Ministerio de Justicia

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir una reforma del estatuto de la casa matriz de una sociedad extranjera en la Inspección General de Justicia (IGJ). ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * **Formulario:** de "Reforma de estatutos de la casa matriz". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, luego imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación. * **Copia del acta de la matriz que resuelve la reforma**, certificada notarialmente o por el Registro pertinente de la jurisdicción de origen, según corresponda. * **Instrumento original emanado del Registro pertinente** que dé cuenta de la inscripción de la reforma. * **La copia del acta y el instrumento del Registro mencionados en los ítems anteriores deberán presentarse debidamente legalizados/apostillados**, según corresponda a la jurisdicción de origen. Si los instrumentos provienen de jurisdicciones en los que no se utiliza el idioma castellano, deberán acompañarse con la pertinente traducción efectuada por Traductor Público Nacional con su firma legalizada por el Colegio de Traductores, con la correspondiente legalización del Colegio de su matrícula, acompañando copias simples y protocolares (fotocopia de margen ancho de 8 cm) de las mismas. Si provienen de jurisdicciones de habla castellana deben ser presentados con copias simples y protocolares. * **Si los instrumentos a inscribir se presentan transcriptos en Escritura Pública**, la misma deberá contener además la transcripción de la legalización (en cualquiera de sus formas), con detalle del Traductor interviniente y la legalización de su firma efectuada por el Colegio de Traductores. Deberá presentarse con copias simples y protocolares. * **Rogatoria del representante legal** inscripto con su firma y personería certificada notarialmente. * **Dictamen profesional** adecuado que deberá contener: * Denominación social. * Actos a inscribir. * Antecedentes registrales (1º y última inscripción). * Representantes inscriptos y datos de su registración. * Detalle de la documental acompañada. * Tracto registral. * Vigencia de la casa matriz. * Dejar constancia, bajo responsabilidad de su firmante, de las presentaciones del régimen informativo anual correspondientes a la totalidad de los períodos, e identificar al representante inscripto indicando los datos de su inscripción. * Firma y sello del dictaminante, certificada por el Colegio de su matrícula. Deberá presentarse acompañado con copia protocolar. * Los dictámenes complementarios deberán acompañarse también con copia protocolar. * **Comprobante de pago original de la tasa retributiva de servicios**. * **Declaración jurada de Beneficiario Final**, con la firma de al menos uno de los representantes designados y firma y sello del profesional dictaminante. Ante la manifestación de la inexistencia de beneficiario final, deberá acreditarse documentadamente: a) que la sociedad cabeza de grupo tiene la totalidad de sus acciones admitidas a la oferta pública; o, b) que la titularidad de las acciones presenta un grado de dispersión tal entre las personas humanas en cabeza de las cuales se halla finalmente reunido el capital accionario que ninguna de ellas alcanza la titularidad del porcentaje mínimo contemplado por el inciso 6° del artículo 510 de la RG IGJ 7/2015. Si se tratase de dos o más cambios de denominación deberán acompañarse tantos juegos de copias protocolares y formularios de reforma como cambios a inscribir. Para las inscripciones de las reformas de las sociedades inscriptas en los términos del art. 118 de la ley 19.550, además deberá acreditarse: Publicación extraída de la página Web del Boletín Oficial con firma y sello del profesional dictaminante. ## Cómo hago 1. Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. 2. Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected] ## ¿Cuál es el costo? Trámite común: 80 módulos Calculá el valor del trámite


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  • ## Resumen Este trámite permite inscribir las modificaciones de estatutos de asociaciones civiles y fundaciones en la Inspección General de Justicia (IGJ). **Quién puede usar este servicio:** Asociaciones civiles y fundaciones ya inscriptas en la IGJ. **Antes de empezar:** Asegurate de tener toda la documentación necesaria y de haber abonado el formulario correspondiente. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Formulario de "Reforma de estatuto" completo y abonado. * Dictamen de precalificación profesional (art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15). * Primer testimonio de la escritura pública o instrumento privado original firmado por las autoridades (art. 37 de la Resolución General IGJ N° 7/15). * Transcripción por separado de los artículos modificados. * Copia de la convocatoria a asamblea o reunión. **Requisitos previos:** * Ser una asociación civil o fundación inscripta en la IGJ. * Haber aprobado la modificación del estatuto en la asamblea o reunión correspondiente. **Costes y plazos:** * El costo varía según la categoría de la asociación o si es una fundación. Consultá la calculadora de módulos. * Las modificaciones deben presentarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a su aprobación. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Presentá el formulario y la documentación en la Mesa General de Entradas de la IGJ (Av. Paseo Colón 291), solicitando turno previamente. 2. Retirá la documentación una vez finalizado el trámite en la misma dirección, también con turno previo. **Información sobre cada etapa:** * La presentación se realiza con turno previo. * Si sos matriculado, podés presentar la documentación en tu colegio profesional, también con turno previo. * Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** La IGJ revisará la documentación y, si todo está correcto, aprobará la modificación del estatuto y la inscribirá en el registro público. **Plazos de resolución:** Variable, depende de la IGJ. **Siguiente pasos:** Una vez inscripta la modificación, la asociación civil o fundación puede operar con el nuevo estatuto. ## Ayuda **Contacto:** Si tenés alguna consulta o reclamo, podés escribir a [email protected]. **Recursos adicionales:** * Resolución General 07/2015 * Asociaciones civiles: Arts. 409, 411, 414 y 415. * Fundaciones: Art. 442 Pedir turno

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir una reforma de estatuto o de contrato de una sociedad comercial en la Inspección General de Justicia (IGJ). Es aplicable a todos los tipos societarios comerciales, a excepción de las SAS y las sociedades extranjeras. **Importante:** Se están actualizando los contenidos del sitio web en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Accedé al texto completo de la norma ## ¿A quién está dirigido? Este trámite está dirigido a sociedades comerciales con sede social y domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ## ¿Qué necesito? Los requisitos varían según si la reforma se instrumenta por escritura pública o no. ### Reforma no instrumentada por escritura pública * A- Formulario de "Reforma de estatuto". Especificar el tipo de reforma en las observaciones. * B- Dictamen de precalificación profesional emitido por abogado (conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15). Si la reforma comprende la variación del capital social, también se requiere dictamen de graduado en ciencias económicas. Presentar copia protocolar. * C- Instrumento privado original conforme al art. 37, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15. Debe contener la transcripción del acta de asamblea, reunión de socios o resolución social que aprobó la reforma y, en el caso de sociedades por acciones, la transcripción de la planilla del registro de asistencia a la asamblea. Presentar copia simple y protocolar. * D- Asamblea especial (si aplica). Instrumento privado original conforme al art. 37, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15. Debe contener la transcripción del acta de la misma y de su registro de asistencia. Presentar copia simple y protocolar. * E- Constancia de las siguientes publicaciones (con impresión del sitio de internet correspondiente, firmada): * (i) Aviso de Convocatoria a Asamblea (si aplica). * (ii) Aviso de Convocatoria a Asamblea Especial (si aplica). * (iii) Aviso art. 10 de la Ley Nº 19.550. * F- Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios (si aplica). ### Reforma instrumentada por escritura pública * A- Formulario de "Reforma de estatuto". Especificar el tipo de reforma en las observaciones. * B- Dictamen de precalificación profesional emitido por escribano público (conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15). Si la reforma comprende la variación del capital social, también se requiere dictamen de graduado en ciencias económicas. Presentar copia protocolar. * C- Primer testimonio de escritura pública conforme al art. 37, inc. 1 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15. Debe contener la transcripción del acta de asamblea, reunión de socios o resolución social que aprobó la reforma y, en el caso de sociedades por acciones, la transcripción de la planilla del registro de asistencia a la asamblea. Presentar copia simple y protocolar. * D- Asamblea especial (si aplica). Primer testimonio de escritura pública que debe contener la transcripción del acta de la misma y de su registro de asistencia. Presentar copia simple y protocolar. * E- Constancia de las siguientes publicaciones (con impresión del sitio de internet correspondiente, firmada): * (i) Aviso de Convocatoria a Asamblea (si aplica). * (ii) Aviso de Convocatoria a Asamblea Especial (si aplica). * (iii) Aviso art. 10 de la Ley Nº 19.550. * F- Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios (si aplica). ## ¿Cómo hago? 1. Presentar el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. 2. Una vez finalizado, retirarlo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected] ## ¿Cuál es el costo? **Sociedades no accionarias** Trámite común: 20 módulos Trámite urgente: 80 módulos **Sociedades por acciones** Trámite común: 28 módulos Trámite urgente: 112 módulos **Contratos asociativos** Trámite común: 96 módulos Trámite urgente: 384 módulos **Contratos de fideicomiso** Trámite común: 36 módulos Trámite urgente: 144 módulos **Sociedades comprendidas art.299 LSC** Trámite común: 36 módulos Trámite urgente: 144 módulos Calculá el valor del trámite


