EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DE PLANES Y PROGRAMAS | Sede Electrónica

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

PROCEDIMIENTO

040152 EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DE PLANES Y PROGRAMAS

Plazo de resolución

VER EN REQUISITOS

Efectos silencio

Desestimatorio

SIY3 EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DE PLANES Y PROGRAMAS

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo abierto todo el año

Objeto

Procedimiento administrativo instrumental respecto del de aprobación o de adopción de planes y programas, a través del cual se analizan los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de los mismo.

Destinatarios

Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que pretendan elaborar un plan o programa de los contemplados en el ámbito de aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, independientemente considerado de la Administración que en su momento sea la competente para su adopción o aprobación. De acuerdo con la Ley 21/2013, los procedimientos de evaluación ambiental estratégica se dividen en dos tipos: la evaluación de ambiental estratégica ordinaria y la evaluación ambiental estratégica simplificada.

Requisitos

Todos los trámites deben ser iniciados a través del órgano sustantivo, que es el órgano que tiene las competencias para aprobar o adoptar el plan o programa que se quiere impulsar.
Emisión de la Declaración Ambiental Estratégica (tramitación Ordinaria): 4 MESES desde la recepción del expediente desde el órgano sustantivo, que pueden ampliarse 2 MESES más por razones justificadas. Emisión del Informe Ambiental Estratégico (tramitación Simplificada): 20 DÍAS desde la finalización de las consultas previas.

Documentación a aportar

El promotor de un plan o programa que deba ser objeto de una Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria presentará la siguiente documentación ante el órgano con competencia sustantiva para la aprobación o adopción del plan o programa: - El borrador del plan o programa. - La solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria. - El Documento Inicial Estratégico, cuyo contenido se establece en el artículo 18 de la Ley 21/2013. - Justificante de ingreso del importe de la tasa correspondiente a evaluación ambiental de planes y programas, en su caso. El promotor de un plan o programa que deba ser objeto de una Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada presentará la siguiente documentación ante el órgano con competencia sustantiva para la aprobación o adopción del plan o progama: - El borrador del plan o programa. - La solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada. - El Documento Ambiental Estratégico, cuyo contenido se establece en el art. 29 de la Ley 21/2013. En el área ¿Modelos del Trámite¿ se incluyen modelos genéricos para la elaboración del Documento Inicial Estratégico, el Documento Ambiental Estratégico y el Estudio Ambiental Estratégico.

Lugar de presentación

a) Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
b) En el Registro de los Servicios Centrales, las Direcciones Provinciales y las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información Adicional

Este procedimiento conlleva el pago de una tasa. Para más información (http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_008.pdf)
En la aplicación informática NEVIA se muestran los proyectos, planes y programas que son objeto de evaluación ambiental en Castilla ¿ La Mancha, incluyendo información sobre su tramitación administrativa. Para consultar (https://neva.jccm.es/nevia/forms/nevif100.php)
Para darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas (https://notifica.jccm.es/Notificador/)
Por último, puede ponerse en contacto en: Viceconsejería Medio Ambiente, C/ Quintanar de la Orden, s/n, Tfno: 925 24 87 49, Fax: 925 24 85 32, correo electrónico: eambiental@jccm.es.
DOCM: 15/01/03 Decreto 178/2002, de 17/12/2002, , POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE DESARROLLO DE LA LEY 5/1999, DE 8 DE ABRIL, DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, Y SE ADAPTAN SUS ANEXOS
DOCM: 20/03/07 Ley 4/2007, de 08-03-2007, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha.
Ley 21/2013, de 09-12-2013, de Evaluación Ambiental.

Tramitación

Online

Presencial: Oficinas de Registro

Alertas informativas


Oficinas de la administración

Servicio Provincial Agencia del Agua Guadalajara

Oficina Empleo Daimiel

Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Toledo

Centro Integrado de Formacion Profesional Aguas Nuevas

Oficina Empleo Villacañas

Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Albacete

Oficina Comarcal Agraria Tarancon

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.