Ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne (PAC). 758. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Solicitar las ayudas para ganaderos con explotaciones extensivas de vacuno de carne que cumplan los requisitos.
¿Quién puede solicitarlo?
Ganaderos (personas físicas o jurídicas) de vacas nodrizas.
Requisitos principales
- Ser ganadero de vacas nodrizas (persona física o jurídica).
- Tener un rebaño de vacas en régimen extensivo para la cría de terneros de razas cárnicas.
- Las explotaciones deben estar inscritas en el REGA con tipo de explotación de producción y reproducción y sistema extensivo o semi-extensivo.
- Las vacas nodrizas deben estar inscritas en el Registro General de Identificación Individual de Animales (RIIA).
- Las vacas deben haber parido en los 20 meses previos al 30 de abril del año de solicitud y pertenecer a razas cárnicas o cruces.
- Cumplir con los requisitos de presencia de animales en las fechas de control (1 de enero, 1 de marzo y 30 de abril).
- En caso de vender leche, cumplir con los requisitos de rendimiento lechero.
Plazos
Del 01/02/2025 al 30/04/2025
Duración del trámite
18 meses
Información adicional
Los solicitantes de ayudas complementarias al vacuno de lidia (COVID) deben presentar una declaración de minimis.
Resumen
Este trámite permite solicitar ayudas para ganaderos con explotaciones extensivas de vacuno de carne que mantengan vacas nodrizas. Estas ayudas están dirigidas a ganaderos que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
Plazo de presentación
El plazo para presentar la solicitud es del 01/02/2025 al 30/04/2025.
A quién va dirigido
- Ganaderos (personas físicas o jurídicas) de vacas nodrizas
Requisitos
- Requisitos de los solicitantes:
- Poseer un rebaño de vacas en régimen extensivo, destinado a la cría de terneros para la producción de carne, compuesto por animales de raza de aptitud cárnica o cruce con dichas razas.
- Las explotaciones deben estar inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) con el tipo de explotación producción y reproducción y sistema de explotación extensiva y semi extensiva. A nivel de subexplotación deberán estar clasificadas como explotaciones de bovino con una clasificación zootécnica de reproducción para producción de carne, reproducción para producción mixta o recría de novillas.
- Requisitos de los animales:
- Las vacas nodrizas deben estar inscritas en el Registro General de Identificación Individual de Animales (RIIA).
- Solo se considerarán animales elegibles las vacas que han parido en los 20 meses previos al 30 de abril del año de la solicitud, que pertenezcan a una raza cárnica o que procedan de un cruce con una de estas razas y que formen parte de un rebaño destinado a la cría de terneros para la producción de carne, pudiendo ser también elegibles un número de novillas no superior al 15% de las vacas nodrizas que resulten elegibles y cumplan las condiciones de éstas, excepto la de no haber parido.
- Los animales con derecho a cobro se determinan mediante comprobaciones de los animales elegibles presentes en la explotación del solicitante a 1 de enero, 1 de marzo y 30 de abril de 2024. Los animales a computar tienen que estar presentes en las cuatro fechas.
- Si vende leche de vaca, el censo de vacas lecheras o nodrizas se establece mediante la relación entre la cantidad de leche comercializada entre en 1 de octubre del año 2023 y el 30 de septiembre del año 2024, considerando un rendimiento lechero medio para España de 6.500 kilogramos, o bien, un rendimiento superior acreditado en Control Oficial Lechero.
- Con el fin de conservar los recursos genéticos y mantener la biodiversidad, se establece un pago complementario para las vacas nodrizas de razas autóctona inscritas en el Sistema Nacional de Información de Razas (ARCA), y la Asociación esté reconocida oficialmente.
Documentación
Presentar en todos los casos:
- Solicitud Conjunta PAC Presentación en línea.
Información adicional
Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria (Dirección General de Producción Agraria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación)
Los solicitantes a las ayudas al vacuno de lidia complementarias (COVID) tienen que presentar Declaración de minimis por Registro (presencial con cita previa) o por Registro General Electrónico (REGA)
Plazo de presentación de la declaracion de minimis para ayudas al vacuno de lidia: pendiente de definir.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
Contacto y ayuda
- Teléfono.976 715 796
- Correo electrónico.agricultura@aragon.es
- Presencial. Servicio Provincial Huesca https://www.aragon.es/-/servicio-provincial-de-huesca
- Presencial. Servicio Provincial Teruel https://www.aragon.es/-/servicio-provincial-de-teruel
- Presencial. Servicio Provincial Zaragoza https://www.aragon.es/-/servicio-provincial-de-zaragoza
- Presencial. Oficinas Comarcales Agroambientales https://www.aragon.es/-/oficinas-comarcales-agroambientales-ocas-y-areas-medioambientales-amas-
- Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA
Normativa
- Orden AGA/93/2025, de 20 de enero, para la presentación de la solicitud única de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2025.
- Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales
- Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
- Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas
- Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común
- Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control
- Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI)
- Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Resolución
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
En esta página
- Resumen
- Plazo de presentación
- A quién va dirigido
- Requisitos
- Documentación
- Presentar en todos los casos:
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