Ministerio de Justicia

  • ## Resumen Esta moratoria, establecida por la Resolución General IGJ Nº 4/2025, ofrece a las entidades la oportunidad de regularizar la presentación de balances y documentación contable adeudada, evitando sanciones económicas. El plazo para adherirse vence el 31 de diciembre de 2025. **Quiénes pueden usar este servicio:** Entidades inscriptas en IGJ que adeuden la presentación de estados contables correspondientes a los últimos 10 ejercicios anuales cerrados hasta el 31 de agosto de 2024. Esto incluye: * Sociedades por acciones. * Sociedades de responsabilidad limitada (con capital según el art. 299 de la Ley N° 19.550). * Entidades constituidas en el extranjero (art. 118, tercer párrafo, de la Ley N° 19.550). * Asociaciones civiles y fundaciones. **Exclusiones:** Entidades con multas firmes por incumplimiento en la presentación de estados contables, a menos que hayan sido abonadas. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Formularios de presentación (disponibles en "Formularios"): * Primer balance adeudado: Formulario PRESENTACIÓN FUERA DE TÉRMINO DE ESTADOS CONTABLES (según el tipo de entidad, debidamente timbrado). * Balances adicionales adeudados: Formulario "PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES MORATORIA" (sin costo), uno por cada balance. * Estados contables adeudados (con documentación relacionada) de los últimos 10 ejercicios anuales (cerrados desde el 31 de agosto de 2015 hasta el 31 de agosto de 2024). * Para fundaciones: reuniones de Consejo de Administración aprobatorias, plan trienal de acción y documentación exigida por el artículo 348 del Anexo A de la Resolución General I.G.J. N° 15/2024. **Costes:** La moratoria no tiene costo en sí misma. Sin embargo, los formularios de presentación fuera de término tienen un costo que varía según el tipo de entidad. Utiliza la calculadora de módulos para IGJ para calcular el costo. ## Cómo hacerlo Presenta los formularios y la documentación en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia (Av. Paseo Colón 291), solicitando turno previamente. ## Después de hacerlo Durante la vigencia de la RG IGJ Nº 4/2025 (hasta el 31 de diciembre de 2025), se suspenderán los procedimientos sumariales por falta de presentación de estados contables, salvo por orden judicial o denuncia de terceros. Los procedimientos ya iniciados se archivarán al regularizar la situación. ## Ayuda * Completar formulario * Pedir turno

  • ## Resumen Este trámite te permite obtener un duplicado del título de tu auto, moto o maquinaria en caso de extravío, robo o deterioro. **Quién puede usar este servicio:** El dueño de un auto, moto o maquinaria. **Importante:** Si perdiste o te robaron el título, también tenés que hacer la verificación física del vehículo. Si el título está deteriorado, no es necesario. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Documento identificatorio: * Si sos argentino: DNI (LC o LE sólo si tenés más de 75 años). * Si sos extranjero sin residencia: pasaporte; con residencia permanente: DNI; de países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte. * **La constancia de Documento en trámite no acredita identidad**. * Si sos el representante legal o apoderado, deberás presentar documentos que prueben esa representación que invocás. * Solicitud Tipo 12: Sólo en los casos en que haya que hacer también la verificación física (hurto o extravío). Este certificado tiene una validez de 150 días hábiles. * En caso de deterioro total o parcial: título del automotor en el momento de completar el trámite en forma presencial en el Registro. ## Cómo hacerlo **Semipresencial:** 1. Completá la solicitud electrónica (buscá el trámite llamado *duplicado de título*). Continuá luego el trámite de manera presencial en el Registro. 2. Aboná los aranceles en línea. 3. Presentá la documentación en el Registro donde está radicado el vehículo. Podés pagár allí los aranceles si no los pagaste en línea. Te entregarán unos formularios para que completes: * Solicitud Tipo TP: Es la misma que completaste en línea, solo que en el registro la imprimirán y la deberás firmar. * Formulario 59: Deberás completar este formulario sólo en caso de que el trámite lo realice un tercero. 4. Retirá el duplicado del título al día siguiente en el Registro o descargalo en el sitio web. **Presencial:** 1. Si te corresponde: hacé la verificación física del vehículo en una planta habilitada. 