Ciudad de México

  • Autorización, aviso o permiso para la celebración de espectáculos públicos

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE GOBIERNO

    Trámite mediante el cual los particulares obtienen Autorización, Aviso o Permiso, para presentar espectáculos en lugares públicos o privados según sea el caso.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Con el carácter de dependiente, encargado, gerente, administrador, representante u otro similar, sean responsables de la celebración de Espectáculos Públicos, que deseen obtener Permiso o presentar Aviso para la celebración de Espectáculos.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Formato de solicitud TMHIDALGO_AAPP_1, debidamente llenado en original y una copia para acuse.

    04

    Si el solicitante es extranjero, la autorización emitida por la Secretaría de Gobernación para dedicarse a la actividad relacionada con el espectáculo de que se trate (para el aviso, bastará con una manifestación bajo protesta de decir verdad de que se cuenta con la autorización correspondiente). Original y Copia.

    05

    Oficio de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal por medio del cual emita opinión respecto a la celebración del espectáculo público.

    06

    Comprobante de pago de derechos por supervisión, apoyo y vigilancia de personal especializado en materia de protección civil, a que se refiere el artículo 258, fracción III del Código Fiscal del Distrito Federal.

    07

    Bitácora de supervisión de Campo expedida por el Heroico Cuerpo de Bomberos.

    08

    Visto bueno para la celebración de espectáculos públicos masivos en lo relativo a extintores, señalización para el caso de incendio y sismos, rutas de evacuación y salidas de emergencia.

    09

    Comprobante de pago de derechos contemplado en el artículo 256 inciso B) del Código Fiscal del Distrito Federal, respecto a los servicios de Protección Ciudadana proporcionados por la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.

    10

    Permiso o Aviso expedido por la Secretaría de Desarrollo Económico que ampare el funcionamiento del establecimiento mercantil y/o Revalidación correspondiente.

    11

    Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo o Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos, con el que acredite que el espectáculo público que pretende realizar está permitido en el lugar de que se trate. Original para cotejo y una copia.

    12

    Visto Bueno de Seguridad y Operación suscrito por un Director Responsable de Obra, en su caso.

    13

    Responsiva de un Corresponsable en seguridad estructural, en los términos del Reglamento de Construcciones del Distrito Federal, en su caso. Original para cotejo y una copia.

    14

    El documento que acredite el vínculo legal entre el titular responsable del Espectáculo Público y los participantes, respecto del espectáculo público a presentar. Original para cotejo y una copia.

    15

    Póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier eventualidad, riesgo, siniestro, daño, robo, lesión, muerte, en el lugar y durante el desarrollo del espectáculo que puedan sufrir espectadores y participantes. Original para cotejo y una copia.

    16

    Constancia de adeudos para acreditar que está al corriente en el pago de las contribuciones previstas en el artículo 20 del Código Fiscal del Distrito Federal. Original para cotejo y una copia.

    17

    El comprobante de Pago de derechos a que se refiere el artículo 190 del Código Fiscal del Distrito Federal.

    18

    El comprobante de pago de derechos a que se refiere el artículo 191 fracción IV, del Código Fiscal del Distrito Federal, en caso de tratarse de actividad mercantil.

    19

    Cuando la naturaleza y clase del Espectáculo Público lo requiera la autorización de la asociación o sociedad de autores o compositores que corresponda, para los efectos de los Derechos de Autor o del propio Titular.

    20

    En el caso de Espectáculos Tradicionales:

    a) Documento que demuestre que el solicitante fue designado por la comunidad para llevar la organización del festejo.

    b) Permisos correspondientes en términos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y demás normatividad aplicable en caso de que se realice la quema de juegos pirotécnicos, señalando la hora y lugar.

    21

    En caso de permiso para la realización de Ferias en la Vía Pública e Instalación de Juegos Mecánicos, adicionalmente:

    a) Visto bueno de seguridad y operación sobre juegos mecánicos.

    b) Factura del botiquín de primeros auxilios.

    c) Extintor.

    d) Visto bueno de comité ciudadano para la colocación de juegos mecánicos.

    e) Recibo por el que se acredita la contratación del servicio de energía eléctrica y/o acreditar que se cuenta con una planta generadora de energía eléctrica.

    f) Escrito por el que se responsabiliza por las averías que se provoquen a la instalación y equipos eléctricos tanto públicos o privados, bajo pena de revocación del permiso en caso de incumplimiento, además del respectivo pago de daños y perjuicios.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    Este trámite te sirve para hacer una de las siguientes 3 opciones:

    AUTORIZACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS EN LA VÍA PÚBLICA, PARQUES O ESPACIOS PÚBLICOS.
    Trámite mediante el cual se obtiene de la Delegación correspondiente el documento necesario para que en la vía pública, parques o espacios públicos se autorice la representación, función, acto, evento o exhibición artística, musical, deportiva, cinematográfica, teatral o cultural siempre y cuando revista un interés para la comunidad o tenga por objeto el resguardo de sus tradiciones, en forma gratuita o mediante pago en dinero, trámite que se presentará con 20 días hábiles de anticipación.

    AVISO PARA LA PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS.
    Trámite que los titulares de licencias de funcionamiento para establecimientos mercantiles presentan por escrito ante la Delegación correspondiente, para la celebración de espectáculos públicos de manera gratuita u onerosa, ya sea una representación, función, acto, evento o exhibición artística, musical, deportiva, taurina, cinematográfica, teatral o cultural, respecto de locales con aforo para más de 100 personas y que cuenten con el giro respectivo, trámite que se presentará con 10 días hábiles de anticipación.

    PERMISO PARA LA PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS.
    Trámite que deberán realizar las personas físicas o morales interesadas en presentar espectáculos públicos en lugares que no cuenten con licencia de funcionamiento para esos efectos, ante la Delegación correspondiente, quien en su caso expedirá el permiso respectivo y que deberá solicitarse con 10 días hábiles de anticipación a la fecha de celebración del evento y de 15 días hábiles cuando se trate de espectáculos masivos. En este último caso, si la autoridad correspondiente no da respuesta en el plazo establecido a la solicitud que presente el ciudadano cumpliendo con todos los requisitos, se entenderá que se tiene el permiso para celebrar el espectáculo correspondiente (Afirmativa Ficta).

    Excepto en los casos de que se solicite permiso para la presentación de juegos mecánicos y electromecánicos, para prestar servicios de entretenimiento y servicios de venta de alimentos preparados artesanías y otros en las ferias, en caso de que la autoridad no se pronuncie respecto de una solicitud, se entenderá que no fue aprobada.

    Queda prohibido el cierre de calle por celebración de Espectáculos Públicos en la vía pública, de acuerdo al Artículo 25 de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal.

    Para el otorgamiento de permisos cuando la naturaleza y clase del Espectáculo Público lo requiera, deberá acompañar la Autorización de las Dependencias de la Administración Pública Federal.

    Para la autorización de la presentación de juegos pirotécnicos en su caso, se tomará en cuenta el horario de descanso de los vecinos de la zona que previamente hayan establecido la Delegación junto con el Comité Ciudadano correspondiente.

    En caso de permiso para la realización de Ferias en la Vía Púb

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Permiso para la Celebración de Espectáculos Públicos Musicales

    $5041.00

    Permiso para la Celebración de Espectáculos Públicos Deportivos

    $8403.00

    Permiso para la Celebración de Espectáculos Públicos Taurinos

    $5041.00

    Permiso para la Celebración de Espectáculos Públicos Teatrales

    $1680.50

    Permiso para la Celebración de Espectáculos Públicos Circenses

    $1613.50

    Puedes pagar en:

    • Bancos y tiendas de autoservicio
    • Kioskos de la Tesorería
    • Oficinas Tributarias

  • Aviso de Venta de Vehículo de Uso Particular

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE MOVILIDAD

    Tramite que debe realizar el propietario que transmita la propiedad de un vehículo a favor de otra persona física o moral dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de la celebración de la compra-venta, con la finalidad de dar aviso a la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México y evitar responsabilidades administrativas y fiscales.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Propietario del vehículo o Representante Legal.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

    02

    Original y Copia de la Carta responsiva o contrato de compra-venta.

    03

    Copia de factura o carta factura del vehículo.

    04

    Copia de tarjeta de circulación

    05

    Copia de Identificación del comprador y del vendedor como puede ser:



    -Credencial para votar o

    -Pasaporte o

    -Cartilla del servicio militar nacional o

    -Licencia para conducir expedida en la Ciudad de México o

    -Cédula Profesional o

    -Tarjeta de Residencia

    06

    Formato de solicitud TST_AVV debidamente requisitado, con firmas autógrafas. Original y Copia.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    Para realizar aviso de venta de vehículo, motocicleta o remolque de procedencia extranjera deberá acudir al módulo de Venustiano Carranza.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Acude al Área de Atención Ciudadana (Módulos de Control Vehicular autorizados y Ventanilla Única SEMOVI), con la documentación solicitada y el formato correspondiente debidamente requisitado.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe, revisa, sella y entrega acuse de recibo en el formato de aviso.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Aviso


    Cuya vigencia es:

    Permanente.