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  • ## Resumen Este trámite permite inscribir una reforma de reglamento de una entidad civil en la Inspección General de Justicia (IGJ). Aplica a asociaciones civiles, federaciones, confederaciones, cámaras y fundaciones con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. **Importante:** Se están actualizando los contenidos del sitio web debido a la implementación de la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Accedé al texto completo de la norma ## ¿A quién está dirigido? Asociaciones civiles y fundaciones. ## ¿Qué necesito? * Formulario de "Reforma de reglamento". Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación. * Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 emitido por escribano público o por abogado (según la reforma se instrumente mediante escritura pública o instrumento privado, respectivamente). * Primer testimonio de la escritura pública o instrumento privado original firmado por el presidente y el secretario de la entidad con los recaudos del inciso 2 del artículo 37 de la Resolución General IGJ N° 7/15, pudiendo utilizar la forma alternativa allí dispuesta -con copias de tamaño normal y protocolar (margen ancho de 8cm.)-, conteniendo la trascripción del acta de la asamblea de la asociación civil o de la reunión del consejo de administración de la fundación en que fue resuelta la modificación del reglamento. Deberán indicarse los folios y datos de rúbrica del libro de actas en que obrare el texto transcripto. * Transcripción por separado del texto completo de los artículos modificados, en instrumento privado original -con copias de tamaño normal y protocolar- con la firma del Presidente y el Secretario del órgano de administración de la entidad, salvo que surja del texto del acta de la asamblea de la asociación civil o de la reunión del consejo de administración de la fundación contenida en el instrumento del inciso anterior. * La convocatoria a asamblea extraordinaria o reunión del consejo de administración que tenga por objeto el tratamiento de modificaciones a los reglamentos de las entidades, deberá incluir comparativamente los textos vigentes y los proyectos de modificación que se pondrán a consideración. Las notificaciones de las convocatorias que de acuerdo con las disposiciones estatutarias sean efectuadas por circular o por medio fehaciente deberán anexar copia de los textos mencionados o hacer constar expresamente que los textos reformados se hallan a disposición para ser retiradas de la sede social. * El nombre de los formularios varía según la categoría de asociación civil: * Asociación civil categoría I: AC Categoría I * Asociación civil categoría II: AC Categoría II * Asociación civil categoría III: AC Categoría III * Fundaciones no tiene un nombre específico. ## ¿Cómo hago? 1. Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. 2. Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. Si sos matriculado/a y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta: * La presentación se realiza con turno previo. * Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación. Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected] ## ¿Cuál es el costo? Asociaciones civiles Categoría I: 4 módulos Asociaciones civiles Categoría II: 8 módulos Asociaciones civiles Categoría III: 12 módulos Fundaciones: 8 módulos Calculá el valor del trámite ## Información complementaria Resolución General 07/2015 Asociaciones civiles: Arts. 409, 411, 414 y 415. Fundaciones: Art. 442


