Gobierno Vasco

  • ## Resumen Este programa ofrece ayudas para proyectos que demuestren y validen tecnologías innovadoras en el ámbito de las energías renovables marinas. El objetivo es impulsar el desarrollo de prototipos a escala real o casi real de dispositivos de captación de energía de las olas y aerogeneradores marinos flotantes, así como sus componentes. **Quién puede usar este servicio:** * Personas jurídicas, tanto públicas como privadas. * Consorcios, agrupaciones o asociaciones de empresas, tanto públicas como privadas, sin personalidad jurídica. **Antes de empezar:** * Asegúrate de tener un medio de identificación electrónica. * Prepara la documentación necesaria en formato digital. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** La documentación a presentar se detalla en las bases reguladoras del programa de ayudas. **Costes:** La cuantía máxima de la ayuda se determina según las bases del programa, teniendo en cuenta la naturaleza de las actuaciones, los límites generales y la normativa europea aplicable. **Plazos:** El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 19 de Junio de 2024. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Accede a la tramitación electrónica. 2. Rellena el formulario online con los datos de la solicitud. 3. Adjunta la documentación requerida. 4. Firma y envía la solicitud. **Información sobre cada etapa:** * Asegúrate de disponer de un medio de identificación electrónica admitido. * Prepara la documentación en formato digital. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez enviada la solicitud, recibirás un acuse de recibo. Podrás realizar el seguimiento de tu expediente a través de Mi carpeta. **Plazos de resolución:** El plazo máximo de resolución es de 6 meses. ## Ayuda **Contacto:** Ente Vasco de la Energía (EVE) * Teléfono: 944 03 56 00 * E-mail: gestionayudas@eve.eus **Recursos adicionales:** * RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2024, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de ayudas a inversiones para la demostración y validación de tecnologías energéticas renovables marinas emergentes.

  • ## Resumen Esta convocatoria está dirigida a instituciones y empresas que deseen acoger a estudiantes en prácticas del curso "XLIX (49) Curso de Urbanismo y Estudios Territoriales" del IVAP. El objetivo es proporcionar a los alumnos experiencia práctica en el ámbito del urbanismo y los estudios territoriales. ## ¿Quién puede participar? Instituciones y empresas que cumplan con los siguientes requisitos: * Contar con una unidad específica dedicada al urbanismo, ordenación del territorio y medio ambiente, con personal asignado. * Disponer de personal cualificado para tutorizar a los estudiantes en prácticas durante el período de las mismas. * Presentar la solicitud en el plazo y forma establecidos en la convocatoria. ## Normativa * [Normativa de la convocatoria](https://www.euskadi.eus/web01-bopv/es/bopv2/datos/2024/05/2402420a.shtml) ## Cómo hacerlo 1. Asegúrese de disponer de un [medio de identificación electrónica admitido](https://www.euskadi.eus/certificados-electronicos/). 2. Prepare la documentación en formato digital ([ayuda para digitalizar documentos](https://www.euskadi.eus/documentacion/guia-para-digitalizar-documentos/web01-sede/es/)). 3. Acceda al [formulario de solicitud](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=1047207&tipoPresentacion=1&language=es). 4. Rellene el formulario de solicitud. 5. Adjunte los documentos requeridos. 6. Firme la solicitud. 7. Envíe la solicitud y los documentos. ## Después de hacerlo * Recibirá un acuse de recibo confirmando el envío. * Podrá realizar el seguimiento de su expediente a través de [Mi carpeta](https://euskadi.eus/micarpeta). ## Resolución y recursos * El silencio administrativo se considera desestimatorio. * [Resolución de adjudicación de prácticas](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/benefit_202352210328731/es_def/adjuntos/REsolucion-adjudicacion-practicas.pdf) ### Recursos * **Recurso de alzada:** Se puede interponer electrónicamente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). Más información sobre el recurso de alzada [aquí](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/evetu-practicas-convocatoria-a-instituciones-y-empresas-2024/web01-tramite/es/#electronic_X88792341B6705BFA532414D041791FD5962ABF3). * **Recurso extraordinario de revisión:** Se puede interponer electrónicamente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). Más información sobre el recurso extraordinario de revisión [aquí](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/evetu-practicas-convocatoria-a-instituciones-y-empresas-2024/web01-tramite/es/#electronic_X8852C5C22313E591D72FAE42EAE0372BC9491D2). * **Recurso potestativo de reposición:** Se puede interponer electrónicamente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). Más información sobre el recurso potestativo de reposición [aquí](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/evetu-practicas-convocatoria-a-instituciones-y-empresas-2024/web01-tramite/es/#electronic_X88595D74682A5086CE256060063FC9E9FE865AE). ## Otros trámites * **Aportación de documentación:** Se puede realizar electrónicamente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). Más información [aquí](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/evetu-practicas-convocatoria-a-instituciones-y-empresas-2024/web01-tramite/es/#electronic_X88EAE8D531E7CFCF326118816673D7293EE7AD9). * **Desistimiento:** Se puede realizar electrónicamente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). Más información [aquí](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/evetu-practicas-convocatoria-a-instituciones-y-empresas-2024/web01-tramite/es/#electronic_X8865A62243D93ADC3BA158CE95C9B92237DB5CE). * **Subsanación de la documentación:** Se puede realizar electrónicamente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). Más información [aquí](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/evetu-practicas-convocatoria-a-instituciones-y-empresas-2024/web01-tramite/es/#electronic_X8890CB8CBD4FD03F86698700FB859CCFB3F1DF4). * **Requerimiento:** Se puede realizar electrónicamente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). Más información [aquí](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/evetu-practicas-convocatoria-a-instituciones-y-empresas-2024/web01-tramite/es/#electronic_X88F26CB73EF5497C1F59C8294A384F71C0B0510). * **Renuncia:** Se puede realizar electrónicamente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). Más información [aquí](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/evetu-practicas-convocatoria-a-instituciones-y-empresas-2024/web01-tramite/es/#electronic_X888CD29D4EDCB4184A32179E09129004AA322E3). * **Ampliar información:** Se puede realizar electrónicamente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). Más información [aquí](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/evetu-practicas-convocatoria-a-instituciones-y-empresas-2024/web01-tramite/es/#electronic_X88D1002EE74896D6FD580B43859A04FDF8A7287). * **Alegaciones:** Se puede realizar electrónicamente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). Más información [aquí](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/evetu-practicas-convocatoria-a-instituciones-y-empresas-2024/web01-tramite/es/#electronic_X88A4C41593A38869AA27A9445E87622306445A4). ## Contacto * evetu@ivap.eus * 94.403.16.02/04/00