2. Presentá la documentación en el Registro donde está radicado el vehículo y pagá allí los aranceles.Te entregarán unos formularios para que completes: * Formulario 02 * Formulario 59: Deberás completar este formulario sólo en caso de que el trámite lo realice un tercero. 3. Retirá el duplicado del título al día siguiente. **¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?** El trámite lleva: **24 horas** **¿Cuál es el costo?** Los aranceles varían en función de si el vehículo es una moto o un auto. Los aranceles involucrados son: * Título duplicado. * Certificado de firma. * Formulario TP. * Formulario 13. * Solicitud deuda / multa /infracción. Consultá los aranceles en la DNRPA. ## Después de hacerlo **Vigencia** El título del automotor **no tiene vencimiento**. ## Ayuda Iniciar trámite

  • ## Resumen Este trámite permite a las empresas binacionales argentino-brasileñas obtener un certificado de calificación emitido por la Inspección General de Justicia (IGJ). Este certificado reconoce el estatus de la empresa bajo el Tratado para el Establecimiento del Estatuto de Empresas Binacionales Argentino-Brasileñas. **Quién puede usar este servicio:** Empresas binacionales constituidas entre Argentina y Brasil. ## Lo que necesitas Los requisitos varían según el tipo de certificado que se solicite (provisorio, definitivo o consentimiento para transferencia de acciones). ### Obtención de certificado provisorio * Formulario de solicitud. * Acuerdo que estipule las condiciones de constitución y funcionamiento de la empresa binacional. * Copia del proyecto del estatuto o del contrato social de constitución de la empresa binacional. * Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios. ### Obtención de certificado definitivo * Formulario de solicitud. * Comprobante de inscripción del contrato constitutivo de la empresa binacional en el registro de la jurisdicción correspondiente. * Comprobante de integración total del capital social. * Copia del estatuto o del contrato social de la empresa. * Declaración jurada de los administradores. * Sociedad registrada en jurisdicción provincial: constituir un domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. * Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios. ### Obtención del consentimiento previo para la transferencia de acciones y participaciones sociales * Formulario de solicitud. * Datos completos de las partes de la operación de transferencia. * Declaración jurada de los administradores. * Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios. **Procedimiento posterior:** Dentro de los treinta (30) días siguientes a la sociedad (i) debe acreditar la inscripción de la transferencia en el libro social respectivo o en el Registro Público de Comercio, según corresponda por el tipo social; e (ii) informar el nuevo estado de distribución de su capital mediante certificación contable. ## Cómo hacerlo 1. Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. 2. Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. ## Cuál es el costo? Trámite común: 32 módulos. Consultá el valor actualizado aquí. ## Ayuda Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected] Pedir turno

  • ## Resumen Este trámite está dirigido a asociaciones, fundaciones y otras entidades de bien común sin fines de lucro, domiciliadas en el extranjero, que deseen obtener la autorización para funcionar como persona jurídica en Argentina. **Importante:** Se están actualizando los contenidos del sitio web debido a la implementación de la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Podés acceder al texto completo de la norma aquí. Este trámite se realiza de forma presencial. ## ¿A quién está dirigido? Este trámite está dirigido a asociaciones, fundaciones u otras entidades de bien común domiciliadas en el extranjero. ## ¿Qué necesito? Para realizar este trámite, necesitarás la siguiente documentación: * Formulario denominado APERTURA DE REPRESENTACIÓN O ESTABLECIMIENTO PERMANENTE DE ENTIDAD DE BIEN COMÚN DOMICILIADA EN EL EXTRANJERO. Completalo, descargalo, imprimilo y abonalo. * Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15. El mismo debe ser suscripto por profesional independiente. El profesional dictaminante deberá manifestar que los representantes legales