## Resumen Este trámite permite autorizar a menores de 18 años a viajar al extranjero, ya sea solos, acompañados por uno de sus padres o por un tercero. Para reservar un turno, se necesita el número de DNI del menor. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** * Usuario y clave miBA nivel 3 (más información en [Plataforma miBA](https://buenosaires.gob.ar/jefaturadegabinete/innovacion/plataforma-miBA) y sobre los [niveles de seguridad de clave miBA](https://buenosaires.gob.ar/seguridadmiba)). * DNI del/los padres autorizantes (al menos uno con domicilio en CABA). * Si los padres son extranjeros, DNI argentino para extranjeros vigente o documento de identidad/pasaporte del país de origen y Certificado Electrónico de Residencia Precaria con prórroga vigente. * Copia del DNI del/los menores a autorizar. * Partida de nacimiento original y legalizada del/los menores a autorizar (si solo figura un progenitor, no debe tener más de 30 días de expedida). * Acta de defunción original (si alguno de los padres falleció). * Si el menor es extranjero, partida de nacimiento legalizada (Apostilla de la Haya) y traducida por traductor público nacional matriculado (si está en otro idioma). * Copia del DNI del acompañante (si viaja con un tercero). * Comprobante de pago. * **Consideraciones importantes:** * Si se autoriza al menor a viajar solo, también podrá viajar acompañado. * La autorización puede extenderse hasta la mayoría de edad y puede ser revocada en cualquier momento. * Se pueden autorizar hasta 3 menores con un solo turno, siempre que no viajen a distintos lugares al mismo tiempo. ## Cómo hacerlo 1. **Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD):** Accedé al [Sistema de Tramitación a Distancia (TAD)](https://login.buenosaires.gob.ar/auth/realms/miba/protocol/openid-connect/auth?client_id=tad&response_type=code&scope=profileopenid+profile+email+login1+validation+contact+agip-tokens&redirect_uri=https://tad.buenosaires.gob.ar/tramitesadistancia/miba/ServletLogin?iniciarNuevoTramite=1673) con tu usuario y contraseña miBA. 2. **Generá tu expediente:** Seguí las indicaciones de la plataforma y cargá la información solicitada. 3. **Efectuá el pago y reservá tu turno:** Obtené un turno de Autorización de Viaje en el link al finalizar el ingreso del trámite o en TAD – “Mis Tramites” – “Tramites en curso” – “Turnos”. 4. **Dirigite a la sede seleccionada:** Asistí con la documentación, el número de expediente y el comprobante de pago. 5. **Legalizá la autorización del viaje:** Una vez obtenida, legalizala en la oficina de Cámara Civil ubicada en Lavalle 1220. ## Costos El costo del trámite es de $75.520,00. * **Medios de pago:** * Online: Tarjetas de Crédito y Débito Visa, MasterCard, Cabal o Amex (acreditación inmediata). * Presenciales: Tarjetas de Crédito y Débito Visa, MasterCard, Cabal o Amex, cajeros automáticos en las Sedes, RapiPago o Pago Fácil (con Boleta Única Inteligente (BUI) impresa, acreditación a las 48 hs). ## Información Adicional * **Progenitores menores de edad:** La autorización debe estar avalada por los responsables legales de los progenitores. * **Permiso solicitado por un solo progenitor:** Se debe presentar la autorización del otro progenitor al salir del país. * **Si no hablás español:** Debés ser asistido por un traductor público nacional matriculado. ## Descargas * [LEY TARIFARIA 2025.pdf](https://buenosaires.gob.ar/sites/default/files/2025-01/LEY%20TARIFARIA%202025_140.pdf) * [ANEXO LEY TARIFARIA 2025.pdf](https://buenosaires.gob.ar/sites/default/files/2025-01/ANEXO%20LEY%20TARIFARIA%202025_140.pdf) ## Encontrá la oficina más cercana * [Sede Central - Registro Civil](https://mapa.buenosaires.gob.ar/comollego/?dir=Uruguay%20753) (Uruguay 753, Lunes a viernes de 9.30 a 18 hs) * [Subsede Comunal 2](https://mapa.buenosaires.gob.ar/comollego/?dir=Vicente%20L%C3%B3pez%202050,%203%C2%B0%20piso) (Vicente López 2050, 3° piso, Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 hs) * [Subsede Comunal 3](https://mapa.buenosaires.gob.ar/comollego/?dir=Moreno%202301) (Moreno 2301, Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 hs) * [Sede Comunal 5](https://mapa.buenosaires.gob.ar/comollego/?dir=Carlos%20Calvo%203325) (Carlos Calvo 3325, Lunes a viernes de 8.30 a 14.30 hs) * [Sede Comunal 8](https://mapa.buenosaires.gob.ar/comollego/?dir=Av.