Gobierno de Canarias

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar un certificado que acredita que una persona recibe mensualmente una prestación de la Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI). **Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos que perciben mensualmente la LISMI. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitud:** Presentar la solicitud a través de la sede electrónica o en las oficinas de registro. 2. **Tramitación:** La Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración tramita la solicitud. 3. **Resolución:** No tiene. **Medios de presentación:** * **Electrónico:** A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. * **Presencial:** En cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, o en los registros indicados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. ## Ayuda * **Contacto:** Para obtener ayuda, puede dirigirse al servicio de contacto de la sede electrónica: ¿Necesita ayuda? ## Normativa * Orden de 5 de diciembre de 2008, por la que se implantan las actuaciones de respuesta inmediata. * Resolución de 26 de septiembre de 2008, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se aprueban las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación. * Orden de 25 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2008 por la que se implantan actuaciones de respuesta inmediata.

  • ## Resumen Este trámite permite a los ciudadanos obtener un certificado que acredite que están recibiendo mensualmente una Pensión No Contributiva (PNC). Quién puede usar este servicio: * Ciudadanos que perciben la Pensión No Contributiva (PNC). Antes de empezar: * No se exigen requisitos previos. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. Costes y plazos: * Este trámite es gratuito. * Puede solicitarse durante todo el año. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. **Electrónico:** Acceda a la sede electrónica del Gobierno de Canarias y siga las instrucciones para la solicitud. 2. **Presencial:** Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ## Después de hacerlo * No tiene efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado. * No cabe recurso. ## Ayuda * Órgano que tramita: Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración * ¿Necesita ayuda? ### Normativa * Orden de 5 de diciembre de 2008, por la que se implantan las actuaciones de respuesta inmediata. * Resolución de 26 de septiembre de 2008, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se aprueban las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación. * Orden de 25 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2008 por la que se implantan actuaciones de respuesta inmediata. ### Códigos identificativos * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 4078 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 220573

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Descripción del procedimiento de solicitud de Certificado de percibe mensual de la Prestación Canaria de Inserción (PCI).
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      No tiene
      Recursos:
      No cabe recurso

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución de 26 de septiembre de 2008, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se aprueban las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación.

      Orden de 25 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2008 por la que se implantan actuaciones de respuesta inmediata.

      Orden de 5 de diciembre de 2008, por la que se implantan las actuaciones de respuesta inmediata.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4074
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220563

  • ## Resumen Este trámite permite a los ciudadanos obtener un certificado que acredite que están recibiendo mensualmente la Renta Canaria de Ciudadanía. **Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos que sean beneficiarios de la Renta Canaria de Ciudadanía. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitud electrónica:** Acceda a la sede electrónica del Gobierno de Canarias y siga los pasos indicados para la solicitud del certificado. 2. **Solicitud presencial:** Diríjase a una de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o a cualquier otro registro admitido por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. **Medios de presentación:** * Electrónico: A través de la sede electrónica. * Presencial: En las oficinas de registro. ## Quién tramita * Órgano que tramita: Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración ## Normativa * Resolución de 26 de septiembre de 2008, por la que se aprueban las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación. * Orden de 25 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2008 por la que se implantan actuaciones de respuesta inmediata. * Orden de 5 de diciembre de 2008, por la que se implantan las actuaciones de respuesta inmediata. ## Códigos identificativos * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 4074 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 220563

  • ## Resumen Este trámite permite obtener un certificado que acredita el reconocimiento del grado de discapacidad. Solo están disponibles los certificados cuya resolución sea posterior al 31 de diciembre de 2013. **Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos que tengan reconocido un grado de discapacidad en la Comunidad Autónoma de Canarias. ## Lo que necesitas **Requisitos previos:** * Tener un expediente de discapacidad abierto en la Comunidad Autónoma de Canarias y haber finalizado el procedimiento de reconocimiento del grado de discapacidad (Resolución emitida). * En caso de tener reconocido el grado de Discapacidad en otra Comunidad Autónoma, haber sido trasladado el mismo a la Comunidad Autónoma de Canarias. **Costes:** * Este trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Acceso electrónico:** El trámite se realiza de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. 2. **Documentación:** La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. **Plazo de presentación:** * Todo el año. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Una vez tramitada la solicitud, se emitirá el certificado de reconocimiento del grado de discapacidad. ## Ayuda **Contacto:** * Servicio de discapacidad. **Recursos adicionales:** * Portal web de la Consejería - Discapacidad **Normativa:** * ORDEN de 3 de diciembre de 2012 * Resolución de 19 de febrero de 2014 * Orden, 18 octubre 2012 * Real Decreto Legislativo 1/2013 * Real Decreto 888/2022 * Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la revocación de actos administrativos desfavorables relacionados con el transporte marítimo no regular de mercancías en la Comunidad Autónoma de Canarias, ya sea a petición del interesado o por iniciativa de la propia administración. Quién puede usar este servicio: * Ciudadanos * Empresas ## Cómo hacerlo #### Objeto * Revocar, de oficio o a instancia de parte, actos de gravamen o desfavorables. #### Medios de presentación * Electrónico: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. #### Plazo de presentación * Todo el año. ## Después de hacerlo #### Quién resuelve * Dirección General de Transportes. #### Plazo de resolución * 6 meses. #### Efectos del silencio administrativo * Caducidad (cuando el trámite se inicia de oficio). #### Recursos * Recurso de Alzada. ## Ayuda #### Quién tramita * Dirección General de Transportes #### Normativa * LEY 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias. * Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. #### Códigos identificativos * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 5769 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2084358