  • ## Resumen Este trámite permite ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones individualizadas ante el responsable del tratamiento de datos personales. Estos derechos están amparados por el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018. Características importantes: * El ejercicio de estos derechos es gratuito. * Se puede ejercer directamente o mediante un representante. * En el caso de menores de 14 años, la solicitud debe ser realizada por los titulares de la patria potestad. * Las solicitudes deben ser respondidas en un plazo máximo de un mes, con posibilidad de prórroga. ## Lo que necesitas Para ejercer estos derechos, generalmente se necesita: * Identificación del solicitante (DNI, NIE, Pasaporte). * En caso de actuar mediante representante, acreditación de la representación. * Documentación que justifique la inexactitud o el carácter incompleto de los datos (en caso de solicitar rectificación). ## Cómo hacerlo El proceso para ejercer estos derechos es el siguiente: 1. **Identificar el tratamiento de datos:** Localiza el tratamiento de datos personales realizado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi sobre el que deseas ejercer tus derechos. Puedes consultar el registro de actividades de tratamiento. 2. **Presentar la solicitud:** Puedes presentar la solicitud de forma electrónica o presencial. * **Electrónica:** Accede a la aplicación de tramitación electrónica con un medio de identificación electrónica. * **Presencial:** Presenta el formulario de solicitud en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. 3. **Aportar documentación:** Adjunta la documentación necesaria para acreditar tu identidad y, en su caso, la representación, así como cualquier documento que justifique tu solicitud. ## Después de hacerlo Una vez presentada la solicitud: * La Administración tiene un plazo de un mes para responder, que puede prorrogarse dos meses más si es necesario. * Podrás realizar el seguimiento de tu expediente a través de Mi carpeta. ## Ayuda * **Zuzenean:** Servicio de atención a la ciudadanía: https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/zuzenean-atencion-ciudadana/ * **Más información:** * Ejercicio derechos en materia de protección de datos personales recogidos en ficheros policiales de la Ertzainza * Supresión de datos personales del Boletín Oficial del País Vasco (BOPV). Derecho al olvido * Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales tratados con fines estadísticos ## Información Adicional ### Derecho de Acceso Permite obtener confirmación de si se están tratando o no datos personales y, en caso afirmativo, acceder a la siguiente información: * Tipología y categoría de datos personales. * Procedencia de los datos. * Fines del tratamiento. * Destinatarios o categorías de destinatarios. * Plazo previsto de conservación de los datos. * Existencia de decisiones automatizadas. Referencia legal: artículo 13 LO 3/2018 y artículo 15 R. UE 2016/679. ### Derecho de Rectificación Permite corregir datos personales inexactos o incompletos, inclusive mediante una declaración adicional. Se debe acompañar la documentación que justifique la inexactitud o el carácter incompleto de los datos. Referencia legal: artículo 14 LO 3/2018 y artículo 16 R.UE 2016/679. ### Derecho de Supresión (Derecho al Olvido) Permite obtener la supresión de los datos personales cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: * Los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos. * Se retire el consentimiento. * Se oponga al tratamiento. * Los datos hayan sido tratados ilícitamente. * Deban suprimirse para el cumplimiento de una obligación legal. * Se hayan obtenido en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la información a menores. Referencia legal: artículos 15 y 93 LO 3/2018 y artículo 17 R. UE 2016/679. ### Derecho de Limitación Permite limitar el tratamiento de los datos personales en los siguientes supuestos: * Se impugne la exactitud de los datos. * El tratamiento sea ilícito y se oponga a la supresión. * El responsable ya no necesite los datos, pero la persona interesada los necesite para reclamaciones. * Se haya opuesto al tratamiento, mientras se verifica si los motivos legítimos del responsable prevalecen. Referencia legal: artículo 16 LO 3/2018 y artículo 18 R.UE 2016/679. ### Derecho a la Portabilidad Permite recibir los datos personales en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, y transmitirlos a otro responsable, siempre que el tratamiento se efectúe por medios automatizados. Referencia legal: artículo 18 LO 3/2018 y artículo 21 R. UE 2016/679. ### Derecho de Oposición Permite oponerse al tratamiento de los datos personales basado en el ejercicio de una misión de interés público, potestades públicas o interés legítimo de terceros, incluida la elaboración de perfiles. Referencia legal: artículo 18 LO 3/2018 y artículo 21 R. UE 2016/679. ### Derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas Garantiza no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado de datos, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos jurídicos o afecte significativamente. Referencia legal: artículo 18 LO 3/2018 y artículo 22 R. UE 2016/679.

  • ## Resumen Este trámite ofrece ayudas económicas a Centros Tecnológicos Multifocalizados y Centros de Investigación Cooperativa (CIC) de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación. El objetivo es apoyar su actividad no económica, asignando financiación según la evaluación de sus resultados. ## Dotación Presupuestaria La dotación presupuestaria total es de 73.000.000,00 €. * **Centros Tecnológicos Multifocalizados:** 55.480.000,00 € * Grado de adecuación al Modelo de Centro Orientado a Resultados: 53.815.600,00 € * Planes de Actuación para alcanzar objetivos (Cuadro de Mando 2020): 1.664.400,00 € * **Centros de Investigación Cooperativa (CICs):** 17.520.000,00 € * Grado de adecuación al Modelo de Centro Orientado a Resultados: 16.994.400,00 € * Planes de Actuación para alcanzar objetivos (Cuadro de Mando 2020): 525.600,00 € La cuantía de la convocatoria podría incrementarse hasta un 10%. ## A quién va dirigido Centros Tecnológicos Multifocalizados y Centros de Investigación Cooperativa (CIC) de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación. ## Requisitos Las entidades beneficiarias deben: 1. Ser integrantes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (RVCTI), según el Decreto 109/2015, de 23 de junio. 2. No estar incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones. 3. Reunir los requisitos exigidos en las bases reguladoras al formalizar la solicitud. 4. Comprometerse a no incurrir en deslocalización empresarial ni sobrefinanciación, mediante declaración responsable. El cumplimiento de estos requisitos debe mantenerse durante la concesión y el pago de las ayudas. ## Cómo solicitar 1. Rellenar los formularios solicitados. 2. Preparar la documentación requerida en formato digital. 3. Acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón: [SPRI - Programa Emaitek Plus 2024](https://app5.spri.net/IDI/HomeEmaitek.aspx) ## Documentación necesaria Las entidades solicitantes deben presentar: 1. Impreso de solicitud sellado y firmado. 2. Copia del poder de representación de la persona solicitante. 3. Copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal. 4. Declaración responsable sobre la veracidad de diversos aspectos (ayudas solicitadas, pertenencia a la RVCTI, no incurrir en prohibiciones, compromiso de no deslocalización ni sobrefinanciación, cumplimiento de requisitos). 5. Informe de Auditoría de los estados financieros del ejercicio anterior. 6. Certificado de una entidad auditora que especifique el coste de la actividad no económica, desglosado por concepto de gasto, del ejercicio anterior. 7. Certificado de una entidad auditora que especifique los ingresos por actividad no económica, desglosados por origen de la financiación, del ejercicio anterior. 8. Memoria de Gestión con los resultados obtenidos correspondientes a los indicadores del Cuadro de Mando. 9. Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad no económica del año de la convocatoria. 10. Memoria descriptiva y presupuesto desglosado de las actuaciones para mejorar el cumplimiento de los indicadores y alcanzar las metas fijadas para 2020. 11. Plan Estratégico de la Entidad solicitante. ## Plazo de solicitud El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 19 de julio de 2024. ## Resolución y recursos * **Plazo de resolución:** Seis meses. * **Efectos del silencio:** Desestimatorios. * **Recurso de alzada:** Se puede interponer un recurso de alzada. Más información y tramitación electrónica disponible en: [Recurso de alzada](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/emaitek-plus-2024/web01-tramite/es/#administrativeAppeal_X88533519B585B7AFB7DA537169943BA9694BD26) ## Otros trámites * **Desistimiento:** Se puede desistir de la solicitud en cualquier momento. Más información y tramitación electrónica disponible en: [Desistimiento](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/emaitek-plus-2024/web01-tramite/es/#common_X88DE3AA6DBB95B4B1C366D640CE2F88D008560B) ## Ayuda * **SPRI:** Tfno.: 94 403 70 73, e-mail: japinaniz@spri.eus * **GOBIERNO VASCO:** Tfno: 945 01 82 24, e-mail: a-gandarias@euskadi.eus * [Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía](https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/zuzenean-atencion-ciudadana/) ## Normativa * [RESOLUCIÓN de 4 de junio 2024, de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital, por la que se hace pública la convocatoria, para el ejercicio 2024, del programa de ayudas Emaitek Plus.](https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2024/06/2402834a.pdf) * [ORDEN de 27 de julio de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, de modificación de la Orden por la que se regula el programa Emaitek Plus.](https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2017/08/1704120a.pdf) * [ORDEN de 18 de julio de 2019, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, de segunda modificación de la Orden por la que se regula el Programa Emaitek Plus.](https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2019/08/1903681a.pdf) * [ORDEN de 16 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula el Programa de ayudas Emaitek Plus.](https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2015/10/1504223a.pdf)

