Ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas para el mantenimiento de prácticas de ganadería ecológica.
Ser titular de explotación agraria ubicada en el Principado de Asturias.
Ser agricultor activo.
Comprometerse a mantener una actividad agraria sostenible y a cumplir los requisitos de condicionalidad durante la vigencia de la solicitud de participación.
Compromisos específicos de esta ayuda:
Estos compromisos deberán cumplirse durante 5 años desde la primera solicitud que recibe pago.
Certificado actualizado de inscripción en el registro del COPAE.
Ficha de acreedores.
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
IMPORTE TOTAL DE GANADERÍA ECOLÓGICA
El importe total de ganadería ecológica se limita a un número máximo de 100 hectáreas por explotación; esta superficie pagable quedará limitada además a la que dé como resultado una carga ganadera igual o superior a 0,5 UGM/hectárea calculada según la tabla de conversión de UGM y ponderada, para el caso de explotaciones con más de una orientación productiva, en función de las UGM de cada especie y de la producción comercializada y por el orden de valor de la prima por hectárea. Para este cálculo se computarán exclusivamente las UGM de la explotación de bovino, ovino o caprino u otras especies acogidas a los compromisos de producción ecológica. A efectos del cálculo de pago se computa como superficie de pradera y cultivos forrajeros los usos SIGPAC PS y TA; en el importe base de otros aprovechamientos ganaderos se computa la superficie de uso en común y los usos SIGPAC PA y PR. El precio base a aplicar se establecerá en función de las UGM de la orientación productiva predominante, leche, carne u otros.
CUANTÍA
TIPO DE PRODUCCIÓN | EN CONVERSIÓN | CULTIVO ECOLÓGICO | |
Vacuno y ovino Caprino de leche | Superficies de pradera o cultivos forrajeros | 275 ?/ha | 240 ?/ha |
Vacuno y Ovino Caprino de Carne | Superficies de praderas o Cultivos Forrajeros | 255 ?/ha | 220 ?/ha |
Otras superficies de aprovechamiento ganadero | 100 ?/ha | 80 ?/ha | |
Otras orientaciones Productivas | Superficies de Praderas o Cultivos Forrajeros | 120 ?/ha | 100 ?/ha |
Otras superficies de aprovechamiento ganadero | 25 ?/ha | 20 ?/ha |
CRITERIOS Y PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS OPERACIONES
Aunque no es obligatorio el establecimiento de criterios de selección para la concesión de la ayuda, se podrán aplicar, entre otros, los siguientes criterios de prioridad.
GANADERÍA ECOLÓGICA:
Se establece un mínimo de 3 puntos para poder tener acceso a la ayuda.
Desde:
20/03/2017Hasta:
02/05/2017 Se admitirán solicitudes de ayudas hasta 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo establecido, pero su importe se reducirá un 1% por cada día hábil de retraso, salvo casos de fuerza mayor.Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201500040
Más información
Ayudas que se conceden a los titulares de explotaciones agrarias para compensar la totalidad o una parte de los costes adicionales y las pérdidas de ingresos como consecuencia de las limitaciones que supone la producción agrícola en zonas de montaña y con limitaciones naturales.
Requisitos Generales:
Requisitos específicos:
Solicitud única.
Ficha de acreedores.
Copia de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y de la hoja de ingreso o devolución del último ejercicio vencido. (En su caso copia de 3 declaraciones de IRPF de los últimos 5 años incluida la del último ejercicio).
Certificado de ingresos y retenciones relativo a los rendimientos del trabajo imputados en la declaración de IRPF presentada.
Copia del modelo de alta fiscal 036 o 037 (en caso de inicio de actividad).
Informe actualizado de vida laboral o resolución de aprobación de alta en el régimen de Seguridad Social.
Estatutos, escritura pública en el que se justifiquen los socios que componen la sociedad, así como su participación a fecha de solicitud.
(Estos documentos se tendrán que presentar por cada uno de los socios).
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
IMPORTE BASE POR HECTÁREA INDEMNIZABLE
Tipo de zona (*) | Importe por ha indemnizable |
De montaña | 95 |
Con limitaciones naturales específicas | 60 |
En el anexo X de la resolución de 22 de febrero de 2017 de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales por la que se regulan estas ayudas, se recoge la clasificación de los municipios según zona.