%20Roca%205252) (Av. Roca 5252, Lunes a viernes de 8.30 a 14.30 hs) * [Subsede Comunal 11](https://mapa.buenosaires.gob.ar/comollego/?dir=Ricardo%20Guti%C3%A9rrez%203254) (Ricardo Gutiérrez 3254, Lunes a viernes de 8.30 a 14.30 hs) * [Sede Comunal 13](https://mapa.buenosaires.gob.ar/comollego/?dir=Av.%20Cabildo%203067) (Av. Cabildo 3067, Lunes a viernes de 8.30 a 14.30 hs) * [Sede Comunal 14](https://mapa.buenosaires.gob.ar/comollego/?dir=Beruti%203325) (Beruti 3325, Lunes a viernes de 8.30 a 14.30 hs) * [Subsede Comunal 15](https://mapa.buenosaires.gob.ar/comollego/?dir=%20Mujeres%20de%20Fraga%204108) ( Mujeres de Fraga 4108, Lunes a viernes de 8.30 a 14.30 hs) ## Contacto * Llamar al [147](tel:147) * Chateá con la Ciudad: [Chateá con la Ciudad](https://api.whatsapp.com/send?phone=5491150500147&&source=&&data=)
## Resumen Este trámite permite a ciudadanos casados y divorciados en el extranjero obtener una autorización para contraer matrimonio civil o unirse convivencialmente en la Ciudad de Buenos Aires. ### Quién puede usar este servicio Ciudadanos casados y divorciados en el extranjero. ### Antes de empezar Es fundamental contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Acta de matrimonio con la inscripción del divorcio, expedida por el Registro Civil de la jurisdicción donde se haya celebrado el matrimonio y legalizada por el Consulado Argentino del país de origen o apostillada. * Testimonio de la sentencia de divorcio, expedida por el tribunal correspondiente, que se encuentre firme. * En caso de divergencia en el nombre y apellido entre los documentos, se requerirá partida de nacimiento. ### Costes y plazos El costo del trámite es de $5.280,00. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Ingresá a la plataforma Trámites a Distancia (TAD). 2. Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA. 3. Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación solicitada. 4. Espera la verificación de la documentación. Si es correcta, se te indicará cómo generar la boleta de pago. 5. Una vez que el organismo revise la documentación y apruebe el trámite, se te indicará que puedes generar la boleta de pago en TAD desde "Mis trámites" - "seleccionar el expediente iniciado" - "pagos" - "seleccionar el concepto correspondiente". **Importante:** No generar o pagar la boleta antes de la verificación de la documentación y posterior indicación por parte del personal del registro civil. ### Información sobre cada etapa El trámite se realiza en forma íntegramente digital, por lo que no es necesario que te presentes en la sede del Registro Civil. Recibirás tu partida inscripta al mail informado. * Si tenés alguna duda con respecto al trámite, podés realizar la consulta a casadosydivorciados@buenosaires.gob.ar. * Cuando se corrobore que la documentación es suficiente y correcta, se habilitará el permiso de reserva de turno online en la delegación del registro elegida para celebrar la ceremonia, y a esta se remitirá la documentación correspondiente. * En caso de ser necesario, podrás ser citado para que concurras personalmente con la documentación correspondiente. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Recibirás la partida inscripta por correo electrónico. ### Plazos de resolución El tiempo de resolución depende de la verificación de la documentación. ## Ayuda ### Contacto Si tenés alguna duda con respecto al trámite, podés realizar la consulta a casadosydivorciados@buenosaires.gob.ar. ### Recursos adicionales * Sedes del Registro Civil * Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires * Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Argentina ### Legalizaciones y traducciones * Las partidas o documentación de otros países, deberán encontrarse legalizadas para que tengan valor en Argentina, a través de diferentes sistemas válidos: * Apostilla de La Haya (Ley 23.458). * Legalización ante el Consulado Argentino en el país emisor de la partida (Ley 1629/01). * Partidas de la República de Portugal, posteriores al 12/06/1882 (Ley 1169); Consulado de Portugal en la Argentina. * Partidas de la República de Italia, posteriores al 23/10/1989 (Ley 23.728) - No requieren legalización. * Partidas de la República de Chile, posteriores al 10/11/2004, emitidas por el Consulado de Chile en la Argentina, con intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Argentina. * Las partidas o documentación en Idioma Extranjero o que contuviera texto en otro idioma, deberán ser