  • Entidades autorizadas que actúan en el campo reglamentario de Seguridad Industrial en actividades de inspección.

    Objeto

    Tramitación de autorizaciones como Organismos de Control.

    Destinatarios/as

    Organismos de Control Autorizados en el ámbito de la CAPV.

    Normativa reguladora
    • Ley 8/2004, de 26 de noviembre (BOPV 29/11/2004) de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

    • Ley 21/1992, de 16 de julio (BOE 23/07/1992), de Industria.

    • Real Decreto 2200/95, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial. (BOE 06/02/1996).

    • Real Decreto 411/97, de 21 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 2200/95, de 28 de diciembre. (BOE 26-04-97).

    • Resolución de 1 de julio de 1997, de la Dirección de Administración de Industria, Energía y Minas por la que se aprueban Instrucciones Provisionales en relación con la notificación de actuación de los Organismos de Control Autorizados por otras Comunidades Autónomas.


    Personas de contacto

    Delegación Territorial de Álava
    Tel.: 945 01 77 70

    Delegación Territorial de Gipuzkoa
    Tel.: 943 02 25 00

    Delegación Territorial de Bizkaia
    Tel.: 94 403 14 00

    Documentación a aportar

    Autorización de Organismos de Control: Conforme al Procedimiento establecido en el Real Decreto 2200/95.

    Condiciones y requisitos para la autorización de actuación:

    a. Disponer previamente de acreditación como Organismo de Control realizada por una entidad de acreditación designada por la Administración Pública competente.

    b. En el caso de autorización para realizar inspecciones de la seguridad de instalaciones industriales, deberá disponer de las instalaciones, medios materiales, así como del personal con la adecuada formación profesional, técnica y reglamentaria necesarias, para atender, como mínimo, al 5% de las instalaciones existentes en el territorio donde solicite la autorización.

    c. Disponer de procedimientos específicos para el tratamiento de las reclamaciones que puedan recibirse de clientes u otras partes afectadas por sus actividades, y mantener un archivo con todas las reclamaciones recibidas y actuaciones adoptadas respecto a las mismas.

    d. Suscribir pólizas de seguros que cubran los riesgos de su responsabilidad, por una cuantía mínima de 200.000.000 de pesetas, sin que la cuantía de la póliza limite dicha responsabilidad.

    Dicha cuantía quedará anualmente actualizada en función del Indice de Precios al Consumo

    Documentación necesaria:

    • Solicitud.

    • Declaración del estatuto jurídico, propiedad y fuentes de financiación de la entidad.

    • Estatutos o normas por las que se rija el Organismo.

    • Certificado de acreditación para la actividad para la que se solicita la autorización, emitido por parte de una Entidad de Acreditación.

    • Copia de la póliza de seguros establecida.

    • Comunicación de las tarifas que pretendan aplicar en Euskadi.

    • Comunicar responsable y forma de comunicación para casos de emergencia.

    • Una vez autorizado deberá presentar los datos precisos para su inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales. (ver Sección R.I.)

    Notificación de actuación de Organismos de Control Autorizados en otra Comunidad Autónoma: Conforme al Procedimiento establecido en el Real Decreto 2200/95 y en la Resolución de la Dirección de Administración de Industria, Energía y Minas de 1 de julio de 1997.

    Aquellos Organismos de Control que hayan obtenido la autorización como tales Organismos por parte de la Comunidad Autónoma donde inicien su actividad o radiquen sus instalaciones, y que pretendan actuar en el territorio de esta Comunidad Autónoma, deberán presentar la siguiente documentación:

    • Solicitud dirigida a la Dirección de Administración de Industria y Minas, indicando expresamente cada uno de los campos en los que pretende actuar.


    • Documento de identificación del Organismo solicitante: Razón Social, localización, forma jurídica, ...


    • Organización de la entidad, con expresa mención a la dependencia del personal asignado en esta Comunidad Autónoma, para el ejercicio de las funciones que se pretenden.


    • Copia auténtica de la Resolución de Autorización como Organismo de Control concedida por la Comunidad Autónoma de origen, con expresa mención de la fecha de publicación de dicha autorización en el Boletín Oficial del Estado, así como, cuando sea necesario, en función del contenido de la referida Resolución, copia, en las mismas condiciones, del Certificado de Acreditación emitido por la Entidad Nacional de Acreditación, junto con sus Anexos.


    • Declaración emitida por el representante del Organismo de Control, entendiéndose como tal, aquella persona que tenga poder suficiente para actuar en nombre y representación del Organismo de Control, en la que se manifieste:


    • Que se dispone en la Comunidad Autónoma del País Vasco de las instalaciones, medios materiales y personal con la adecuada formación profesional, técnica y reglamentaria necesarias para atender, como mínimo, al 5% de las instalaciones correspondientes a cada especialidad, existentes en esta Comunidad Autónoma.


    • Que el personal destinado al ejercicio de las funciones propias del Organismo de Control, conoce la Reglamentación Técnica vigente en esta Comunidad Autónoma.


    • Que el Organismo de Control tiene capacidad suficiente para realizar las inspecciones previstas en la reglamentación referida en el punto anterior.