    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 31 fracción XI.

    Ley de Movilidad del Distrito Federal Artículos 58 y 59.

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 34, 35, 40, 41 y 89

    Reglamento para el Control Vehicular y de licencias y permisos para conducir en el Distrito Federal. Articulos 4 fracción X y 14

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

    02

    Original y Copia de la Carta responsiva o contrato de compra-venta.

    03

    Copia de factura o carta factura del vehículo.

    04

    Copia de tarjeta de circulación

    05

    Copia de Identificación del comprador y del vendedor como puede ser:



    -Credencial para votar o

    -Pasaporte o

    -Cartilla del servicio militar nacional o

    -Licencia para conducir expedida en la Ciudad de México o

    -Cédula Profesional o

    -Tarjeta de Residencia

    06

    Formato de solicitud TST_AVV debidamente requisitado, con firmas autógrafas. Original y Copia.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    Para realizar aviso de venta de vehículo, motocicleta o remolque de procedencia extranjera deberá acudir al módulo de Venustiano Carranza.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

  • Aviso de filmación

    Unidad normativa: COMISIÓN DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    Trámite mediante el cual el productor informa las actividades relacionadas con el sector audiovisual que llevara a cabo en los bienes de uso común del Distrito Federal.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Productores interesados en filmar en la Ciudad de México.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01

    • Presentar el Formato Único de Aviso ante la Comisión en dos tantos con firmas originales por lo menos 12 horas hábiles en día hábil antes de la fecha y hora en que se realizará la filmación.



    • El solicitante deberá acompañar al Formato Único de Aviso, carta cobertura o póliza de seguro de responsabilidad civil o daños a terceros vigente en original y copia, para su debido cotejo.



    • Los responsables de las producciones estudiantiles con fines académicos, que requieran de la presentación de un Aviso, deberán presentar una carta aval emitida por la institución educativa correspondiente, así como, la identificación oficial del responsable por la institución que realiza el trámite ante la Comisión.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    Las actividades relacionadas con el sector audiovisual que sólo requieren la presentación de un Aviso cuyo trámite será gratuito, son las siguientes:

    I. Llevar a cabo, dentro del marco normativo, las acciones que les asegure la disponibilidad de los lugares de estacionamiento para los vehículos de la producción;
    II. Estacionar los vehículos de la producción en los lugares autorizados por las disposiciones de tránsito y de cultura cívica;
    III. Efectuar la carga y descarga permanente del equipo, accesorios y enseres del sector audiovisual, de los vehículos de la producción, sin obstruir el tránsito vehicular;
    IV. Instalar en los bienes de uso común del Distrito Federal herramientas, equipos de cámaras, sonido, vídeo, tramoya e iluminación, paralelos, todo tipo de grúas, así como todos los accesorios y enseres del sector audiovisual, sin obstruir el tránsito vehicular;
    V. Tender los cableados, junto con las cajas de conexión eléctrica (spiders) en los bienes de uso común del Distrito Federal. Cuando el cableado cruce una vía de tránsito vehicular se deberá instalar un pasa cables, así como llevar cabo las medidas que permitan el tránsito fluido y seguro de vehículos, bicicletas y peatones; La violación de las disposiciones de tránsito y de cultura cívica
    atribuibles a los productores o al personal a su cargo, serán sancionadas conforme a los ordenamientos legales aplicables.

    • Cuando por razones urgentes y justificadas el Aviso se presente de forma extemporánea, la Comisión valorará las circunstancias del caso y, de ser procedente, autorizará la filmación con las restricciones y condicionamientos que considere pertinentes, de acuerdo con el procedimiento previsto para tal efecto en el Reglamento.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el Formato Único de Aviso con los requisitos y documentos correspondientes a la Dirección de Permisos y Vinculación Interinstitucional.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe solicitud, verifica que esté debidamente requisitada, acusa de recibo.

    03

    Actor: Ciudadano

    Recibe acuse del Aviso de Filmación.

