Gobierno Vasco

  • ## Resumen El concurso literario escolar Urruzuno busca fomentar la literatura y la calidad escrita en euskera entre los estudiantes. El premio principal es una estancia de 5 días con actividades relacionadas con la escritura y la cultura vasca. Quién puede usar este servicio: Alumnado de niveles no universitarios (Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio y ESO). ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Trabajo literario en formato Word. * Formulario de solicitud. Requisitos previos: * Ser alumno de 1º y 2º de Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio (Categoría A), o de 3º y 4º de ESO (Categoría B). * Presentar trabajos originales e inéditos, escritos en euskera, que no hayan sido premiados anteriormente. * Cumplir con la extensión requerida para cada categoría y género literario (prosa o poesía). Costes y plazos: * Este trámite es gratuito. * El plazo de resolución es antes de junio de 2025. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Rellena los formularios solicitados. 2. Prepara la documentación requerida en formato digital. 3. Accede a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón, asegurándote de tener un medio de identificación electrónica admitido. ## Después de hacerlo Qué sucede después: El jurado elevará la propuesta de resolución a la Viceconsejera de Educación, quien dictará y notificará la resolución oportuna a los interesados antes de junio de 2025. La resolución se publicará en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Administración Pública de la CAE (https://euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios/resoluciones/). ## Ayuda Contacto: Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía (https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/zuzenean-atencion-ciudadana/) Recursos adicionales: * Bases del concurso * Cartel del concurso * Medios de identificación electrónica admitidos ## Otros trámites * Renuncia: Se puede renunciar a la continuación del procedimiento en cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución. Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento. Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas * Ampliar información: Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que aporte nueva documentación en el plazo de 15 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.

  • ## Resumen Este trámite permite a farmacéuticos colegiados optar a la titularidad de una nueva oficina de farmacia en Astigarraga, dentro de la Zona Farmacéutica de Hernani. **Quién puede usar este servicio:** Farmacéuticos colegiados que cumplan los requisitos. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** Acreditar la titulación de farmacéutico. * **Costes:** No especificado. * **Plazos:** * Alegaciones contra el acuerdo de puntuaciones provisionales: 10 días desde la publicación en el BOPV. * Recurso de alzada contra el acuerdo de puntuaciones definitivas: 1 mes desde la publicación en el BOPV. * Recurso de alzada contra la resolución de creación de oficina de farmacia: 1 mes desde la publicación en el BOPV. ## Cómo hacerlo 1. **Preparar la documentación:** Digitalizar los documentos necesarios en formato PDF u otros formatos admitidos. 2. **Acceder a la solicitud electrónica:** A través del enlace proporcionado. 3. **Rellenar el formulario:** Completar todos los campos requeridos. 4. **Adjuntar documentos:** Subir los documentos digitalizados. 5. **Firmar y enviar:** Utilizar un medio de identificación electrónica admitido para firmar y enviar la solicitud. Enlace a la tramitación electrónica: [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/concurso-farmacias-astigarraga-2024/web01-tramite/es/#electronic_X8892C74FACB57B6D7FAA7F83B646221CF3710FE) ## Después de hacerlo * El seguimiento del expediente se realiza a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta). * La resolución se publicará en el BOPV. ## Ayuda * **Contacto:** * Servicio de Ordenación Farmacéutica, Dirección de Farmacia, Departamento de Salud. * C/ Donostia-San Sebastián, 1, 01001 Vitoria-Gasteiz. * Tfno.: 945019269 * E-mail: [ordfarma-san@euskadi.eus](mailto:ordfarma-san@euskadi.eus) * **Recursos adicionales:** * [Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía](https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/zuzenean-atencion-ciudadana/) * [PREGUNTAS FRECUENTES PARA ALEGAR MÉRITOS, RELLENAR EL FORMULARIO ELECTRÓNICO Y ADJUNTAR DOCUMENTACIÓN EN LAS SOLICITUDES DEL CONCURSO DE CREACIÓN DE OFICINAS DE FARMACIA REALIZADO A TRAVÉS DE LA SEDE ELECTRÓNICA DEL GOBIERNO VASCO. ](https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/concurso_farm_astigarraga_2024/procedures/proc_20246311090951/es_def/adjuntos/PREGUNTAS-FRECUENTES_ES.pdf)

