Gobierno de Aragón

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para explotaciones extensivas y semi-extensivas de vacuno de leche dentro de la Política Agraria Común (PAC). **Quién puede usar este servicio:** * Ganaderos con explotaciones extensivas y semi-extensivas de vacuno de leche. ## Lo que necesitas **Requisitos:** * La explotación debe estar inscrita en REGA con el tipo de explotación Producción y reproducción y sistema productivo extensivo o semi-extensivo. A nivel de subexplotación deben estar clasificadas como explotaciones de bovino con una clasificación zootécnica de reproducción para producción de leche, reproducción para producción mixta o recría de novillas. * Realizar entregas de leche a compradores al menos durante 6 meses en el periodo comprendido entre el 1 de octubre del año 2023 y el 30 de septiembre del año 2024, o ha presentado la declaración de ventas directas en este último año con cantidades vendidas. * Los animales tienen que ser hembras de la especie bovina de aptitud láctea perteneciente a alguna de las razas enumeradas en el anexo XXIII del Real Decreto 1048/2022, así como la raza Fleckvieh en explotaciones de ganado vacuno con una clasificación zootécnica de reproducción para producción de leche, o reproducción para producción mixta y de una edad igual o mayor a 24 meses a fecha 30 de abril de 2024 y se encuentren inscritas en el Registro General de Identificación Individual de Animales (RIIA) * Los animales con derecho a cobro se determinan mediante comprobaciones de los animales elegibles presentes en la explotación del solicitante a 1 de enero, 1 de marzo y 30 de abril de 2024. Los animales a computar tienen que estar presentes en las cuatro fechas. **Documentos requeridos:** * Solicitud Conjunta PAC (presentación online). **Plazo de presentación:** * Del 01/02/2025 al 30/04/2025 ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Presentar la Solicitud Conjunta PAC telemáticamente a través de Iniciar trámite. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Si falta información, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo (Subsanar trámite). * Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite (Aportar documentación). * El plazo de resolución es de 18 meses. Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. ( Saber más sobre el silencio administrativo) ## Ayuda **Contacto:** * Teléfono: 976 715 796 * Correo electrónico: agricultura@aragon.es * Presencial: Oficinas Comarcales Agroambientales **Ayuda con la tramitación electrónica:** * Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica. * Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica. * Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: * 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * infoyregistro@aragon.es **Más información:** * Órgano responsable: DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA **Normativa:** * Orden AGA/93/2025, de 20 de enero, para la presentación de la solicitud única de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2025 * Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales * Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón * Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas * Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común * Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control * Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI) * Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para ganaderos con explotaciones extensivas de vacuno de carne que mantengan vacas nodrizas. Estas ayudas están dirigidas a ganaderos que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria. ## Plazo de presentación El plazo para presentar la solicitud es del 01/02/2025 al 30/04/2025. [Iniciar trámite](https://sgapac.aragon.es/SgaCac/) ## A quién va dirigido * Ganaderos (personas físicas o jurídicas) de vacas nodrizas ## Requisitos * **Requisitos de los solicitantes:** * Poseer un rebaño de vacas en régimen extensivo, destinado a la cría de terneros para la producción de carne, compuesto por animales de raza de aptitud cárnica o cruce con dichas razas. * Las explotaciones deben estar inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) con el tipo de explotación producción y reproducción y sistema de explotación extensiva y semi extensiva. A nivel de subexplotación deberán estar clasificadas como explotaciones de bovino con una clasificación zootécnica de reproducción para producción de carne, reproducción para producción mixta o recría de novillas. * **Requisitos de los animales:** * Las vacas nodrizas deben estar inscritas en el Registro General de Identificación Individual de Animales (RIIA). * Solo se considerarán animales elegibles las vacas que han parido en los 20 meses previos al 30 de abril del año de la solicitud, que pertenezcan a una raza cárnica o que procedan de un cruce con una de estas razas y que formen parte de un rebaño destinado a la cría de terneros para la producción de carne, pudiendo ser también elegibles un número de novillas no superior al 15% de las vacas nodrizas que resulten elegibles y cumplan las condiciones de éstas, excepto la de no haber parido. * Los animales con derecho a cobro se determinan mediante comprobaciones de los animales elegibles presentes en la explotación del solicitante a 1 de enero, 1 de marzo y 30 de abril de 2024. Los animales a computar tienen que estar presentes en las cuatro fechas. * Si vende leche de vaca, el censo de vacas lecheras o nodrizas se establece mediante la relación entre la cantidad de leche comercializada entre en 1 de octubre del año 2023 y el 30 de septiembre del año 2024, considerando un rendimiento lechero medio para España de 6.500 kilogramos, o bien, un rendimiento superior acreditado en Control Oficial Lechero. * Con el fin de conservar los recursos genéticos y mantener la biodiversidad, se establece un pago complementario para las vacas nodrizas de razas autóctona inscritas en el Sistema Nacional de Información de Razas (ARCA), y la Asociación esté reconocida oficialmente. ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Solicitud Conjunta PAC Presentación en línea. ## Información adicional Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria (Dirección General de Producción Agraria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación) Los solicitantes a las ayudas al vacuno de lidia complementarias (COVID) tienen que presentar Declaración de minimis por Registro ([presencial con cita previa](https://citaprevia.aragon.es/provincias)) o por Registro General Electrónico ([REGA](https://www.aragon.es/tramites/registro-electronico-general)) Plazo de presentación de la declaracion de minimis para ayudas al vacuno de lidia: pendiente de definir. ### Documentos y enlaces de interés * [Soporte de consultas e incidencias técnicas en la tramitación de la PAC ](https://aplicaciones.aragon.es/sitck/pages/login.xhtml) * [Ficha de terceros](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria) ## Presentación de la solicitud ### Telemática [Iniciar trámite](https://sgapac.aragon.es/SgaCac/) ## Contacto y ayuda * **Teléfono.**[976 715 796](tel:976715796) * **Correo electrónico.**[agricultura@aragon.es](mailto:agricultura@aragon.es) * **Presencial.** Servicio Provincial Huesca [https://www.aragon.es/-/servicio-provincial-de-huesca](https://www.aragon.es/-/servicio-provincial-de-huesca) * **Presencial.** Servicio Provincial Teruel [https://www.aragon.es/-/servicio-provincial-de-teruel](https://www.aragon.es/-/servicio-provincial-de-teruel) * **Presencial.** Servicio Provincial Zaragoza [https://www.aragon.es/-/servicio-provincial-de-zaragoza](https://www.aragon.es/-/servicio-provincial-de-zaragoza) * **Presencial.** Oficinas Comarcales Agroambientales [https://www.aragon.es/-/oficinas-comarcales-agroambientales-ocas-y-areas-medioambientales-amas-](https://www.aragon.es/-/oficinas-comarcales-agroambientales-ocas-y-areas-medioambientales-amas-) * **Presencial.** Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6TGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA ### Normativa * [Orden AGA/93/2025, de 20 de enero, para la presentación de la solicitud única de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2025.](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1375054260909) * [Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales](https://www.boe.es/buscar/pdf/2007/BOE-A-2007-12694-consolidado.pdf) * [Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=847747263333) * [Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas](https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/24/pdfs/BOE-A-2022-22127.pdf) * [Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común](https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/29/pdfs/BOE-A-2022-23047.pdf) * [Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control](https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/29/pdfs/BOE-A-2022-23048.pdf) * [Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI)](https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/29/pdfs/BOE-A-2022-23049.pdf) * [Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola](https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/29/pdfs/BOE-A-2022-23054.pdf) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Subsanación Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/758) ### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/758) ### Resolución Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24)

  • ## Resumen Este trámite permite a los ganaderos de ovino y caprino solicitar ayudas de la Política Agraria Común (PAC) para sus explotaciones. Quién puede usar este servicio: * Ganaderos (personas físicas o jurídicas) con explotaciones de ganado ovino y caprino. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Solicitud Conjunta PAC (presentación en línea). Requisitos: * La explotación debe estar inscrita en el Registro de explotaciones agrarias (REGA) como producción y reproducción o tipo pastos, clasificada como ovino y/o caprino con fines de reproducción para carne o mixta. * Los animales elegibles son hembras de ovino y caprino mantenidas para reproducción, identificadas y registradas a 1 de enero de 2024. * Mínimo de 30 ovejas o 10 cabras elegibles. * Mínimo de 0,6 corderos por hembra elegible entre el 1 de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2024. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Presentar la Solicitud Conjunta PAC de forma telemática. Información sobre cada etapa: * La solicitud se presenta a través de la sede electrónica. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * La Administración revisará la solicitud y la documentación aportada. * Si falta información, se requerirá la subsanación. Plazos de resolución: * El plazo máximo para resolver la solicitud es de 18 meses. Siguiente pasos: * Estar atento a las notificaciones de la Administración. * En caso de resolución favorable, se procederá al pago de la ayuda. ## Ayuda Contacto: * Teléfono: [976 715 796](tel:976715796) * Correo electrónico: [agricultura@aragon.es](mailto:agricultura@aragon.es) * Presencial: [Oficinas Comarcales Agroambientales](https://www.aragon.es/-/oficinas-comarcales-agroambientales-ocas-y-areas-medioambientales-amas-) Recursos adicionales: * [Soporte de consultas e incidencias técnicas en la tramitación de la PAC](https://aplicaciones.aragon.es/sitck/pages/login.xhtml) * [Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6TGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Servicio de Información y Registro: * Teléfono: [976 714 000](tel:+976714000) (lunes a viernes de 9:00 a 14:00) * Correo electrónico: [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) ### Normativa * [Orden AGA/93/2025, de 20 de enero, para la presentación de la solicitud única de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2025.](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1375054260909) * [Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina](https://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-10103-consolidado.pdf) * [Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=847747263333) * [Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales](https://www.boe.es/buscar/pdf/2007/BOE-A-2007-12694-consolidado.pdf) * [Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas](https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/24/pdfs/BOE-A-2022-22127.pdf) * [Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común](https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/29/pdfs/BOE-A-2022-23047.pdf) * [Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control](https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/29/pdfs/BOE-A-2022-23048.pdf) * [Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI)](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-23049) * [Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola](https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/29/pdfs/BOE-A-2022-23054.pdf)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar el pago complementario a la renta para jóvenes agricultores dentro de las ayudas de la Política Agraria Común (PAC). **Quién puede usar este servicio:** * Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias. ## Lo que necesitas **Documentación:** * Solicitud Conjunta PAC (presentación en línea). **Requisitos:** * El importe del pago se calcula multiplicando el número de derechos de pago activados por una cantidad fija correspondiente al valor medio de los derechos. * El máximo de derechos de pago activados a tener en cuenta no debe ser mayor de 100. * El pago se concede por un máximo de cinco años desde la primera solicitud. * Cumplir con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Presentar la Solicitud Conjunta PAC telemáticamente a través de la plataforma [SgaCac](https://sgapac.aragon.es/SgaCac/). **Plazo de presentación:** Del 01/02/2025 al 30/04/2025. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Si falta información en tu solicitud, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/1750) * Puedes realizar alegaciones o aportar documentos adicionales a tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/1750) * **Plazo de resolución:** 13 meses. * Si tu solicitud no se ha resuelto en el plazo indicado, puedes esperar a que la administración resuelva (aceptando o denegando tu solicitud) o interponer un recurso. Más información sobre el silencio administrativo: [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24) ## Ayuda **Contacto:** * Teléfono: [976 716 835](tel:976716835) * Correo electrónico: [agricultura@aragon.es](mailto:agricultura@aragon.es) * Oficinas Comarcales Agroambientales (OCAS): [Oficinas Comarcales Agroambientales](https://www.aragon.es/-/oficinas-comarcales-agroambientales-ocas-y-areas-medioambientales-amas-) **Recursos adicionales:** * Para consultas o dificultades técnicas en la tramitación de la PAC, puedes acceder a este enlace: [Consulta o dificultades técnicas en la tramitación de la PAC](https://aplicaciones.aragon.es/agrspt/) * Preguntas más frecuentes FEGA: [Preguntas más frecuentes FEGA](https://www.fega.gob.es/es/pepac-2023-2027/introduccion-pepac-normativa/resoluciones-notas-aclaratorias-pac_2023-2027) * Guía rápida de ayuda al ciudadano para la tramitación electrónica: [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * Tutoriales en YouTube sobre aspectos clave de la tramitación electrónica: [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6TGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Servicio de Información y Registro: [976 714 000](tel:+976714000) / [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) **Normativa:** * [Orden AGA/93/2025, de 20 de enero, para la presentación de