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  • ## Resumen Este trámite permite inscribir ante la Inspección General de Justicia (IGJ) la revocación de un representante legal de una sociedad extranjera y la designación de uno nuevo. **Quién puede usar este servicio:** Sociedades extranjeras. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * **Formulario:** de "Inscripción de designación de representante/renuncia/revocación/cesación de representante”. Obtenelo en Formularios IGJ. Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo. * **Resolución de la casa matriz:** Debe expresar la voluntad de revocar la designación de los representantes anteriores, identificándolos, y designar a los nuevos representantes legales, otorgándoles facultades y restricciones, si corresponde. Debe indicar un domicilio postal y electrónico de la casa matriz para notificaciones. Debe estar certificada notarialmente y legalizada. * **Escrito del representante legal designado:** Debe contener la aceptación del cargo, sus datos personales, la fijación de la sede (si está facultado para ello) y la constitución de un domicilio especial dentro de la jurisdicción de la C.A.B.A. Debe estar certificado notarialmente, o firmado con sello profesional si es contador o abogado. * **Póliza:** Cumplir con la presentación de la póliza prevista por el Art. 3 de la Res. I.G.J.(G) N° 02/20. * **Publicación del Boletín Oficial:** Acompañar la publicación extraída de la página web del Boletín Oficial con firma y sello del profesional dictaminante. * **Dictamen de precalificación:** * Consignar la naturaleza del acto a inscribir y la denominación social. * Consignar el país de origen. * En caso de mantenerse la sede social oportunamente inscripta se deberá manifestar dicha situación indicando su ubicación y datos registrales. * Dictaminar sobre la vigencia de la casa matriz. * Consignar los datos personales y registrales de los representantes que cesan en su función y los datos personales y domicilio especial de los nuevos representantes designados. * Dictaminar sobre la aceptación de cargos. * Dictaminar sobre los antecedentes registrales, indicando fecha de inscripción, número, libro y tomo de la misma. * Dictaminar sobre el cumplimiento del tracto registral. * Dictaminar si los representantes designados se encuentran o no en el listado de terroristas del REPET. * Deberá contener la legalización de la firma del profesional actuante efectuada por el Colegio de su pertinente matrícula. * Dejar constancia, bajo responsabilidad de su firmante, de las presentaciones del régimen informativo anual correspondientes a la totalidad de los períodos, e identificar al representante inscripto indicando los datos de su inscripción. * **Declaración jurada de Persona Políticamente Expuesta:** Declaración jurada de Persona Políticamente Expuesta de cada uno de los representantes designados con su firma certificada notarialmente o en su defecto con firma y sello del profesional dictaminante. * **Declaración jurada de Beneficiario Final:** Declaración jurada de Beneficiario Final, declarando a cada uno de los socios/accionistas que posean el 20% o más del capital social, con la firma del representante y firma y sello del profesional dictaminante. Ante la manifestación de la inexistencia de beneficiario final, deberá acreditarse documentadamente: a) que la sociedad cabeza de grupo tiene la totalidad de sus acciones admitidas a la oferta pública; o, b) que la titularidad de las acciones presenta un grado de dispersión tal entre las personas humanas en cabeza de las cuales se halla finalmente reunido el capital accionario que ninguna de ellas alcanza la titularidad del porcentaje mínimo contemplado por el inciso 6° del artículo 510 de la RG IGJ 7/2015. * **Comprobante de pago original:** Comprobante de pago original de la tasa retributiva de servicios. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. 2. Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. Para recibir asesoramiento se dispone del Servicio de relatoría. ## ¿Cuál es el costo? Trámite común: 48 módulos Calculá el valor del trámite


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  • ## Resumen Este trámite permite inscribir en la Inspección General de Justicia (IGJ) la revocación y designación de representantes legales de sociedades extranjeras. ## ¿Qué necesito? Para realizar este trámite, necesitás: * **Formulario:** Completá el formulario de "Inscripción de designación de representante/renuncia/revocación/cesación de representante" desde Formularios IGJ. * **Resolución de la casa matriz:** Debe expresar la voluntad de revocar la designación anterior y designar a los nuevos representantes legales, otorgándoles las facultades correspondientes (art. 245, inc. 5, segundo párrafo de la Res. Gral. IGJ 7/2015). Incluir domicilio postal y electrónico para notificaciones. La firma debe estar certificada notarialmente y legalizada. * **Escrito de aceptación del representante legal:** El representante debe aceptar el cargo mediante un escrito con firma certificada notarialmente, indicando sus datos personales, fijando la sede (si está facultado) y constituyendo domicilio especial en CABA. Si es contador o abogado, puede firmar con su sello profesional. * **Dictamen de precalificación:** Debe contener información sobre la naturaleza del acto, denominación social, país de origen, datos de los representantes (cesantes y designados), aceptación de cargos, antecedentes registrales, cumplimiento del tracto registral, verificación en el