traducidas por traductor público de la Ciudad de Buenos Aires y Legalizadas en el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 20.305) (Ej: variante de nombre al español, como Giuseppe / José). * En caso de no existir traductor público del idioma de la partida en el país, deberá requerirse una certificación al colegio citado que avale la inexistencia y recurrir a un intérprete para que, bajo declaración jurada, traduzca al castellano el instrumento. * Además, será necesario certificar la firma del idóneo ante escribano público o en la Sede Central del Registro Civil. * En caso de que los contrayentes sean menores, las partidas de filiación única tienen vigencia dentro de los treinta días de emitidas. Las de doble filiación (originales y en buen estado), tienen validez siempre, siendo potestad del oficial público actuante.
## Resumen Este trámite permite a ciudadanos casados y divorciados en el extranjero obtener una autorización para casarse o unirse civilmente en la Ciudad de Buenos Aires. ## Lo que necesitas * **Usuario y clave miBA nivel 2 o 3**: Si no tienes, puedes crearla en la Plataforma miBA. Infórmate sobre los niveles de seguridad de clave miBA. * **Acta de matrimonio con inscripción del divorcio**: Debe ser expedida por el Registro Civil de la jurisdicción donde se celebró el matrimonio y legalizada por el Consulado Argentino del país de origen o apostillada (ver sección de legalizaciones y traducciones). * **Testimonio de la sentencia de divorcio**: Debe ser expedida por el tribunal correspondiente y estar firme. * **Partida de nacimiento**: Se requerirá en caso de divergencia en el nombre y apellido entre los documentos. ## Cómo hacerlo 1. **Inicia el trámite online**: A través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). 2. **Inicia sesión**: Con tu usuario y contraseña miBA. 3. **Sigue los pasos**: Indicados por el sistema y carga la documentación solicitada. 4. **Espera la verificación**: Se verificará la documentación. Si es correcta, se te indicará cómo generar la boleta de pago (no la generes antes de tiempo). 5. **Genera la boleta de pago**: Una vez aprobada la documentación, podrás generar la boleta en TAD desde "Mis trámites" - "seleccionar el expediente iniciado" - "pagos" - "seleccionar el concepto correspondiente". **Importante**: No generar o pagar la boleta antes de la verificación de la documentación y posterior indicación por parte del personal del registro civil. Como el trámite es completamente digital, no es necesario ir a la sede del Registro Civil. Recibirás la partida inscripta al mail que indiques. * Si tienes dudas sobre el trámite, puedes escribir a casadosydivorciados@buenosaires.gob.ar. * Cuando la documentación sea correcta, se habilitará el permiso de reserva de turno online en la delegación del registro elegida para celebrar la ceremonia. * En caso de ser necesario, podrás ser citado para concurrir personalmente con la documentación. ## Costos El costo del trámite es de $5.280,00. ## Más Información * **Legalización de documentos extranjeros**: Las partidas o documentación de otros países deben estar legalizadas para tener validez en Argentina. Esto puede hacerse mediante la Apostilla de La Haya (Ley 23.458) o la legalización ante el Consulado Argentino en el país emisor (Ley 1629/01). * **Traducción de documentos**: Si los documentos están en idioma extranjero, deben ser traducidos por un traductor público de la Ciudad de Buenos Aires y legalizados en el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 20.305). ## Descargas * Modelo de carta poder para hacer tramites * LEY TARIFARIA 2025.pdf * ANEXO LEY TARIFARIA 2025.pdf ## Contacto * Dirección General de Registro Civil, Uruguay 753. Horario de atención: Lunes a viernes de 7.30 a 19 hs. * Llamar al 147 * Chatear con la Ciudad: Chateá con la Ciudad
## Resumen Este trámite es necesario para obtener la autorización para utilizar generadores eléctricos (grupos electrógenos) en la vía pública dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todos los grupos electrógenos ubicados en la ciudad deben contar con este permiso. **Quién puede usar este servicio:** Cualquier persona física o jurídica que necesite utilizar un grupo electrógeno en la vía pública de la Ciudad de Buenos Aires. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Contar con **usuario y clave miBA nivel 2 o 3**. Si no tienes cuenta o necesitas subir el nivel de seguridad, visita la Plataforma miBA. * Cargar la siguiente documentación en el Sistema de Tramitación a Distancia (TAD): ### Documentación Obligatoria 1. Nota solicitando el permiso para **emplazar grupo electrógeno** en el espacio público de la Ciudad (debe incluir **nombre y apellido** del solicitante, teléfono **y correo electrónico**). 2. **Constancia de inscripción** al monotributo otorgado **por la AFIP**, vigente. 3. Póliza de seguro de RC (**original y copia simple**) por un monto mínimo de $75.000.000 (PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES), o valor actualizado. * **Carácter de Co-Asegurado del Gobierno de la Ciudad**: la póliza de seguro deberá contener un **endoso en carácter de co-asegurado**, sin restricción de ninguna especie o naturaleza. a favor del **Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires**. Los empleados del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires **deberán ser considerados terceros** en la póliza. * **Cláusula de No Repetición Contra el Gobierno de la Ciudad**: las pólizas deberán incluir **el siguiente texto**: “La compañía …………………. renuncia en forma expresa a **realizar cualquier acción** de repetición y/o subrogación contra el **Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires**, CUIT 34-99903208-9, sus funcionarios y/o empleados”. 4. **Informe técnico del grupo electrógeno**: llevado a cabo por profesional competente, **donde consten las medidas y dimensiones** (altura, ancho de ocupación de la vereda, etc.). 5. Certificado de encomienda profesional 6. **Croquis del lugar y del emplazamiento**. ### Persona Humana (Obligatorio) 1. Copia del Documento Nacional de Identidad, ambas caras ### Persona Jurídica (Obligatorio) 1. Estatuto de la Empresa 2. **Acta de directorio** con la última designación de autoridades 3. Poder Autenticado **por Escribano Público** 4. **Original y copia** del DNI del apoderado **que se presenta** a realizar el trámite. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** ### Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) * Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) * Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA. * **Seguí los pasos** indicados por el sistema y cargá la **documentación solicitada**. ## Costos El trámite es gratuito. ## Más información * Al finalizar el formulario en TAD, **deberán tildar la opción**: “Manifestamos conocer, aceptar y obligarse a cumplir con **la normativa vigente**”. * **Cargar toda la documentación** solicitada siempre en formato PDF. * Verificar que la **Póliza de Responsabilidad Civil** tenga este último formato, ya que el sistema **no deja cargar** un documento encriptado. * **Ante cualquier duda o consulta** sobre este trámite, podés escribir a: mesadgpf@buenosaires.gob.ar. ### Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo. ## Descargas * ANEXO LEY TARIFARIA 2025.pdf * LEY TARIFARIA 2025.pdf ## Contacto * Ministerio de Espacio Publico e Higiene Urbana - Subsecretaría de Ordenamiento Urbano - Dirección General de Permisos y Ferias * Av. Martín García 346 * Llamar al 147 * Chateá con la Ciudad
## Resumen Este trámite permite solicitar autorización para usar generadores eléctricos (grupos electrógenos) en la vía pública dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ## Lo que necesitas * **Usuario y clave miBA nivel 2 o 3:** Necesario para acceder a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). * **Documentación obligatoria (a cargar en TAD):** 1. Nota solicitando el permiso (con nombre, apellido, teléfono y correo electrónico). 2. Constancia de inscripción al monotributo (AFIP), vigente. 3. Póliza de seguro de RC por $20.000.000 (o valor actualizado) con endoso a favor del Gobierno de la Ciudad como co-asegurado y cláusula de no repetición. 4. Informe técnico del grupo electrógeno (medidas y dimensiones). 5. Certificado de encomienda profesional. 6. Croquis del lugar y del emplazamiento. * **Persona Humana (Obligatorio): ** 1. Copia del Documento Nacional de Identidad, ambas caras * **Persona Jurídica (Obligatorio): ** 1. Estatuto de la Empresa 2. Acta de directorio con la última designación de autoridades 3. Poder Autenticado por Escribano Público 4. Original y copia del DNI del apoderado que se presenta a realizar el trámite. ## Cómo hacerlo 1. **Acceder a la plataforma TAD:** Ingresá a la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD). 