no se encuentran incluidos en las listas del REGISTRO PÚBLICO DE PERSONAS Y ENTIDADES VINCULADAS A ACTOS DE TERRORISMO Y SU FINANCIAMIENTO (RePET). * Certificado original que acredite la inscripción de la entidad, emitido por la autoridad registral de la jurisdicción de origen. El certificado no deberá tener una fecha mayor a seis meses a la fecha de presentación del trámite. * Contrato o acto constitutivo de la entidad y sus reformas. Deberás presentar copia certificada notarialmente o por autoridad registral de la jurisdicción de origen. * Resolución del órgano social competente de la entidad que decidió crear la sucursal o representación permanente en la República Argentina. Dicha resolución deberá contener: * La decisión de inscripción en los términos del art. 118 de la Ley Nº 19.550, indicando de manera expresa si se pretende la apertura de una sucursal o representación permanente. * La fecha de cierre de su ejercicio económico. * La manifestación respecto de que la entidad no se encuentra sometida a liquidación ni ningún otro procedimiento legal que impone restricciones sobre sus bienes y/o actividades. * La sede social en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fijada con exactitud (artículo 66, último párrafo de la Res. G. IGJ 7/15) –cuya inscripción tendrá los efectos previstos en el artículo 11, inciso 2º, párrafo segundo, de la Ley Nº 19.550–, pudiendo facultarse expresamente al representante para fijarla. * El patrimonio social asignado, si lo hubiere. * La designación del representante, que debe ser persona física. La misma debe contener: * El plazo de duración de su mandato, si lo hubiere. * Expresar si se dispuso alguna restricción a dicho mandato para ejecutar todos los actos conducentes al ejercicio de actividades previstas en el objeto social. La restricción y sus alcances deben indicarse expresamente. * Se podrá designar más de uno para su actuación conjunta o indistinta y preverse representantes suplentes. * Documento proveniente del extranjero suscripto por funcionario de la misma, cuyas facultades representativas deben constar en ella justificadas ante notario o funcionario público, que acredite: * Que la entidad no tiene en su lugar de constitución, registro o incorporación, vedado o restringido el desarrollo de todas sus actividades o la principal o principales de ellas. * Que su actividad y que el centro de dirección de la misma se encuentra fuera de la República Argentina. Esto podrá acreditarlo, indistintamente, mediante alguna de las formas que se detallan en los artículos 3 y 4 de la RG IGJ Nº 3/2023. * Individualización del nombre y apellido o denominación, domicilio o sede social, número de documento de identidad o de pasaporte o datos de registro respecto de los fundadores y de los miembros los órganos de administración y gobierno de la entidad. * La información que deberá acreditarse podrá ser incluida en uno o más documentos. * Constancia original de la publicación prescripta por el artículo 118, párrafo tercero, inciso 2, de la Ley Nº 19.550 conteniendo: * Con respecto de la sucursal o representación, su sede social, patrimonio asignado si lo hubiere, objeto social y fecha de cierre de su ejercicio económico. * Con respecto del representante, sus datos personales, domicilio especial constituido, plazo de la representación si lo hubiere, restricciones al mandato, en su caso y carácter de la actuación en caso de designarse más de un representante. * Con respecto de la entidad del exterior, los datos previstos en el artículo 10, incisos a) y b), de la Ley Nº 19.550 en relación con su acto constitutivo y reformas, si las hubo, en vigencia al tiempo de solicitarse la inscripción; pueden omitirse aquellos que el derecho aplicable a la sociedad no exija o faculte a omitir en la constitución o modificación de la misma, pudiendo justificarse tal dispensa con la transcripción de las normas pertinentes en el dictamen de precalificación profesional, o bien acompañándose dictamen de abogado o notario de la jurisdicción extranjera correspondiente con certificación de vigencia de su matrícula o registro. * Escrito con firma del representante designado, con certificación notarial o si fuese profesional abogado o contador con su firma y sello profesional, en el cual el mismo debe: * Aceptar expresamente el cargo conferido. * Denunciar sus datos