Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Autorizar el funcionamiento en los procedimientos de apertura, traslado y modificación, así como las comunicaciones de cierre de los depósitos de medicamentos y productos sanitarios de las estructuras sanitarias de atención primaria, en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Centros, servicios o establecimientos sanitarios de atención primaria privada y los centros de salud, servicios de urgencias de atención primaria (SUAP), puntos de atención continuada (PAC), de atención primaria pública.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    El plazo para interponer el recurso potestativo de reposición es de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la Orden de Autorización.
    Elplazo para interponer el recurso contencioso administrativo es de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la Orden de Autorización.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Los depósitos de medicamentos y productos sanitarios de los centros sanitarios de atención primaria de titularidad pública estarán vinculados a un servicio de farmacia del Área de Salud correspondiente.

    Los depósitos de centros sanitarios de atención primaria de titularidad privada estarán vinculados a una oficina de farmacia de la zona farmacéutica donde se ubique el centro.

    Los depósitos de medicamentos y productos sanitarios de atención primaria funcionarán bajo la responsabilidad de un farmacéutico, cuya presencia será requisito inexcusable en la dispensación de medicamentos.

    Los depósitos de medicamentos y productos sanitarios estarán adecuadamente identificados y deberán contar con instalaciones diferenciadas, garantizando la correcta conservación y custodia de los medicamentos y productos sanitarios.

    El depósito dispondrá de la superficie adecuada para el desarrollo de sus funciones y estará dotado del equipamiento y material necesarios.

    Se dispondrá del siguiente material y utillaje mínimo:
    a) Un armario de seguridad o caja fuerte para la custodia de los estupefacientes y de un armario con llave para los psicotropos.
    b) Sistema de control y registro de las condiciones de temperatura y humedad.
    c) Un sistema de frío de uso exclusivo con un sistema de control de la temperatura.
    d) Medios informáticos y de comunicación adecuados para el desarrollo de sus funciones.
    e) Acceso a una dotación bibliográfica actualizada.

    Dispondrá de :

    • Sistemas de registros de las prescripciones y dosis administrativas.
    • Normas internas de control y distribución de los medicamentos y productos sanitarios en el centro.

    Solicitud de autorización depósito de medicamentos de estructuras sanitarias de atención primaria