    En línea

    • Sólo una parte del trámite puede realizarse en línea:

      • Solicitud en línea
      • Entrega en línea

      realizar en línea

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Aviso con acuse de recibo


    Cuya vigencia es:

    Acorde al tipo de filmacion

    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Ley de Filmaciones del Distrito Federal 4 fracción VIII, 20, 23, 25, 26, 27 y 28

    Reglamento de la Ley de Filmaciones del Distrito Federal 7, 25 y 26.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01

    • Presentar el Formato Único de Aviso ante la Comisión en dos tantos con firmas originales por lo menos 12 horas hábiles en día hábil antes de la fecha y hora en que se realizará la filmación.



    • El solicitante deberá acompañar al Formato Único de Aviso, carta cobertura o póliza de seguro de responsabilidad civil o daños a terceros vigente en original y copia, para su debido cotejo.



    • Los responsables de las producciones estudiantiles con fines académicos, que requieran de la presentación de un Aviso, deberán presentar una carta aval emitida por la institución educativa correspondiente, así como, la identificación oficial del responsable por la institución que realiza el trámite ante la Comisión.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    Las actividades relacionadas con el sector audiovisual que sólo requieren la presentación de un Aviso cuyo trámite será gratuito, son las siguientes:

    I. Llevar a cabo, dentro del marco normativo, las acciones que les asegure la disponibilidad de los lugares de estacionamiento para los vehículos de la producción;
    II. Estacionar los vehículos de la producción en los lugares autorizados por las disposiciones de tránsito y de cultura cívica;
    III. Efectuar la carga y descarga permanente del equipo, accesorios y enseres del sector audiovisual, de los vehículos de la producción, sin obstruir el tránsito vehicular;
    IV. Instalar en los bienes de uso común del Distrito Federal herramientas, equipos de cámaras, sonido, vídeo, tramoya e iluminación, paralelos, todo tipo de grúas, así como todos los accesorios y enseres del sector audiovisual, sin obstruir el tránsito vehicular;
    V. Tender los cableados, junto con las cajas de conexión eléctrica (spiders) en los bienes de uso común del Distrito Federal. Cuando el cableado cruce una vía de tránsito vehicular se deberá instalar un pasa cables, así como llevar cabo las medidas que permitan el tránsito fluido y seguro de vehículos, bicicletas y peatones; La violación de las disposiciones de tránsito y de cultura cívica
    atribuibles a los productores o al personal a su cargo, serán sancionadas conforme a los ordenamientos legales aplicables.

    • Cuando por razones urgentes y justificadas el Aviso se presente de forma extemporánea, la Comisión valorará las circunstancias del caso y, de ser procedente, autorizará la filmación con las restricciones y condicionamientos que considere pertinentes, de acuerdo con el procedimiento previsto para tal efecto en el Reglamento.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el Formato Único de Aviso con los requisitos y documentos correspondientes a la Dirección de Permisos y Vinculación Interinstitucional.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe solicitud, verifica que esté debidamente requisitada, acusa de recibo.

    03

    Actor: Ciudadano

    Recibe acuse del Aviso de Filmación.

    En línea

    • Sólo una parte del trámite puede realizarse en línea:

      • Solicitud en línea
      • Entrega en línea

      realizar en línea

    De manera presencial

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Aviso con acuse de recibo


    Cuya vigencia es:

    Acorde al tipo de filmacion

    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Ley de Filmaciones del Distrito Federal 4 fracción VIII, 20, 23, 25, 26, 27 y 28

    Reglamento de la Ley de Filmaciones del Distrito Federal 7, 25 y 26.

  • Aviso de ingreso al Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles, de aquellos que operan con Declaración de Apertura, para en lo sucesivo funcionen con Aviso para operar Establecimiento Mercantil con giro de bajo impacto.

