Aviso para el funcionamiento de Establecimientos Mercantiles con giro de Bajo Impacto
Aviso para el funcionamiento de Establecimientos Mercantiles con giro de Bajo Impacto
Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Trámite que realizarán las personas físicas o morales interesadas en operar un establecimiento mercantil cuyo giro es de bajo impacto, en términos de lo establecido en la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, para así poder iniciar actividades a partir del ingreso del Aviso a la Delegación mediante el Sistema.
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Titulares de establecimientos mercantiles de bajo impacto.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
01 Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - original
02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
03
Certificado de uso de suelo para el giro que se pretende operar
04
Documento que acredite los cajones de estacionamiento requeridos
05
En caso de estacionamientos públicos, comprobante de pago de derechos.
06
Documento con el que se acredite la propiedad o posesión del inmueble
07
En su caso, Visto bueno de seguridad y operación
08
Documento migratorio expedido por la Secretaría de Gobernación (tratándose de personas extranjeras)
09
En el caso de que el establecimiento mercantil se dedique a la comercialización de agua purificada, la Constancia de aviso de funcionamiento ante la Secretaría de Salud del Distrito Federal
10
En caso de tener videojuegos, la cantidad de máquinas con que cuenta
11
Señalar si el establecimiento mercantil se ubica en la vivienda y ocupa hasta el 20% de la superficie construida y será operado familiarmente
Formatos
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Sin costo.
01
Actor: Ciudadano
Ingresar a http://siapem.sedecodf.gob.mx/siapem/
02
Actor: Ciudadano
Leer el aviso de privacidad y en su caso, aceptar las condiciones
03
Actor: Ciudadano
Realizar el Aviso para el funcionamiento de Establecimientos Mercantiles con giro de Bajo Impacto EM-03
04
Actor: Ciudadano
Una vez realizado el trámite vía electrónica, recibe e imprime acuse
En línea
El trámite se puede realizar completamente en línea a través del https://siapem.sedeco.cdmx.gob.mx/
De manera presencial
Por favor selecciona una alcaldía
Da clic sobre el marcador para ver información
Si tu trámite procede, entonces obtendrás:
Aviso
Cuya vigencia es:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
Inmediato
Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Artículos 2 fracciones XI y XIV, 35, 36, 37, 38 y 39
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal Artículos 68 y 69
Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal en Materia de Aforo y de Seguridad en Establecimientos de Impacto Zonal Artículos 2, fracciones I y VI, 4 y 5
Código Fiscal del Distrito Federal Artículo 190, último párrafo
Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto.
- Requisitos
- Costo
- Procedimiento
- Dónde se realiza
- Respuesta
- Fundamento jurídico