    • Estudio
      (Obligatorio / Original)
      Título de representación/apoderamiento del representante(en su caso). SOLO EN LAS SOLICITUDES DE NUEVA APERTURA Y CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA ESTRUCTURA SANITARIA DE ATENCIÓN PRIMARIA DONDE SE HAYA AUTORIZADO EL DEPÓSITO.
    • Plano
      (Obligatorio / Original)
      Descripción y características del local, distribución y superficie útil acompañada de plano a escala con indicación de cotas de altura. Ubicación del depósito dentro del centro sociosanitario. SOLO EN LAS SOLICITUDES DE NUEVA APERTURA y MODIFICACIONES ESTRUCTURALES DE LOS DEPÓSITOS YA AUTORIZADOS.
    • Comunicación
      (Obligatorio / Original)
      Comunicación de cierre temporal o definitivo del depósito de medicamentos en laestructura sanitaria de atención primaria, acreditando las causas que lo justifiquen y adjuntando informe sobre las medidas a adoptar en relación con las condiciones higiénico-sanitarias y de conservación de los medicamentos y productos sanitarios. SOLO EN LAS SOLICITUDES DE CIERRE TEMPORAL O DEFINITIVO DE UN DEPÓSITODE MEDICAMENTOS YA AUTORIZADO.
    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      Memoria explicativa de la naturaleza, fines, y actividades de la modificación solicitada. SOLO EN SOLICITUDES DE MODIFICACIÓN ESTRUCTURAL DE UN DEPÓSITO YA AUTORIZADO.
    • Memoria
      (Obligatorio / Original)
      Memoria de Gestión de Medicamentos por parte de la estructura sanitaria de atención primaria y el servicio de farmacia /oficina de farmacia que se pretende vincular, proyecto de organización y recursos humanos con los que cuenta. SOLO EN LAS SOLICITUDES DE NUEVA APERTURA DE DEPÓSITO DE MEDICAMENTOS. EN LOS CASOS DE CAMBIO DE TITULARIDAD EN QUE EL CENTRO SANITARIO NO CAMBIE SU FUNCIONAMIENTO EN RELACIÓN CON LA GESTIÓN DE MEDICAMENTOS, SE DEBERÁ INDICAR ESTE EXTREMO.
    • Escritura pública
      (Obligatorio / Original)
      Escritura de constitución de la sociedad, en el caso de que el solicitante se trate de una persona jurídica. SOLO EN LAS SOLICITUDES DE NUEVA APERTURA Y CAMBIODE TITULARIDAD DE LA ESTRUCTURA SANITARIA DE ATENCIÓN PRIMARIA DONDE SE HAYA AUTORIZADO EL DEPÓSITO.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      En el caso de depósitos de medicamentos de estructuras sanitarias de atención primaria de titularidad pública con vinculación a Servicio de Farmacia, propuesta y aceptación del farmacéutico responsable del Servicio de Farmacia al que se vincula el depósito.En el caso de depósitos de medicamentos de estructuras sanitarias de atención primaria de titularidad privada propuesta de la oficina de farmacia de su misma zona farmacéutica a la que se vincula el depósito de medicamentos, y aceptación del farmacéutico titular, así como propuesta y aceptación del farmacéutico adjunto responsable del depósito.SOLO EN LAS SOLICITUDES DE NUEVAAPERTURA DE DEPÓSITO DE MEDICAMENTOS. EN LOS CASOS DE TRASLADO Y CAMBIO DE TITULARIDAD EN QUE EL CENTRO SANITARIO NO CAMBIE EL SERVICIO DE FARMACIA/OFICINA DE FARMACIA VINCULADA, SE DEBERÁ INDICAR ESTE EXTREMO.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      T811)4)c): Autorización de instalación de depósito de medicamentos.
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / No original)
      Título de representación/apoderamiento del representante(en su caso). SOLO EN LAS SOLICITUDES DE NUEVA APERTURA Y CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA ESTRUCTURA SANITARIA DE ATENCIÓN PRIMARIA DONDE SE HAYA AUTORIZADO EL DEPÓSITO.
    • Justificante del pago de la tasa
      (No obligatorio / No original)
      T811)4)c): Autorización de instalación de depósito de medicamentos.
    • Memoria descriptiva
      (No obligatorio / No original)
      Memoria de Gestión de Medicamentos por parte de la estructura sanitaria de atención primaria y el servicio de farmacia /oficina de farmacia que se pretende vincular, proyecto de organización y recursos humanos con los que cuenta. SOLO EN LAS SOLICITUDES DE NUEVA APERTURA DE DEPÓSITO DE MEDICAMENTOS. EN LOS CASOS DE CAMBIO DE TITULARIDAD EN QUE EL CENTRO SANITARIO NO CAMBIE SU FUNCIONAMIENTO EN RELACIÓN CON LA GESTIÓN DE MEDICAMENTOS, SE DEBERÁ INDICAR ESTE EXTREMO.
    • Escritura de constitución
      (No obligatorio / No original)
      Escritura de constitución de la sociedad, en el caso de que el solicitante se trate de una persona jurídica. SOLO EN LAS SOLICITUDES DE NUEVA APERTURA Y CAMBIODE TITULARIDAD DE LA ESTRUCTURA SANITARIA DE ATENCIÓN PRIMARIA DONDE SE HAYA AUTORIZADO EL DEPÓSITO.
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      En el caso de depósitos de medicamentos de estructuras sanitarias de atención primaria de titularidad pública con vinculación a Servicio de Farmacia, propuesta y aceptación del farmacéutico responsable del Servicio de Farmacia al que se vincula el depósito.En el caso de depósitos de medicamentos de estructuras sanitarias de atención primaria de titularidad privada propuesta de la oficina de farmacia de su misma zona farmacéutica a la que se vincula el depósito de medicamentos, y aceptación del farmacéutico titular, así como propuesta y aceptación del farmacéutico adjunto responsable del depósito.SOLO EN LAS SOLICITUDES DE NUEVAAPERTURA DE DEPÓSITO DE MEDICAMENTOS. EN LOS CASOS DE TRASLADO Y CAMBIO DE TITULARIDAD EN QUE EL CENTRO SANITARIO NO CAMBIE EL SERVICIO DE FARMACIA/OFICINA DE FARMACIA VINCULADA, SE DEBERÁ INDICAR ESTE EXTREMO.
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    • T811. Tasa por Instal./traslado/transmisión Oficinas de Farmacia

      H00004 - Expedientes relativos a botiquines, depósitos de medicamento

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A SALUD

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A SALUD
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Tramitar las ayudas destinadas a las entidades públicas o privadas, sin ánimo de lucro, prestadoras de los servicios de asesoramiento directamente relacionados con los sectores agrario, agroalimentario y forestal.

    No podrán ser beneficiarias de esta ayuda aquellas entidades que se hallen en situación de crisis.

    Los usuarios de las explotaciones para recibir asesoramiento deberán ser agricultores, ganaderos, jóvenes agricultores, titulares forestales, otros gestores de tierras y a las PYME de zonas rurales, ubicadas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Requisitos de los usuarios ( art. 6.2) Orden de 08 de octubre de 2018. "Aquellas explotaciones objeto de asesoramiento deberán estar inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Región de Murcia".

    La presentación de solicitud de ayuda implica autorizar a la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca para recabar de la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, información relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social del solicitante.

