Ayudas a la promoción de vivienda protegida de nueva construcción - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Fomentar la construcción de viviendas protegidas de nueva construcción de régimen especial, destinadas a la venta o al alquiler.
¿Quién puede solicitarlo?
Promotores que hayan obtenido la calificación provisional de vivienda protegida de nueva construcción de régimen especial.
Requisitos principales
- Haber obtenido la calificación provisional de vivienda protegida de nueva construcción de régimen especial con posterioridad a la fecha que se indique en la convocatoria.
- Tener nacionalidad española o autorización de estancia o residencia legal en España (para personas físicas).
- Estar válidamente constituido según la normativa aplicable (para personas jurídicas).
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Hacienda General de la Comunidad Autónoma, así como con la Seguridad Social.
- Cumplir con los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004 si la subvención supera los 30.000 euros.
Plazos
El plazo de presentación es desde el 3 de octubre de 2024 hasta el 2 de octubre de 2025, ambos inclusive.
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Ayudas para promotores de viviendas protegidas de nueva construcción de régimen especial, destinadas a la venta o al arrendamiento.
Quién puede usar este servicio: Promotores que hayan obtenido la calificación provisional de vivienda protegida de nueva construcción de régimen especial.
Antes de empezar: Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria para solicitar la ayuda.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Si no autoriza la consulta, copia del poder notarial que acredite la representación.
- Si no autoriza la consulta, certificación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Si la subvención es mayor a 30.000 euros, documentación que acredite el cumplimiento de los plazos de pago según la Ley 3/2004.
Requisitos previos:
- Haber obtenido la calificación provisional de vivienda protegida de nueva construcción de régimen especial.
- Cumplir con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Costes y plazos:
- Coste: Gratuito.
- Plazo de presentación: Del 3 de octubre de 2024 al 2 de octubre de 2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúna la documentación necesaria.
- Presente la solicitud online o presencialmente.
- Espere la resolución del procedimiento.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud se puede presentar online a través de la plataforma de trámites de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea.
- También se puede presentar presencialmente en las oficinas habilitadas: Buscar oficina donde realizar este trámite.
Tiempos de espera:
- El plazo para resolver es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Se notificará la resolución del procedimiento.
Plazos de resolución:
- 3 meses.
Siguiente pasos:
- En caso de resolución favorable, se procederá al pago de la ayuda.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
- Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
- Servicio de Gestión de Ayudas
- Avenida de las Comunidades, S/N, 06800, Mérida
Recursos adicionales:
Preguntas frecuentes: (Ver sección FAQ)