personales. * Fijar la sede social si se lo facultó a ello. * Constituir domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (artículo 25, último párrafo, Decreto Nº 1493), a los fines de cualquier comunicación que le curse la sociedad y en el cual, a los fines de las funciones de la Inspección General de Justicia, tendrá asimismo carácter vinculante el emplazamiento en su persona previsto por el artículo 122, inciso b), de la Ley Nº 19.550, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 11, inciso 2º, párrafo segundo, de dicha ley respecto de la sede social inscripta, en la cual podrán ser emplazados tanto él personalmente como la sociedad representada. En caso de designación de más de un representante legal, la totalidad de los representantes designados por la entidad deberán aceptar el cargo y presentar el escrito requerido en este inciso, ya sea en forma individual o conjunta. En su defecto, se deberá presentar nueva resolución social emitida por la entidad conforme el inciso 3 de este artículo, designando solo los representantes legales que hayan aceptado el cargo y cumplido con el escrito requerido en este inciso. * Indicar en la designación un domicilio especial postal en la jurisdicción de origen y un domicilio especial electrónico (e–mail) de la casa matriz, vinculante para la misma a los efectos de toda comunicación referida a la actuación y cesación del representante; si se omite el domicilio especial postal, se considera tal el domicilio o sede que surjan del contrato o acto constitutivo de la sociedad o sus reformas, el que sea el último fijado. * Por funcionario de la matriz o por nota del representante legal con sello profesional o certificación notarial de su firma, deberá informar: * Plan de actividades que proyecte ejecutar la entidad en la República Argentina, en el primer año a contar desde el otorgamiento de la autorización para funcionar-, con indicación precisa de la naturaleza, características y desarrollo de cada una de las actividades necesarias para su cumplimiento en forma detallada. * Bases presupuestarias para la realización del proyecto descripto en el primer año donde se consigne el patrimonio inicial y se detalle en forma pormenorizada los ingresos y egresos previstos para cada una de las actividades programadas para el primer año, a contar desde el otorgamiento de la autorización para funcionar. * En caso de existir compromiso de donaciones de personas jurídicas, acompañar acta del órgano de administración donde se aprueba efectuar la donación, autenticada notarialmente, y la correspondiente carta compromiso con la firma del donante certificada notarialmente. * En caso de existir compromiso de donaciones de personas humanas, acompañar carta compromiso de donación con la firma del donante certificada notarialmente. * Acompañar dictamen de precalificación de contador público independiente respecto de la viabilidad y razonabilidad de cumplimiento del plan y sus bases presupuestarias en función de los ingresos y egresos proyectados. A su vez las bases presupuestarias también deberán ser firmadas por el contador dictaminante. * Los representantes de entidades constituidas en el extranjero inscriptas en el Registro Público en los alcances de los artículos 118 párrafo tercero de la Ley General de Sociedades N° 19.550, deberán constituir y mantener vigente, hasta la cancelación de su inscripción como representantes con más un plazo adicional computado desde dicha cancelación que sea igual al de la prescripción liberatoria aplicable a acciones resarcitorias por responsabilidad civil, una garantía cuyas modalidades se regirán por lo dispuesto en los incisos 2 y 3 del artículo 76 de la Resolución General IGJ N° 7/2015, aplicándose el inciso 1 de dicha disposición en caso de pluralidad de representantes y/o designación de suplentes. * Presentación de declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente de los representantes legales designados. * Aplicativo de Beneficiario final. ## ¿Cómo hago? 1. Sacá turno en Mesa de Entradas de IGJ para presentar la documentación. 2. Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. Si necesitás asesoramiento comunicate con el Servicio de relatoría. Este servicio es exclusivo para contadores/as, abogados/as y escribanos/as matriculados/as en CABA. ## ¿Cuál es el costo? No se especifica el costo de este trámite.