    Es obligatorio por parte de la Entidad otorgar autorizacíón a la publicación por parte de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca de todos los datos relativos a la misma como Entidad prestadora de los servicios de asesoramiento; así como, las oficinas e infraestructura puesta a disposición para la prestación de dichos servicios. De igual forma los representantes indicados en la solicitud estarán autorizados a personarse en el expediente físico y realizar cuantas gestiones sean necesarias para la resolución del procedimiento.

    El nuevo plazo abierto desde el 18/11/2019 hasta el 22/11/2019 coresponde a la solicitu de pago de la anualidad 2019. El anexo correspondiente a la solicitud de pago es el anexo XVI.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Ayuda destinada a la realización del SAE destinado a los agricultores, ganaderos, jóvenes agricultores, a otros gestores de tierras y a las pymes de las zonas rurales cuyo ámbito de actuación esté en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en concepto de honorarios devengados por el servicio.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMÚN (A14028783)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Entidades públicas o privadas, sin ánimo de lucro, prestadores del SAE, directamente relacionados con el sector agrario, agroalimentario y forestal, cuyo ámbito de actuación esté en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Disposición de recursos humanos y materiales adaptados para la ejecución de las actividades de asesoramiento.

    Ayuda a la prestación del Servicio Asesoramiento Explotaciones Agrarias (SAE)

    • Estatutos
      (No obligatorio / Original)
      Estatutos de la entidad
    • Informe
      (No obligatorio / Original)
      Informe emitido por empresa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, indicando que no se encuentra en situación de crisis.
    • Certificado de cuenta bancaria
      (No obligatorio / Original)
      Certificado del código cuenta corriente, emitido por la entidad bancaria.
    • Póliza del seguro
      (No obligatorio / Original)
      Oferta para la suscripción del seguro indicado apartado 5 art. 19
    • Escritura pública
      (No obligatorio / Original)
      Documento de constitución de la entidad que acredite su personalidad jurídica.
    • Acreditacion de disponibilidad
      (No obligatorio / Original)
      Identificación de los dispositivos de autentificación y firma electrónica previstos en la normativa vigente en materia de Gestión Electrónica de la Administración Pública Regional, de entre los relacionados en la página web www.sede.carm.es en la pestaña
    • Acreditación
      (No obligatorio / Original)
      Acreditación de la experiencia de la entidad indicada en el art. 13
    • Acreditación
      (No obligatorio / Original)
      Documentación acreditativa en relación a los usuarios, contenida en el apartado 4 (excepto e) del art. 10 de la Orden de 8 de octubre de 2018, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.
    • Acreditación
      (No obligatorio / Original)
      Documentación acreditativa en relación a los medios técnicos de dicha entidad, contenida en el apartado 3 del art. 10 de la Orden de 8 de octubre de 2018, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.
    • Acreditación
      (No obligatorio / Original)
      Documentación acreditativa en relación al personal de dicha entidad, contenida en el apartado 2 (excepto c) del art. 10 de la Orden de 8 de octubre de 2018, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / Original)
      Acreditación suficiente de la representación, cuando se trate de personas jurídicas, o se actúe en representación de comunidades de bienes. En el caso de entidades que tengan acceso a Registros Públicos (Registro Mercantil, Registro de Cooperativas, Registro de Asociaciones, Registro de Fundaciones) se deberá presentar copia auténtica del certificado actualizado al respecto emitido por el Registro correspondiente
    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Servicio de Consulta de Subsitencia de Poderes Notariales. (*)
    • Certificados de Títulos Universitarios (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conceder ayuda para estudios reglados no universitarios (ESO, Bachiller, Formación Profesional o equivalente, EOI) para empleados públicos de la Administración Regional e hijos o huérfanos de los anteriores mayores de 16 años.

    • Las solicitudes del personal de Administración General deben dirigirse a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.
    • Las solicitudes del personal docente de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes deben dirigirse a la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos.
    • Las solicitudes del personal del Servicio Murciano de Salud deben dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos del Servcio Murciano de Salud.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Administración.

    Empleados públicos de la Administración Regional que realicen estudios reglados no universitarios (ESO, Bachiller, Formación Profesional o equivalente, EOI).
    Empleados públicos de la Administración Regional cuyos hijos mayores de 16 años realicen estudios reglados no universitarios.
    Huérfanos mayores de 16 años de los empleados públicos de la Administración Regional que realicen estudios reglados no universitarios.
    (Las ayudas para el personal docente y para el personal del Servicio Murciano de Salud serán gestionadas por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y el Servicio Murciano de Salud respectivamente).

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    Consultar todas las unidades responsables

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Los hijos o huérfanos deben ser menores de 25 años en la fecha de la solicitud y mayores de 16 años a 1 de enero del ejercicio correspondiente.

