## Resumen Este trámite permite solicitar un certificado que acredita que una persona recibe mensualmente una prestación de la Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI). **Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos que perciben mensualmente la LISMI. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitud:** Presentar la solicitud a través de la sede electrónica o en las oficinas de registro. 2. **Tramitación:** La Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración tramita la solicitud. 3. **Resolución:** No tiene. **Medios de presentación:** * **Electrónico:** A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. * **Presencial:** En cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, o en los registros indicados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. ## Ayuda * **Contacto:** Para obtener ayuda, puede dirigirse al servicio de contacto de la sede electrónica: ¿Necesita ayuda? ## Normativa * Orden de 5 de diciembre de 2008, por la que se implantan las actuaciones de respuesta inmediata. * Resolución de 26 de septiembre de 2008, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se aprueban las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación. * Orden de 25 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2008 por la que se implantan actuaciones de respuesta inmediata.
## Resumen Este trámite permite a los ciudadanos obtener un certificado que acredite que están recibiendo mensualmente una Pensión No Contributiva (PNC). Quién puede usar este servicio: * Ciudadanos que perciben la Pensión No Contributiva (PNC). Antes de empezar: * No se exigen requisitos previos. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. Costes y plazos: * Este trámite es gratuito. * Puede solicitarse durante todo el año. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. **Electrónico:** Acceda a la sede electrónica del Gobierno de Canarias y siga las instrucciones para la solicitud. 2. **Presencial:** Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ## Después de hacerlo * No tiene efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado. * No cabe recurso. ## Ayuda * Órgano que tramita: Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración * ¿Necesita ayuda? ### Normativa * Orden de 5 de diciembre de 2008, por la que se implantan las actuaciones de respuesta inmediata. * Resolución de 26 de septiembre de 2008, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se aprueban las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación. * Orden de 25 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2008 por la que se implantan actuaciones de respuesta inmediata. ### Códigos identificativos * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 4078 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 220573
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Resolución de 26 de septiembre de 2008, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se aprueban las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación.
Orden de 25 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2008 por la que se implantan actuaciones de respuesta inmediata.
Orden de 5 de diciembre de 2008, por la que se implantan las actuaciones de respuesta inmediata.
Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
4074Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220563## Resumen Este trámite permite a los ciudadanos obtener un certificado que acredite que están recibiendo mensualmente la Renta Canaria de Ciudadanía. **Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos que sean beneficiarios de la Renta Canaria de Ciudadanía. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitud electrónica:** Acceda a la sede electrónica del Gobierno de Canarias y siga los pasos indicados para la solicitud del certificado. 2. **Solicitud presencial:** Diríjase a una de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o a cualquier otro registro admitido por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. **Medios de presentación:** * Electrónico: A través de la sede electrónica. * Presencial: En las oficinas de registro. ## Quién tramita * Órgano que tramita: Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración ## Normativa * Resolución de 26 de septiembre de 2008, por la que se aprueban las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación. * Orden de 25 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2008 por la que se implantan actuaciones de respuesta inmediata. * Orden de 5 de diciembre de 2008, por la que se implantan las actuaciones de respuesta inmediata. ## Códigos identificativos * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 4074 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 220563
## Resumen Este trámite permite obtener un certificado que acredita el reconocimiento del grado de discapacidad. Solo están disponibles los certificados cuya resolución sea posterior al 31 de diciembre de 2013. **Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos que tengan reconocido un grado de discapacidad en la Comunidad Autónoma de Canarias. ## Lo que necesitas **Requisitos previos:** * Tener un expediente de discapacidad abierto en la Comunidad Autónoma de Canarias y haber finalizado el procedimiento de reconocimiento del grado de discapacidad (Resolución emitida). * En caso de tener reconocido el grado de Discapacidad en otra Comunidad Autónoma, haber sido trasladado el mismo a la Comunidad Autónoma de Canarias. **Costes:** * Este trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Acceso electrónico:** El trámite se realiza de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. 2. **Documentación:** La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. **Plazo de presentación:** * Todo el año. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Una vez tramitada la solicitud, se emitirá el certificado de reconocimiento del grado de discapacidad. ## Ayuda **Contacto:** * Servicio de discapacidad. **Recursos adicionales:** * Portal web de la Consejería - Discapacidad **Normativa:** * ORDEN de 3 de diciembre de 2012 * Resolución de 19 de febrero de 2014 * Orden, 18 octubre 2012 * Real Decreto Legislativo 1/2013 * Real Decreto 888/2022 * Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020
## Resumen Este trámite permite solicitar la revocación de actos administrativos desfavorables relacionados con el transporte marítimo no regular de mercancías en la Comunidad Autónoma de Canarias, ya sea a petición del interesado o por iniciativa de la propia administración. Quién puede usar este servicio: * Ciudadanos * Empresas ## Cómo hacerlo #### Objeto * Revocar, de oficio o a instancia de parte, actos de gravamen o desfavorables. #### Medios de presentación * Electrónico: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. #### Plazo de presentación * Todo el año. ## Después de hacerlo #### Quién resuelve * Dirección General de Transportes. #### Plazo de resolución * 6 meses. #### Efectos del silencio administrativo * Caducidad (cuando el trámite se inicia de oficio). #### Recursos * Recurso de Alzada. ## Ayuda #### Quién tramita * Dirección General de Transportes #### Normativa * LEY 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias. * Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. #### Códigos identificativos * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 5769 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2084358
## Resumen
Este trámite permite solicitar el cese de la actividad de transporte marítimo regular de pasajeros, mercancías y mixto a instancia de la Administración. Se puede iniciar de oficio o a petición de parte para revocar actos de gravamen o desfavorables.
**Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos y empresas.
## Lo que necesitas
**Documentos requeridos:**
* La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
**Costes:**
* No se exigen tasas.
## Cómo hacerlo
**Paso a paso del proceso:**
1. **Presentación de la solicitud:** Se puede realizar de forma electrónica o presencial en las oficinas de registro del Gobierno de Canarias.
**Medios de presentación:**
* Electrónico
* Presencial
**Plazo de presentación:** Todo el año.
## Después de hacerlo
**Plazos de resolución:**
* El plazo de resolución es de 6 meses.
**Efectos del silencio administrativo:**
* Caducidad si se inicia de oficio.
**Recursos:**
* Recurso de Alzada.
## Ayuda
**Quién tramita:**
* Servicio de Transporte Marítimo.
**Quién resuelve:**
* Dirección General de Transportes
**Normativa:**
* **Autonómica:** LEY 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias.
* **Estatal:** Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
**Códigos identificativos:**
* Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 5800
* Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2084364
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## Resumen Este procedimiento permite solicitar o llevar a cabo el cese de la actividad de transporte marítimo, turístico, recreativo, educativo o similar a instancia de la Administración. Quién puede usar este servicio: * Ciudadanos * Empresas ## Lo que necesitas * No se exigen requisitos previos. * No se exigen tasas. ### Documentación requerida * La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. ## Cómo hacerlo #### Objeto * Revocar, de oficio o a instancia de parte, actos de gravamen o desfavorables. #### Medios de presentación * Electrónico #### Plazo de presentación * Todo el año ## Después de hacerlo #### Quién resuelve * Dirección General de Transportes * Plazo de resolución: 6 meses * Efectos del silencio cuando el trámite se inicia de oficio: Caducidad * Recursos: Recurso de Alzada ## Ayuda * ¿Necesita ayuda? #### Quién tramita * Dirección General de Transportes #### Normativa ##### Normativa autonómica * Ley 12/2007 de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias. ##### Normativa estatal * Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas #### Códigos identificativos * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 5771 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2084357
## Resumen Este procedimiento permite a los ayuntamientos de Canarias solicitar la cesión de carreteras regionales o insulares, o tramos de ellas, que hayan pasado a ser consideradas vías urbanas. **Quién puede usar este servicio:** Ayuntamientos. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud. * Acuerdo Municipal de desvinculación de la vía. * Documentación gráfica de la vía. * Documentación sobre la ordenación del tráfico. * Certificación de inclusión en el Plan General de Ordenación del Municipio. **Requisitos previos:** * La solicitud debe referirse a una carretera de interés regional o insular, o a un tramo de ella. * No debe interrumpirse un itinerario existente. * La vía debe mantener su carácter de vía dedicada al tráfico rodado. * La vía debe haber adquirido la condición de vía urbana. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * Se puede presentar la solicitud durante todo el año. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Preparar la documentación requerida. 2. Presentar la solicitud y la documentación: * **Electrónicamente:** A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. * **Presencialmente:** En las oficinas correspondientes. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** El Consejo de Gobierno resolverá la solicitud. **Plazos de resolución:** El plazo máximo de resolución es de 3 meses. **Efectos del silencio administrativo:** Si no se recibe respuesta en el plazo establecido, la solicitud se considera desestimada. ## Ayuda **Quién tramita:** Apoyo al Director/a General. **Normativa:** * [Decreto 212/1991](https://www.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=9904), de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica Canaria. * [Decreto 112/2002](https://www.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=40809), de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la Administración Pública de la comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de explotación, uso y defensa y régimen sancionador de las carreteras de interés regional. * [Decreto 45/2016](https://www.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=74555), de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. * [Ley 6/2006](https://www.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=53183), de 17 de julio del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias. * [Decreto 131/1995](https://www.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=22942), de 11 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Carreteras de Canarias. * [Ley 9/1991](https://www.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=4644), de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias * [Ley 40/2015](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10566), de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. * [Ley 39/2015](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10565), de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. * [Ley 29/1998](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1998-16718), de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
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Orden de 20 de enero de 2015, por la que se aprueban los pliegos de condiciones que rigen la cesión de los locales comerciales y sociales propiedad del Instituto Canario de la Vivienda
Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
4519Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
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