la solicitud única de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2025.](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1375054260909) * [Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, Sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1268851370808) * [Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, DECRETO LEGISLATIVO 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, que sustituye a la Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón .](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1276611240404)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas económicas para apoyar la integración familiar de personas con menores a su cargo. Estas ayudas buscan evitar el internamiento de los menores en centros especializados o la adopción de otras medidas de protección. ## Dirigido a Personas físicas. ## Requisitos * Ser mayor de edad o menor emancipado con al menos un menor a su cargo. * Estar empadronado en un municipio de Aragón con residencia efectiva. * No superar los ingresos anuales especificados en el artículo 28 del Decreto 191/2017. * Excepcionalmente, si se superan los umbrales económicos, se puede conceder la ayuda si el profesional de referencia lo considera imprescindible. ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Certificado de empadronamiento actualizado de la unidad familiar. * Fotocopia completa del libro de familia o partida de nacimiento (en caso de extranjeros). * Relación de miembros de la unidad familiar, indicando datos de parentesco. * Autorización a la consulta de datos y firma de la solicitud: [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=806&key=Autorizacinala) ### Documentación que consultará la administración: * Acreditación de identidad. * Acreditación de familia numerosa. * Acreditación parejas de hecho. * Datos económicos de la persona solicitante. ### Formulario del trámite: * [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=806) ## Información adicional La solicitud se presenta en los Servicios Sociales Municipales o Servicio Social de Base de la localidad. Las ayudas pueden ser periódicas (situaciones duraderas, máximo dos años) o de emergencia puntual (carácter excepcional, inmediato y único). Obligaciones de los beneficiarios de ayudas periódicas: * Reclamar derechos y créditos a favor de la unidad familiar. * Escolarizar a los menores a cargo y garantizar su asistencia. * Comunicar cambios económicos o familiares en 15 días. * Comunicar cambios de domicilio en 15 días. * Mantener el empadronamiento y residencia en Aragón. * Suscribir y cumplir un programa de atención social. Se podrá solicitar documentación adicional si es necesaria. ## Presentación de la solicitud ### Presencial 1. Descargar, completar y firmar el formulario: [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=806) 2. Reunir la documentación necesaria. 3. Solicitar cita previa en una oficina de información y registro: [Localiza tu oficina más cercana](https://www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion), [Pedir cita previa](https://citaprevia.aragon.es) 4. Presentar el formulario y la documentación en la oficina. ## Contacto y ayuda * Correo electrónico: [iass@aragon.es](mailto:iass@aragon.es) ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000) (Lunes a viernes de 9:00 a 14:00) * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * [976 289 414](tel:+976289414) (Lunes a viernes de 8:00 a 18:00) * [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905), [Información sobre el canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) ## Más información ### Órgano responsable INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES ### Normativa * [Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=390353230505) * [Decreto 191/2017, de 28 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las prestaciones económicas para situaciones de urgencia, para el apoyo a la integración familiar y los complementos económicos para perceptores de pensión no contributiva](https://www.aragon.es/documents/20127/674325/DECRETO_191_2017.pdf/52d3ace8-8d0f-7563-7e00-b9d542a6bf9e) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Plazo de presentación En plazo permanente. ### Trámite presencial Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite. * [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=806) * [Pedir cita previa](https://citaprevia.aragon.es) ### Subsanación Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. * [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/806) ### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. * [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/806) ### Resolución 3 meses. Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. * [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para la eliminación de subproductos de la vinificación. Estas ayudas están dirigidas a destilerías autorizadas que transformen los subproductos de la vinificación entregados por los productores para su destilación en alcohol bruto con un grado alcohólico mínimo del 92%. ## Lo que necesitas ### Requisitos * **Requisitos de los productos entregados a la destilación:** * Fecha límite de entrega de los subproductos para vinificación: 15 de junio de cada campaña. * Contenido mínimo: * Orujos de uva - 2,8 litros de alcohol puro por cada 100 kilos. * Lías de vino - 4 litros de alcohol puro por cada 100 kilos. * **Requisitos de los destiladores:** * Ser destilador autorizado. * Extender un certificado de recepción por cada tipo de producto. * Enviar el certificado de recepción a la autoridad competente en un plazo máximo de 10 días. * Finalizar las operaciones de destilación antes del 15 de julio de la campaña vitícola de que se trate. * Destinar el alcohol obtenido exclusivamente a fines industriales o energéticos. ### Documentación #### Presentar en todos los casos: * Formulario de solicitud * Autorización de destilador * ANEXO.- Destiladores [Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=987&key=ANEXODestilador) ANEXO.- Destiladores #### Formulario del trámite: Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite. [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=987) ## Cómo hacerlo ### Presentación de la solicitud #### Telemática [Iniciar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/weblogon/iniciarAction.do) #### Presencial 1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=987) 2. Reúne la documentación que tienes que aportar. 3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. [Localiza tu oficina más cercana](https://www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion) [Pedir cita previa](https://citaprevia.aragon.es) 4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina. ## Después de hacerlo ### Proceso de tramitación y acciones disponibles #### Subsanación Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/987) #### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/987) #### Resolución En todo caso antes del 16 de octubre de la campaña siguiente. Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24) ## Ayuda ### Contacto y ayuda * **Teléfono.** [976714630 / 976714604](tel:976714630%20/%20976714604) * **Correo electrónico.** [registroviticola@aragon.es](mailto:registroviticola@aragon.es) * **Presencial.** Oficinas Comarcales Agroambientales * **Presencial.** Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6TGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA ### Normativa * [Orden, de 10 de Enero, del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, de 1997, relativa a la aplicación del Reglamento (CEE) 2238/93, Real Decreto 323/1994 y demás normativa aplicable en materia de documentos que acompañan el transporte de productos vitivinícolas y los registros que se deben llevar en el sector](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=453888564341)

  • ## Ayudas Extraordinarias para la financiación de las explotaciones agrarias aragonesas afectadas por la sequía 2023 A través de este trámite se puede presentar una solicitud de ayuda adicional a las personas beneficiarias de las ayudas a operaciones formalizadas en la línea LINEA ICO MAPA SAECA para apoyo financiero por daños ocasionados por la sequía y otras causas extraordinarias para los años 2023 y 2024. Tendrán la condición de personas beneficiarias las titulares de explotaciones agropecuarias de Aragón que hayan resultado beneficiarias de las ayudas contempladas en la Orden de 12 de mayo de 2022 por la que se convocan subvenciones establecidas en el artículo 6 del Real Decreto Ley 4/2022 de 15 de marzo de apoyo al sector agrario ante la pérdida de rentabilidad y por causa de la sequía. La cuantía individualizada de la subvención se calcula como un porcentaje del 5% del principal formalizado en la línea ICO/MAPA/SAECA,limitado a un importe máximo de 5.000 € por persona beneficiaria para una o varias operaciones de financiación. Esta ayuda se configura como complementaria a la otorgada por el MAPA teniendo en cuenta lo indicado para las ayudas de mínimis (cumplir el límite de 20.000 euros en las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en que se solicite la subvención) ## Plazo de presentación Del 01/08/2024 al 31/10/2024 [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-extraordinarias-explotaciones-agrarias-sequia-2023) ## Anuncios * [Resolución concesión y pago FASE 1](https://mia.aragon.es/descargar?csv=CSVW88ZZL05GP1F0XFIL) RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA SOBRE RECONOCIMIENTO,CONCESIÓN Y PAGO DE LAS SOLICITUDES DE AYUDA EXTRAORDINARIA OTORGADA POR LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE EXPLOTACIONES AGRARIAS ARAGONESAS EN EL CONTEXTO DE LOS DAÑOS OCASIONADOS POR LA SEQUÍA Y LOS PROBLEMAS COYUNTURALES DEL SECTOR PARA LOS AÑOS 2023 Y 2024 - FASE 1