    • Relación de los medios técnicos disponibles que sean necesarios, en su caso, para la realización de las inspecciones, cuando tales medios estén previstos de forma específica por la reglamentación citada en el punto anterior, o en su defecto declaración de la disponibilidad de tales medios.


    • Indicación del sistema de localización para la atención de emergencias y oficina que atenderá las demandas de servicio en esta Comunidad.


    • Tarifas que se propone aplicar en cada uno de los campos reglamentarios en los que se solicita actuar. Esta documentación se podrá diferir hasta el momento del comienzo de la actividad.


    • Solicitud de inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales (ver sección R.I.)


    Tasas a aplicar

    Reguladas por la Ley 13/1998, de mayo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV nº 13 de 20-7-98).

    Plazo de presentacion

    Durante todo el año.


    Lugar presentación solicitudes

    Delegación Territorial de Álava
    Samaniego, 2
    01008-Vitoria-Gasteiz
    Tel.: 945 017770

    Delegación Territorial de Gipuzkoa
    Easo, 10
    20006-Donostia-San Sebastián
    Tel.: 943 022500

    Delegación Territorial de Bizkaia
    General Concha, 23
    48010-Bilbao
    Tel.: 94 4031400

    Descripción de los trámites

    No se describen.


    Órgano que resuelve

    Dirección de Administración y Seguridad Industrial.


    Plazo de resolución

    3 meses.

    Efectos del silencio

    Estimatorios


    Fín de la vía administrativa

    La resolución NO pone fín a la vía administrativa


    Recursos / Reclamaciones

    Recurso de Alzada


    Formularios

    No hay.

    Otros documentos

    No hay.


    Observaciones

    No hay.

    Nota

    Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


    Fecha de la última modificación

    16/09/2016


  • ## Euskadi Bono-Denda 2024 ### Objeto Esta ayuda tiene como objeto el **fomento del consumo de bienes y la prestación de servicios** **en establecimientos** **comerciales y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana** desarrollado por personas autónomas,microempresas y pequeñas empresas de la CAPV. Se articulará mediante bonos descuento a disposición de la ciudadanía de Euskadi para la compra de bienes en los establecimientos comerciales adheridos a la campaña en todo el ámbito de la CAPV. La **gestión** **del programa** de bono-comercio corresponderá a las **Cámaras de Comercio**de cada Territorio Histórico. ### Dotación presupuestaria 3.500.000 ### Prestación económica Se subvencionará la compra de bienes en los establecimientos comerciales minoristas adheridos a la campaña a través de un bono descuento disponible en los mismos. Cada uno de estos "Euskadi bono-comercio" tendrá la consideración de bono descuento por un valor de 10€ por una compra mínima de 30€ . Cada persona,identificada mediante DNI,podrá sumar un máximo de tres bonos descuento por un valor de 30€ que podrán ser utilizados por cada persona beneficiaria en varios o en un único establecimiento. ### Forma de pago: La aplicación de los bonos-descuento será efectuada por los propios establecimientos tras la comprobación de la residencia en la CAE y la identificación de las personas beneficiarias en el momento de la adquisición de los bienes. ## A quién va dirigido ### Personas físicas Las personas consumidoras con derecho a beneficiarse del descuento del bono serán las mayores de 16 años residentes en cualquier municipio de la CAE con el límite de cinco bonos por persona. ### Comercio minorista El ámbito de la actividad subvencionable comprende todo el comercio minorista realizado por autónomos,microempresas y pequeñas empresas en establecimientos comerciales de la CAPV incluido en los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas: | CODIGO | ACTIVIDAD | |---|---| | 6443 | Comercio al por menor de productos de pastelería,bollería y confitería. | | 6444 | Comercio al por menor de helados. | | 6445 | Comercio al por menor de bombones y caramelos. | | 645 | Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases. | | 651 | Comercio al por menor de productos textiles,confección,calzados,pieles y artículos de cuero. | ## Normativa * [ORDEN de 15 de octubre de 2024](https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2024/10/2404864a.pdf) ## Organismos ### Organismo que convoca * Turismo,Comercio y Consumo > **Consejero/a de Turismo,Comercio y Consumo** ### Organismo que resuelve * Turismo,Comercio y Consumo > **Viceconsejería de Turismo y Comercio** ## Información de contacto **CÁMARAS DE COMERCIO POR TERRITORIO:** * CÁMARA DE COMERCIO,INDUSTRIA Y SERVICIOS DE ÁLAVA:945141800 * CÁMARA DE COMERCIO,INDUSTRIA,SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE BILBAO:944706500 * CÁMARA DE COMERCIO,INDUSTRIA Y SERVICIOS DE GIPUZKOA:943000308 [Zuzenean:Servicio de atención a la ciudadanía](https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/zuzenean-atencion-ciudadana/) ## Código 1107905 ## Solicitud Ver trámite de adhesión * [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/euskadi-bonodenda-2024/web01-tramite/es/#electronic_X88241A2BB3E988727826A8DF2DBA1790C72B575) La gestión del programa de bono-comercio corresponderá a las Cámaras de Comercio. ## Resolución y recursos ### Tipo de concesión de la ayuda No concursal ### Efectos del silencio Desestimatorios ### Recurso de alzada * [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/euskadi-bonodenda-2024/web01-tramite/es/#electronic_X8837BCC04F4AF90F517A07CE48A99D71214877E) El **recurso de alzada** es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente. ### Recurso potestativo de reposición * [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/euskadi-bonodenda-2024/web01-tramite/es/#electronic_X88429E4819B504D4051D98E4F2E34C2D5FDF1E9) Para interponer un recurso potestativo de reposición utilizando el canal electrónico,rellene el formulario que encontrará en [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo. ## Proceso de Adhesión y Gestión del Programa "Euskadi Bono-Denda" Los comercios que cumplan los requisitos y deseen adherirse a este programa deberán formalizar la solicitud de adhesión a través del siguiente link: [http://euskadibonodenda.eus/](http://euskadibonodenda.eus/) El plazo de adhesión comienza el 24 de octubre y finaliza el 30 de octubre de 2024. * [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/euskadi-bonodenda-2024/web01-tramite/es/#electronic_X88980597C19314CD95445EFC290AA93018B136E) La gestión del programa se realizará a través de una aplicación específica. [http://euskadibonodenda.eus/](http://euskadibonodenda.eus/)