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

    Trámite que se presenta a través del Sistema a efecto de dar aviso a la Delegación la sustitución de la Declaración de Apertura, por el Aviso de funcionamiento del establecimiento mercantil con giro de bajo impacto

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Titulares de Establecimientos Mercantiles que operan con Declaración de Apertura.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    03

    Certificado de Zonificación de Uso de Suelo

    04

    Declaración de apertura del establecimiento mercantil

    05

    Documento migratorio expedido por la Secretaria de Gobernación (tratándose de personas extranjeras)

    06

    Documento que acredite tener cajones de estacionamiento, en caso de estar obligado de conformidad con los Programas Delegacionales o Parciales de Desarrollo Urbano, Reglamento de Construcciones o Normas Técnicas complementarias para el proyecto arquitectónico del Reglamento de Construcciones (para los establecimientos que no se encuentran exentos)

    07

    Los titulares de establecimientos mercantiles que se encuentren funcionando con declaración de apertura deberán ingresar el aviso al Sistema.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    La información a la que se hace referencia en el Sistema será cotejada con el Expediente que obra en los archivos del área competente delegacional, en el caso de no existir la documentación en el archivo delegacional, el usuario deberá ingresar la documentación para integrar el expediente correspondiente.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Ingresar a http://siapem.sedecodf.gob.mx/siapem/

    02

    Actor: Ciudadano

    Leer el aviso de privacidad y en su caso, aceptar las condiciones

    03

    Actor: Ciudadano

    Realizar el trámite EM-B

    04

    Actor: Ciudadano

    Una vez realizado el trámite via electrónica, recibe e imprime acuse

    En línea

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Aviso


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Artículos 2 fracciones II, XI, XIV, XV, XXII y XXVI, 8 fracción VII, 10 apartado A, fracción XIV, 35, 36, 39 y Transitorio Séptimo

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32,33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89

    Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    03

    Certificado de Zonificación de Uso de Suelo

    04

    Declaración de apertura del establecimiento mercantil

    05

    Documento migratorio expedido por la Secretaria de Gobernación (tratándose de personas extranjeras)

    06

    Documento que acredite tener cajones de estacionamiento, en caso de estar obligado de conformidad con los Programas Delegacionales o Parciales de Desarrollo Urbano, Reglamento de Construcciones o Normas Técnicas complementarias para el proyecto arquitectónico del Reglamento de Construcciones (para los establecimientos que no se encuentran exentos)

    07

    Los titulares de establecimientos mercantiles que se encuentren funcionando con declaración de apertura deberán ingresar el aviso al Sistema.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    La información a la que se hace referencia en el Sistema será cotejada con el Expediente que obra en los archivos del área competente delegacional, en el caso de no existir la documentación en el archivo delegacional, el usuario deberá ingresar la documentación para integrar el expediente correspondiente.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

  • Aviso de ingreso al Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles, de aquellos que operan con Licencia de Funcionamiento Tipo A, B, Ordinaria o Especial, para en lo sucesivo operar con Permiso para funcionar Establecimiento Mercantil con giro de Impacto Vecinal o Impacto Zonal, según corresponda.

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

    Trámite que se presenta a través del Sistema a efecto obtener de la Delegación la sustitución de la Licencia de Funcionamiento Tipo A, B, Ordinaria o Especial, por el Permiso de operación de establecimiento mercantil con giro de impacto vecinal o zonal, según corresponda.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Titulares de Establecimientos Mercantiles que operan con Licencia de Funcionamiento Tipo A, B, Ordinaria o Especial.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    03

    Certificado de Zonificación de Uso de Suelo

    04

    Documento migratorio expedido por la Secretaria de Gobernación (tratándose de personas extranjeras)

    05

    Documento que acredite tener cajones de estacionamiento, en caso de estar obligado de conformidad con los Programas Delegacionales o Parciales de Desarrollo Urbano, Reglamento de Construcciones o Normas Técnicas complementarias para el proyecto arquitectónico del Reglamento de Construcciones (para los establecimientos que no se encuentran exentos).

    06

    Los titulares de establecimientos mercantiles que se encuentren funcionando con licencia de funcionamiento deberán ingresar el Aviso al Sistema, previo a la fecha en la que se actualice el vencimiento de la licencia.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Ingresar a http://siapem.sedecodf.gob.mx/siapem/

    02

    Actor: Ciudadano

    Leer el aviso de privacidad y en su caso, aceptar las condiciones

    03

    Actor: Ciudadano

    Realizar el trámite EM-A

    04

    Actor: Ciudadano

    Una vez realizado el trámite via electrónica, recibe e imprime acuse

    05

    Actor: Ciudadano

    Acude a la Delegación a recibir el Permiso correspondiente

    En línea

    • Sólo una parte del trámite puede realizarse en línea:

      • Solicitud en línea
      • Pago totalmente en línea

      realizar en línea

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Permiso


    Cuya vigencia es:

    Por el periodo que reste para concluir la vigencia originalmente otorgada.