2. **Iniciar sesión:** Usá tu usuario y contraseña miBA. 3. **Completar el trámite:** Seguí los pasos indicados y cargá la documentación solicitada en formato PDF. ## Información Adicional * Al finalizar el formulario en TAD, deberás aceptar la normativa vigente. * Verificá que la Póliza de Responsabilidad Civil no esté encriptada. * Consultas: mesadgpf@buenosaires.gob.ar. ## Descargas * ANEXO LEY TARIFARIA 2025.pdf * LEY TARIFARIA 2025.pdf
## Resumen Este trámite permite obtener la autorización para el funcionamiento de un Espacio Cultural Independiente (ECI) en la Ciudad de Buenos Aires. Un ECI es un establecimiento con una capacidad máxima de 300 asistentes y una superficie máxima de 500 metros cuadrados, donde se desarrollan actividades autorizadas para teatros independientes, peñas, milongas, clubes de música en vivo y centros culturales. **Quién puede usar este servicio** Personas físicas o jurídicas que deseen operar un Espacio Cultural Independiente (ECI) en la Ciudad de Buenos Aires. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos** * Solicitud. * Anexo técnico específico para Espacio Cultural Independiente (ECI) con la leyenda “Encomienda Espacio Cultural Independiente (ECI)” y detalles sobre actividades de baile y estructuras de luminaria. * Certificado de Aptitud Ambiental. * Nómina de establecimientos culturales. * Plano caratulado como Espacio Cultural Independiente (ECI). * Constancia de habilitación (certificado y plano) si el local tiene una habilitación en trámite. * Inscripción en el Registro de Actividades Catalogadas como Potencialmente Contaminantes (RAC). **Requisitos previos** * Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3. Si no tienes cuenta, puedes crearla en la Plataforma miBA. Infórmate sobre los niveles de seguridad de clave miBA. * Cumplir con los requisitos técnicos y de seguridad establecidos en la normativa vigente. * Inscribirse en la nómina de establecimientos culturales. **Costes y plazos** * El trámite es gratuito. * La actividad tiene una vigencia de 5 años. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso** 1. **Inicio del trámite**: Ingresa a la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) con tu clave miBA nivel 2 o 3 y selecciona “Autorización de Actividad Económica” de la Agencia Gubernamental de Control (AGC): “Nuevo Espacio Cultural Independiente (ECI)”. 2. **Opciones al ingresar**: Se te ofrecerán dos opciones: * Trámite nuevo - Espacio Cultural Independiente (ECI): para iniciar un trámite desde cero. * Adecuación - Espacio Cultural Independiente (ECI): para adecuar un trámite existente (en curso o aprobado). 3. **Confirmación del trámite**: Carga los datos solicitados y adjunta toda la documentación requerida. 4. **Generación de documentos**: Una vez confirmado el trámite, se generará el documento de declaración responsable y la oblea con código QR para ser descargados. 5. **Librado al uso**: Se dará de forma automática, a menos que el trámite se encuentre en una ubicación con normativa especial. 6. **Finalización del trámite**: Una vez otorgada la Autorización, deberás gestionar el Libro de Registro de Inspecciones Digital, ingresando al Portal del Libro Digital con tu clave miBA nivel 2 o 3. ## Después de hacerlo **Qué sucede después** La actividad tendrá una vigencia de 5 años y quedará sujeta a la verificación inspectiva. ## Ayuda **Contacto** Las consultas serán respondidas de manera online, a través de la mesa de atención virtual, o en forma presencial en Tte. Juan Domingo Perón 2941, de lunes a viernes de 9 a 13.30 hs. También puedes comunicarte llamando al 147 o chateando con la Ciudad a través de WhatsApp. **Recursos adicionales** * Es requisito obligatorio para el inicio del trámite la inscripción en la nómina de Establecimientos Culturales, según lo establecido en el artículo 37 de la Ley N° 6.063. La falta o ausencia de la presentación de la citada inscripción implica el rechazo in límine de la solicitud. * Para el supuesto de actividad de baile establecido en el artículo 5° de la Ley N° 6.063, deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por el Anexo de la Resolución N°227/AGC/19 en el capítulo 2. * La Dirección General de Habilitaciones y Permisos establecerá en cada caso las capacidades para los establecimientos tanto si se realiza la actividad de baile o no. * La habilitación del Espacios Culturales