  • ## Resumen Este trámite permite proponer candidaturas para el reconocimiento de actuaciones destacadas en el ámbito de las emergencias y la protección civil en la Comunidad Autónoma de Euskadi. **¿Quién puede proponer?** Administraciones públicas, instituciones, entidades, organizaciones o agrupaciones profesionales o voluntarias, las empresas públicas o privadas de las que dependan servicios esenciales o complementarios del Sistema Vasco de Atención de Emergencias y Protección Civil. ## Tipos de Distinciones ### Medalla con distintivo rojo Se otorga a personas que hayan realizado actos o actuaciones extraordinarias demostrando entrega, valor, espíritu humanitario o solidaridad social ante una emergencia que ponga en peligro a personas o bienes. Criterios de valoración: * Dificultad de las circunstancias. * Penosidad de las acciones. * Superación de los estándares básicos exigibles. * Impacto en la salvaguarda de personas o bienes. * Impacto en la imagen del Sistema Vasco de Atención de Emergencias y Protección Civil. ### Medalla con distintivo verde Se concede por actos o actuaciones meritorias, tales como: * Servicios sobresalientes, exitosos o meritorios del personal de los servicios esenciales o complementarios del Sistema Vasco de Atención de Emergencias y Protección Civil. * Acciones meritorias de ciudadanos que contribuyan a la protección de personas y bienes en una emergencia. * Cooperación con las autoridades competentes en acciones de previsión, prevención, planificación, intervención o recuperación. * Colaboración en el desarrollo y perfeccionamiento de la gestión de emergencias y la protección civil. ### Placa-diploma al mérito en emergencias y protección civil Se otorga a personas jurídicas, públicas o privadas, que destaquen por su actuación o actividad en el ámbito de la atención a las emergencias y la protección civil. ## Cómo hacerlo 1. **Preparar la documentación:** Reunir la documentación necesaria que justifique la propuesta de reconocimiento. 2. **Tramitación electrónica:** Acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del enlace proporcionado. 3. **Cumplimentar la solicitud:** Rellenar el formulario de solicitud con la información requerida. 4. **Adjuntar documentación:** Adjuntar la documentación necesaria en formato digital (PDF u otros formatos admitidos). 5. **Firmar y enviar:** Firmar electrónicamente la solicitud y enviarla junto con la documentación adjunta. 6. **Acuse de recibo:** Verificar la recepción del acuse de recibo que confirma el envío de la solicitud. 7. **Seguimiento:** Realizar el seguimiento del expediente a través de Mi carpeta. ## Documentación Necesaria * Identificación de la entidad proponente. * Datos de la persona física o jurídica propuesta para la distinción. * Distinción solicitada (especificando el distintivo en caso de medalla). * Dirección a efectos de notificación de la proponente y de la persona propuesta. * Memoria detallada de los actos, actuaciones o actividades meritorias, justificando la propuesta. * Cualquier otra documentación que la persona proponente considere pertinente. ## Recursos * **Recurso de alzada:** Puede interponerse contra actos que no pongan fin a la vía administrativa. Plazo: 1 mes (acto expreso) o 3 meses (acto presunto). * **Recurso potestativo de reposición:** Puede interponerse contra actos que pongan fin a la vía administrativa. Plazo: 1 mes (acto expreso). ## Normativa Aplicable * DECRETO 253/2017, de 21 de noviembre * DECRETO 30/2019, de 26 de febrero * ORDEN de 13 de septiembre de 2024 ## Información de Contacto * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar el reconocimiento a aquellas personas u organizaciones que han destacado en la atención de emergencias y protección civil en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Se busca reconocer tanto a los profesionales del sector como a los ciudadanos que colaboran en la protección de personas y bienes en situaciones de riesgo. ### Quién puede usar este servicio Administraciones públicas, instituciones, entidades, organizaciones, agrupaciones profesionales o voluntarias, y empresas públicas o privadas que dependan de servicios esenciales o complementarios del Sistema Vasco de Atención de Emergencias y Protección Civil pueden proponer candidatos. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Identificación de la entidad proponente. * Datos de la persona física o jurídica propuesta para la distinción. * Distinción solicitada (especificando el distintivo en caso de medalla). * Dirección de la persona proponente y de la persona propuesta para notificaciones. * Memoria detallada de los actos, actuaciones o actividades meritorias, justificando la distinción propuesta. * Cualquier otra documentación que la persona proponente considere relevante. ### Requisitos previos * Ser propuesto por alguna de las administraciones y organizaciones del Sistema Vasco de Atención de Emergencias y Protección Civil. * Disponer de un medio de identificación electrónica. * Preparar los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos). ### Costes y plazos El trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón "Solicitud". 2. Rellenar el formulario de solicitud. 3. Adjuntar los documentos requeridos. 4. Firmar la solicitud. 5. Enviar la solicitud y los documentos. ### Información sobre cada etapa * La Administración conservará los datos cumplimentados durante un mes. * Es necesario disponer de un medio de identificación electrónica. * Los documentos deben estar en formato digital (PDF o formatos admitidos). ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez enviada la solicitud, se mostrará una pantalla de acuse de recibo. Posteriormente, se podrá realizar el seguimiento del expediente a través de Mi carpeta. ### Recursos Contra la resolución se puede interponer: * **Recurso de alzada:** Se puede tramitar electrónicamente a través de Mi carpeta. El plazo para interponerlo es de 1 mes si el acto es expreso y 3 meses si es presunto. La Administración tiene 3 meses para resolverlo. Si no se notifica la resolución en ese plazo, el recurso se entenderá estimado si el acto recurrido es presunto y desestimado si es expreso. Más información: Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas * **Recurso potestativo de reposición:** Se puede tramitar electrónicamente a través de Mi carpeta. El plazo para interponerlo es de 1 mes si el acto es expreso. La Administración tiene 1 mes para resolverlo. Si no se notifica la resolución en este plazo, se entiende desestimado el recurso. Más información: Título V. Capítulo II. Recursos administrativos, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ## Ayuda ### Contacto * Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía ### Recursos adicionales * Medios de identificación electrónica admitidos * Otros trámites disponibles a través de Mi carpeta: Aportación de documentación, Ampliar información, Requerimiento, Modificación de los datos de notificación y comunicación, Subsanación de la documentación, Ampliación de plazo, Desistimiento, Renuncia. ### Normativa * DECRETO 253/2017, de 21 de noviembre, sobre las distinciones del Gobierno Vasco en materia de atención de emergencias y protección civil * DECRETO 30/2019, de 26 de febrero, de modificación del Decreto sobre la participación voluntaria de la ciudadanía en el sistema vasco de atención de emergencias y del Decreto de distinciones del Gobierno Vasco en materia de atención de emergencias y protección civil * ORDEN de 13 de septiembre de 2024, del Consejero de Seguridad, por la que se inicia el procedimiento para la concesión de las medallas o placas diploma en materia de atención de emergencias y protección civil.