    Mostrar más anuncios * [Resolución concesión y pago FASE 2](https://mia.aragon.es/descargar?csv=BOA20240809013) RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA SOBRE RECONOCIMIENTO,CONCESIÓN Y PAGO DE LAS SOLICITUDES DE AYUDA EXTRAORDINARIA OTORGADA POR LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE EXPLOTACIONES AGRARIAS ARAGONESAS EN EL CONTEXTO DE LOS DAÑOS OCASIONADOS POR LA SEQUÍA Y LOS PROBLEMAS COYUNTURALES DEL SECTOR PARA LOS AÑOS 2023 Y 2024 - FASE 2 * [Resolución concesión y pago FASE 3](https://mia.aragon.es/descargar?csv=BOA20250210020) RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA SOBRE RECONOCIMIENTO,CONCESIÓN Y PAGO DE LAS SOLICITUDES DE AYUDA EXTRAORDINARIA OTORGADA POR LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE EXPLOTACIONES AGRARIAS ARAGONESAS EN EL CONTEXTO DE LOS DAÑOS OCASIONADOS POR LA SEQUÍA Y LOS PROBLEMAS COYUNTURALES DEL SECTOR PARA LOS AÑOS 2023 Y 2024 - FASE 3 * [Resolución concesión y pago FASE 3 Complementaria](https://mia.aragon.es/descargar?csv=BOA20250210019) RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA SOBRE RECONOCIMIENTO,CONCESIÓN Y PAGO DE LAS SOLICITUDES DE AYUDA EXTRAORDINARIA OTORGADA POR LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE EXPLOTACIONES AGRARIAS ARAGONESAS EN EL CONTEXTO DE LOS DAÑOS OCASIONADOS POR LA SEQUÍA Y LOS PROBLEMAS COYUNTURALES DEL SECTOR PARA LOS AÑOS 2023 Y 2024 - FASE 3 Complementaria
    ## Dirigido a * Tener la condición de personas beneficiarias las titulares de explotaciones agropecuarias de Aragón que hayan resultado beneficiarias de las ayudas contempladas en la Orden de 12 de mayo de 2022 por la que se convocan subvenciones establecidas en el artículo 6 del Real Decreto Ley 4/2022 de 15 de marzo de apoyo al sector agrario ante la pérdida de rentabilidad y por causa de la sequía. ## Requisitos * Disponer a la fecha de la solicitud de la correspondiente resolución del MAPA de aprobación de las ayudas establecidas en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022,de 15 de marzo,por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario ante la pérdida de rentabilidad y por causa de la sequía. * Cumplir el límite de 20.000 euros en las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en que se solicite la subvención. * Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social,así como de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón,si bien,podrá realizarse el pago de la subvención si la persona beneficiaria sólo tiene pendiente de pago alguna deuda con la Hacienda de la Comunidad Autónoma o es deudora por resolución de procedencia de reintegro,si la deuda tributaria es menor a la subvención que se pueda conceder. ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Resolución de aprobación del MAPA Resolución de aprobación del MAPA de las ayudas establecidas en el artículo 6 del Real Decreto Ley 4/2022,de 15 de marzo,por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario ante la pérdida de rentabilidad y por causa de la sequía. ### Documentación que consultará la administración [Ver detalles](https://www.aragon.es) * Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones * Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social * Corriente de pago para ayudas y subvenciones * Validación de NIF de un contribuyente * Verificación de Datos de Identidad ## Información adicional Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Organización de Mercados (Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria del Departamento de Agricultura,Ganadería y Alimentación) Convocatoria abierta en los siguientes plazos de solicitudes: Primer plazo:desde 15/11/2023 hasta el 31/12/2023. Segundo plazo:desde el 01/03/2024 hasta el 31/05/2024. Tercer plazo:desde el 01/08/2024 hasta el 31/10/2024. ### Documentos y enlaces de interés * [Anexo documentación en poder de la Administración](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9974&key=AnexodocumentacinenpoderdelaAdministraci) * [Resoluciones aprobatorias ayuda MAPA a la que complementa la presente. Seleccionar procedimiento "Subvenciones de la Línea de financiación ICO-MAPA-SAECA destinadas al sector agrario y pesquero":](https://sede.mapa.gob.es/portal/site/seMAPA/navTablonAnuncios) ## Presentación de la solicitud ### Telemática 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,certificado electrónico o cl@ve). [Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.](https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_e3D_7k2T-5FkZo4t7XigqH) 2. Pulsar en "Iniciar trámite",completa la solicitud,sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. * [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-extraordinarias-explotaciones-agrarias-sequia-2023) ## Contacto y ayuda ### ¿Necesitas ayuda para realizar el trámite? Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes [tramitar con ayuda del personal habilitado](https://www.aragon.es/tramites/personal-habilitado). ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Si tienes problemas técnicos,contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * [976 289 414](tel:+976289414). De lunes a viernes de 8:00 a 18:00. * [soportesae@aragon.es](mailto:soportesae@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp:[+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA ### Normativa * [Real Decreto-ley 4/2023,de 11 de mayo](https://www.boe.es/boe/dias/2023/05/12/pdfs/BOE-A-2023-11187.pdf) * [Ley 38/2003,de 17 de noviembre,General de Subvenciones](https://www.boe.es/boe/dias/2003/11/18/pdfs/A40505-40532.pdf) * [Decreto Legislativo 2/2023,de 3 de mayo](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1276611240404) * [Orden AGA/1611/2023,de 7 de noviembre](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1302525510303) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Plazo de presentación Del 01/08/2024 al 31/10/2024 Convocatoria abierta en los siguientes plazos de solicitudes:Primer