MODULACIÓN DE SUPERFICIES
Según superficie indemnizable de las explotaciones. Módulo M1:
Superficie admisible | Coeficiente (M1) |
Hasta 10 ha | 1,00 |
Más de 10 y hasta 20 ha | 0,75 |
Más de 20 y hasta 40 ha | 0,50 |
Más de 40 ha (se excluyen las superficies mayores a 40 ha) | 0,00 |
CÁLCULO DE LA INDEMNIZACIÓN
Desde:
20/03/2017Hasta:
02/05/2017 Se admitirán solicitudes de ayudas hasta 25 días naturales siguientes a finalización del plazo establecido aunque su importe se reducirá en un 1% por cada día hábil de retraso, salvo casos de fuerza mayor.Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 2002350
Más información
Obtener ayudas económicas por practicar el pastoreo en superficie de uso común con una producción ganadera sostenible y conservación del paisaje.
Compromisos generales:
Compromisos específicos:
Tramitar ante las entidades gestoras de los pastos comunales la correspondiente declaración de crotales o número de ovejas o cabras que van a mantenerse en el pasto cada año durante el periodo de retención (1 de junio a 31 de agosto) en la agrupación o recinto ficticio del compromiso y para el mínimo de UGM necesarias para la superficie agroambiental comprometida.
Ficha de acreedores.
Plan de aprovechamiento de pastos para la campaña en curso aprobado por la entidad propietaria o por las juntas de pastos legalmente constituidas, siendo necesario un plan de aprovechamiento para cada agrupación de montes. En él se indica el número total de animales, de cada especie, que acceden a los pastos comunales. Dicho número deberá coincidir con el número de animales con licencia de pastos independientemente de que se soliciten o no para ellos ayudas agroambientales.
Relación de ganaderos beneficiarios por agrupación de montes con expresión del número de cabezas de ganado, el bovino identificado individualmente, y clase, excluidas las razas bovinas del anexo 3 de la resolución, así como la superficie que le corresponde de monte de utilización común. Esta relación estará conformada por el representante de la entidad con derecho de propiedad o de gestión. En los montes comunales de propiedad o gestión municipal, certificación de haber sido expuesta en el tablón de anuncios correspondiente, para conocimiento de los beneficiarios y en su caso corrección de posibles errores, no admitiéndose cambios con posterioridad a la finalización del plazo de exposición.
En los montes de titularidad del Principado de Asturias, a saber, Ajo (Aller), Braniego (Cangas del Narcea), Braña de los Valles (Cangas del Narcea), El Caleyo (Cangas del Narcea), Orandi (Cangas de Onís), La Brañota (Grandas de Salime), Busagade (Grandas de Salime), Meisnado (Illano), Roza de Arganeo (Morcín), Cuesta de Bode (Parres), Caserío de Llué (Ponga), Coto de Lindes y Cueva Palacio (Quirós), Sierra de Estoupo (Santo Adriano), Los Gordos (Tineo), Rodoiros (Tineo), Xantiellos (Tieno), Couz de Cachon (Valdés), La Bobia (Villanueva de Oscos), Barandón y La Cutiella (Villayón), Coto de Peñerudes (Morcín y Santo Adriano), será la Dirección General de Ordenación Agraria y Forestal de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales quien comunique las licencias que se han concedido y la restante información a efectos de disponibilidad de superficie sin que esté habilitada la ayuda de sistemas de pastoreo racional en estos montes.
