Entidades autorizadas que actúan en el campo reglamentario de Seguridad Industrial en actividades de inspección.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Entidades autorizadas que actúan en el campo reglamentario de Seguridad Industrial en actividades de inspección.

Objeto

Tramitación de autorizaciones como Organismos de Control.

Destinatarios/as

Organismos de Control Autorizados en el ámbito de la CAPV.

Normativa reguladora
  • Ley 8/2004, de 26 de noviembre (BOPV 29/11/2004) de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

  • Ley 21/1992, de 16 de julio (BOE 23/07/1992), de Industria.

  • Real Decreto 2200/95, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial. (BOE 06/02/1996).

  • Real Decreto 411/97, de 21 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 2200/95, de 28 de diciembre. (BOE 26-04-97).

  • Resolución de 1 de julio de 1997, de la Dirección de Administración de Industria, Energía y Minas por la que se aprueban Instrucciones Provisionales en relación con la notificación de actuación de los Organismos de Control Autorizados por otras Comunidades Autónomas.


Personas de contacto

Delegación Territorial de Álava
Tel.: 945 01 77 70

Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tel.: 943 02 25 00

Delegación Territorial de Bizkaia
Tel.: 94 403 14 00

Documentación a aportar

Autorización de Organismos de Control: Conforme al Procedimiento establecido en el Real Decreto 2200/95.

Condiciones y requisitos para la autorización de actuación:

a. Disponer previamente de acreditación como Organismo de Control realizada por una entidad de acreditación designada por la Administración Pública competente.

b. En el caso de autorización para realizar inspecciones de la seguridad de instalaciones industriales, deberá disponer de las instalaciones, medios materiales, así como del personal con la adecuada formación profesional, técnica y reglamentaria necesarias, para atender, como mínimo, al 5% de las instalaciones existentes en el territorio donde solicite la autorización.

c. Disponer de procedimientos específicos para el tratamiento de las reclamaciones que puedan recibirse de clientes u otras partes afectadas por sus actividades, y mantener un archivo con todas las reclamaciones recibidas y actuaciones adoptadas respecto a las mismas.

d. Suscribir pólizas de seguros que cubran los riesgos de su responsabilidad, por una cuantía mínima de 200.000.000 de pesetas, sin que la cuantía de la póliza limite dicha responsabilidad.

Dicha cuantía quedará anualmente actualizada en función del Indice de Precios al Consumo

Documentación necesaria:

  • Solicitud.

  • Declaración del estatuto jurídico, propiedad y fuentes de financiación de la entidad.

  • Estatutos o normas por las que se rija el Organismo.

  • Certificado de acreditación para la actividad para la que se solicita la autorización, emitido por parte de una Entidad de Acreditación.

  • Copia de la póliza de seguros establecida.

  • Comunicación de las tarifas que pretendan aplicar en Euskadi.

  • Comunicar responsable y forma de comunicación para casos de emergencia.

  • Una vez autorizado deberá presentar los datos precisos para su inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales. (ver Sección R.I.)

Notificación de actuación de Organismos de Control Autorizados en otra Comunidad Autónoma: Conforme al Procedimiento establecido en el Real Decreto 2200/95 y en la Resolución de la Dirección de Administración de Industria, Energía y Minas de 1 de julio de 1997.

Aquellos Organismos de Control que hayan obtenido la autorización como tales Organismos por parte de la Comunidad Autónoma donde inicien su actividad o radiquen sus instalaciones, y que pretendan actuar en el territorio de esta Comunidad Autónoma, deberán presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud dirigida a la Dirección de Administración de Industria y Minas, indicando expresamente cada uno de los campos en los que pretende actuar.


  • Documento de identificación del Organismo solicitante: Razón Social, localización, forma jurídica, ...


  • Organización de la entidad, con expresa mención a la dependencia del personal asignado en esta Comunidad Autónoma, para el ejercicio de las funciones que se pretenden.


  • Copia auténtica de la Resolución de Autorización como Organismo de Control concedida por la Comunidad Autónoma de origen, con expresa mención de la fecha de publicación de dicha autorización en el Boletín Oficial del Estado, así como, cuando sea necesario, en función del contenido de la referida Resolución, copia, en las mismas condiciones, del Certificado de Acreditación emitido por la Entidad Nacional de Acreditación, junto con sus Anexos.


  • Declaración emitida por el representante del Organismo de Control, entendiéndose como tal, aquella persona que tenga poder suficiente para actuar en nombre y representación del Organismo de Control, en la que se manifieste:


  • Que se dispone en la Comunidad Autónoma del País Vasco de las instalaciones, medios materiales y personal con la adecuada formación profesional, técnica y reglamentaria necesarias para atender, como mínimo, al 5% de las instalaciones correspondientes a cada especialidad, existentes en esta Comunidad Autónoma.


  • Que el personal destinado al ejercicio de las funciones propias del Organismo de Control, conoce la Reglamentación Técnica vigente en esta Comunidad Autónoma.


  • Que el Organismo de Control tiene capacidad suficiente para realizar las inspecciones previstas en la reglamentación referida en el punto anterior.


  • Relación de los medios técnicos disponibles que sean necesarios, en su caso, para la realización de las inspecciones, cuando tales medios estén previstos de forma específica por la reglamentación citada en el punto anterior, o en su defecto declaración de la disponibilidad de tales medios.


  • Indicación del sistema de localización para la atención de emergencias y oficina que atenderá las demandas de servicio en esta Comunidad.


  • Tarifas que se propone aplicar en cada uno de los campos reglamentarios en los que se solicita actuar. Esta documentación se podrá diferir hasta el momento del comienzo de la actividad.


  • Solicitud de inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales (ver sección R.I.)


Tasas a aplicar

Reguladas por la Ley 13/1998, de mayo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV nº 13 de 20-7-98).

Plazo de presentacion

Durante todo el año.


Lugar presentación solicitudes

Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770

Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022500

Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400

Descripción de los trámites

No se describen.


Órgano que resuelve

Dirección de Administración y Seguridad Industrial.


Plazo de resolución

3 meses.

Efectos del silencio

Estimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

No hay.

Otros documentos

No hay.


Observaciones

No hay.

Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

16/09/2016



Oficinas de la administración

Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto

Avenida Montevideo 18, 48013, Bilbao

Tknika-Centro de Innovacion para la Formacion Profesional

Barrio Zamalbide S/N, 20100, Errenteria

Artatzu Goiko Irale Irakastegia

Camino Artazu 5, 48003, Bilbao

Elika Fundación Vasca para la Seguridad Agroalimentaria

Calle Granja Modelo s/n, 01194, Alegría-Dulantzi

Centro Territorial de Gipuzkoa

Camino Maldatxo S/N, 20012, Donostia/San Sebastián

Centro Vasco de Transfusiones y Tejidos Humanos

Barrio Labeaga S/N, 48960, Galdakao

Delegacion Territorial de Araba-Educacion

Calle San Prudencio 18, 01005, Vitoria-Gasteiz

Cip Samaniego IPI

Calle Monseñor Estenaga 1, 01002, Vitoria-Gasteiz

Ivei-Instituto Vasco de Evaluacion e Investigacion Educativa

Calle Asturias 9, 48015, Bilbao

Fundación Basque Team Fundazioa.

Avenida De los Chopos S/N, 48992, Getxo

Unibasq - Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco

Calle San Prudencio 8, 01005, Vitoria-Gasteiz

Delegación Territorial de Bizkaia

Calle General Ochoa 23, 48010, Bilbao

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