plazo:desde 15/11/2023 hasta el 31/12/2023. Segundo plazo:desde el 01/03/2024 hasta el 31/05/2024. Tercer plazo:desde el 01/08/2024 hasta el 31/10/2024. [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-extraordinarias-explotaciones-agrarias-sequia-2023) [Consultar formas de presentación](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-extraordinarias-para-la-financiacion-de-las-explotaciones-agrarias-aragonesas-afectadas-por-la-sequia-2023-1#PresentacionSolicitud) ### Subsanación Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/9974) ### Aportación Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/9974) ### Resolución Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar una ayuda adicional para aquellos agricultores y ganaderos de Aragón que ya hayan recibido ayudas a través de la línea ICO MAPA SAECA y que se hayan visto afectados por la sequía de 2023. Quién puede usar este servicio: * Titulares de explotaciones agropecuarias de Aragón que hayan sido beneficiarios de las ayudas contempladas en la Orden de 12 de mayo de 2022. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Resolución de aprobación del MAPA de las ayudas establecidas en el artículo 6 del Real Decreto Ley 4/2022. Requisitos previos: * Disponer de la resolución del MAPA de aprobación de las ayudas. * Cumplir el límite de 20.000 euros en ayudas de minimis. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Costes y plazos: * Este trámite es gratuito. * El plazo de presentación es del 01/08/2024 al 31/10/2024. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). 2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. * Consultar trámite ## Después de hacerlo * La administración puede requerir subsanaciones o mejoras a la solicitud. * Puedes realizar alegaciones o aportar documentos adicionales. * Si la solicitud no se resuelve en el plazo establecido, se puede entender como silencio administrativo. ## Ayuda Contacto: * Servicio de Información y Registro: 976 714 000, infoyregistro@aragon.es * Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: 976 289 414, soportesda@aragon.es Recursos adicionales: * Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica * Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica ## Más información * Órgano responsable: DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA ### Normativa * Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo * Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones * Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón. * Orden AGA/1611/2023, de 7 de noviembre

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para financiar proyectos que mejoren la eficiencia energética en alojamientos turísticos de Aragón. Estas ayudas se enmarcan dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea. **Quién puede usar este servicio:** * Propietarios de edificios destinados a alojamientos turísticos. * Explotadores, arrendatarios o concesionarios de estos edificios. **Antes de empezar:** * Asegúrate de que tu establecimiento está legalmente establecido e inscrito en el Registro de Turismo de Aragón. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Acreditación de la propiedad del edificio o contrato de explotación. * Ficha catastral del inmueble (antigüedad anterior a 2007). * Proyecto, memoria técnica o memoria justificativa de la actuación. * Tres presupuestos de diferentes proveedores (si el gasto subvencionable supera los 40.000€ en obra o 15.000€ en bienes/servicios). * Contrato u oferta firmada de la ejecución de las actuaciones. * Solicitudes de licencias y/o autorizaciones. * Certificado de Eficiencia Energética del estado actual del edificio. * Certificado de Eficiencia Energética del estado reformado del edificio. * Certificación de situación censal (si desarrollas actividades económicas). * Declaración de cesión y tratamiento de datos ([Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9431&key=DOC_DECLARACION_CESION)). * Declaración de compromiso ([Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9431&key=DOC_DECLARACION_COMPROMISO)). * Declaración responsable ([Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9431&key=DOC_DECLARACION_DNSH)). * Declaración de concesión de derechos y accesos ([Descargar modelo](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9431&key=DOC_DECLARACION_ACCESO)). **Requisitos previos:** * El edificio debe ser anterior a 2007. * El proyecto debe permitir un salto de al menos una letra en la escala de emisiones de CO2 y un ahorro mínimo del 30% de energía primaria no renovable. **Costes y plazos:** * El plazo de presentación es del 01/04/2023 al 30/12/2023 (Fuera de plazo). ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). 2. Accede al trámite online. 3. Completa la solicitud. 4. Sube la documentación requerida. 5. Firma electrónicamente. **Información sobre cada etapa:** * Puedes consultar el estado de tu trámite online. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La administración revisará tu solicitud y la documentación. * Si falta información, te darán un plazo para subsanarla. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo de resolución es de 3 meses desde la presentación de la solicitud. **Siguientes pasos:** * Si tu solicitud es aprobada, recibirás la ayuda para financiar tu proyecto. ## Ayuda **Contacto:** * Turismo de Aragón: 976 282 181 / [subvencionesturismo1@aragon.es](mailto:subvencionesturismo1@aragon.es) **Recursos adicionales:** * [Guía explicativa](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9431&key=Guaexplicativa) * [Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) **Ayuda con la tramitación electrónica:** * Servicio de Información y Registro: 976 714 000 / [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: 976 289 414 / [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: +34 973 901 905 (Más información sobre el [canal WhatsApp](/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp))