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
CUANTÍA
Tipo de agrupación de pasto en común | Importe base por hectárea subsuperficie bovino ? | Importe base por hectárea subsuperficie ovino o caprino ? |
Agrupaciones en espacios protegidos vinculados a la Red Natura-2000 | 308 | 400 |
Agrupaciones no incluidas en espacios protegidos | 170 | 250 |
CRITERIOS DE PRELACIÓN
Estas ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva, en el caso de agotar el crédito disponible se procederá a una selección de beneficiarios según los siguientes criterios de prelación:
Explotaciones que comprometen superficie de pastoreo con más de un 5% de UGM de ganado ovino o caprino: | 100 puntos |
Explotaciones que comprometen superficie de pastoreo con más de un 3% y menos del 5% de UGM de ganado ovino o caprino: | 70 puntos |
Explotaciones que comprometen superficie de pastoreo con más de un 1% y menos del 3% de UGM de ganado ovino o caprino: | 30 puntos |
Explotaciones que comprometen superficie de pastoreo con UGM de ovino caprino en menos del 1%: | 10 puntos |
Por cada UGM o fracción de bovinos comprometidos para la permanencia en la superficie de pastos: | 1 punto |
Se establece un mínimo de 3 puntos para poder tener acceso a la ayuda.
En el caso de personas físicas y en la titularidad de las personas jurídicas, si existe empate en la valoración de solicitudes, se primarán por orden de puntuación las solicitudes en las que los titulares sean mujeres.
Desde:
20/03/2017Hasta:
02/05/2017 Se admitirán solicitudes de ayudas hasta 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo establecido, pero su importe se reducirá en un 1% por cada día hábil de retraso, salvo casos de fuerza mayor.Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 2002632
Más información
Ayudas económicas para los titulares de explotaciones que se dedican a la cría de animales de razas autóctonas puras en peligro de extinción.
La subvención está destinada en particular a las razas:
Compromisos generales de las medidas de desarrollo rural:
Compromisos específicos de esta ayuda:
Mantener actualizadas las inscripciones de los animales en el libro oficial de registro genealógico y cumplimentar los documentos de control que exija cada entidad.
La solicitud mínima admisible será de 3 UGM excepto para la pita pinta para la que no se establece mínimo de animales.
Estos compromisos deberán cumplirse durante cinco años desde la primera solicitud que recibe pago.
En virtud del art. 48 del Reglamento UE nº 1305/2013, los compromisos contraídos para las medidas de agroambiente y clima y producción ecológica podrán modificarse con el fin de hacer posible su adaptación a las normas obligatorias, a los requisitos u obligaciones pertinentes para la definición de la medida o para evitar la doble financiación si se modificasen las prácticas contempladas en el artículo 43 del Reglamento UE Nº 1307/2013. En caso de que tal adaptación no sea aceptada por el beneficiario, el compromiso se dará por finalizado sin que se exija reembolso alguno por el periodo de compromiso efectivo
Certificación de inscripción del ganado en el Libro Oficial de Registro Genealógico de la Raza, expedida por la asociación responsable de llevarlos. En ella deberá figurar el número de UGM (unidades de ganado mayor) correspondiente, así como el número de la marca auricular de identificación de cada uno de los animales.
Ficha de acreedores.
Documento nacional de identidad
CUANTÍA
RAZA | Importe por UGM ? |
Asturcón | 150 |
Asturiana de montaña | 120 |
Bermeya | 120 |
Gochu asturcelta | 170 |
Pita Pinta | 200 |
Xalda | 120 |
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva.
En caso de que con las solicitudes presentadas se supere el crédito disponible se procederá a una selección de beneficiarios según los siguientes criterios de prelación.
CRITERIOS DE PRELACIÓN:
Su aplicación no es obligatoria en esta medida. No obstante se aplicarán como criterios de prelación los siguientes:
| 100 puntos. |
| 70 puntos. |
| 50 puntos. |
| 30 puntos. |
| 1 punto. |
Se establece un mínimo de 3 puntos para poder tener acceso a la ayuda.
En el caso de personas físicas y en la titularidad de las personas jurídicas, si existe empate en la valoración de solicitudes, se primarán por orden de puntuación las solicitudes en las que los titulares sean mujeres.
Desde:
20/03/2017Hasta:
02/05/2017 Se admitirán solicitudes de ayudas hasta 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo establecido, pero su importe se reducirá en un 1% por cada día hábil de retraso, salvo casos de fuerza mayor.Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 2002644
Más información
Son ayudas dirigidas a las explotaciones de vacuno de cebo que hayan sido titulares de derechos especiales en 2014 y sin derechos normales.