    El empleado público debe estar en activo a fecha 1 de enero del ejercicio correspondiente o en excedencia por cuidado de hijos durante el primer año y en caso de ser interino debe tener una antigüedad acumulada de 12 meses en la fecha de presentación de la solicitud.

    Ayuda para estudios reglados no universitarios para empleados públicos de la Administración Regional e hijos o huérfanos de los anteriores

    • Informe/ Certificación de vida laboral
      (No obligatorio / No original)
      Vida laboral de los hijos mayores de 18 años.
    • Acreditación
      (No obligatorio / No original)
      En caso de haberla solicitado, copia del resguardo de solicitud de beca y concesión o denegación de la entidad correspondiente.
    • Acreditación
      (No obligatorio / No original)
      Documento que acredite la tutela, acogimiento o adopción, en su caso.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      Certificado de la empresa del cónyuge sobre concesión o no de ayudas por el mismo concepto. En caso de que el cónyuge no trabaje deberá justificarse documentalmente.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      Certificado/informe acreditativo de la matriculación.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
    Resuelve la Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por delegación del Consejero de Hacienda (Orden de delegación de 2 de mayo de 2018, BORM nº 101 de 04/05/2018)

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Información adicional sobre recursos

    Potestativo de reposición: Ante el Consejero de Hacienda.Contencioso-Administrativo: Ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conceder ayuda para estudios universitarios para empleados públicos de la Administración Regional e hijos o huérfanos de los anteriores.

    • Las solicitudes del personal de Administración General deben dirigirse a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.
    • Las solicitudes del personal docente de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes deben dirigirse a la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos.
    • Las solicitudes del personal del Servicio Murciano de Salud deben dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos del Servcio Murciano de Salud.

    Destinatarios

    Administración.

    Empleados públicos de la Administración Regional que realicen estudios universitarios.
    Empleados públicos de la Administración Regional cuyos hijos menores de 25 años realicen estudios universitarios, siempre que dependan económicamente del titular.
    Huérfanos menores de 25 años de los empleados públicos de la Administración Regional que realicen estudios universitarios.
    (Las ayudas para el personal docente y para el personal del Servicio Murciano de Salud serán gestionadas por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y el Servicio Murciano de Salud, respectivamente).

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a plazos

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    Consultar todas las unidades responsables

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Los hijos o huérfanos deben ser menores de 25 años en la fecha de presentación de la solicitud y depender económicamente del titular.

    El empleado público debe estar en activo o en excedencia por cuidado de hijos durante el primer año y en caso de ser interino debe tener una antigüedad acumulada de 12 meses en la fecha de presentación de la solicitud.

    Ayuda para estudios universitarios para empleados públicos de la Administración Regional e hijos o huérfanos de los anteriores

    • Factura
      (Obligatorio / Original)
      En caso de optar a ayuda por residencia: certificado de admisión en el Colegio Mayor o Residencia, o contrato de arrendamiento, en su caso, y los 3 primeros recibos originales del pago del mismo.
    • Informe/ Certificación de vida laboral
      (Obligatorio / Original)
      Vida laboral de los hijos mayores de 18 años.
    • Solicitud
      (Obligatorio / Original)
      En caso de haberla solicitado copia auténtica del resguardo de solicitud de beca y concesión o denegación del Ministerio o de la Universidad correspondiente.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Documentación original acreditativa de los pagos efectuados. En caso de personal perteneciente a MUFACE, copia auténtica del certificado emitido por la Unidad de Personal correspondiente.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Resguardo de matrícula/Certificado/informe original acreditativo de la matriculación, con expresión del curso y asignaturas que comprende indicando si es primera matrícula o no, e importe de cada asignatura.
    • Certificación
      (No obligatorio / No original)
      Certificado de la empresa del cónyuge sobre concesión o no de ayudas por el mismo concepto. En caso de que no trabaje deberá justificarse documentalmente.
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      Si se trata de Estudios Universitarios homologados en centros privados, deberá adjuntarse certificado acreditativo de la homologación de los estudios que se cursan así como su equivalencia expedido por los organismos oficiales competentes.
    • Resolución judicial de tutela
      (No obligatorio / No original)
      Documento que justifique la tutela, acogimiento o adopción, en su caso.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
    Resuelve la Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios por delegación del Consejero de Hacienda (Orden de 2 de mayo de 2018, BORM nº 101 de 4 de mayo de 2018).

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Información adicional sobre recursos

    Potestativo de reposición: Ante el Consejero de Hacienda.Contencioso-Administrativo: Ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conceder ayudas por natalidad o adopción a los empleados públicos de la Administración Regional y viudos/as de los anteriores.

    Las solicitudes del personal de Administración General deben dirigirse a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

    Las solicitudes del personal docente de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes deben dirigirse a la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos.

    Las solicitudes del personal del Servicio Murciano de Salud deben dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos del Servcio Murciano de Salud.

    Destinatarios

    Administración.