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para financiar proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas de Aragón, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea (Next Generation EU). Quién puede usar este servicio: * Empresas turísticas. * Propietarios de edificios o locales donde se desarrollen actividades turísticas. * Otras actividades económicas vinculadas al sector turístico. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Acreditación de la propiedad del edificio o contrato de explotación. * Proyecto, memoria técnica o memoria justificativa de la actuación: * [Descargar modelo Proyecto, memoria técnica o memoria justificativa de la actuación](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10343&key=DOC_MEMORIA_ACTUACION) * Tres presupuestos de diferentes proveedores y memoria justificativa. * Contrato u oferta firmada de la ejecución de las actuaciones. * Licencias y/o autorizaciones para la ejecución de las actuaciones. * Certificación de situación censal. * Declaración de cesión y tratamiento de datos: * [Descargar modelo Declaración de cesión y tratamiento de datos](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10343&key=DOC_DECLARACION_CESION) * Declaración de compromiso: * [Descargar modelo Declaración de compromiso](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10343&key=DOC_DECLARACION_COMPROMISO) * Declaración responsable: * [Descargar modelo Declaración responsable](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10343&key=DOC_DECLARACION_DNSH) * Declaración de concesión de derechos y accesos: * [Descargar modelo Declaración de concesión de derechos y accesos](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10343&key=DOC_DECLARACION_ACCESO) * Declaración responsable de contratación: * [Descargar modelo Declaración responsable de contratación ](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10343&key=DOC_DECLARACION_CONTRATACION) Requisitos previos: * Ser propietario o explotador de un establecimiento de alojamiento turístico en Aragón. * Realizar una actividad económica en el mercado. * Estar dado de alta en el Censo de Empresarios. * La actividad debe estar clasificada bajo los códigos CNAE especificados en la convocatoria. Costes y plazos: * El trámite no tiene coste. * Plazo de presentación: Del 30/07/2024 al 29/10/2024. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Accede al trámite telemático con un método de identificación electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). 3. Completa la solicitud. 4. Sube la documentación requerida. 5. Firma electrónicamente la solicitud. Información sobre cada etapa: * La solicitud se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón. * Es necesario disponer de firma electrónica para completar el trámite. Tiempos de espera: * El plazo de resolución es de 3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * La administración revisará la solicitud y la documentación aportada. * Si falta información, se requerirá la subsanación. Plazos de resolución: * 3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud. Siguientes pasos: * Estar atento a las notificaciones de la administración. * En caso de resolución favorable, seguir las indicaciones para la ejecución del proyecto y justificación de la ayuda. ## Ayuda Contacto: * Teléfono: Turismo de Aragón. [976 282 181](tel:976282181) * Correo electrónico: Turismo de Aragón. [subvencionesturismo1@aragon.es](mailto:subvencionesturismo1@aragon.es) Recursos adicionales: * [Guía explicativa ](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10343&key=Guaexplicativa) * [Instrucciones Solicitud ](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10343&key=InstruccionesSolicitud) * [Preguntas frecuentes ](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=10343&key=preguntasfrecuentes) * [Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) Ayuda con la tramitación electrónica: * Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * [976 289 414](tel:+976289414). De lunes a viernes de 8:00 a 18:00. * [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) ## Más información ### Normativa * [Orden MAT/ 822 /2024, de 18 de julio](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1344903840404) * [Ley 38/1993, de 17 de noviembre, Subvenciones](https://www.boe.es/buscar/pdf/2003/BOE-A-2003-20977-consolidado.pdf) * [Ley 5/2015, de 25 de marzo, Subvenciones de Aragón](https://www.boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-5329-consolidado.pdf)

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