos que incorporen familiares colaboradores desempleados en su negocio. Antes de empezar: * Asegúrate de que el familiar colaborador cumple con los requisitos de desempleo y alta en el RETA. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Modelo 036 o 037. * Certificado de la Agencia Tributaria sobre el histórico de altas y bajas en el Impuesto sobre Actividades Económicas. * Certificado de los Servicios Públicos de Empleo que acredite la inscripción como demandante de empleo desempleado del solicitante. * Informe de vida laboral del solicitante y del familiar colaborador. * Copia del documento que acredite la discapacidad, si aplica. * Copia del acta de constitución de la comunidad de bienes, si aplica. * Copia del NIF de la comunidad de bienes, si aplica. * Certificado de la Administración Tributaria donde conste el domicilio fiscal del solicitante. Requisitos previos: * El familiar colaborador debe estar desempleado e inscrito como demandante de empleo. * El autónomo debe dar de alta al familiar colaborador en el RETA. Costes y plazos: * No se especifican costes directos para la solicitud. * El plazo para resolver la solicitud es de 3 meses. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Accede a la plataforma de tramitación en línea a través de este enlace: [Tramitar en línea](https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO). 3. Completa el formulario de solicitud con la información requerida. 4. Adjunta la documentación necesaria. 5. Presenta la solicitud dentro del plazo establecido. Información sobre cada etapa: * La solicitud se presenta telemáticamente. * Es importante verificar que toda la documentación sea correcta antes de presentar la solicitud. Tiempos de espera: * El plazo máximo para resolver es de 3 meses. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * La administración revisará la solicitud y la documentación adjunta. * Se notificará la resolución al solicitante. Plazos de resolución: * 3 meses. Siguiente pasos: * En caso de resolución favorable, se procederá al pago de la ayuda. * En caso de resolución desfavorable, se podrá interponer un recurso de alzada. ## Ayuda Contacto: * Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) Dirección General de Empleo Servicio de Economía Social y Autoempleo Avenida Valhondo, 06800, Mérida Recursos adicionales: * [Protección de Datos](https://www.juntaex.es/documents/77055/1817758/CLAUSULA+SOBRE+PROTECCI%C3%93N+DE+DATOS.pdf/0108ab02-c41d-76ad-5eef-de8079968a66?t=1738133860202) * [Solicitud Programa II](https://www.juntaex.es/documents/77055/1817758/Solicitud+Programa+II.pdf/84ac1d06-78df-8d52-7168-79f6effffeed?t=1738133860613) * [Decreto 39/2024, de 30 de abril](https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/1090o/24040060.pdf) Preguntas frecuentes: * Ver sección de preguntas frecuentes en la tarjeta administrativa.
## Resumen Estas ayudas están dirigidas a personas jurídico privadas sin ánimo de lucro que realicen proyectos culturales en municipios de Extremadura. El objetivo es dinamizar la actividad cultural, fomentar el sector asociativo y promover la identidad extremeña. **Quién puede usar este servicio:** Personas jurídico privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria. * Prepara la documentación necesaria. * Ten a mano un certificado digital para realizar la solicitud telemáticamente. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud firmada digitalmente. * Copia digitalizada de la escritura de constitución y estatutos. * Certificados actualizados de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias (si no se autoriza su consulta de oficio). * Copia digitalizada del proyecto detallado (Anexo II). **Requisitos previos:** * Estar legalmente constituido e inscrito en el registro correspondiente. * No tener ánimo de lucro. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * El proyecto debe realizarse en un municipio de Extremadura y estar relacionado con áreas culturales específicas. **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * El plazo de presentación es del 17 de enero de 2025 al 13 de febrero de 2025. * La resolución del procedimiento tiene un plazo máximo de 3 meses. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Prepara la documentación requerida. 2. Accede a la sede electrónica de la Junta de Extremadura. 3. Completa el formulario de solicitud. 4. Adjunta la documentación necesaria. 5. Firma y presenta la solicitud de forma telemática. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud y los anexos están disponibles en la sección de "Solicitud y Anexos". * Asegúrate de cumplimentar todos los campos obligatorios y adjuntar la documentación correcta. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez presentada la solicitud, se analizará la documentación y se evaluará el proyecto. **Plazos de resolución:** El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 3 meses. **Siguientes pasos:** Si la solicitud es aprobada, se notificará la resolución y se indicarán los pasos a seguir para recibir la ayuda. ## Ayuda **Contacto:** Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes Secretaría General de Cultura Servicio de Promoción Cultural Avenida Valhondo, 06800, Mérida **Recursos adicionales:** * Protección de datos **Preguntas frecuentes:** * **¿Quiénes pueden ser beneficiarios de estas ayudas?** Las ayudas están destinadas a personas jurídico privadas sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos culturales en municipios de Extremadura. * **¿Cuál es la cuantía máxima de la ayuda que se puede solicitar?** La cantidad máxima de la ayuda es de 12.000 euros por proyecto y beneficiario. * **¿Qué tipo de proyectos culturales pueden recibir estas ayudas?** Los proyectos deben estar relacionados con áreas culturales como patrimonio, artes, libros, medios audiovisuales o diseños creativos. * **¿Cuánto tiempo tarda en resolverse el procedimiento?** El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 3 meses. * **¿Cómo se presenta la solicitud?** La solicitud debe presentarse de forma telemática, firmada digitalmente por el representante de la entidad solicitante. * **¿Qué ocurre si no se recibe respuesta en el plazo establecido?** Si transcurren 3 meses sin que se notifique la resolución, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.