  • ## Información y Orientación sobre Normativa Alimentaria La Dirección de Calidad y Promoción Alimentaria del Gobierno Vasco ofrece un servicio de información y orientación sobre la normativa que afecta a los productos alimentarios de la CAPV,incluyendo etiquetado,información alimentaria,envasado e ingredientes. La consulta se realiza a través de la tramitación electrónica y se obtiene una respuesta coordinada por el Servicio de Calidad y Control del Fraude Alimentario. ## Normativa Aplicable [Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas](https://www.boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-10565-consolidado.pdf) ## Organismos ### Organismo que gestiona Alimentación,Desarrollo Rural,Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > **Dirección de Calidad y Promoción Alimentaria** ### Organismo que resuelve Alimentación,Desarrollo Rural,Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > **Dirección de Calidad y Promoción Alimentaria** ## Información de Contacto ### Datos de contacto [Zuzenean:Servicio de atención a la ciudadanía](https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/zuzenean-atencion-ciudadana/) ## Realiza tu consulta [Tramitación electrónica](https://www.euskadi.eus/comunicacion/consultas-al-servicio-de-calidad-y-control-del-fraude-alimentario/web01-tramite/es/#electronic_X88FAC1EC6ED46B26DF606DEAABFCA5E271D2E35) 1. Asegúrese de disponer de un [medio de identificación electrónica admitido](https://www.euskadi.eus/guia-para-la-identificacion-electronica/). 2. Prepare la documentación en [formato digital](https://www.euskadi.eus/guia-para-digitalizar-documentos/). 3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud. [CONSULTAS](https://www.euskadi.eus/y22-izapide/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=1253001&tipoPresentacion=1&language=es) [Más información](https://www.euskadi.eus/comunicacion/consultas-al-servicio-de-calidad-y-control-del-fraude-alimentario/web01-tramite/es/#electronic_X88FAC1EC6ED46B26DF606DEAABFCA5E271D2E35_moreInfo) Antes de comenzar: * Tenga en cuenta que debe disponer de un [medio de identificación electrónica](https://www.euskadi.eus/guia-para-la-identificacion-electronica/). * Prepare los documentos necesarios en [formato digital](https://www.euskadi.eus/guia-para-digitalizar-documentos/). Después,acceda al servicio electrónico,mediante el siguiente botón,y siga los 4 pasos que le indicamos: 1. Rellene el formulario de la comunicación. 2. Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente. 3. Firme la comunicación. 4. Envíe la comunicación y los documentos. * No es necesario cumplimentar,firmar y enviar el formulario en una única sesión,sino que,si lo desea,puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. 5. A continuación,verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo). Posteriormente,podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de [Mi carpeta](https://www.euskadi.eus/micarpeta/). [Medios de identificación electrónica admitidos ](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/contenidos/informacion/certificados_admitidos/es_cert_ele/index.shtml)