Requisitos generales para las ayudas asociadas ganaderas:
Requisitos de los beneficiarios (específicos para el vacuno de cebo):
La explotación de bovino tiene que cumplir (específicos para el vacuno de cebo):
A efectos de determinar la elegibilidad de los animales, se tendrán en cuenta los animales localizados en movimientos temporales a pastos, ferias y mercados, siempre que hubieran sido convenientemente notificados al sistema SITRAN.
Los animales elegibles para la ayuda son (específicos para el vacuno de cebo):
Formulario de solicitud unificada.
1.
IMPORTE UNITARIO ESTIMADO
Desde:
20/03/2017Hasta:
02/05/2017 Se admitirán solicitudes de ayudas hasta 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo establecido, pero su importe se reducirá un 1% por cada día hábil de retraso, salvo casos de fuerza mayor.Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201500039
Más información
Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche cuyos titulares hayan tenido derechos especiales en 2014, y que, en la solicitud única de cada campaña, no dispongan de hectareas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico.
REQUISITOS GENERALES PARA LAS AYUDAS ASOCIADAS GANADERAS:
REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LA AYUDA ASOCIADA AL VACUNO DE LECHE ( con derechos especiales en 2014):
Requisitos de los beneficiarios:
La explotación de bovino tiene que cumplir:
A efectos de determinar la elegibilidad de los animales, se tendrán en cuenta los animales localizados en movimientos temporales a pastos, ferias y mercados, siempre que hubieran sido convenientemente notificados al sistema SITRAN.
Los animales elegibles son:
1.
Certificado Digital oDNI electrónico
1.
IMPORTE UNITARIO ESTIMADO
Desde:
20/03/2017Hasta:
02/05/2017 Se admitirán solicitudes de ayudas hasta 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo establecido, pero su importe se reducirá en un 1% por cada día hábil de retraso, salvo fuerza mayor.Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201500037
Más información
Promover la realización de proyectos de señalización turística que contribuyan a facilitar la movilidad del visitante en el territorio.
Ser un concejo del Principado de de Asturias cuyo presupuesto total de gastos no exceda la cantidad de 120 millones de euros según datos de créditos iniciales del último presupuesto aprobado por el Pleno Municipal, o tratarse de las entidades locales enumeradas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases de Régimen Local, organismos autónomos locales y consorcios.
Los elementos de señalización deberán:
Memoria detallada del proyecto de señalización en la que se incluirá:
Declaración responsable firmada por el titular de la entidad local solicitante en la que se manifieste que el proyecto presentado no contempla la señalización de recursos turísticos que ya hayan sido objeto de señalización en los 3 años anteriores a la convocatoria.
Ficha de acreedor (Sólo en caso de no estar dado de alta en la Base de Datos de Acreedores del Principado de Asturias o si fuera necesario modificar alguno de los datos ya existentes como, por ejemplo, cuenta bancaria, domicilio, etc.)
Certificación de la persona titular de la secretaría municipal del importe del presupuesto de gastos, según datos de créditos iniciales del último presupuesto aprobado por el pleno.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedidas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Hacienda del Principado de Asturias.
Documentos acreditativos de la personalidad y de la representación con la que actúa el solicitante.
Copia de la tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal de la persona jurídica.
GASTOS SUBVENCIONABLES
EXCLUSIONES
CUANTÍA MÁXIMA
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. Mientras no se supere este límite, las subvenciones obtenidas serán compatibles con cualesquiera otras otorgadas por las administraciones públicas o las entidades privadas.
Igualmente, sin perjuicio de los mencionados límites, se establece con carácter general la aportación máxima a cada actuación tomando como referencia la población de derecho de cada entidad local o supramunicipal:
La población de derecho a considerar en cada entidad local o supramunicipal será la correspondiente a las últimas cifras de población oficiales aprobadas por Real Decreto y publicadas por el Instituto Nacional de Estadística, vigentes en la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria
CRITERIOS DE VALORACIÓN
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
Desde:
18/03/2017Hasta:
17/04/2017Código: 201300015
Contribuir a la financiación de los gastos del personal que atiende las oficinas de información turística dependientes de las entidades locales beneficiarias.
1.
Ser un concejo del Principado de Asturias cuyo presupuesto total de gastos no exceda la cantidad de 120 millones de euros según datos de créditos iniciales del último presupuesto aprobado por el Pleno Municipal, o tratarse de entidades locales enumeradas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, organismos autónomos locales y consorcios.
