Cese de la actividad de transporte marítimo regular de pasajeros, mercancías y mixto a instancia de la Administración
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite revocar, de oficio o a petición de parte, decisiones que impongan obligaciones o sean desfavorables en el ámbito del transporte marítimo regular de pasajeros, mercancías y mixto.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos y empresas
Requisitos principales
- No se exigen requisitos previos.
Plazos
Todo el año
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
El trámite se puede iniciar de oficio.
Resumen
Este trámite permite solicitar el cese de la actividad de transporte marítimo regular de pasajeros, mercancías y mixto a instancia de la Administración. Se puede iniciar de oficio o a petición de parte para revocar actos de gravamen o desfavorables.
Quién puede usar este servicio: Ciudadanos y empresas.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Costes:
- No se exigen tasas.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Presentación de la solicitud: Se puede realizar de forma electrónica o presencial en las oficinas de registro del Gobierno de Canarias.
Medios de presentación:
- Electrónico
- Presencial
Plazo de presentación: Todo el año.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- El plazo de resolución es de 6 meses.
Efectos del silencio administrativo:
- Caducidad si se inicia de oficio.
Recursos:
- Recurso de Alzada.
Ayuda
Quién tramita:
- Servicio de Transporte Marítimo.
Quién resuelve:
Normativa:
- Autonómica: LEY 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias.
- Estatal: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Códigos identificativos:
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 5800
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2084364