    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Artículos 2, fracciones II, XI, XII, XIII, XV, XVIII, XXV y XXVI, 8, fracción VII, 10, apartado A, fracción XIV y apartado B, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 27 bis y Transitorio Séptimo

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89

    Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    03

    Certificado de Zonificación de Uso de Suelo

    04

    Documento migratorio expedido por la Secretaria de Gobernación (tratándose de personas extranjeras)

    05

    Documento que acredite tener cajones de estacionamiento, en caso de estar obligado de conformidad con los Programas Delegacionales o Parciales de Desarrollo Urbano, Reglamento de Construcciones o Normas Técnicas complementarias para el proyecto arquitectónico del Reglamento de Construcciones (para los establecimientos que no se encuentran exentos).

    06

    Los titulares de establecimientos mercantiles que se encuentren funcionando con licencia de funcionamiento deberán ingresar el Aviso al Sistema, previo a la fecha en la que se actualice el vencimiento de la licencia.

  • Aviso de modificación en el aforo, giro mercantil, nombre o denominación comercial, o alguna otra especificada en el sistema que tenga el establecimiento mercantil con giro de Bajo Impacto

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

    Trámite que se presenta a través del Sistema a efecto de dar aviso a la Delegación para modificar el aforo, giro, nombre o denominación comercial, superficie o alguna otra de los establecimientos mercantiles con giro de bajo impacto.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Titulares de Establecimientos Mercantiles de bajo impacto.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    03

    Certificado de Zonificación de Uso de Suelo (tratándose de modificación en el aforo, superficie o giro mercantil).

    04

    Documento migratorio expedido por la Secretaria de Gobernación (tratándose de personas extranjeras) anterior y actual (tratándose de modificación del documento).

    05

    Aviso para el funcionamiento de establecimientos (tratándose de giro de bajo impacto).

    06

    Documento con el que se acredite la propiedad o posesión del inmueble.

    07

    Visto bueno de seguridad y operación anterior y actual (tratándose de modificación en el giro o aforo).

    08

    Documento que acredite tener cajones de estacionamiento, en caso de estar obligado de conformidad con los Programas Delegacionales o Parciales de Desarrollo Urbano, Reglamento de Construcciones o Normas Técnicas complementarias para el proyecto arquitectónico del Reglamento de Construcciones (para los establecimientos que no se encuentran exentos).

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Ingresar a http://siapem.sedecodf.gob.mx/siapem/

    02

    Actor: Ciudadano

    Leer el aviso de privacidad y en su caso, aceptar las condiciones.

    03

    Actor: Ciudadano

    Realizar el trámite EM-10.

    04

    Actor: Ciudadano

    Una vez realizado el trámite vía electrónica, recibe e imprime acuse.

    En línea

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Aviso


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Artículos 2 fracciones II, XIV, XV, 35, 40 fracciones IV, V y VI.

    Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal en Materia de Aforo y de Seguridad en Establecimientos de Impacto Zonal Arículo 6.

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89.

    Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal Artículos 68 y 69.

    Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    03

    Certificado de Zonificación de Uso de Suelo (tratándose de modificación en el aforo, superficie o giro mercantil).

    04

    Docum

  • Aviso para el funcionamiento de Establecimientos Mercantiles con giro de Bajo Impacto

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

    Trámite que realizarán las personas físicas o morales interesadas en operar un establecimiento mercantil cuyo giro es de bajo impacto, en términos de lo establecido en la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, para así poder iniciar actividades a partir del ingreso del Aviso a la Delegación mediante el Sistema.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Titulares de establecimientos mercantiles de bajo impacto.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Certificado de uso de suelo para el giro que se pretende operar

    04

    Documento que acredite los cajones de estacionamiento requeridos

    05

    En caso de estacionamientos públicos, comprobante de pago de derechos.

    06

    Documento con el que se acredite la propiedad o posesión del inmueble

    07

    En su caso, Visto bueno de seguridad y operación

    08

    Documento migratorio expedido por la Secretaría de Gobernación (tratándose de personas extranjeras)

    09

    En el caso de que el establecimiento mercantil se dedique a la comercialización de agua purificada, la Constancia de aviso de funcionamiento ante la Secretaría de Salud del Distrito Federal

    10

    En caso de tener videojuegos, la cantidad de máquinas con que cuenta

    11

    Señalar si el establecimiento mercantil se ubica en la vivienda y ocupa hasta el 20% de la superficie construida y será operado familiarmente

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Ingresar a http://siapem.sedecodf.gob.mx/siapem/

    02

    Actor: Ciudadano

    Leer el aviso de privacidad y en su caso, aceptar las condiciones

    03

    Actor: Ciudadano

    Realizar el Aviso para el funcionamiento de Establecimientos Mercantiles con giro de Bajo Impacto EM-03

    04

    Actor: Ciudadano

    Una vez realizado el trámite vía electrónica, recibe e imprime acuse

    En línea

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Aviso


    Cuya vigencia es:

    Permanente.