Independientes (ECI) es compatible con los siguientes usos: café - bar, restaurante, librería, disquería, galería de arte, salón de exposición, salón de conferencias, sala de ensayo, estudio profesional, club de barrio y todo uso asimilable a manifestación de arte y/o cultura, siempre que el reglamento de copropiedad del mismo así lo permita. * Pueden solicitar el encuadramiento legal bajo los términos de la presente ley o continuar con la habilitación o solicitud bajo la norma de aplicación para el caso, los establecimientos habilitados o en proceso de habilitación, en el marco de las siguientes leyes: * Ley N° 2147 (Teatros Independientes) * Ley N° 2323 (Milongas y Peñas) * Ley N° 2542 (Salas de Teatro Independientes) * Ley N° 5240 (Centros Culturales) **Normativa** * Ley N° 6.101 Ley marco de Regulación de Actividades Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. * Decreto N° 40/19 Reglamentación de la Ley N° 6.101 * Ley N° 6.099 Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. * C.E Ley 6438 consolidado y modificaciones Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. * Resolución N° 28/AGC/25 Procedimiento para la tramitación de Autorización de Actividades Económicas. * Anexo I Resolución N° 28/AGC/25 Procedimiento para la tramitación de Autorización de Actividades económicas. * Ley N° 6.063 De habilitación y fiscalización para Espacios Culturales Independientes. * Resolución Nº 3631/MCGC/19 Créase el Catálogo de Espacios Culturales Independientes (CECI) a conformarse por la nómina de los Espacios Culturales Independientes (ECI), en los términos de lo establecido por la Ley N° 6.063. * Resolución N° 227/AGC/19 Reglamentación de la Ley N° 6.063. * Anexo l de la Resolución N° 227/AGC/19 Anexo I "Pautas para la Autorización y Funcionamiento de los Espacios Culturales Independientes". **Descargas** * Ley 6063 espacios culturales independientes * Decreto Nº 40-2019 (2).pdf * Ley 6101. Ley marco de regulación de act. económicas de CABA (4).pdf * RESOLUCIÓN Nº 227-AGC-2019.pdf * Anexo RESOLUCIÓN Nº 227-AGC-2019.pdf * RESOLUCIÓN 3631 2019 MCGC.pdf * LEY TARIFARIA 2025.pdf * ANEXO LEY TARIFARIA 2025.pdf * RESOLUCION Nº 9440-MHFGC-2024. Valor de la UT desde 1-1-25.pdf * Resolución 28-AGC-25.pdf * Anexo I resolución 28-AGC-25.pdf
## Resumen Este trámite permite obtener la autorización para el funcionamiento de un Espacio Cultural Independiente (ECI) en la Ciudad de Buenos Aires. Un ECI es un establecimiento con capacidad máxima de 300 personas y 500 metros cuadrados, destinado a actividades culturales como teatro, música, danza, etc. ## Lo que necesitas * **Usuario y clave miBA nivel 2 o 3:** Necesario para acceder a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). * **Solicitud:** Formulario online a completar en TAD. * **Anexo técnico:** Documento técnico específico para Espacios Culturales Independientes (ECI), que incluye información sobre actividades de baile y estructuras de luminaria. * **Certificado de Aptitud Ambiental.** * **Nómina de establecimientos culturales:** Documento obligatorio. * **Plano caratulado:** Plano del local con la identificación de Espacio Cultural Independiente (ECI). * **Constancia de habilitación (si aplica):** En caso de locales con habilitación en trámite. * **Inscripción en el Registro de Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes (RAC).** ## Cómo hacerlo 1. **Inicio del trámite:** * Ingresá a la Plataforma de Trámitación a Distancia (TAD) con tu clave miBA nivel 2 o 3. * Seleccioná "Autorización de Actividad Económica" de la Agencia Gubernamental de Control (AGC): “Nuevo Espacio Cultural Independiente (ECI)”. * Elegí entre "Trámite nuevo" o "Adecuación" (si ya tenés un trámite en curso). 2. **Confirmación del trámite:** * Cargá los datos solicitados y adjuntá toda la documentación requerida. * Una vez confirmado, se generará la declaración responsable y la oblea con código QR para descargar. * El librado al uso será automático, salvo excepciones por ubicación con normativa especial. 