Certificado de percibe mensual de Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI).
Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Objetivo
Obtener un certificado que acredite la percepción mensual de la Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI).
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos que perciben mensualmente la Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI).
Requisitos principales
- No se exigen requisitos previos.
Plazos
Puede presentarse la solicitud durante todo el año.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
No tiene
Resumen
Este trámite permite solicitar un certificado que acredita que una persona recibe mensualmente una prestación de la Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI).
Quién puede usar este servicio:
Ciudadanos que perciben mensualmente la LISMI.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitud: Presentar la solicitud a través de la sede electrónica o en las oficinas de registro.
- Tramitación: La Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración tramita la solicitud.
- Resolución: No tiene.
Medios de presentación:
- Electrónico: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
- Presencial: En cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, o en los registros indicados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Ayuda
- Contacto: Para obtener ayuda, puede dirigirse al servicio de contacto de la sede electrónica: ¿Necesita ayuda?
Normativa
- Orden de 5 de diciembre de 2008, por la que se implantan las actuaciones de respuesta inmediata.
- Resolución de 26 de septiembre de 2008, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se aprueban las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administrativa y mejora de la regulación.
- Orden de 25 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2008 por la que se implantan actuaciones de respuesta inmediata.