    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Artículos 2 fracciones XI y XIV, 35, 36, 37, 38 y 39

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89

    Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal Artículos 68 y 69

    Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal en Materia de Aforo y de Seguridad en Establecimientos de Impacto Zonal Artículos 2, fracciones I y VI, 4 y 5

    Código Fiscal del Distrito Federal Artículo 190, último párrafo

    Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

  • Aviso para la colocación en la vía pública de enseres e instalaciones de establecimientos mercantiles cuyo giro preponderante sea la venta de alimentos preparados y/o bebidas, y revalidación del mismo

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

    Trámite que se presenta a través del Sistema a efecto de dar aviso a la Delegación para extender el área de operación a la vía pública contigua al establecimiento mercantil con giro de impacto vecinal, zonal o de bajo impacto.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Titulares de Establecimientos Mercantiles cuyos giros preponderantes sean la venta de alimentos preparados y/o bebidas.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    03

    Constancia de adeudo del impuesto predial expedido por la Secretaria de finanzas

    04

    Constancia de adeudo de agua expedida por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México

    05

    Documento migratorio expedido por la Secretaría de Gobernación (tratándose de personas extranjeras)

    06

    Permiso para la operación de establecimientos (tratándose de giro de impacto vecinal o impacto zonal)

    07

    Aviso para el funcionamiento de establecimientos (tratándose de giro de bajo impacto)

    08

    Comprobante de pago de derechos por el aviso o revalidación para la colocación de enseres e instalaciones

    09

    Aviso para la colocación en la vía pública de enseres e instalaciones (tratándose de la revalidación)

    10

    La colocación de los enseres e instalaciones procederá cuando se reúnan las siguientes condiciones:

    -Que sean contiguos al establecimiento mercantil y desmontables, sin que se encuentren sujetos o fijos a la vía pública;

    -Que para el paso de peatones se deje una anchura libre de por lo menos dos metros, entre la instalación de los enseres y el arroyo vehicular;

    -Que no ocupen la superficie de rodamiento para la circulación vehicular, ni áreas verdes, e impida u obstruya elementos de accesibilidad para personas de discapacidad;

    -Que su instalación no impida la operación de comercios preexistentes;

    -Que los enseres o instalaciones no se utilicen para preparar o elaborar bebidas o alimentos;

    -Que no se instalen en zonas preponderantemente destinadas al uso habitacional; y

    -En ningún caso los enseres podrán abarcar una superficie mayor al 50% de la superficie total del establecimiento mercantil.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Por cada metro cuadrado que utilice, tratándose de establecimientos de impacto vecinal e impacto zonal.

    $3325.00

    Por cada metro cuadrado que utilice, tratándose de establecimientos de bajo impacto.

    $1673.50

    Puedes pagar en:

    • Bancos y tiendas de autoservicio
    • Oficinas Tributarias
    • Kioskos de la Tesorería

    Fundamento jurídico del costo

    Artículo 191 fracción III del Código Fiscal de la Ciudad de México

    01

    Actor: Ciudadano

    Acude a la Delegación a solicitar el monto de pago de derechos para la colocación de enseres

    02

    Actor: Ciudadano

    Realiza el pago de los derechos correspondientes

    03

    Actor: Ciudadano

    Ingresar a http://siapem.sedecodf.gob.mx/siapem/

    04

    Actor: Ciudadano

    Leer el aviso de privacidad y en su caso, aceptar las condiciones

    05

    Actor: Ciudadano

    Realizar el trámite EM-09

    06

    Actor: Ciudadano

    Una vez realizado el trámite vía electrónica, recibe e imprime acuse

    En línea

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Aviso


    Cuya vigencia es:

    1 año(s).