    Empleados públicos de la Administración Regional (las ayudas para el personal docente y para el personal del Servicio Murciano de Salud serán gestionadas por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y el Servicio Murciano de Salud, respectivamente).

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto
    • Presentación de solicitud: 01/01/2019 hasta 31/12/2019

    Potestativo de Reposición: En el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación.

    Contencioso-Administrativo: En el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    Consultar todas las unidades responsables

    Requisitos de solicitud o iniciación

    El empleado público debe estar en activo en el momento del hecho causante, o en excedencia por cuidado de hijos durante el primer año y en caso de ser interino, debe tener una antigüedad acumulada de 12 meses en la fecha de presentación de la solicitud.

    En el caso de viudas de empleados públicos, el fallecimiento de estos últimos debe haberse producido mientras se encontraban en servicio activo.

    Ayuda por natalidad o adopción para empleados públicos de la Administración Regional

    • Libro de familia
      (Obligatorio / Original)
      Copia del Libro de Familia o Documento del Registro Civil donde conste el nacimiento.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      de la empresa del padre/madre indicando el importe concedido por el mismo concepto, o bien, la no concesión de ayuda.
    • Consulta de nacimiento (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
    Resuelve el/la Director/a General de la Función Pública y Calidad de los Servicios por delegación del Consejero/a de Hacienda y Administraciones Públicas. (Orden de 2 de mayo de 2018, BORM nº 101 de 04/05/2018)

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Información adicional sobre recursos

    Potestativo de reposición: Ante el Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas. Contencioso-Administrativo: Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Procedimiento de solicitud única del régimen de ayudas comunitarias a los agricultores y ganaderos que dispongan de derechos de pago básico o que cumplan las condiciones necesarias para obtener ayudas asociadas a la agricultura o la ganadería.

    Así pueden solicitarse mediante la Solicitud Única las siguientes ayudas de pagos directos FEAGA:

    a) un pago básico a los agricultores («régimen de pago básico»);

    b) un pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente;

    c) un pago suplementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola;

    d) un régimen de ayuda asociada voluntaria;

    e) un pago específico al cultivo del algodón;

    f) régimen simplificado para los pequeños agricultores.

    Puede visitar la Oficina Virtual de la página web d ela Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    La solicitud se dirigirá a la autoridad competente correspondiente de la comunidad autónoma donde radique la explotación o la mayor parte de la superficie agraria de la misma y en caso de no disponer de superficie agraria donde se encuentren el mayor número de animales.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a plazos

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMÚN (A14028783)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Podrán acogerse al régimen de pago básico los agricultores que posean, en propiedad, o en régimen de arrendamiento, derechos de pago básico conforme a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1076/2014.

    Para poder cobrar los importes correspondientes a sus derechos, los agricultores y/o ganaderos deberán:

    a) Presentar cada año desde su incorporación al régimen, incluido aquel en el que se produce la misma, la solicitud única.

    b) Cumplir los requisitos establecidos en lo que se refiere a la declaración de hectáreas admisibles para justificar los derechos de pago de los que es titular o las unidades de ganado mayor (UGM) correspondientes en su caso.

    c) Todos los agricultores que perciban ayudas directas en el marco de la política agraria común deberán respetar los requisitos legales de gestión y buenas condiciones agrarias y medioambientales en relación con la condicionalidad.

    Podrán obtener ayudas asociadas de la PAC aquellos agricultores o ganaderos que cumplan los requisitos indicados en el Título IV Ayuda Asociada, del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

    ------------------------------

    Si desea realizar consulta al personal técnico, puede dirigirse al siguiente correo electrónico: dg.fondosagrarios@carm.es

    También puede solicitar cita previa para consulta presencial, llamando al 968 228413. El horario de consulta será de 9 a 12 h. de lunes a viernes.

    SOLICITUD UNICA

    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
    • Certificado de Nivel de Renta Intermediado (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
    • Consultar los datos de situación de alta laboral (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de matrimonio (*)
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
    • Certificados de Títulos Universitarios (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

    Plazo de resolución: 14 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Fomentar las actividades de promoción y publicidad de los vinos de las empresas con domicilio fiscal en la Región de Murcia en terceros países.

    Podrán ser objeto de las medidas de promoción los productos de calidad, destinados al consumo directo que pertenezcan a las siguientes categorías:

    a) Vinos con denominación de origen protegida.

    b) Vinos con indicación geográfica protegida.

    c) Vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.

    Las acciones se distribuirán en períodos de 12 meses, que comenzarán el 1 de junio de cada año.

