Euskadi bonodenda 2024 - Gobierno Vasco
Información Rápida
Objetivo
Fomentar el consumo en establecimientos comerciales y de servicios de la CAPV mediante bonos descuento para los ciudadanos.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos mayores de 16 años residentes en la CAE y comercios minoristas de la CAPV que cumplan los requisitos.
Requisitos principales
- Ciudadanos: Ser mayor de 16 años y residente en la CAE.
- Comercios: Ser autónomo, microempresa o pequeña empresa con actividad comercial minorista en la CAPV, dentro de los epígrafes CNAE especificados.
Plazos
El plazo de adhesión para comercios es del 24 al 30 de octubre de 2024.
Duración del trámite
Variable, dependiendo del comercio y la gestión de las Cámaras de Comercio.
Información adicional
La gestión del programa corresponde a las Cámaras de Comercio de cada Territorio Histórico.
Resumen
Este programa de ayudas tiene como objetivo impulsar el consumo de bienes y servicios en establecimientos comerciales y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana en la CAPV. Se implementa a través de bonos descuento disponibles para los ciudadanos de Euskadi al comprar en los comercios adheridos. La gestión del programa está a cargo de las Cámaras de Comercio de cada Territorio Histórico.
A quién va dirigido
- Personas físicas: Consumidores mayores de 16 años residentes en cualquier municipio de la CAE.
- Comercio minorista: Autónomos, microempresas y pequeñas empresas con establecimientos comerciales en la CAPV, incluidos en los epígrafes CNAE especificados.
Normativa
Información de contacto
- CÁMARAS DE COMERCIO POR TERRITORIO:
- CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE ÁLAVA: 945141800
- CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE BILBAO: 944706500
- CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE GIPUZKOA: 943000308
- Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Proceso de Adhesión y Gestión del Programa "Euskadi Bono-Denda"
Los comercios que deseen adherirse deben formalizar la solicitud a través de: http://euskadibonodenda.eus/. El plazo de adhesión es del 24 al 30 de octubre de 2024. Las Cámaras comunicarán la admisión o el rechazo, así como el número de bonos asignados. Se facilitará documentación y material promocional. Los comercios no podrán reservar bonos y deben exponer su participación en el programa.
Resolución y recursos
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Recurso de alzada
- Tramitación electrónica
El recurso de alzada es un recurso administrativo para revisar un acto dictado por un órgano dependiente jerárquicamente.
- Se interpone contra actos que no ponen fin a la vía administrativa o actos de trámite que deciden sobre el fondo del asunto.
- Se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto o su superior jerárquico.
- Plazo: 1 mes (acto expreso) o 3 meses (acto presunto).
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Si no se notifica la resolución en plazo, se entiende estimado (acto presunto) o desestimado (acto expreso).
- Posteriormente, cabe recurso contencioso-administrativo o extraordinario de revisión.
- Más información: Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Recurso potestativo de reposición
- Tramitación electrónica
Para interponer un recurso potestativo de reposición por vía electrónica, rellene el formulario en Mi carpeta.
Es un recurso administrativo para que un órgano revise un acto dictado por él mismo. Es potestativo, permitiendo optar por el recurso contencioso-administrativo directamente.
- Se interpone contra actos que ponen fin a la vía administrativa.
- Se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto.
- Plazo: 1 mes (acto expreso) o en cualquier momento (acto presunto).
- Plazo de resolución: 1 mes (si no se notifica, se desestima).
- Posteriormente, cabe recurso contencioso-administrativo.
- Más información: Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.