Proyecto detallado del servicio que se prevé prestar desde la oficina de turismo:
En el caso de que el proyecto incluya a más de una oficina, se facilitarán idénticos datos a los reseñados, de forma independiente para cada una, y se especificará su ámbito territorial respectivo, sin solapamientos.
Presupuesto detallado de gastos de personal destinados a la atención de la oficina de turismo para la que se solicita la ayuda, con especificación de la aportación del solicitante al proyecto.
En el caso de que el proyecto incluya a más de una oficina, se facilitarán idénticos datos a los reseñados, de forma independiente para cada una.
Ficha de acreedores.
(Solo en caso de no estar dado de alta en la Base de Datos de Acreedores del Principado de Asturias o si fuera necesario modificar alguno de los datos ya existentes como, por ejemplo, cuenta bancaria, domicilio, etc.).
Certificación de la persona titular de la secretaría municipal del importe del presupuesto de gastos, según datos de créditos iniciales del último presupuesto aprobado por el pleno.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedidas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado de Asturias.
Documentos acreditativos de la personalidad y de la representación con la que actúa el solicitante.
Copia de la tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal de la persona jurídica.
Documentación nacional de identidad del representante de la Entidad Local.
IMPORTE MÍNIMO DE GASTOS SUBVENCIONABLES
No se subvencionarán los proyectos cuyo importe de gastos subvencionables destinados a la atención de la/s oficina/s de turismo no alcancen los 3.000 ?.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUD POR CONCEJO Y ENTIDAD SUPRAMUNICIPAL
En caso de presentarse solicitudes de subvención por parte de un concejo y una entidad supramunicipal en la que aquél esté incluido, se considerará subvencionable únicamente el proyecto presentado por la entidad supramunicipal.
CUANTÍA MÁXIMA
La cuantía a conceder a cada beneficiaria queda sujeta a los siguientes límites:
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. Mientras no se supere este límite, las subvenciones obtenidas serán compatibles con cualesquiera otras otorgadas por las administraciones públicas o las entidades privadas.
Igualmente, sin perjuicio de los mencionados límites, se establece con carácter general la aportación máxima a cada actuación tomando como referencia la población de derecho de cada entidad local o supramunicipal:
La población de derecho a considerar en cada entidad local o supramunicipal será la correspondiente a las últimas cifras de población oficiales aprobadas por Real Decreto y publicadas por el Instituto Nacional de Estadística, vigentes en la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
La cantidad a conceder será la suma agregada de los tres criterios y sus respectivas ponderaciones, teniendo en cuenta los límites máximos y mínimos cuantitativos y porcentuales establecidos, redondeando al céntimo las cantidades resultantes.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
Las beneficiarias tendrán las siguientes obligaciones específicas:
Desde:
18/03/2017Hasta:
17/04/2017Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo certificado
1.Recurso contencioso-administrativo
Código: 2002609
Más información
Obtener ayudas económicas para financiar proyectos con elevado potencial de crecimiento y que hayan sido presentados a la primera de las fases del Instrumento PYME del Programa Horizonte 2020.
Haber presentado el proyecto con anterioridad a cualquier convocatoria de Instrumento PYME del programa H2020, resuelta con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria.
Haber obtenido en la evaluación internacional una nota igual o superior a 12 puntos.
Los estudios de viabilidad, técnico y comercial, que incluyan un plan de negocio de productos, procesos o servicios innovadores deberán ser viables técnica y financieramente.
Las solicitudes deberán estar enmarcadas en los campos de especialización definidos como prioritarios en la Estrategia de Especialización Inteligente 2014-2020 de Asturias (RIS3 de Asturias):
Propuesta internacional presentada a la convocatoria de Instrumento PYME.
Informe de evaluación internacional del proyecto presentado a fase I de Instrumento PYME.
Presupuestos o facturas proforma de los servicios técnicos incluídos en la solicitud.
Precontrato suscrito entre las partes en casos de subcontratación.
Informe de trabajadores en alta (ITA).
Copia de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, de la empresa.
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
Escritura de poder de representación.
Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Impuesto de actividades económicas (IAE).
Domicilio fiscal.
Tarjeta de identificación fiscal (NIF) del contribuyente.
Certificado de no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
DESTINO DE LAS AYUDAS
Las ayudas, se destinarán a PYMES del Principado de Asturias, para la realización de planes de negocio de un proyecto innovador que supongan un elevado potencial de crecimiento para las mismas, que hayan cumplido el estándar de evaluación del Instrumento PYME del Programa Horizonte 2020 y que no hayan obtenido financiación por parte de las instituciones europeas en la fase I.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Serán subvencionables los siguientes gastos:
Desde:
03/04/2017Hasta:
02/05/2017Paso 1:
Iniciar solicitud
1. BOPA: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de cinco meses.
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201600025
Más información
Obtener ayudas económicas destinadas a los centros de investigación públicos del Principado de Asturias para la realización de estancias del personal investigador doctor en empresas de carácter mercantil, con un establecimiento productivo en el Principado de Asturias.
Ser un centro de investigación público del Principado de Asturias cuyo principal objetivo sea realizar investigación fundamental, investigación industrial y desarrollo experimental y la transferencia de tecnología y todos los beneficios se reinviertan en esas actividades, la divulgación de sus resultados y la enseñanza.
Curriculum vitae del investigador doctor que realizará la estancia.
Plan de estancia a realizar por el investigador, conforme al modelo normalizado.
Convenio entre el centro de investigación y la empresa, en el que conste, al menos:
Estados financieros anuales del último ejercicio publicado, que acrediten el cumplimiento de la base reguladora 1.4, de manera que se pueda distinguir con claridad entre actividades económicas y no económicas y sus respectivos costes, financiación e ingresos.
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
Certificado de no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Impuesto de actividades económicas (IAE).
Domicilio fiscal.
Tarjeta de identificación fiscal (NIF) del contribuyente.
FINALIDAD DE ESTAS AYUDAS
La finalidad de estas ayudas será la optimización o mejora de productos, procesos o servicios, mediante la realización de actividades de carácter innovador, labores previas relacionadas con la viabilidad de proyectos o la apertura de nuevas líneas de investigación industrial, que deberán contribuir inequívocamente al fomento de la actividad innovadora de la empresa.
SE ENTIENDE POR CENTROS DE INVESTIGACIÓN LOS SIGUIENTES
RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL INVESTIGADOR
El personal investigador será el responsable de la ejecución científico-técnica de la actuación. Deberá contribuir con elementos innovadores al trabajo de la empresa, de manera que su estancia constituya un impulso en términos, tanto cualitativos como cuantitativos, en el desarrollo científico-tecnológico de la empresa.
FUNCIONES DEL PERSONAL INVESTIGADOR
En ningún caso el investigador podrá sustituir a ningún otro trabajador de la empresa, sino que deberá desarrollar una función nueva creada a tal fin en el ámbito de las actividades de I+D+i y que podrá consistir en:
IMPORTE Y CONCEPTO DE LA AYUDA
El centro de investigación recibirá una ayuda máxima de 5.000 euros por investigador seleccionado, en concepto de:
GASTOS NO SUBVENCIONABLES
Se considerarán no subvencionables los gastos y pagos que hayan sido realizados fuera de los plazos de ejecución de la actuación y de justificación, respectivamente.
INCOMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS
Estas ayudas con incompatibles con cualquier otra ayuda pública o privada para la misma finalidad, procedente de cualquier administración o ente público o privado de cualquier nacionalidad, así como la utilización de fondos propios.
CRITERIOS DE VALORACIÓN:
Para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes criterios y puntuaciones (máximo 10 puntos):
Se establece un umbral mínimo de 1 punto en cada uno de los criterios establecidos y de 4 puntos en cómputo global, para poder ser beneficiario de estas ayudas.
DURACIÓN DE LAS ESTANCIAS
Las estancias para las que se solicite ayuda tendrán una duración mínima de 60 horas y máxima de 240. El período de realización de la estancia estará comprendido entre la fecha de presentación de la solicitud y el 31 de diciembre de 2017.
Desde:
03/04/2017Hasta:
03/05/2017Código: 201600026