  • ## Resumen Este servicio permite realizar consultas a la Dirección de Calidad y Promoción Alimentaria del Gobierno Vasco sobre la interpretación de la normativa que afecta a los productos alimentarios de la CAPV. Se abordan temas como etiquetado, información alimentaria, envasado e ingredientes. ## Cómo hacerlo 1. **Preparación:** * Asegúrate de tener un medio de identificación electrónica admitido. * Prepara la documentación en formato digital. 2. **Acceso y cumplimentación:** * Accede al formulario online mediante el siguiente botón y rellena los datos de la solicitud: CONSULTAS 3. **Pasos a seguir en el servicio electrónico:** 1. Rellena el formulario de la comunicación. 2. Adjunta los documentos que has preparado anteriormente. 3. Firma la comunicación. 4. Envía la comunicación y los documentos. * No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión; puedes guardarlo y continuar en sesiones sucesivas. 4. **Confirmación:** * Verás una pantalla que indica que el envío se ha realizado correctamente (acuse de recibo). 5. **Seguimiento:** * Realiza el seguimiento de tu expediente a través de Mi carpeta. ## Información Adicional * Medios de identificación electrónica admitidos ## Normativa aplicable * Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

  • Control de las actuaciones de los Organismos de Control que actúen en la CAPV

     

    Departamento / Organismo Autónomo

    Desarrollo Económico y Competitividad


    Órgano gestor

    Dirección de Administración y Seguridad Industrial


    Objeto

    Garantizar que los organismos de control que actúan en la Comunidad Autónoma del País Vasco mantienen las condiciones de acreditación en las materias en que están autorizados y actúan de acuerdo con la naturaleza del objeto para el cuál están autorizadas.