  • ## Resumen Este trámite permite obtener la matrícula de persona humana que realiza una actividad económica organizada (comerciante) en la Inspección General de Justicia (IGJ). El trámite se realiza de manera presencial en la IGJ. **Importante:** Los requisitos son para comerciantes radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. **Vigencia del nuevo marco normativo de IGJ:** Se están actualizando los contenidos del sitio web en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Puedes acceder al texto completo de la norma aquí. ### ¿A quién está dirigido? Este trámite está dirigido a personas que realizan una actividad económica organizada (comerciantes) o a sus representantes legales. Si el solicitante es menor de edad, deberá presentar la documentación correspondiente. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Formulario de Matrícula de persona humana que realiza una actividad económica organizada. Se genera a través de la página web (Completar formulario). * Certificado emitido por el Registro Nacional de Reincidencia (Obtener Certificado). Debe tener una vigencia de treinta (30) días corridos desde su expedición. * Certificado del Archivo de Actuaciones Notariales sobre pedidos de quiebra contra el interesado o presentación en concurso preventivo del mismo. Se obtiene en el Palacio de Tribunales, Talcahuano Nº 550, subsuelo, de 8:00 a 13:00 hs. mediante la presentación de una nota. Tiene treinta (30) días corridos de vigencia desde su expedición. Puedes acceder a un modelo de nota desde las Descargas de esta sección. Descargá el archivo denominado "Modelo nota requisito punto 3". * Nota de presentación indicando, con carácter de declaración jurada, los datos personales del solicitante (desde las Descargas podés acceder al modelo de nota): * Nombres y apellidos * Número de documento nacional de identidad * Fecha y lugar de nacimiento * Estado civil * Nacionalidad * Domicilio real * Domicilio comercial (debe estar en CABA) * Declaración de no estar inscripto como corredor en ninguna jurisdicción * Indicación del ramo del comercio * Firma certificada judicial o notarialmente. Si la certificación es de un escribano de provincia, debe legalizarse por el Colegio correspondiente. * Si el presentante fuera menor de edad, se acompañará copia auténtica del instrumento de la emancipación civil o la autorización para el ejercicio del comercio con la constancia de su inscripción. * Copia protocolar de la documentación indicada en los apartados anteriores (reducción aproximada al 72% y 8 cm de margen izquierdo). * Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios a nombre de quien lo solicita. (Descargar Documento) y la podrás abonar en cualquier sucursal del Banco Nación Argentina ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en las cajas de IGJ. ### Costos * **Trámite común**: 12 módulos * **Trámite urgente**: 48 módulos * Calculá el valor del trámite ## Cómo hacerlo ### Paso a paso 1. Prepará todos los formularios y solicitá turno para Mesa de Entradas de IGJ (Pedir turno). 2. Presentá toda la documentación indicada en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia. 3. Una vez inscripta la matrícula, retirá el trámite por Av. Paseo Colón 291 previa solicitud de turno. ## Descargas * Modelo de nota matrícula (18.3 Kb) * Modelo nota requisito punto 3 (19.9 Kb)

  • ## Resumen Este trámite te permite obtener la matrícula habilitante para ejercer como martillero en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. **Quién puede usar este servicio:** Personas que deseen obtener la matrícula para ejercer como martillero en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cumplan con los requisitos establecidos. **Antes de empezar:** Tené en cuenta que la normativa está siendo actualizada en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024. Podés consultar el texto completo de la norma aquí. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Formulario de “Matrícula de Martillero”. Para obtenerlo, completalo aquí, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación. * Certificado emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, acreditando la inexistencia de antecedentes penales. El trámite es personal y el certificado tiene treinta (30) días corridos de vigencia desde su expedición. Podés consultarlo online. * Certificado del Archivo de Actuaciones Notariales sobre pedidos de quiebra contra el interesado o presentación en concurso preventivo del mismo. Se solicita en el Palacio de Tribunales, Talcahuano 550, subsuelo, de 8:00 a 13:00 hs., mediante la presentación de una nota completada a máquina o por computadora. Tiene treinta (30) días corridos de vigencia desde su expedición. Podés acceder a un modelo de nota desde las Descargas de esta sección. Descargá el archivo denominado "Modelo nota requisito punto C". * Nota de presentación indicando, con carácter de declaración jurada, los datos personales del solicitante (desde las Descargas de esta sección podés acceder al modelo de nota): * nombre y apellido * número de documento nacional de identidad * fecha y lugar de nacimiento * estado civil * nacionalidad * domicilio real * domicilio comercial, debiendo éste hallarse situado dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en este domicilio tendrán carácter vinculante las notificaciones cursadas por la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA). * su firma certificada judicial o notarialmente. En caso de certificarse por escribano de provincia, ratificar la firma por el Colegio correspondiente a la jurisdicción. * Si el presentante es menor de edad, se acompañará copia auténtica del instrumento de la emancipación civil o la