  • ## Resumen Este programa de ayudas tiene como objetivo impulsar el consumo de bienes y servicios en establecimientos comerciales y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana en la CAPV. Se implementa a través de bonos descuento disponibles para los ciudadanos de Euskadi al comprar en los comercios adheridos. La gestión del programa está a cargo de las Cámaras de Comercio de cada Territorio Histórico. ## A quién va dirigido * **Personas físicas:** Consumidores mayores de 16 años residentes en cualquier municipio de la CAE. * **Comercio minorista:** Autónomos, microempresas y pequeñas empresas con establecimientos comerciales en la CAPV, incluidos en los epígrafes CNAE especificados. ## Normativa * ORDEN de 15 de octubre de 2024, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca el programa para la reactivación del pequeño comercio local e incentivos al consumo en establecimientos del sector comercial y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana de la Comunidad Autónoma del País Vasco «Euskadi bono-comercio / Euskadi bono-denda». ## Información de contacto * **CÁMARAS DE COMERCIO POR TERRITORIO:** * CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE ÁLAVA: 945141800 * CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE BILBAO: 944706500 * CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE GIPUZKOA: 943000308 * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía ## Proceso de Adhesión y Gestión del Programa "Euskadi Bono-Denda" Los comercios que deseen adherirse deben formalizar la solicitud a través de: http://euskadibonodenda.eus/. El plazo de adhesión es del 24 al 30 de octubre de 2024. Las Cámaras comunicarán la admisión o el rechazo, así como el número de bonos asignados. Se facilitará documentación y material promocional. Los comercios no podrán reservar bonos y deben exponer su participación en el programa. ## Resolución y recursos ### Tipo de concesión de la ayuda No concursal ### Efectos del silencio Desestimatorios ### Recurso de alzada * Tramitación electrónica El **recurso de alzada** es un recurso administrativo para revisar un acto dictado por un órgano dependiente jerárquicamente. * Se interpone contra actos que no ponen fin a la vía administrativa o actos de trámite que deciden sobre el fondo del asunto. * Se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto o su superior jerárquico. * Plazo: 1 mes (acto expreso) o 3 meses (acto presunto). * Plazo de resolución: 3 meses. * Si no se notifica la resolución en plazo, se entiende estimado (acto presunto) o desestimado (acto expreso). * Posteriormente, cabe recurso contencioso-administrativo o extraordinario de revisión. * Más información: Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ### Recurso potestativo de reposición * Tramitación electrónica Para interponer un recurso potestativo de reposición por vía electrónica, rellene el formulario en Mi carpeta. Es un recurso administrativo para que un órgano revise un acto dictado por él mismo. Es potestativo, permitiendo optar por el recurso contencioso-administrativo directamente. * Se interpone contra actos que ponen fin a la vía administrativa. * Se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto. * Plazo: 1 mes (acto expreso) o en cualquier momento (acto presunto). * Plazo de resolución: 1 mes (si no se notifica, se desestima). * Posteriormente, cabe recurso contencioso-administrativo. * Más información: Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • ## Descripción Toda persona profesional que trabaje en el ámbito de la experimentación animal en Euskadi deberá tener reconocida una capacitación por parte del Departamento de Alimentación,Desarrollo Rural,Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco. La adecuada capacitación del personal encargado del manejo de los animales utilizados para la experimentación y otros fines científicos y de docencia es un factor esencial en la preservación del bienestar de los animales. Los requisitos exigidos para otorgar dicha capacitación están establecidos en la [Orden ECC/566/2015,de 20 de marzo](https://www.boe.es/boe/dias/2015/04/01/pdfs/BOE-A-2015-3564.pdf),por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados,criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos,incluyendo la docencia. En el caso de personas que ya estuviesen facultadas por los órganos competentes para realizar las funciones correspondientes a las categorías establecidas conforme a la legislación anterior,el Gobierno Vasco entregará la homologación de dichas categorías/funciones junto con el mantenimiento de la capacitación. ## Certificado de capacitación en experimentación animal **A quién afecta la capacitación:** * A todo el personal que maneje animales utilizados,criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos,incluyendo la docencia. **Reconocimiento de la capacitación en el extranjero:** * Estados Miembros de la Unión Europea:El reconocimiento de la capacitación oficial para la realización de las Funciones por parte de las autoridades competentes de otro Estado Miembro surtirá efectos en todo el territorio nacional. * Terceros Estados:El reconocimiento de la capacitación obtenida en Terceros Estados garantizará que el reconocimiento previo se haya basado al menos en unos requisitos equivalentes a los exigidos en la Orden. *Nota:* Los cursos realizados en el extranjero deben ser equivalentes a los regulados en la Orden. La realización de un curso no equivale a la capacitación,es sólo un componente de la misma. ## Solicitud de mantenimiento de la capacitación - Establecer los criterios que seguirá la Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco para la resolución de las solicitudes de mantenimiento de la capacitación para el manejo de animales utilizados,criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos,incluida la docencia. - Describir el procedimiento que deben seguir las personas que solicitan el mantenimiento de la capacitación para el manejo de animales utilizados,criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos,incluida la docencia. * **CRITERIOS GENERALES QUE SE APLICARÁN PARA LA VALORACIÓN DE TODAS LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN CONTINUA** La duración mínima del conjunto de las actividades de formación continua que se deben realizar en el periodo de 8 años para mantener las diferentes capacitaciones,será la que establece la Orden ECC/566/2015 en su Anexo III: - 20 horas para la función a,cuidado de los animales. - 25 horas para la función b,eutanasia de los animales. - 45 horas para la función c,realización de los procedimientos. - 40 horas para la función d,diseños de los proyectos y procedimientos. - 90 horas para la función e,supervisión in situ del bienestar y cuidado de los animales. - 90 horas para la función f,veterinario designado. Se pueden aportar las mismas actividades formativas para acreditar la formación continua de más de una función. Para la acreditación de mantenimiento de varias funciones de forma simultánea,se tomará como referencia la que sea de duración superior. En el caso de las funciones a,b y c,las actividades formativas estarán enfocadas a los grupos de especies que se quieran mantener. No obstante,dado que parte del contenido puede ser común a varias especies,se podrán aportar las mismas actividades formativas para acreditar la formación continua en más de un grupo de especies. La formación continua se puede justificar con varias actividades formativas. Una sola actividad no podrá justificar todas las horas de formación continua necesarias para mantener una o varias funciones. Las actividades de formación continua,no precisarán la previa acreditación por parte de los órganos competentes. * **CRITERIOS ESPECÍFICOS QUE SE VALORARÁN PARA LOS DIFERENTES TIPOS DE ACTIVIDADES DE FORMACIÓN CONTINUA LLEVADAS A CABO EN ESTADOS MIEMBROS DE LA UNION EUROPEA** 1. *Cursos,talleres,ponencias y seminarios recibidos o impartidos* Este tipo de actividades pueden realizarse dentro de una jornada,congreso o como actividades formativas puntuales. Podrán ser presenciales o en formato online,y se acreditarán mediante diplomas o certificados de asistencia,emitidos por el organizador,en los que se mencione el contenido,y la duración. Contenido:El título de la actividad estará relacionado con los módulos correspondientes a la función de que se trate,de acuerdo al Anexo I de la Orden Ministerial. En el caso de que el título no presente información suficiente sobre la relación de la actividad con los temas de formación de los módulos,el interesado aportará un pequeño resumen explicativo que justifique la actividad como formación continua,atendiendo a los parámetros establecidos en el Anexo I. Duración:En el caso de asistencia a congresos o jornadas,únicamente se tendrán en cuenta aquellos seminarios o sesiones que versen sobre el tema de los módulos correspondientes a la función de que se trate,de acuerdo al Anexo I de la Orden Ministerial. Para justificar la duración,el programa del congreso o la actividad se incluirán con la documentación entregada en la solicitud. Cuando se trate de una actividad presencial,computará el total de horas de dicha actividad. Cuando se trate de una actividad online,pero que garantiza un examen final para la obtención del diploma,computará el total de horas de dicha actividad. Cuando se trate de una actividad online,sin examen para obtener el diploma,computará el 40 % del total de horas de dicha actividad. 2. *Adquisición de nuevas habilidades en el centro de trabajo o en otros centros* La adquisición de nuevos conocimientos o habilidades puede realizarse en el propio centro de trabajo o durante estancias fuera del centro. Para su justificación,la solicitud se acompañará de un certificado de la actividad en la que se incluyan las nuevas habilidades o métodos adquiridos,o la finalidad de la estancia. Este certificado deberá ir firmado por el la persona que ostenta el cargo de representante legal del centro donde se ha realizado la estancia. La duración de la actividad deberá ser incluida en el certificado,no pudiendo superar el 50% de las horas totales necesarias asignadas a cada función. 3. *Evaluación ética de proyectos* La pertenencia a un comité ético evaluador de proyectos con animales de experimentación se justificará con un certificado firmado por la secretaría del Comité de Ética en Experimentación Animal,o cargo institucional análogo,que justifique su pertenencia y participación activa en la evaluación de proyectos,incluyendo el periodo de tiempo de pertenencia al comité y el número de proyectos evaluados en ese período. Se podrá justificar 1 hora de formación continua por proyecto con animales de experimentación evaluado. Se podrán justificar por esta actividad el 50% de las horas requeridas para cada función. 4. *Publicaciones científicas (a),pertenencia a otros comités,comisiones o grupos de trabajo relacionados con la experimentación animal o sus alternativas (b),y formar parte del equipo investigador de proyectos con animales que cuenten con la autorización de la Diputación Foral correspondiente.* Este tipo de actividades permiten ampliar el conocimiento en campos concretos de la experimentación animal. El número máximo de publicaciones presentadas será de 3 y se adjuntará la primera página con el resumen. Se considerarán 5 horas para el primer o último autor,y 2 horas para el resto de los firmantes. El grupo de trabajo tendrá que estar relacionado con los resultados de aprendizaje de los módulos. Se adjuntará un certificado de la organización a la que pertenezca el grupo de trabajo en la que figure el solicitante,indicando el comité,comisión o grupo de trabajo,y las reuniones que se han mantenido,incluyendo la fecha y la duración de las mismas. Se adjuntará certificado de la persona responsable legal de la institución responsable de la creación de dicho comité,comisión o grupo de trabajo. Se considerarán 5 horas para la persona responsable del grupo de trabajo y 2 horas para el resto de componentes del grupo. Se podrá justificar formación continua con un máximo de pertenencia a 3 comités,comisiones,o grupos de trabajo relacionados con la experimentación animal o sus alternativas. Se adjuntará la autorización de la Diputación Foral correspondiente para cada proyecto de investigación con animales,en la que se incluya el equipo investigador. Se considerarán 5 horas para el Investigador responsable y 2 horas para el resto de los componentes por proyecto presentado. Se podrá justificar un número máximo de 3 proyectos autorizados por el órgano competente. El periodo máximo de horas que se podrá justificar con estas actividades será el 50% de las requeridas para cada función. * **CRITERIOS ESPECÍFICOS QUE SE VALORARÁN PARA LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN CONTINUA LLEVADAS A CABO EN ESTADOS NO MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA** La formación continua se regirá por los mismos criterios que en los Estados miembros de la Unión Europea. El trámite de solicitud será el mismo que el exigido para el personal cuya formación ha sido realizada en nuestro país. * **PLAZOS Y CERTIFICADO DE RECONOCIMIENTO** El mantenimiento de la capacitación se solicitará,al menos,cada 8 años,transcurridos desde la obtención de la capacitación inicial o desde su última renovación. La