Ayudas a la vivienda protegida autopromovida - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Facilitar el acceso a la vivienda a través de ayudas para la autopromoción de viviendas protegidas, impulsando la construcción de viviendas asequibles para uso propio.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas que deseen autopromover una vivienda protegida y cumplan con los requisitos establecidos.
Requisitos principales
- Tener nacionalidad española o residencia legal en España.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Ser titular del 100% del pleno dominio de un suelo apto para edificar.
- Tener ingresos anuales que no superen 4 veces el IPREM.
- No ser titular de otra vivienda en un porcentaje igual o superior al 50% (con excepciones).
- No haber iniciado las obras de la vivienda.
Plazos
Desde el 3 de octubre de 2024 hasta el 2 de octubre de 2025, ambos inclusive.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Las ayudas son incompatibles con otras subvenciones públicas para el mismo fin.
Resumen
Este trámite ofrece ayudas para la autopromoción de viviendas protegidas en Extremadura. El objetivo es facilitar el acceso a la vivienda a personas que cumplan ciertos requisitos económicos y de titularidad de terrenos.
Quién puede usar este servicio:
Personas físicas que deseen construir su propia vivienda protegida y cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con todos los requisitos.
- Reúne la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Cédula urbanística.
- Nota simple del Registro de la Propiedad.
- Copia del DNI/NIE.
- Documentos específicos según tu situación (discapacidad, violencia de género, etc.).
Requisitos previos:
- Ser titular del terreno donde se construirá la vivienda.
- Tener ingresos que no superen 4 veces el IPREM.
- No ser propietario de otra vivienda (con excepciones).
Costes y plazos:
- El trámite es gratuito.
- El plazo de presentación es del 3 de octubre de 2024 al 2 de octubre de 2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud online o presencialmente.
- Espera la resolución (máximo 3 meses).
- Obtén la calificación provisional de la vivienda.
- Inicia las obras.
- Justifica la subvención.
- Recibe el pago.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud se puede presentar online a través de este enlace o presencialmente en las oficinas habilitadas (Buscar oficina donde realizar este trámite).
- El primer pago se realiza tras la calificación provisional.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez finalizadas las obras, debes justificar la subvención y destinar la vivienda a residencia habitual y permanente.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
Siguientes pasos:
Una vez recibida la ayuda, debes cumplir con las obligaciones derivadas del régimen de protección de la vivienda.
Ayuda
Contacto:
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana Servicio de Gestión de Ayudas Avenida de las Comunidades, S/N 06800, Mérida
Recursos adicionales:
- Cláusula de protección de datos
- Modelo de Solicitud
- Instrucciones para cumplimentar la solicitud
- Otorgamiento de representación
- Declaración responsable de demolición de la vivienda existente
- Decreto 111/2024, de 3 de septiembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de vivienda protegida autopromovida, del Programa de ayuda directa a la entrada y del Programa de ayudas al promotor de vivienda protegida de nueva construcción y se aprueba la primera convocatoria de dichos programas de subvención.
- Extracto de la convocatoria de las ayudas del Programa de vivienda protegida autopromovida, correspondiente a las anualidades 2024-2025.
Preguntas frecuentes:
Ver sección de preguntas frecuentes en la tarjeta administrativa.