    Las acciones subvencionables estarán incluidas en alguno de los apartados siguientes:

    1. Evaluación de los resultados de las medidas de promoción e información.
    2. Participación en manifestaciones, ferias y exposiciones de importancia internacional.
    3. Campañas de información, en particular sobre los sistemas comunitarios de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y producción ecológicas.
    4. Estudios de nuevos mercados, necesarios para la búsqueda de nuevas salidas comerciales.
    5. Relaciones públicas y medidas de promoción y publicidad que destaquen en particular las ventajas de los productos comunitarios en términos de calidad, seguridad alimentaria y respeto al medio ambiente.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Empresas dedicadas a la producción y comercialización de vinos, cuyo domicilio fiscal se ubique en la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Abierto
    • Presentación de solicitud: 15/01/2019 hasta 14/01/2020

    Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español. art. 8.1.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Las ayudas están destinadas a:

    1. Empresas vinícolas.
    2. Organizaciones de productores vitivinícolas y asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas, definidas de acuerdo a los artículos 152 y 156 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre.
    3. Organizaciones interprofesionales definidas y reconocidas a nivel nacional de acuerdo a los artículos 157 y 158 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre, y reconocidas por España según lo dispuesto en la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.
    4. Organizaciones profesionales: se entenderá como organizaciones profesionales aquellas que ejerzan su actividad mayoritariamente en el sector del vino, y que estén reconocidas a nivel nacional de acuerdo con la normativa vigente, y que tengan entre sus fines estatuarios la realización de actividades de promoción.
    5. Órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas vínicas, así como sus asociaciones.
    6. Las asociaciones temporales o permanentes de dos o más productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.
    7. Los Organismos Públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de productos y mercados en terceros países.

    En el caso de las asociaciones temporales o permanentes de dos o más productores se designará un representante de la agrupación, el cual deberá tener poderes suficientes para poder cumplir las obligaciones que corresponden a la citada agrupación como beneficiaria de las ayudas, tal y como establece el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Todos los miembros de la agrupación obtendrán la condición de beneficiarios, y se mantendrán en la agrupación desde el momento de presentación de la solicitud, hasta el cese de las obligaciones de control financiero establecidas por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

    • Autorización
      (Obligatorio / Original)
      - En su caso, modelo de autorización para la gestión del expediente.
    • Declaración
      (Obligatorio / Original)
      - Declaración sobre la condición de PYME del solicitante, concretando el carácter de mediana, pequeña empresa o microempresa, declaración de la composición delaccionariado y su participación en el capital social según modelo normalizado, suscrita por técnico competente en la materia. Se deberá acreditar que la declaración ha sido suscrita por un técnico competente, por lo que se deberá presentarvisada por el colegio profesional correspondiente o, en su defecto, se deberá aportar el título académico del técnico. Si las características del proyecto o las características de la empresa así lo aconsejan, se podrá exigir que la declaración venga suscrita por un auditor o firma auditora inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC).- Declaración entre el solicitante de la ayuda y el auditor o empresa auditora inscrita en el ROAC por la que manifiestan haber suscrito un acuerdo para la realización de un Certificado de los Estados Financieros (equivalente a un Informe de Control y Cuentas Auditadas) para el pago de la ayuda de promoción de vinos en terceros países para la campaña 2018-2019.- Declaración de Producción de vino en las instalaciones de la bodega a fecha de25 de noviembre de la última campaña, según el Art. 5 del RD 1303/2009 de 31 dejulio.- Declaración de aceptación de la subvención.- Modelo de declaración dehaber cumplido con la normativa del tercer país.
    • Factura
      (Obligatorio / Original)
      Las facturas y otros justificantes de gasto de los pagos realizados (ESTAMPILLADOS), con el desglose de cada uno de los conceptos objeto de cobro.
    • Informe
      (Obligatorio / Original)
      - Formulario del programa.- Informe donde se justifica que la modificación supone una mejora patente en los resultados de las medidas apoyadas que se presentacomo una medida excepcional y cumpliendo todo lo establecido en la normativa.-Un informe resumen de las acciones promocionales a que se refiere la solicitud,desglosadas en actividades, con el correspondiente importe presupuestario y el coste final de cada una de ellas y con una evaluación de los resultados obtenidos que puedan verificarse a la fecha del informe.
    • Código de identificación fiscal: CIF
      (Obligatorio / Original)
      Tarjeta de identificación fiscal (CIF).
    • Solicitud
      (Obligatorio / Original)
      - Solicitud de modificación.- Modelo de solicitud del pago de los gastos administrativos.
    • Presupuesto
      (Obligatorio / Original)
      - Tabla resumen del coste del programa según modelo normalizado en tamaño de papel A3 para la solicitud de ayuda.- Tabla resumen del coste del programa según modelo normalizado en tamaño de papel A3 para la solicitud de modificación.
    • Escritura pública
      (Obligatorio / Original)
      Escritura Pública de constitución de la sociedad (en vigor), acreditación del representante legal y certificado en extracto del Registro Mercantil o de Cooperativas o Sociedad Agraria de Transformación (SAT). (Para personas físicas se aportará la Declaración Censal).
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      - El extracto bancario de la cuenta única sellado por la entidad bancaria, en el que pueda comprobarse la realización de los pagos justificados mediante las facturas y justificantes. - En el caso de pagos por Compensación, la documentación siguiente:a)Certificado del emisor de la factura por las acciones de promoción que deje constancia de su cobro y en el que aparezcan los datos siguientes:1.los datos del beneficiario.2. la/-s factura/-s objeto de compensación.3. el importe compensado.b)Facturas que haya emitido con cargo al ejecutor de las medidas de promoción y que han servido para efectuar la compensación.- Cualquier otra documentación específica exigible en función de la naturaleza del gasto (por ejemplo, la garantía en el caso de la solicitud de anticipo o certificación de que el material utilizado en la promoción de los productos es conforme con la legislación del país tercero en cuestión).
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      - Certificado de la cuenta corriente única y exclusiva para ser utilizada en lasubvención.- Certificado de la Caja de Depósitos de haber establecido el aval correspondiente al menos al 15 % del importe de la subvención.- Certificado de registro y elaboración de vino a través de Órgano Regulador de la DOP/IGP, salvolos vinos varietales.- Certificado de los Estados Financieros (Equivalente a un Informe de control y Cuentas Auditadas) por un auditor o empresa auditora inscrita en el ROAC (conforme al contenido mínimo establecido por la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca y por la Orden de Concesión). En el Certificado se adjuntará como anexo los cinco apartados de la cuenta justificativa segúnmodelo normalizado que deberá ser rubricada por el auditor o empresa auditora.
    • Escritura de constitución e inscripción en el Registro Mercantil
      (No obligatorio / No original)
      Escritura Pública de constitución de la sociedad (en vigor), acreditación del representante legal y certificado en extracto del Registro Mercantil o de Cooperativas o Sociedad Agraria de Transformación (SAT). (Para personas físicas se aportará la Declaración Censal).
    • Documentación justificativa
      (No obligatorio / No original)
      - El extracto bancario de la cuenta única sellado por la entidad bancaria, en el que pueda comprobarse la realización de los pagos justificados mediante las facturas y justificantes. - En el caso de pagos por Compensación, la documentación siguiente:a)Certificado del emisor de la factura por las acciones de promoción que deje constancia de su cobro y en el que aparezcan los datos siguientes:1.los datos del beneficiario.2. la/-s factura/-s objeto de compensación.3. el importe compensado.b)Facturas que haya emitido con cargo al ejecutor de las medidas de promoción y que han servido para efectuar la compensación.- Cualquier otra documentación específica exigible en función de la naturaleza del gasto (por ejemplo, la garantía en el caso de la solicitud de anticipo o certificación de que el material utilizado en la promoción de los productos es conforme con la legislación del país tercero en cuestión).
    • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