presentación de la solicitud de renovación se realizará antes de que se cumpla el citado periodo de 8 años. El plazo de resolución será de 3 meses desde la presentación de la solicitud al Departamento de Alimentación,Desarrollo Rural,Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco. Durante este tiempo,y aunque se hubieran superado en algunos meses,los ocho años desde la obtención de su capacitación,la persona podrá seguir realizando las funciones para las que está capacitada,mientras no se obtenga resolución,o bien se cumplan los tres meses de silencio administrativo. La dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco,emitirá un certificado de mantenimiento de la capacitación para la función y especie animal,o grupos de especies inicialmente reconocidas,señalando su periodo de vigencia. Una vez obtenida la renovación,cada persona deberá seguir manteniendo la capacitación concedida,al menos cada ocho años,mediante las actividades formativas reguladas en este decreto. De acuerdo al artículo 20 de la Orden Ministerial,el Departamento de Alimentación,Desarrollo Rural,Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco podrá suspender el reconocimiento de la capacitación si no se cumplen los requerimientos de formación continua regulados en este Decreto y retirarlo,previo expediente tramitado con audiencia del interesado. Si la solicitud,tras audiencia del interesado,fuera finalmente denegada,o no hubiera sido presentada por el solicitante,éste no podrá seguir realizando la función correspondiente y deberá capacitarse nuevamente mediante la realización de los cursos de formación teórico-prácticos. * **RECOMENDACIONES PARA LAS PERSONAS SOLICITANTES** No es necesario esperar a que se cumplan ocho años para solicitar la renovación de la capacitación. Unificar en la solicitud todas las acciones de formación continuada llevadas a cabo para las funciones y las especies o grupos de especies para las que se quiere mantener la capacitación. Adjuntar la documentación estrictamente necesaria para justificar la formación de acuerdo a las instrucciones proporcionadas en apartados previos. Para acreditar formación continua con asistencia a cursos,talleres,ponencias y seminarios,deberá adjuntarse el certificado de asistencia junto con el programa del curso,taller,ponencia o seminario,para que se puedan confirmar las horas justificadas,o bien éste se adjuntará al diploma,para que se puedan confirmar las horas justificadas. ## Solicitud de homologación de funciones Tener una Categoría según la anterior legislación,permite realizar determinadas Funciones con la siguiente equivalencia (Disposición transitoria de la Orden ECC/566/2015): • Categoría A:Cuidado de los animales (función a) y Eutanasia de los animales (función b) • Categoría B:Eutanasia de los animales (función b) y Realización de los procedimientos (función c) • Categoría C:Realización de los procedimientos (función c) y Diseño de los proyectos y procedimientos (función d) • Categoría D1:Asunción de la responsabilidad de la supervisión «in situ» del bienestar y cuidado de los animales (función e) • Categoría D2:Asunción de las funciones de veterinario designado (función f) y Eutanasia de los animales (función b) El Gobierno Vasco entregará la homologación de dichas categorías/funciones junto con el mantenimiento de la capacitación en experimentación animal. ## Normativa aplicable [Orden ECC/566/2015,de 20 de marzo,por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados,criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos,incluyendo la docencia](https://www.boe.es/boe/dias/2015/04/01/pdfs/BOE-A-2015-3564.pdf) ## Organismos ## Organismo que gestiona Alimentación,Desarrollo Rural,Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > **Dirección de Agricultura y Ganadería** ## Organismo que resuelve Alimentación,Desarrollo Rural,Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > **Dirección de Agricultura y Ganadería** ## Información de contacto ### Datos de contacto E-mail:[animalia-esp@euskadi.eus](mailto:animalia-esp@euskadi.eus) ### [Zuzenean:Servicio de atención a la ciudadanía](https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/zuzenean-atencion-ciudadana/) ## Código(s) * **Certificado de capacitación en experimentación animal:** 1252301 * **Solicitud de mantenimiento de la capacitación:** 1252302 * **Solicitud de homologación de funciones:** 1252303 ## Solicitud y aportación de documentación * [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/registro/experimentacion-animal/web01-tramite/es/#electronic_X88B4719C5D0EDC021C4C8ECCE473272813F8ACF) 1. Asegúrese de disponer de un [medio de identificación electrónica admitido](https://www.euskadi.eus/guia-para-la-identificacion-electronica/). 2. Prepare la documentación en [formato digital](https://www.euskadi.eus/guia-para-digitalizar-documentos/). 3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud. [Solicitud](https://www.euskadi.eus/y22-izapide/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=1252301&tipoPresentacion=1&language=es) ### [Documentación](https://www.euskadi.eus/registro/experimentacion-animal/web01-tramite/es/#electronic_X88B4719C5D0EDC021C4C8ECCE473272813F8ACF_documentation) * Copia del DNI * Copia del diploma del curso recibido en PDF * Funciones Cuidado de los Animales (a),Eutanasia de los Animales (b) o Realización de los Procedimientos (c):Certificado del periodo de trabajo supervisado realizado en un centro de trabajo. * Funciones de Diseño de los Procedimientos (d) o Supervisor del bienestar animal (e):Copia del título universitario. ### [Requisitos](https://www.euskadi.eus/registro/experimentacion-animal/web01-tramite/es/#electronic_requirements_X88B4719C5D0EDC021C4C8ECCE473272813F8ACF) * Para las funciones de Cuidado de los Animales (a),Eutanasia de los Animales (b) o Realización de los Procedimientos (c): [Información detallada](https://www.euskadi.eus/registro/experimentacion-animal/web01-tramite/es/#electronic_accreditation_X88969C50596D754EA77E2429DB796C581A93380_X88B4719C5D0EDC021C4C8ECCE473272813F8ACF) - Para obtener una de estas funciones no se necesita una formación académica previa. - Realizar un curso específico y posteriormente un periodo de trabajo supervisado en un centro usuario,suministrador o criador durante el cual la persona ejerza sus funciones bajo la supervisión de la persona designada y competente en la función que supervisa. * Para las funciones de Diseño de los Procedimientos (d) o Supervisor del bienestar animal (e): [Información detallada](https://www.euskadi.eus/registro/experimentacion-animal/web01-tramite/es/#electronic_accreditation_X8837EF3D0E069B1000D17AC43319805CFD2FF1A_X88B4719C5D0EDC021C4C8ECCE473272813F8ACF) - Realización de un curso específico habiendo obtenido previamente un título universitario. **Títulos universitarios requeridos:** Licenciado,Grado,Máster,Doctor o equivalentes,en Biología (animal),Medicina,Veterinaria o cualquier otra disciplina que incorpore en su programa formativo estudios sobre Biología y Fisiología animal. - La función de Diseño de los Procedimientos (d) puede obtenerla además,quienes posean un título de licenciado,grado,máster o doctor universitario diferente a los anteriores,siempre que durante el curso realicen un módulo adicional sobre fundamentos de Biología y Fisiología animal,orientado a la especie o grupo de especies involucradas. ### [Más información](https://www.euskadi.eus/registro/experimentacion-animal/web01-tramite/es/#electronic_X88B4719C5D0EDC021C4C8ECCE473272813F8ACF_moreInfo) Antes de comenzar: * Tenga en cuenta que debe disponer de un [medio de identificación electrónica](https://www.euskadi.eus/guia-para-la-identificacion-electronica/). * Prepare los documentos necesarios en [formato digital](https://www.euskadi.eus/guia-para-digitalizar-documentos/). Después,acceda al servicio electrónico,mediante el siguiente botón,y siga los 4 pasos que le indicamos: 1. Rellene el formulario de la solicitud. 2. Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente. 3. Firme la solicitud. 4. Envíe la solicitud y los documentos. * No es necesario cumplimentar,firmar y enviar el formulario en una única sesión,sino que,si lo desea,puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. 5. A continuación,verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo). Posteriormente,podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta/). * [Medios de identificación electrónica admitidos](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/contenidos/informacion/certificados_admitidos/es_cert_ele/index.shtml) ## Solicitud y aportación de documentación * [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/registro/experimentacion-animal/web01-tramite/es/#electronic_X882DA0E3A5E89C3241FA4E3F34FEDB99243AF70) 1. Asegúrese de disponer de un [medio de identificación electrónica admitido](https://www.euskadi.eus/guia-para-la-identificacion-electronica/). 2. Prepare la documentación en [formato digital](https://www.euskadi.eus/guia-para-digitalizar-documentos/). 3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud. [Solicitud](https://www.euskadi.eus/y22-izapide/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=1252302&tipoPresentacion=1&language=es) ### [Documentación](https://www.euskadi.eus/registro/experimentacion-animal/web01-tramite/es/#electronic_X882DA0E3A5E89C3241FA4E3F34FEDB99243AF70_documentation) * Copia del reconocimiento oficial de la capacitación inicial/ para la/s función/es o categoría/s para la/s que se solicita/n el mantenimiento de la capacitación. * Acreditación documental de la actividad formativa: [instrucciones](https://www.euskadi.eus/registro/experimentacion-animal/web01-tramite/es/#electronic_other_X88CDCC873D4F72226C4598AFBE3D7ABF5A74D53_X882DA0E3A5E89C3241FA4E3F34FEDB99243AF70) - Cursos,talleres,jornadas y seminarios - Estancias en centros de investigación - Evaluación ética de proyectos de experimentación animal - Publicaciones científicas,informes científico-técnicos - Pertenencia a otros comités,comisiones,grupos de trabajo relacionados con experimentación animal - Pertenencia a equipo investigador de proyectos de experimentación animal - Otras actividades ### [Más información](https://www.euskadi.eus/registro/experimentacion-animal/web01-tramite/es/#electronic_X882DA0E3A5E89C3241FA4E3F34FEDB99243AF70_moreInfo) Antes de comenzar: * Tenga en cuenta que debe disponer de un [medio de identificación electrónica](https://www.euskadi.eus/guia-para-la-identificacion-electronica/). * Prepare los documentos necesarios en [formato digital](https://www.euskadi.eus/guia-para-digitalizar-documentos/). Después,acceda al servicio electrónico,mediante el siguiente botón,y siga los 4 pasos que le indicamos: 1. Rellene el formulario de la solicitud. 2. Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente. 3. Firme la solicitud. 4. Envíe la solicitud y los documentos. * No es necesario cumplimentar,firmar y enviar el formulario en una única sesión,sino que,si lo desea,puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. 5. A continuación,verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo). Posteriormente,podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta/). * [Medios de identificación electrónica admitidos](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/contenidos/informacion/certificados_admitidos/es_cert_ele/index.shtml) ## Resolución y recursos ### Plazo de resolución 3 meses desde la presentación de la solicitud. ## Solicitud y aportación de documentación. * [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/registro/experimentacion-animal/web01-tramite/es/#electronic_X88AD3BF2B20F10EB57D7DBED6EC92EEBFC17377) 1. Asegúrese de disponer de un [medio de identificación electrónica admitido](https://www.euskadi.eus/guia-para-la-identificacion-electronica/). 2. Prepare la documentación en [formato digital](https://www.euskadi.eus/guia-para-digitalizar-documentos/). 3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud. [Solicitud](https://www.euskadi.eus/y22-izapide/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=1252303&tipoPresentacion=1&language=es%20) ### [Más información](https://www.euskadi.eus/registro/experimentacion-animal/web01-tramite/es/#electronic_X88AD3BF2B20F10EB57D7DBED6EC92EEBFC17377_moreInfo) Antes de comenzar: * Tenga en cuenta que debe disponer de un [medio de identificación electrónica](https://www.euskadi.eus/guia-para-la-identificacion-electronica/). * Prepare los documentos necesarios en [formato digital](https://www.euskadi.eus/guia-para-digitalizar-documentos/). Después,acceda al servicio electrónico,mediante el siguiente botón,y siga los 4 pasos que le indicamos: 1. Rellene el formulario de la solicitud. 2. Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente. 3. Firme la solicitud. 4. Envíe la solicitud y los documentos. * No es necesario cumplimentar,firmar y enviar el formulario en una única sesión,sino que,si lo desea,puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. 5. A continuación,verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo). Posteriormente,podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta/). * [Medios de identificación electrónica admitidos](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/contenidos/informacion/certificados_admitidos/es_cert_ele/index.shtml)