listado de terroristas (REPET), legalización de la firma del profesional actuante y constancia de las presentaciones del régimen informativo anual. * **Declaración jurada de Persona Políticamente Expuesta:** De cada uno de los representantes designados, con firma certificada notarialmente o por el profesional dictaminante (Declaración jurada de Persona Políticamente Expuesta). * **Declaración jurada de Beneficiario Final:** Declarando a los socios/accionistas con el 20% o más del capital social, con firma del representante y del profesional dictaminante (Declaración jurada de Beneficiario Final). Si no hay beneficiario final, acreditar la situación. * **Comprobante de pago de la tasa retributiva:** Original del comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios. * **Póliza según RG I.G.J. N° 02/20:** Cumplir con la presentación de la póliza según el artículo 3 de la RG I.G.J. N° 02/20. ## ¿Cómo hago? 1. **Presentación:** Presentá el formulario y la documentación en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia (Av. Paseo Colón 291), solicitando turno previamente. 2. **Retiro:** Una vez finalizado el trámite, retiralo en la misma dirección, también con turno previo. ## ¿Cuál es el costo? El trámite común tiene un costo de 48 módulos. Podés calcular el valor actualizado en el calculador de módulos para IGJ. ## Pedir Turno Podes solicitar un turno en Pedir turno ## Acceso a TAD Si necesitas acceder a TAD, consulta Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir en la Inspección General de Justicia (IGJ) la sustitución, renuncia, designación o adición de un sujeto fiduciante, fiduciario, beneficiario o fideicomisario en un fideicomiso. **Importante:** Se está actualizando el sitio web en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Consultá el texto completo de la norma: Accedé al texto completo de la norma ## ¿Qué necesito? * Formulario “SUSTITUCIÓN, RENUNCIA, DESIGNACIÓN y/o ADICIÓN SUJETO FIDUCIANTE/ FIDUCIARIO/ BENEFICIARIO/ FIDEICOMISARIO”. Obtenelo en Formularios IGJ. * Dictamen de Precalificación profesional, conforme Art. 50 inc. 2 de la RG IGJ Nº07/2015, elaborado por escribano público o abogado. * Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado con firmas certificadas –según corresponda. ## ¿Cómo hago? 1. Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. 2. Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. ## ¿Cuál es el costo? * Trámite Común: 18 módulos. * Trámite Urgente: 72 módulos. * Calculá el costo del servicio: Calculá el costo del servicio


    Pedir turno ### Accedé a TAD a través de: Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir la transferencia de un fondo de comercio en la Inspección General de Justicia (IGJ). Es necesario para establecimientos industriales o comerciales ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Formulario de “Transferencia de fondo de comercio” (disponible en Formularios IGJ). * Dictamen de precalificación profesional (escribano público si es por escritura pública, abogado o graduado en ciencias económicas si es por documento privado). * Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado del contrato de transferencia. * Si intervienen sociedades, actas de los órganos sociales que aprobaron la transferencia. * Constancia del asentimiento del artículo 470 del Código Civil y Comercial de la Nación (si aplica). * Declaración del escribano público o martillero interviniente. * Publicaciones según el art. 2 de la Ley Nº 11.867. * Certificado de libre deuda previsional (o constancia de impedimento). * Denuncia de cese del impuesto a los ingresos brutos. * Certificados de no inhibición para gravar o disponer de bienes (Registro de la Propiedad Inmueble de CABA y registros inmobiliarios del domicilio del enajenante). * Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios. * Copia simple y protocolar del apartado (C). ### Requisitos previos * El establecimiento debe estar ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. * Cumplir con todos los requisitos documentales. ### Costes * Trámite común: 9 módulos. Consultar el valor actualizado en el calculador de módulos para IGJ. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso 1. Presentar el formulario y la documentación en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, solicitando turno previamente. 2. Una vez finalizado el trámite, retirarlo en Av. Paseo Colón 291, también con turno previo. ### Información adicional * Si la presentación se realiza a través del colegio profesional, se requiere turno previo y los trámites son procesados por IGJ el día hábil siguiente a la presentación. ## Ayuda ### Contacto * Si tiene consultas o reclamos, puede escribir a infoigj@jus.gob.ar. ### Turnos * Para solicitar un turno, acceda a Pedir turno. ### Acceso a TAD * Si nunca se registró en Trámites a Distancia (TAD), consulte ¿Cómo tengo que hacerlo?