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar el cese de la actividad de transporte marítimo regular de pasajeros, mercancías y mixto a instancia de la Administración. Se puede iniciar de oficio o a petición de parte para revocar actos de gravamen o desfavorables. **Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos y empresas. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. **Costes:** * No se exigen tasas. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Presentación de la solicitud:** Se puede realizar de forma electrónica o presencial en las oficinas de registro del Gobierno de Canarias. **Medios de presentación:** * Electrónico * Presencial **Plazo de presentación:** Todo el año. ## Después de hacerlo **Plazos de resolución:** * El plazo de resolución es de 6 meses. **Efectos del silencio administrativo:** * Caducidad si se inicia de oficio. **Recursos:** * Recurso de Alzada. ## Ayuda **Quién tramita:** * Servicio de Transporte Marítimo. **Quién resuelve:** * Dirección General de Transportes **Normativa:** * **Autonómica:** LEY 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias. * **Estatal:** Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. **Códigos identificativos:** * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 5800 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2084364 [Volver al listado]()

  • ## Resumen Este procedimiento permite solicitar o llevar a cabo el cese de la actividad de transporte marítimo, turístico, recreativo, educativo o similar a instancia de la Administración. Quién puede usar este servicio: * Ciudadanos * Empresas ## Lo que necesitas * No se exigen requisitos previos. * No se exigen tasas. ### Documentación requerida * La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. ## Cómo hacerlo #### Objeto * Revocar, de oficio o a instancia de parte, actos de gravamen o desfavorables. #### Medios de presentación * Electrónico #### Plazo de presentación * Todo el año ## Después de hacerlo #### Quién resuelve * Dirección General de Transportes * Plazo de resolución: 6 meses * Efectos del silencio cuando el trámite se inicia de oficio: Caducidad * Recursos: Recurso de Alzada ## Ayuda * ¿Necesita ayuda? #### Quién tramita * Dirección General de Transportes #### Normativa ##### Normativa autonómica * Ley 12/2007 de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias. ##### Normativa estatal * Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas #### Códigos identificativos * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 5771 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2084357

  • ## Resumen Este procedimiento permite a los ayuntamientos de Canarias solicitar la cesión de carreteras regionales o insulares, o tramos de ellas, que hayan pasado a ser consideradas vías urbanas. **Quién puede usar este servicio:** Ayuntamientos. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud. * Acuerdo Municipal de desvinculación de la vía. * Documentación gráfica de la vía. * Documentación sobre la ordenación del tráfico. * Certificación de inclusión en el Plan General de Ordenación del Municipio. **Requisitos previos:** * La solicitud debe referirse a una carretera de interés regional o insular, o a un tramo de ella. * No debe interrumpirse un itinerario existente. * La vía debe mantener su carácter de vía dedicada al tráfico rodado. * La vía debe haber adquirido la condición de vía urbana. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * Se puede presentar la solicitud durante todo el año. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Preparar la documentación requerida. 2. Presentar la solicitud y la documentación: * **Electrónicamente:** A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. * **Presencialmente:** En las oficinas correspondientes. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** El Consejo de Gobierno resolverá la solicitud. **Plazos de resolución:** El plazo máximo de resolución es de 3 meses. **Efectos del silencio administrativo:** Si no se recibe respuesta en el plazo establecido, la solicitud se considera desestimada. ## Ayuda **Quién tramita:** Apoyo al Director/a General. **Normativa:** * [Decreto 212/1991](https://www.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=9904), de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica Canaria. * [Decreto 112/2002](https://www.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=40809), de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la Administración Pública de la comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de explotación, uso y defensa y régimen sancionador de las carreteras de interés regional. * [Decreto 45/2016](https://www.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=74555), de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. * [Ley 6/2006](https://www.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=53183), de 17 de julio del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias. * [Decreto 131/1995](https://www.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=22942), de 11 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Carreteras de Canarias. * [Ley 9/1991](https://www.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=4644), de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias * [Ley 40/2015](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10566), de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. * [Ley 39/2015](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10565), de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. * [Ley 29/1998](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1998-16718), de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Fines de utilidad o interés social para instituciones, corporaciones públicas o asociaciones sin ánimo de lucro.
    A quién está dirigido:
    Asociaciones y ONG's
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Instituciones, corporaciones públicas o asociaciones sin ánimo de lucro, que deberán emplearlos para fines de utilidad o interés social
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial


    • Otra documentación de interés:

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Promoción Pública Las Palmas I.C.V. Servicio de Promoción Pública S/C de Tenerife I.C.V.

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Servicio de Promoción Pública S/C de Tenerife I.C.V.
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma.
      Art. 54 de la Ley 6/2006, de 17 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 20 de enero de 2015, por la que se aprueban los pliegos de condiciones que rigen la cesión de los locales comerciales y sociales propiedad del Instituto Canario de la Vivienda

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4519
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221271

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