    Destinatarios/as

    Todos los Organismos de Control autorizados vigentes en la CAPV

    Normativa reguladora
    • Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de la infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial.
    • Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de la infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial.
    • RESOLUCIÓN de 1 de julio de 1997, de la Directora de Administración de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban Instrucciones Provisionales en relación con la notificación de actuación de los Organismos de Control autorizados por otras Comunidades Autónomas.
    • Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (B.O.E. 23/06/92)
    • LEY 8/2004, de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi (B.O.P.V. 29/11/2004)

    Personas de contacto

    Delegación Territorial de Alava
    Tel.: 945 01 77 70

    Delegación Territorial de Gipuzkoa
    Tel.: 943 02 25 00

    Delegación Territorial de Bizkaia
    Tel.: 94 403 14 00

    Documentación a aportar
    • Memoria detallada relacionando las actuaciones realizadas en la CAPV en las materias para las que se halla autorizado.
    • Copia del informe de seguimiento de la entidad de acreditación que lo acreditó, que confirme el mantenimiento de las condiciones de acreditación.

    Tasas a aplicar

    ---

    Plazo de presentacionA lo largo de todo el año.
    Lugar presentación solicitudes

    DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ÁLAVA
    Samaniego, 2
    01008-Vitoria-Gasteiz
    Tel.: 945 017770
    Fax: 945 017051

    DELEGACIÓN TERRITORIAL DE GIPUZKOA
    Easo, 10
    20006-Donostia-San Sebastián
    Tel.: 943 022500
    Fax: 943 022542

    DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BIZKAIA
    General Concha, 23
    48010-Bilbao
    Tel.: 94 4031400
    Fax: 94 4031445

    Descripción de los trámites---
    Órgano que resuelve

    Jefe de la Delegación Territorial correspondiente.


    Plazo de resolución

    No aplica.

    Efectos del silencio

    Desestimatorios


    Fín de la vía administrativa

    La resolución NO pone fín a la vía administrativa


    Recursos / Reclamaciones

  • ## Resumen Esta convocatoria tiene como objetivo establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a centros privados concertados. El fin es cubrir los gastos derivados de la sustitución del personal docente que participa en los cursos del Programa Irale durante el año 2024. ### ¿Quién puede usar este servicio? Centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi. ### Antes de empezar Es importante verificar que se cumplen todos los requisitos y se dispone de la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Listado de profesores (pdf , 533.33 KB) * Copia del contrato del/de la profesor/a sustituto/a. * Otras fuentes de financiación (zip , 1.15 MB) * Poder de representación (si no está inscrito en el Registro electrónico de representantes). ### Requisitos previos * Tener concierto educativo en el periodo temporal de realización del curso. * Haber liberado de su jornada laboral al profesorado admitido al curso. * Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Estar al corriente del pago de obligaciones de reintegro de subvenciones. * Tener suficiente poder de representación. * No estar sancionada penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas. * Tener un plan de igualdad vigente si la entidad está obligada a ello. * Acreditar haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo si la entidad tiene más de 50 personas trabajadoras. * No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza. * Utilizar la subvención para el destino concedido. * Cumplir con los demás requisitos contemplados en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y en la Ley Reguladora del Régimen de Subvenciones. ### Costes y plazos * Este trámite no tiene coste. * El plazo de resolución es antes del 31 de octubre de 2024 para las subvenciones relativas a las sustituciones de los meses de enero a junio de 2024. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Rellene los formularios solicitados. 2. Prepare la documentación requerida en formato digital. 3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón, asegurándose de tener un medio de identificación electrónica admitido: [Solicitud](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=0035322&tipoPresentacion=1&language=es) ## Después de hacerlo ### Qué sucede después La Dirección de Aprendizaje e Innovación educativa resolverá el procedimiento. La resolución incluirá las indicaciones de la propuesta definitiva aprobada por la dirección instructora. ### Plazos de resolución La resolución se realizará antes del 31 de octubre de 2024 para las subvenciones relativas a las sustituciones de los meses de enero a junio de 2024. ### Siguiente pasos La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta. ## Ayuda ### Contacto Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía ### Recursos adicionales * Recurso de alzada: Mi carpeta * Desistimiento: Mi carpeta * Subsanación de la documentación: Mi carpeta * Modificación de los datos de notificación y comunicación: Mi carpeta ### Preguntas frecuentes * **¿Cuál es el objeto de esta subvención?** La subvención está destinada a cubrir los gastos derivados de la sustitución del personal docente que participa en los cursos del Programa Irale durante el año 2024. * **¿Quiénes pueden solicitar esta subvención?** Pueden solicitar esta subvención los centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi que cumplan con los requisitos establecidos. * **¿Cuáles son los requisitos principales para acceder a esta subvención?** Entre los requisitos se incluyen tener concierto educativo, haber liberado al profesorado para asistir al curso, estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y tener suficiente poder de representación. * **¿Cuál es el plazo de resolución de esta subvención?** La resolución del procedimiento se realizará antes del 31 de octubre de 2024 para las subvenciones relativas a las sustituciones de los meses de enero a junio de 2024. * **¿Qué tipo de concesión tiene esta ayuda?** La concesión de esta ayuda es no concursal, lo que significa que se otorga a todos los solicitantes que cumplen con los requisitos, sin necesidad de competir con otros solicitantes. * **¿Qué ocurre si la Administración no resuelve en el plazo establecido?** Si la Administración no notifica la resolución en el plazo establecido, la solicitud se entenderá desestimada si el acto recurrido es expreso. * **¿Qué tipo de recurso se puede interponer contra la resolución?** Se puede interponer un recurso de alzada ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico en el plazo de un mes si el acto es expreso, o de tres meses si es presunto. * **¿Es compatible esta subvención con otras ayudas?** Sí, siempre y cuando no se derive una sobrefinanciación. En caso de sobrefinanciación, se reducirá el importe de la subvención.

