EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DE PLANES Y PROGRAMAS | Sede Electrónica
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO
040152 EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DE PLANES Y PROGRAMAS
Plazo de resolución
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DesestimatorioSIY3 EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DE PLANES Y PROGRAMAS
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo abierto todo el añoObjeto
Procedimiento administrativo instrumental respecto del de aprobación o de adopción de planes y programas, a través del cual se analizan los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de los mismo.Destinatarios
Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que pretendan elaborar un plan o programa de los contemplados en el ámbito de aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, independientemente considerado de la Administración que en su momento sea la competente para su adopción o aprobación. De acuerdo con la Ley 21/2013, los procedimientos de evaluación ambiental estratégica se dividen en dos tipos: la evaluación de ambiental estratégica ordinaria y la evaluación ambiental estratégica simplificada.Requisitos
Todos los trámites deben ser iniciados a través del órgano sustantivo, que es el órgano que tiene las competencias para aprobar o adoptar el plan o programa que se quiere impulsar.Emisión de la Declaración Ambiental Estratégica (tramitación Ordinaria): 4 MESES desde la recepción del expediente desde el órgano sustantivo, que pueden ampliarse 2 MESES más por razones justificadas. Emisión del Informe Ambiental Estratégico (tramitación Simplificada): 20 DÍAS desde la finalización de las consultas previas.
Documentación a aportar
El promotor de un plan o programa que deba ser objeto de una Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria presentará la siguiente documentación ante el órgano con competencia sustantiva para la aprobación o adopción del plan o programa: - El borrador del plan o programa. - La solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria. - El Documento Inicial Estratégico, cuyo contenido se establece en el artículo 18 de la Ley 21/2013. - Justificante de ingreso del importe de la tasa correspondiente a evaluación ambiental de planes y programas, en su caso. El promotor de un plan o programa que deba ser objeto de una Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada presentará la siguiente documentación ante el órgano con competencia sustantiva para la aprobación o adopción del plan o progama: - El borrador del plan o programa. - La solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada. - El Documento Ambiental Estratégico, cuyo contenido se establece en el art. 29 de la Ley 21/2013. En el área ¿Modelos del Trámite¿ se incluyen modelos genéricos para la elaboración del Documento Inicial Estratégico, el Documento Ambiental Estratégico y el Estudio Ambiental Estratégico.Lugar de presentación
a) Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).b) En el Registro de los Servicios Centrales, las Direcciones Provinciales y las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Información Adicional
Este procedimiento conlleva el pago de una tasa. Para más información (http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_008.pdf)En la aplicación informática NEVIA se muestran los proyectos, planes y programas que son objeto de evaluación ambiental en Castilla ¿ La Mancha, incluyendo información sobre su tramitación administrativa. Para consultar (https://neva.jccm.es/nevia/forms/nevif100.php)
Para darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas (https://notifica.jccm.es/Notificador/)
Por último, puede ponerse en contacto en: Viceconsejería Medio Ambiente, C/ Quintanar de la Orden, s/n, Tfno: 925 24 87 49, Fax: 925 24 85 32, correo electrónico: eambiental@jccm.es.
Marco legal
DOCM: 15/01/03 Decreto 178/2002, de 17/12/2002, , POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE DESARROLLO DE LA LEY 5/1999, DE 8 DE ABRIL, DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, Y SE ADAPTAN SUS ANEXOS
DOCM: 20/03/07 Ley 4/2007, de 08-03-2007, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha.
Ley 21/2013, de 09-12-2013, de Evaluación Ambiental.
Tramitación
Presencial: Oficinas de Registro
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Consultorio Local Carrizosa
Calle Encomienda 9, 13329, Carrizosa
Tel. 926369029
Servicio Provincial Agencia del Agua Guadalajara
Cuesta San Miguel 1, 19071, Guadalajara
Tel. 949888800
Oficina Comarcal Agraria Belmonte
Calle Recaredo Baillo 3, 16640, Villamayor de Santiago
Tel. 969176889
Oficina Empleo Daimiel
Calle Prim 24, 13250, Daimiel
Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Toledo
Calle Duque de Lerma 3, 45071, Toledo
Centro Integrado de Formacion Profesional Aguas Nuevas
Carretera Aguas Nuevas KM 6,7, 02049, Albacete
Oficina Empleo Villacañas
Plaza De España 16, 45860, Villacañas
Direccion Enfermeria
Avenida D. Emilio Garcia Roldan S/N, 13002, Ciudad Real
Tel. 926646000
Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Albacete
Calle Tesifonte Gallego 1, 02071, Albacete
Oficina Comarcal Agraria Tarancon
Calle Reina Sofia 1, 16400, Tarancón
Tel. 969176886
Oficina Empleo Cifuentes
Calle Del Remedio 19, 19420, Cifuentes
Consultorio Local Aliaguilla
Calle Casa del Medico S/N, 16313, Aliaguilla
Tel. 969364017
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