autorización para el ejercicio del comercio con la constancia de su inscripción. * Certificado de depósito bancario en pesos argentinos, intransferible a la orden de la Inspección General de Justicia, en el Banco de la Nación Argentina (Cuenta Nº 00000790/30) o seguro de caución, en ambos casos por la suma de $ 250.000 (o la que en el futuro se determine). * Copia certificada y legalizada del título universitario conforme a la Ley Nº 20.266, modificada por la Ley Nº 25.028 o copia auténtica del certificado de aprobación del examen de idoneidad si lo hubiere obtenido con anterioridad a la vigencia de dicha reforma legal en este segundo supuesto. Si el examen de idoneidad se rindió en jurisdicción distinta de la Ciudad de Buenos Aires, el certificado se acompañará en fotocopia certificada junto con título de enseñanza secundaria expedido o revalidado en la República. * Copia reducida de margen ancho (8 cms) de la documentación indicada en los apartados (B), (C), (D), (E), (F) y (G) anteriores. * Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios a nombre de quien lo solicita. La tasa se obtiene desde el servicio de emisión de tasas de la página web de IGJ y se abona en cualquier sucursal del Banco Nación Argentina o en las cajas de IGJ. **Requisitos previos:** * Ser mayor de edad (o estar emancipado). * No tener antecedentes penales. * No tener pedidos de quiebra o estar en concurso preventivo. * Constituir una garantía (depósito bancario o seguro de caución). * Tener título universitario o haber aprobado el examen de idoneidad. * Constituir domicilio comercial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. **Costes y plazos:** * **Trámite común**: 12 módulos * **Trámite urgente**: 48 módulos * Calculá el valor del trámite ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Completá los formularios, emití las tasas y trámites detallados y solicitá turno para Mesa de Entradas. 2. Los trámites de matrículas individuales se presentan por Mesa de Entradas, previa solicitud de turno. 3. Una vez inscripta la matrícula, deberás retirar el trámite finalizado previa solicitud de turno. ## Después de hacerlo Anualmente los martilleros matriculados deberán acreditar la subsistencia e integridad de la garantía indicada en el apartado (F) anterior conforme lo dispuesto por los arts. 344 a 347 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15. ## Ayuda **Recursos adicionales:** * Completar formulario * Consultar en línea * Pedir turno ### Descargas * Modelo de nota martilleros (17.2 Kb) Descargar archivo * Modelo nota requisito punto C (19.9 Kb) Descargar archivo

  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar un duplicado de la chapa patente de tu vehículo (auto o moto) en caso de robo, pérdida o deterioro. El trámite se realiza ante el Registro del Automotor donde está radicado el vehículo. **Quién puede usar este servicio** Los propietarios de vehículos (autos o motos) que necesiten reponer su chapa patente. ## Lo que necesitas * **Documento identificatorio:** * Si sos argentino: DNI. * Si sos extranjero sin residencia: pasaporte; con residencia permanente: DNI; de países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte. * **La constancia de Documento en trámite no acredita identidad**. * Si sos el representante legal o apoderado, deberás presentar documentos que prueben esa representación que invocás. * Título del vehículo. * Cédulas del vehículo. * Si la pérdida o el robo afectó solamente a una de las placas, deberás presentar la restante. ## Cómo hacerlo El trámite se puede realizar de forma semipresencial o presencial: ### Semipresencial 1. Completá la Solicitud electrónica, buscando el trámite llamado *reposición de placa metálica*, para luego complementar la tramitación de manera presencial en el Registro. 2. De forma opcional: podés abonar en línea. 3. Acercate al registro con la documentación correspondiente y completá allí los formularios que te van a entregar: * Solicitud TP * Formulario 59 (solo en caso de que el trámite lo realice un tercero). 4. Te entregarán unas placas provisorias de papel en letras y números rojos, hasta la entrega de los duplicados de la chapa patente. 5. Retirá las chapas definitivas en el plazo que te indiquen en el Registro. Para hacerlo vas a tener que *presentar la cédula verde*. ### Presencial 1. Presentá la documentación en el Registro donde está radicado el vehículo y completá allí los formularios que te van a entregar: * Formulario 02. * Formulario 59 (solo en caso de que el trámite lo realice un tercero). 2. Pagá allí los aranceles. 3. Te entregarán unas placas provisorias de papel en letras y números rojos, hasta la entrega de los duplicados de la chapa patente. 4. Retirá las chapas definitivas en el plazo que te indiquen en el Registro. Para hacerlo vas a tener que *presentar la cédula verde*. ## Después de hacerlo Deberás asistir dos veces al registro: * Presentar la documentación y recibir las placas provisorias. * Recibir las chapas metálicas en duplicado. **Tiempo de entrega:** * Placas provisorias de papel en letras y números rojos: en el momento. * Duplicado de placas metálicas: 15 días. ## Cuánto cuesta El *Formulario 02* es gratuito si certificás la firma ante el Registro Seccional y presentás el trámite en ese momento. Los aranceles varían en función de si el vehículo es una moto o un auto. Los involucrados son: * Placa metálica – Reposición de modelo anterior. * Certificado de firma. * Formulario TP. * Solicitud deuda / multa / infracción. * Formulario 13. Podes encontrar estos aranceles, de acuerdo con la categoría de tu vehículo. ## Vigencia Las chapas patente tienen vigencia hasta que no se puedan leer más o te falte una o ambas.