  • ## Resumen Este trámite está dirigido a profesionales que trabajan con animales en experimentación en Euskadi. Permite obtener el reconocimiento oficial de su capacitación por parte del Gobierno Vasco. **Quién puede usar este servicio:** * Personal que maneja animales para experimentación, fines científicos o docencia en Euskadi. **Antes de empezar:** * Es necesario disponer de un medio de identificación electrónica admitido. * Prepare la documentación requerida en formato digital. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Copia del DNI. * Copia del diploma del curso recibido en PDF. * Para funciones de Cuidado de los Animales (a), Eutanasia de los Animales (b) o Realización de los Procedimientos (c): Certificado del periodo de trabajo supervisado realizado en un centro de trabajo. * Para funciones de Diseño de los Procedimientos (d) o Supervisor del bienestar animal (e): Copia del título universitario. * Copia del reconocimiento oficial de la capacitación inicial/ para la/s función/es o categoría/s para la/s que se solicita/n el mantenimiento de la capacitación. * Acreditación documental de la actividad formativa: Cursos, talleres, jornadas y seminarios, Estancias en centros de investigación, Evaluación ética de proyectos de experimentación animal, Publicaciones científicas, informes científico-técnicos, Pertenencia a otros comités, comisiones, grupos de trabajo relacionados con experimentación animal, Pertenencia a equipo investigador de proyectos de experimentación animal, Otras actividades. **Requisitos previos:** * Para las funciones de Cuidado de los Animales (a), Eutanasia de los Animales (b) o Realización de los Procedimientos (c): No se necesita formación académica previa, pero se requiere un curso específico y un periodo de trabajo supervisado. * Para las funciones de Diseño de los Procedimientos (d) o Supervisor del bienestar animal (e): Se requiere un título universitario en Biología (animal), Medicina, Veterinaria o disciplina similar. Para la función de Diseño de los Procedimientos (d), también se acepta otro título universitario con un módulo adicional sobre Biología y Fisiología animal. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido. 2. Prepare la documentación en formato digital. 3. Acceda al formulario online a través de los siguientes enlaces y rellene los datos de la solicitud: * Solicitud de Certificado de capacitación en experimentación animal * Solicitud de mantenimiento de la capacitación * Solicitud de homologación de funciones **Información sobre cada etapa:** * Rellene el formulario de la solicitud. * Adjunte los documentos requeridos. * Firme la solicitud. * Envíe la solicitud y los documentos. **Tiempos de espera:** * El plazo de resolución es de 3 meses desde la presentación de la solicitud. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco emitirá un certificado de mantenimiento de la capacitación, si procede. **Plazos de resolución:** * 3 meses desde la presentación de la solicitud. **Siguientes pasos:** * Podrá realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta. ## Ayuda **Contacto:** * E-mail: animalia-esp@euskadi.eus * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía **Recursos adicionales:** * Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo * Medios de identificación electrónica admitidos ## Normativa aplicable * Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia

