Ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Fomentar la contratación de familiares colaboradores por parte de autónomos, facilitando su incorporación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
¿Quién puede solicitarlo?
Trabajadores autónomos que incorporen a familiares colaboradores desempleados en su negocio.
Requisitos principales
- Incorporar a personas desempleadas como familiares colaboradores en la explotación del autónomo.
- El familiar colaborador debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
Plazos
La solicitud debe presentarse desde la fecha de inicio de la actividad o fecha real de alta y dentro de los cinco meses naturales siguientes. Para hechos causantes entre el fin de la última convocatoria y la entrada en vigor de este decreto, el plazo es de dos meses desde la entrada en vigor de la primera convocatoria.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Este proyecto está cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Resumen
Este programa ofrece ayudas a autónomos que contraten a familiares colaboradores, fomentando así la inserción laboral en el ámbito familiar. El objetivo es facilitar la incorporación de estos familiares al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Quién puede usar este servicio:
- Trabajadores autónomos que incorporen familiares colaboradores desempleados en su negocio.
Antes de empezar:
- Asegúrate de que el familiar colaborador cumple con los requisitos de desempleo y alta en el RETA.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Modelo 036 o 037.
- Certificado de la Agencia Tributaria sobre el histórico de altas y bajas en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Certificado de los Servicios Públicos de Empleo que acredite la inscripción como demandante de empleo desempleado del solicitante.
- Informe de vida laboral del solicitante y del familiar colaborador.
- Copia del documento que acredite la discapacidad, si aplica.
- Copia del acta de constitución de la comunidad de bienes, si aplica.
- Copia del NIF de la comunidad de bienes, si aplica.
- Certificado de la Administración Tributaria donde conste el domicilio fiscal del solicitante.
Requisitos previos:
- El familiar colaborador debe estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
- El autónomo debe dar de alta al familiar colaborador en el RETA.
Costes y plazos:
- No se especifican costes directos para la solicitud.
- El plazo para resolver la solicitud es de 3 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Accede a la plataforma de tramitación en línea a través de este enlace: Tramitar en línea.
- Completa el formulario de solicitud con la información requerida.
- Adjunta la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud dentro del plazo establecido.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud se presenta telemáticamente.
- Es importante verificar que toda la documentación sea correcta antes de presentar la solicitud.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará la solicitud y la documentación adjunta.
- Se notificará la resolución al solicitante.
Plazos de resolución:
- 3 meses.
Siguiente pasos:
- En caso de resolución favorable, se procederá al pago de la ayuda.
- En caso de resolución desfavorable, se podrá interponer un recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) Dirección General de Empleo Servicio de Economía Social y Autoempleo Avenida Valhondo, 06800, Mérida
Recursos adicionales:
Preguntas frecuentes:
- Ver sección de preguntas frecuentes en la tarjeta administrativa.