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  • ## Resumen Este trámite te permite obtener un duplicado de la cédula de tu vehículo (auto o moto) en caso de extravío, robo o deterioro. Es importante recordar que la cédula no tiene vencimiento para el titular, pero sí para terceros autorizados a conducir el vehículo. ## ¿A quién está dirigido? Este trámite está dirigido a los propietarios de autos o motos que hayan sufrido la pérdida, robo o deterioro de la cédula del vehículo. ## ¿Qué necesito? * **Documento identificatorio:** * Si sos argentino: DNI (LC o LE sólo si tenés más de 75 años). * Si sos extranjero sin residencia: pasaporte; con residencia permanente: DNI; de países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte. * La constancia de Documento en trámite no acredita identidad. * Si sos el representante legal o apoderado, deberás presentar documentos que prueben esa representación que invocás. * **Título del automotor.** * En caso de deterioro total o parcial de la cédula del vehículo, tendrás que llevarla al Registro cuando completes el trámite en forma presencial. ## ¿Cómo hago? Existen dos modalidades para realizar este trámite: semipresencial y presencial. ### Semipresencial 1. Completá la Solicitud electrónica (buscá el trámite llamado *duplicado de cédula*) y continuá el trámite de manera presencial en el Registro. 2. Aboná en línea los aranceles del trámite. 3. Presentá la documentación en el Registro donde está radicado el vehículo y pagá allí los aranceles si no los pagaste en línea. Allí te entregarán unos formularios para que completes: * Solicitud Tipo TP: Es la misma que completaste en línea, solo que en el registro la imprimirán y la deberás firmar. * Formulario 59: Sólo en caso de que el trámite lo realice un tercero, deberás completar este formulario. 4. Retirá la nueva cédula del vehículo al día siguiente. ### Presencial 1. Si te corresponde: hacé la verificación física del vehículo en una planta habilitada. 2. Presentá la documentación en el Registro donde está radicado el vehículo y pagá allí los aranceles. Te entregarán unos formularios para que completes: * Formulario 02 * Formulario 59: Sólo en caso de que el trámite lo realice un tercero, deberás completar este formulario. 3. Retirá la nueva cédula del vehículo al día siguiente. **Creá tu cuenta en Mi Argentina, validá tu identidad y accedé a tu cédula de identificación del vehículo (ex verde) en versión digital.** Ingresá a Mi Argentina ## ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite? El trámite lleva: **24 horas** ## ¿Cuál es el costo? * El **Formulario 02** es gratuito **solo** si certificás la firma ante el Registro Seccional y presentás el trámite en ese momento. * Los aranceles varían en función de si el vehículo es una moto o un auto. Los aranceles involucrados son: * Cédula - Duplicado. * Certificado de firma. * Formulario TP. * Solicitud deuda / multa / infracción. * Formulario 13. Buscá estos aranceles en la guía, de acuerdo con la categoría de tu vehículo. ## Vigencia La cédula del vehículo **no tiene vencimiento para el titular**. Cuando el vehículo sea conducido por un tercero, su validez es de uno o tres años, de acuerdo con la fecha de expedición que consta en ella. Iniciar trámite ## Trámites relacionados * Renovar la cédula del vehículo * Solicitar una adicional de la cédula del vehículo

