Ayudas PAC: Vacuno de leche (con derechos especiales en 2014)
Tramita por Internet
Consiste en
Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche cuyos titulares hayan tenido derechos especiales en 2014, y que, en la solicitud única de cada campaña, no dispongan de hectareas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico.
Requisitos
REQUISITOS GENERALES PARA LAS AYUDAS ASOCIADAS GANADERAS:
- Los animales deberán estar correctamente identificados y registrados en base a la normativa vigente.
- Para cumplir los animales con los requisitos de identificación y registro , estos tienen que cumplirse en las siguientes fechas:
- El 1 de enero del año de solicitud para las ayudas vaca nodriza, vacuno de leche, ovino y caprino
- El 1 de octubre del año anterior al de la solicitud para las ayudas de vacuno de cebo.
- La explotación a la que pertenezcan los animales deberá estar registrada en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).
- La titularidad de la explotación debe mantenerse durante las fechas en que se determina la elegibilidad de los mismos y en todo caso has la fecha final del plazo de solicitud de cada año.
- El solicitante debe cumplir el requisito de agricultor activo.
- Ningún animal podrá recibir más de una ayuda asociada.
REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LA AYUDA ASOCIADA AL VACUNO DE LECHE ( con derechos especiales en 2014):
Requisitos de los beneficiarios:
- Ser titulares de derechos especiales en 2014 y no disponer de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago en el régimen de pago básico..
- No podrán optar a esta ayuda los tiulares de derechos especiales, que en 2014 también fuesen titulares de derechos normales y que hubiesen declarado en dicha campaña una superficie igual o superior a 0,2 hectáreas, excepto que el hecho de no disponer de has admisibles sobre las que activar derechos de pago básico se deba a la ausencia de has admisibles determinadas en la declaración de la solicitud de ayudas del año 2013.
La explotación de bovino tiene que cumplir:
- Ser del tipo: ?Producción y reproducción? o tipo ?Pasto?. En el primer caso, a nivel de subexplotación deberán tener clasificación zootécnica de ?Reproducción para producción de leche? o «Reproducción para producción mixta? o?recría de novillas?.
A efectos de determinar la elegibilidad de los animales, se tendrán en cuenta los animales localizados en movimientos temporales a pastos, ferias y mercados, siempre que hubieran sido convenientemente notificados al sistema SITRAN.
- Deberá haber realizado entregas de leche a primeros compradores, al menos, durante 6 meses en el periodo comprendido entre el 1 de octubre del año anterior a la solicitud y el 30 de septiembre del año de solicitud o haber presentado la declaración de ventas directas en este último año con cantidades vendidas.
Los animales elegibles son:
- Hembras bovinas de aptitud láctea pertenecientes a alguna de las razas lecheras enumeradas en la normativa, o a aquellas razas que la autoridad competente en la materia determine como de aptitud eminentemente láctea, de edad igual o mayor a 24 meses a 30 de abril del año de solicitud y que se encuentren inscritas en el Registro General de Identificación de Animales (RIIA).
- Los animales deberán estar presentes en la explotación en cuatro comprobaciones que se realizarán en las siguientes fechas: 1 de enero, 30 de abril, y dos fechas intermedias que se establecerán mediante Resolución, iguales para toda España.
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IMPORTE UNITARIO ESTIMADO
- 142,30 ?/cabeza
Plazo de solicitud
Desde:
20/03/2017Hasta:
02/05/2017 Se admitirán solicitudes de ayudas hasta 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo establecido, pero su importe se reducirá en un 1% por cada día hábil de retraso, salvo fuerza mayor.Cómo solicitarlo
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
Te respondemos mediante
- Por SMS
- Notificación por correo ordinario
- BOPA
- Internet: La lista de beneficiarios se publicará en la página web del FEGA.
Recursos
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Tu solicitud será tramitada por
Servicio de Gestión de Ayudas a ExplotacionesTu solicitud será resuelta por
CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALESCódigo: 201500037
Más información
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Tel. 985108009
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Consejería de Empleo, Industria y Turismo
Plaza España 1, 33007, Oviedo
Servicio de Salud del Principado de Asturias
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Consejería de Servicios y Derechos Sociales
Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo
Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo
Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"
Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo
Tel. 985108400
Consejería de Educación y Cultura
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