    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32,33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89

    Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Artículos 2 fracciones X, XI, XV, XXII, XXVI, 14, 15, 16 y 17

    Código Fiscal del Distrito Federal Artículos 20 y 191, fracción III y antepenúltimo párrafo

    Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto

  • Baja del padrón de usuarios por ramificación

    Unidad normativa: SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    Este trámite se realizará cuando se requiera dar de baja o no exista físicamente una ramificación de Agua Potable en el padrón de usuarios del Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. El propietario o usuario del inmueble donde se ubica la toma.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).

    04

    Presentar preferentemente número telefónico y correo electrónico.

    05

    Denominación o razón social del promovente.

    06

    Comprobante de pago de los adeudos fiscales.

    07

    En el caso que no proceda la baja de la ramificación se le deberá informar al usuario o propietario por escrito el o los motivos por los cuales no fue procedente la baja

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    En el caso de ser necesario, respecto a la Baja al Padrón de Usuarios, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, en el ejercicio de sus facultades de comprobación, podrá ejecutar una visita de inspección al predio.
    La recepción de la solicitud no implica la procedencia de la misma, esto quedará sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal para su dictaminación.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Acude al Área de Atención Ciudadana a solicitar el trámite.

    02

    Actor: Servidor público

    Ó Personal de Atención Ciudadana, recibe y revisa la documentación y captura en el sistema el trámite a realizar.

    03

    Actor: Servidor público

    Ó Personal de Atención al Público, imprime y entrega el comprobante al ciudadano.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Comprobante


    Plazo máximo de respuesta:

    30 días hábiles

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 1, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 56 inciso b), 73 fracción VI y IX, 103 fracciones II, 176 fracción I, 430, 432 y 464 fracción II

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado.

  • Búsqueda de antecedentes registrales del estado civil de las personas

    Unidad normativa: CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

    Se realiza la búsqueda de datos registrales de actas del Registro Civil del la Ciudad de México, mismos que se otorgan al usuario solicitante.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física. Cualquier persona física con un registro acerca de los actos o hechos relacionados con el estado civil, en la Ciudad de México.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01

    Nombre del titular o titulares del acta a buscar

    02

    En caso de no contar con el nombre del titular o titulares del acta, podrá proporcionar nombre de los padres o fecha en la que se dio el acto registrado

    03

    En caso de homonimias, se requieren los nombres

    de los padres del mismo o fecha en la que se dio el acto

    registrado

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    La dirección de los Juzgados se pueden consultar en la siguiente liga: https://consejeria.cdmx.gob.mx/storage/app/media/DIRECTORIO%20REGISTRO%20CIVIL%20OK.pdf

    *Es importante señalar, que cada proceso de búsqueda genera un costo (aún cuando lo realice la misma persona).

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Monto a pagar

    $74.54

    Puedes pagar en:

    • Oficinas Tributarias
    • Bancos y tiendas de autoservicio
    • Caja Ventanilla de los Juzgados del Registro Civil del Distrito Federal
    • Caja Ventanilla de la Oficina Central del Registro Civil.

    Fundamento jurídico del costo

    Artículo 216, fracción VII del Código Fiscal de la Ciudad de México

    01

    Actor: Ciudadano

    Presentarse a la Ventanilla de alguno de los Juzgados del Registro Civil o en Oficinas Centrales de Registro Civil, solicitar la búsqueda de los antecedentes registrales, proporcionando los datos requeridos para la misma y efectuar el pago correspondiente.

    02

    Actor: Servidor público

    Realiza la búsqueda en sistema y otorga los datos al usuario.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    beneficio conocer los datos registrales de las actas.


    Plazo máximo de respuesta:

    3 días hábiles

    Código Civil para el Distrito Federal Artículos 35 y 48.

    Reglamento del Registro Civil del Distrito Federal Artículos 6, 7, 16, fracciones II y VI, y 115

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01

    Nombre del titular o titulares del acta a buscar

    02

    En caso de no contar con el nombre del titular o titulares del acta, podrá proporcionar nombre de los padres o fecha en la que se dio el acto registrado

    03

    En caso de homonimias, se requieren los nombres

    de los padres del mismo o fecha en la que se dio el acto

    registrado

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    La dirección de los Juzgados se pueden consultar en la siguiente liga: https://consejeria.cdmx.gob.mx/storage/app/media/DIRECTORIO%20REGISTRO%20CIVIL%20OK.pdf

    *Es importante señalar, que cada proceso de búsqueda genera un costo (aún cuando lo realice la misma persona).

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán ap

Page 3 of 19
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.