  • ## Resumen Este trámite permite comunicar a la administración que se ha constituido la garantía financiera necesaria para cubrir la responsabilidad medioambiental derivada de ciertas actividades. ## A quién va dirigido Este trámite es obligatorio para los operadores de actividades incluidas en el anexo III de la Ley 26/2007, según el nivel de prioridad establecido en la Orden APM/1040/2017: * Nivel de prioridad 1: Desde el 10 de octubre de 2018. * Nivel de prioridad 2: Desde el 10 de octubre de 2019. * Nivel de prioridad 3: Fecha aún sin determinar. Un operador con varias actividades puede realizar análisis de riesgos separados o uno único, aplicando el nivel de prioridad más exigente. ## Lo que necesitas * **Documentación requerida:** * Declaración responsable. * Análisis de riesgos medioambientales. * Certificado del seguro, aval o reserva técnica en vigor (si aplica). * Certificado EMAS o ISO 14001 en vigor (si aplica). ## Cómo hacerlo 1. **Tramitación electrónica:** Accede a la aplicación de tramitación electrónica a través del enlace proporcionado. 2. **Cumplimentar la solicitud:** Rellena el formulario de solicitud con la información requerida. 3. **Adjuntar documentación:** Adjunta los documentos necesarios en formato digital (PDF u otros formatos admitidos). 4. **Firma y envío:** Firma electrónicamente la solicitud y envíala junto con la documentación adjunta. **Nota:** Puedes guardar el borrador de la solicitud y continuar en sesiones posteriores. La administración conservará los datos durante un mes. ## Otros trámites * **Modificación de datos de notificación y comunicación:** Puedes modificar tus datos de contacto y preferencias de comunicación a través de Mi Carpeta, siempre que el expediente esté abierto. ## Ayuda * **Contacto:** * CAU de Servicios electrónicos: * Araba: 945.016.440 * Bizkaia: 944.032.440 * Gipuzkoa: 943.022.440 * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

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