3. **Finalización del trámite:** * Una vez otorgada la Autorización, gestioná el Libro de Registro de Inspecciones Digital en el Portal del Libro Digital con tu clave miBA nivel 2 o 3. La actividad tendrá una vigencia de 5 años y estará sujeta a verificación inspectiva. ## Costos El trámite es gratuito. ## Más información * Es obligatorio estar inscripto en la nómina de Establecimientos Culturales. * Si se realiza actividad de baile, se deben cumplir los requisitos del Anexo de la Resolución N°227/AGC/19, capítulo 2. * La Dirección General de Habilitaciones y Permisos establece las capacidades de los establecimientos. * La habilitación de ECI es compatible con varios usos (café, restaurante, librería, etc.), siempre que el reglamento de copropiedad lo permita. * Establecimientos habilitados o en proceso bajo otras leyes (Teatros Independientes, Milongas y Peñas, Centros Culturales) pueden solicitar el encuadramiento bajo la Ley N° 6.063. ## Normativa * Ley N° 6.101: Regulación de Actividades Económicas de CABA. * Decreto N° 40/19: Reglamentación de la Ley N° 6.101. * Ley N° 6.099: Código Urbanístico de CABA. * C.E Ley 6438 consolidado y modificaciones: Código de Edificación de CABA. * Resolución N° 28/AGC/25: Procedimiento para la tramitación de Autorización de Actividades Económicas. * Anexo I Resolución N° 28/AGC/25: Procedimiento para la tramitación de Autorización de Actividades económicas. * Ley N° 6.063: Habilitación y fiscalización para Espacios Culturales Independientes. * Resolución Nº 3631/MCGC/19: Créase el Catálogo de Espacios Culturales Independientes (CECI). * Resolución N° 227/AGC/19: Reglamentación de la Ley N° 6.063. * Anexo l de la Resolución N° 227/AGC/19: Pautas para la Autorización y Funcionamiento de los Espacios Culturales Independientes. ## Contacto * Teléfono: 147 * Chat: Chateá con la Ciudad * Mesa de atención virtual: mesa de atención virtual * Presencial: Tte. Juan Domingo Perón 2941, Lunes a viernes de 9 a 13.30 hs.
## Resumen El "Aviso de Obra" es un trámite que permite informar al Gobierno de la Ciudad sobre la realización de ciertas obras de mantenimiento y modificación en edificaciones existentes. Es importante verificar si las obras que se planean realizar requieren este aviso. **Quién puede usar este servicio:** * Propietarios, inquilinos o concesionarios de inmuebles en la Ciudad de Buenos Aires. **Antes de empezar:** * Asegurarse de contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3. * Reunir la documentación necesaria según el tipo de obra a realizar. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Informe de Dominio (con una vigencia de 90 días hábiles desde su emisión). * Autorización certificada del solicitante a un tercero (si el solicitante no es el propietario). * Consentimiento firmado de todos los condóminos (si hay más de un propietario por unidad funcional). * Conformidad de Copropietarios certificada ante Escribano Público (si aplica el régimen de propiedad horizontal y la obra afecta partes comunes). * CUIT y acta de designación del administrador (en caso de consorcio). **Requisitos previos:** * Tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3. Si tenés dudas sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA. Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA. **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * El Informe de Dominio debe tener una vigencia de 90 días hábiles desde su fecha de emisión. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD). 2. Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA. 3. Seguí las indicaciones y cargá la información solicitada. ## Ayuda **Contacto:** * Por consultas, ingresá aquí o telefónicamente de 10 a 14hs a los teléfonos 5030-9700 internos 7187 / 7168 / 7181. **Recursos adicionales:** * Para complementar la información sobre la documentación obligatoria, adicional, el formato y contenido de la misma, podés consultar los Reglamentos Técnicos “RT-020100-010200-00-REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN PARA TRÁMITES DE OBRAS CIVILES-V05” y “RT-020102-010300-01-FORMATO Y CONTENIDO DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA PARA OBRAS CIVILES-V05”. **Aclaraciones importantes:** * Se realizará una verificación interna con la Agencia Gubernamental de Control (AGC) para constatar la inexistencia de clausuras en el inmueble. En caso de existir una clausura por falta de Aviso de Obra, se emitirá el Aviso correspondiente. En caso de existir clausura previa por falta de Permiso de Ejecución de Obra Civil, el Aviso de Obra será inviable. * En los inmuebles con protección especial edilicia, se dará intervención a la Dirección General de Interpretación Urbanística la cual podrá requerir la incorporación de una memoria descriptiva, y/o un relevamiento fotográfico.