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir las variaciones en el capital social de una sociedad comercial en la Inspección General de Justicia (IGJ). **Quién puede usar este servicio:** Representantes legales de sociedades comerciales. **Importante:** Los contenidos del sitio se están actualizando en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Consultar el texto completo de la norma. ## Lo que necesitas Los requisitos varían según el tipo de trámite: * Aumento de capital social de sociedades por acciones sin reforma de estatuto (art. 188 de la Ley Nº 19.550) * Aumento de capital social con reforma de estatutos o contrato social * Reducción de capital social en sociedades por acciones y sociedades de responsabilidad limitada (voluntaria, obligatoria y por amortización de acciones) * Reducción de capital social en sociedades de personas ### Documentos requeridos * **Formulario** de "Aumento/disminución de capital social (sin reforma de estatuto)..." o "Reforma de estatuto..." (según corresponda). Obtenerlo en Formularios IGJ. * **Dictamen de precalificación profesional** emitido por escribano público, abogado o graduado en ciencias económicas. * **Primer testimonio de escritura pública** o instrumento privado original con la trascripción del acta de asamblea o reunión de socios. * **Formulario Anexo VI** de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15 (en ciertos casos). * **Constancias de publicaciones** en el Boletín Oficial (convocatoria a asamblea, aviso del art. 10 de la Ley Nº 19.550, aviso de ejercicio del derecho de suscripción preferente, etc.). * **Balance general** con informe de auditoría (en caso de reducción de capital). * **Certificados de inhibición** (en caso de reducción voluntaria de capital). ### Costes y plazos * El costo del trámite varía según el tipo de sociedad y el tipo de trámite. Consultar la calculadora de módulos para IGJ. * Los plazos de resolución varían según la complejidad del trámite. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Presentar el formulario del trámite y toda la documentación indicada en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. 2. Una vez finalizado, retirarlo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno. Si sos matriculado/a y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta: - La presentación se realiza con turno previo. - Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación, tanto en su modalidad común como urgente. Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected] ## Ayuda ### Contacto Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected] ### Recursos adicionales * Pedir turno * Calculá el valor del trámite * Formularios IGJ ### Descargas * Qué debe contener el dictamen de Aumento de capital social de sociedades por acciones sin reforma de estatutos (203.2 Kb) Descargar archivo * Qué debe contener el dictamen de Aumento de capital social con reforma de estatutos o contrato social (199.7 Kb) Descargar archivo * Qué debe contener el dictamen de Reducción de capital social de SA y SRL (201.8 Kb) Descargar archivo

  • ## Resumen Este trámite te permite inscribirte en el Registro de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos si deseas ser familia por adopción. La inscripción es gratuita y válida para todo el país. ### ¿Quién puede usar este servicio? Matrimonios, personas en unión convivencial o personas solas mayores de 25 años. ## Lo que necesitas ### Requisitos * Ser mayor de 25 años. * Ser argentino o extranjero con cinco años de residencia en el país. ### Documentos requeridos La documentación puede variar según la jurisdicción. El registro correspondiente te informará sobre los documentos específicos. ### Costes El trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso 1. Encontrá y contactá el registro correspondiente a tu domicilio: [https://www.argentina.gob.ar/justicia/adopcion/registros]. Ellos te informarán sobre la documentación a presentar. 2. Tené en cuenta que cada jurisdicción puede tener requisitos de documentación diferentes. ### Tiempos de espera El tiempo del trámite será informado por el registro al momento de la inscripción. ## Información complementaria Conocé el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos: [https://www.argentina.gob.ar/justicia/adopcion] o contactanos escribiendo a [email protected]

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