  • ## Resumen Este trámite permite a las sociedades de capitalización y ahorro pagar la Tasa de Inspección trimestralmente. **Quiénes pueden usar este servicio:** Sociedades que administran: * Planes de ahorro previo por círculos o grupos cerrados. * Planes de ahorro previo por círculos cerrados. * Planes de ahorro por ciclo abierto. * Planes de Capitalización. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Formulario del trámite completo y pagado (en PDF). * Comprobante de pago de la Tasa de Inspección. * Declaración Jurada conforme Art. 14.2.b del Anexo “A”, Resolución IGJ 08/2015. * **Requisitos previos:** * CUIT y Número Correlativo de la Persona Jurídica. * Usuario en la plataforma Trámites a Distancia (TAD) de la Persona Jurídica. * **Costes:** * Equivale al uno por mil (1/oo) del monto total percibido en el trimestre vencido en concepto de recaudación de cuotas comerciales de los contratos celebrados. ## Cómo hacerlo 1. Iniciá el trámite desde el usuario TAD de la Persona Jurídica. 2. Completá los datos de identificación de la Entidad y del pago de Tasa de Inspección. 3. Subí el formulario y comprobante de pago del trámite 4. Adjuntá la copia del comprobante de pago de la Tasa de Inspección. 5. Adjuntá la Declaración Jurada conforme Art. 14.2.b del Anexo “A”, Resolución IGJ 08/2015. Finalizá el trámite. Recibirás la confirmación por correo electrónico. ## Información complementaria La tasa de inspección debe abonarse al cierre de cada trimestre: * 1° trimestre (enero – febrero – marzo): 15 de abril * 2° trimestre (abril – mayo – junio): 15 de julio * 3° trimestre (julio – agosto – setiembre): 15 de octubre * 4° trimestre (octubre – noviembre – diciembre): 15 de enero [Completar formulario](https://www2.jus.gov.ar/igj-formularios/Default.aspx) [Iniciar trámite](/ar/ministerio-de-justicia/pagar-la-tasa-de-inspeccion-de-sociedades-de-capitalizacion-y-ahorro) ### Accedé a TAD a través de: [Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?](https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/tramites-distancia-tad/como-acceder-tad)

  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar la presencia de un inspector como observador en: * Una reunión de asamblea de tu asociación civil. * Una reunión del órgano de administración de una fundación. El trámite se realiza a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia). **Importante:** Para que el inspector asista a la reunión, debes realizar el trámite al menos cinco días hábiles antes de la fecha de la reunión. El día de la asamblea no se cuenta para el cálculo de esos días. ## ¿A quién está dirigido? Este trámite está dirigido a: * Asociaciones civiles y fundaciones. * Asociados e integrantes de los órganos de administración y fiscalización de las entidades civiles. ## ¿Qué necesito? * Tené a mano los datos de la entidad (número de correlativo y denominación) y los datos de la fecha de la asamblea. * Usuario de Mi Argentina o AFIP nivel 2, para ingresar a Trámites a Distancia. * Formulario de "Pedido de asistencia de inspector a asambleas" y comprobante de pago realizado. * Nota donde expliques las razones del pedido, indiques la fecha, hora y lugar de realización del acto e informes el orden del día previsto para el mismo. Podés reemplazar citar el orden del día por la Convocatoria donde conste. * Documentación que acredite tu asociación, vínculo o cargo en la entidad civil (por ejemplo: carnet de socio, designación de autoridades). ## ¿Cómo hago? 1. **Completá el formulario y realizá el pago.** 2. **Ingresa en Trámites a Distancia y subí toda la documentación.** 3. **Finalización del trámite**: Las notificaciones serán enviadas a la casilla del usurario TAD que solicitó el trámite. ## ¿Cuál es el costo? * Asociaciones Civiles Categoría I, trámite común: 10 módulos * Asociaciones Civiles Categoría II, trámite común: 25 módulos * Asociaciones Civiles Categoría III, trámite común: 48 módulos * Fundaciones: 25 módulos Calculá el valor del trámite --- Iniciar trámite ### Accedé a TAD través de: Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?

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