## Resumen Este trámite permite informar sobre obras de mantenimiento y modificación en edificios existentes en la Ciudad de Buenos Aires. Es importante verificar si existen clausuras previas en el inmueble. ## Lo que necesitas * **Usuario y clave miBA nivel 2 o 3:** Para acceder a la plataforma de trámites. * **Informe de Dominio:** Debe tener una vigencia de 90 días hábiles desde su emisión y se obtiene en el Registro de la Propiedad Inmueble. ### Documentación adicional (si aplica): * **Autorización certificada:** Si el trámite lo realiza un tercero. * **Consentimiento de condóminos:** Si hay más de un propietario por unidad funcional. * **Conformidad de copropietarios:** Certificada ante escribano público si la obra afecta partes comunes en un régimen de propiedad horizontal. * **CUIT y acta de designación del administrador:** En caso de consorcio. ## Cómo hacerlo 1. **Acceder a Trámites a Distancia (TAD):** Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD). 2. **Iniciar sesión:** Utilizá tu usuario y contraseña miBA. 3. **Completar el formulario:** Seguí las indicaciones y cargá la información solicitada. ## Ayuda * **Consultas:** Podés ingresar aquí o llamar al 5030-9700 internos 7187 / 7168 / 7181 (de 10 a 14hs). ## Descargas * ANEXO LEY TARIFARIA 2025.pdf * LEY TARIFARIA 2025.pdf
## Resumen Este trámite permite realizar el aviso de traslado a la morgue judicial cuando existen sospechas de un hecho delictuoso. **Quién puede usar este servicio:** Profesionales de la salud y autoridades hospitalarias. ## Lo que necesitas * Contar con **usuario y clave miBA nivel 2 o 3**. Si tienes dudas sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, visita la Plataforma miBA. Conoce más sobre los niveles de seguridad de clave miBA. * Aviso de traslado a morgue (completar el formulario). * Acta de la policía. * Este trámite puede realizarse online mediante Tramitación a Distancia (TAD). ## Cómo hacerlo ### Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) * Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). * Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA. * **Seguí los pasos** indicados por el sistema y cargá la **documentación solicitada**. ## Costos del trámite El trámite es **gratis**. ## Más información * Cuando se detecten signos que sugieran un posible delito, el profesional a cargo debe informar al Director del Hospital, detallando las comprobaciones realizadas. La Dirección del Establecimiento informará a la justicia competente a través de la Seccional de Policía correspondiente, y el cadáver será retirado por la policía de la Ciudad con destino a la morgue Judicial. * La **inscripción de las defunciones** se realiza directamente con la morgue Judicial. * El **Hospital/Sanatorio** debe realizar un trámite de “aviso” de traslado del cadáver a la morgue judicial, generando un expediente electrónico y adjuntando los documentos que documenten el retiro del cuerpo con destino a Morgue Judicial. ### Recordá Si te has dado de baja de los correos electrónicos del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el correo de confirmación de citas. En ese caso, deberás comunicarte con el 147 para proporcionar una dirección de correo electrónico alternativa. ## Descargas * LEY TARIFARIA 2025.pdf * ANEXO LEY TARIFARIA 2025.pdf ## Organismo Responsable Dirección General de Registro Civil * Ubicación: Uruguay 753 * Días de atención: Lunes a viernes * Horarios de atención: 7.30 a 19 hs ## Consultas * Llamar al 147 * Chateá con la Ciudad