  • ## Resumen Esta ayuda económica está destinada a centros privados concertados que imparten ciclos formativos de Formación Profesional (FP) de grado medio, grado superior o FP básica, cursos de especialización y certificados profesionales. El objetivo es financiar actividades de formación para el profesorado que imparte estos ciclos durante el curso 2024-2025. ## A quién va dirigido Centros concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco. ### Requisitos: * Ser un centro privado concertado autorizado para impartir ciclos formativos de FP en la CAPV. * Tener suficiente poder de representación (ver Información detallada). * Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (ver Información detallada). * Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social (ver Información detallada). * Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones (ver Información detallada). * Descripción técnica del proyecto. * Cumplir con lo establecido en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. * Cumplir con lo establecido el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones. * No estar sancionado penal o administrativamente de modo que imposibilite obtener subvenciones o ayudas públicas. * No estar inhabilitado administrativa o penalmente por discriminación de sexo (artículo 23 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo). * La actividad a subvencionar no deberá ser discriminatoria por razón de sexo. * No estar recibiendo ninguna ayuda o subvención con este mismo objeto y finalidad concedida por administraciones públicas o entidades privadas. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitud:** La tramitación se realiza de forma electrónica a través de la sede electrónica de Euskadi. * Rellenar los formularios solicitados. * Preparar la documentación requerida en formato digital. * Acceder a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón Solicitud. * Asegurarse de disponer de un medio de identificación electrónica admitido. ## Documentación necesaria * Plan de formación del centro. * Descargar y cumplimentar los modelos A, A1, A2, A3 y A4 (disponibles en este enlace). * Poder de representación (si aplica, ver instrucciones). ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** 6 meses desde la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. * **Forma de pago:** El abono de la subvención se hará en dos plazos: el 35% tras la aceptación de la ayuda y el 65% restante tras la presentación de la justificación. * **Justificación:** Los centros beneficiarios deberán presentar la justificación a medida que se finalicen las acciones formativas subvencionadas, y, en cualquier caso, antes del 15 de julio de 2025. ## Ayuda * **Contacto:** Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía ## Otros trámites * **Desistimiento:** Puede desistir de la solicitud en cualquier momento antes de la resolución (ver más información). * **Ampliación de plazo:** Puede solicitar una ampliación del plazo para subsanar o aportar documentación (ver más información). * **Modificación de datos:** Puede modificar los datos de notificación y comunicación en Mi Carpeta. * **Subsanación de documentación:** Si la solicitud no cumple los requisitos, se le requerirá que la subsane en 10 días (ver más información). * **Renuncia:** Puede renunciar a la continuación del procedimiento en cualquier momento después de la resolución (ver más información).

