Cese de la actividad de transporte marítimo no regular de mercancías a instancia de la Administración
Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Objetivo
Revocar, de oficio o a instancia de parte, actos de gravamen o desfavorables relacionados con el transporte marítimo no regular de mercancías en Canarias.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos y Empresas
Requisitos principales
- No se exigen
Plazos
Todo el año
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
El silencio administrativo en este trámite iniciado de oficio tiene efectos de caducidad.
Resumen
Este trámite permite solicitar la revocación de actos administrativos desfavorables relacionados con el transporte marítimo no regular de mercancías en la Comunidad Autónoma de Canarias, ya sea a petición del interesado o por iniciativa de la propia administración.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
- Empresas
Cómo hacerlo
Objeto
- Revocar, de oficio o a instancia de parte, actos de gravamen o desfavorables.
Medios de presentación
- Electrónico: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
Plazo de presentación
- Todo el año.
Después de hacerlo
Quién resuelve
- Dirección General de Transportes.
Plazo de resolución
- 6 meses.
Efectos del silencio administrativo
- Caducidad (cuando el trámite se inicia de oficio).
Recursos
- Recurso de Alzada.
Ayuda
Quién tramita
Normativa
- LEY 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Códigos identificativos
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 5769
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2084358