  • ## Resumen Esta convocatoria tiene como objetivo impulsar la colaboración entre entidades del sector público de la CAE y la Agencia Vasca del Agua para llevar a cabo proyectos tecnológicos que sean de interés mutuo y que contribuyan a mejorar el conocimiento y el uso de los recursos hídricos. **¿Quién puede usar este servicio?** * Consorcios de aguas y otros entes gestores que abastezcan a municipios de menos de 20.000 habitantes. * Ayuntamientos que abastezcan a población menor de 20.000 habitantes. * Concejos. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Proyecto * Memoria * Planos * Presupuesto ### Requisitos previos * Las entidades proponentes deben cumplir con la normativa aplicable al uso de fondos europeos. * La Agencia Vasca del Agua y cada entidad proponente seleccionada formalizarán un convenio. * La memoria a presentar deberá tener una extensión máxima de 30 páginas de texto (planos y fotografías aparte). ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Asegúrate de disponer de un medio de identificación electrónica admitido. 2. Prepara la documentación en formato digital. 3. Accede al formulario online mediante el siguiente botón y rellena los datos de la solicitud. [Solicitud](https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=1252801&tipoPresentacion=1&language=es) ### Información Adicional Los contenidos mínimos que debe cumplir una iniciativa para ser seleccionada son los siguientes: * Descripción de los objetivos de la iniciativa y su alineamiento con los objetivos del PERTE del Ciclo del Agua y su correspondiente hito CID 426 y 430 del PRTR. * Descripción de las capacidades (humanas, técnicas, materiales, presupuestarias…) de la entidad solicitante para la realización del proyecto. * Descripción de la contribución prevista con las actuaciones al cumplimiento de los hitos CID 426 y 430, con base en los siguientes indicadores: * 426: puesta en funcionamiento de herramientas, proyectos de digitalización o infraestructuras renovadas para la mejorar del conocimiento y el uso de los recursos hídricos. * 430: número de habitantes beneficiados por la puesta en funcionamiento de proyectos de digitalización del ciclo urbano del agua. * Definición de un plan de ejecución asegurando la puesta en funcionamiento de las herramientas, proyectos o infraestructuras renovadas descritas en el apartado anterior (Hito CID 426) y el número de habitantes beneficiados por las mismas (Hito CID 430); así como la justificación del gasto realizado, antes del 30 de junio de 2026. Dicho plan debe incluir lo siguiente: * Desarrollo de la propuesta de proyecto elegible, incluyendo una descripción de las actuaciones a realizar. * Descripción de los medios y recursos humanos y materiales para el desarrollo del proyecto. * Cronograma. * Desglose presupuestario del proyecto. * Análisis de riesgos y medidas correctoras del plan de ejecución. ## Después de hacerlo ### Resolución y recursos * Tipo de concesión de la ayuda: Concursal * Efectos del silencio: Desestimatorios ## Ayuda ### Contacto * Para dudas técnicas sobre vertidos: isurketak@uragentzia.eus * Para dudas técnicas sobre aprovechamientos:uraprobetxamenduak@uragentzia.eus * Para dudas administrativas ura_komunikazioa@uragentzia.eus ### Otros trámites #### Desistimiento * Tramitación electrónica a través de Mi carpeta. * Más información: Medios de identificación electrónica admitidos * Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas #### Requerimiento * Tramitación electrónica a través de Mi carpeta. * Más información: Medios de identificación electrónica admitidos #### Renuncia * Tramitación electrónica a través de Mi carpeta. * Más información: Medios de identificación electrónica admitidos * Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas #### Subsanación de la documentación * Tramitación electrónica a través de Mi carpeta. * Más información: Medios de identificación electrónica admitidos * Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas #### Ampliar información * Tramitación electrónica a través de Mi carpeta. * Más información: Medios de identificación electrónica admitidos #### Aportación de documentación * Tramitación electrónica a través de Mi carpeta. * Más información: Medios de identificación electrónica admitidos

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