    Otras disposiciones y actos administrativos

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Potenciar la movilidad internacional de estudiantes y profesores, como instrumento que favorece el intercambio de conocimientos y la creación de marcos de colaboración entre los centros de educación superior, tanto en el ámbito universitario como en el de los centros superiores de enseñanzas artísticas.

    1.- Tipos de ayudas:

    Ayudas complementarias al Programa Erasmus, en su Acción 2 (Becas de movilidad de estudiantes) para el alumnado de los centros superiores de enseñanzas artísticas de la Región de Murcia en el curso 2009/2010.

    2.- Cuantía

    La cuantía será de 120 euros al mes y se aplicará al periodo de estancia que, como alumno Erasmus, se haya realizado en el centro de destino.

    El pago será de una sola vez, tras la realización de dicha movilidad.

    3.- Resolución de la convocatoria

    La propuesta de resolución definitiva contendrá la relación de solicitudes para las que se propone la concesión de ayuda, y el importe de las mismas, así como la relación de solicitudes para las que se propone la denegación de la ayuda con expresión de los motivos que fundamentan la desestimación.

    4.- Notificación de la resolución

    La resolución del procedimiento será publicada en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, sita en Avda. de la Fama, 15 - 30006 Murcia y se les será notificada a los interesados.

    Asimismo se informará de su contenido en la página web www.carm.es/educacion.

    5.- Obligaciones de los beneficiarios.

    Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Alumnos de estudios superiores artísticos

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    a. Haber estado matriculado en cualquier centro superior de Enseñanzas Artísticas de Régimen Especial de la Región de Murcia durante el curso en el que se le concedió la beca.

    b. Haber obtenido una beca Erasmus a través de las convocatorias oficiales de dichos centros durante el curso 2009-2010.

    c. Haber cumplido el periodo de estancia de dicha beca o cumplirlo con anterioridad al 31 de septiembre del año 2010.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Sufragar el coste del servicio de comedor escolar de los alumnos escolarizados, en centros sostenidos con fondos públicos, radicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que dispongan de este servicio escolar complementario.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    El padre, la madre o el tutor/a legal.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS EDUCATIVOS E INFRAESTRUCTURAS (A14028757)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Cursar durante el curso escolar 2019-2020 los niveles del segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que dispongan de servicio de comedor escolar.
    Para obtener estas ayudas será requisito que los ingresos de la unidad familiar en el año 2018, calculados según se establece en el artículo siguiente, no superen, en función del número de miembros, los siguientes importes máximos:

    N.º de miembros de la unidad familiar Importe máximo no superable
    1 3.090 euros
    2 4.045 euros
    3 5.015 euros
    4 6.590 euros
    5 8.065 euros
    6 9.595 euros
    7 11.080 euros
    8 12.520 euros
    9 13.915 euros
    10 15.310 euros

    En el caso de familias con un número de miembros computables superior a 10 el límite máximo de ingresos se incrementará en 1.395 euros por cada miembro adicional.

    Se denegará la ayuda cuando alguno o varios de los miembros computables de la unidad familiar sean titulares de cualquier actividad económica con un volumen conjunto de facturación durante el año 2018 superior a 38.000 euros.

    Solicitud de ayuda de comedor escolar curso 2019-2020

    • Libro de familia
      (Obligatorio / No original)
      o, en su defecto, cualquiera otra documentación fehaciente que acredite las personas que componen la unidad familiar.
    • Acreditación de orfandad
      (No obligatorio / No original)
      También podrá presentarse la siguiente documentación:a) o documentación que acredite la pertenencia del alumno a una familia monoparental, en su caso (documentos acreditativos de la filiación, certificados de defunción, etc)
    • Documento Nacional de Identidad
      (Obligatorio / No original)
      Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjeros (NIE)
    • Convenio regulador
      (Obligatorio / No original)
      En el supuesto de que el solicitante (a fecha 31 de diciembre de 2018) se encontrase divorciado, separado o hubiese extinguido una unión de hecho, y con independencia de que en ese momento tuviese o no constituido un nuevo vínculo o relación de hecho con otra persona, en el que conste la pensión de alimentos a favor de los hijos comunes y la pensión compensatoria, en su caso, o documentación que acredite suficientemente la inexistencia de dicho convenio.
    • Sentencia de separación o divorcio
      (Obligatorio / No original)
      En caso de que el solicitante pertenezca a una unidad familiar en régimen de custodia compartida deberá presentar la sentencia de separación o divorcio donde se justifique dicha circunstancia.
    • Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
    • Certificado de Nivel de Renta Intermediado (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de defunción (*)
    • Consulta de nacimiento (*)
    • Consulta del título de familia numerosa en Intermediación (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Destinar ayudas económicas a deportistas de alto rendimiento de la Región de Murcia, en base a los resultados deportivos obtenidos durante el año 2018.

    Orden de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se convocan ayudas a deportistas de alto rendimieno de la Región de Murcia, año 2019

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Deportistas de alto rendimiento de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    DIRECCION GENERAL DEPORTES (A14028778)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    a) Tener nacionalidad española o de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea.

    b) Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con una antigüedad mínima de un año con respecto a la fecha de publicación del extracto de la presente Orden.

    c) Haber nacido en el año 2005 o anteriores.

    d) Haber obtenido un resultado según los criterios de valoración del Anexo V, en las categorías de edad comprendidas entre la absoluta o senior y la categoría equivalente en cada prueba deportiva para los nacidos en el año 2005. No serán válidas aquellas categorías de edades superiores o simultáneas a la absoluta o senior de la prueba deportiva correspondiente.

    e) Tener licencia de deportista en vigor, según corresponda, por una federación deportiva de la Región de Murcia, en el momento de la presentación de la solicitud.

    f) Haber tenido licencia por una federación deportiva de la Región de Murcia en el momento de obtención de los resultados deportivos por los que pudiera ser valorado en la presente convocatoria.

    g) Tener en vigor o estar en disposición de obtener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento nacional (R.D. 971/2007 de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento) o alto rendimiento de la Región de Murcia (Ley 8/2015 de 24 de marzo de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia).

    h) Los deportistas de pruebas deportivas pertenecientes a federaciones de deportes para personas con discapacidad física o intelectual, deportes para ciegos o sordos y deportes para paralíticos cerebrales, que pretendan ser bonificados en las puntuaciones que les pudieran corresponder, según se recoge en el artículo 7.8 de la presente Orden.

    i) Cumplir los requisitos previstos en la base reguladora segunda, apartado a) y b) de la Orden de 27 de julio de 2010 de la Consejería de Cultura y Turismo (BORM de 7 de agosto) por la que se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones que se concedan en el ámbito deportivo de la Región de Murcia, que se formalizará mediante la declaración responsable prevista el Anexo III.

    Solicitud de ayudas económicas a deportistas de alto rendimiento de la Región de Murcia

    • Autorización
      (Obligatorio / Original)
      Autorización para consulta electrónica de datos personales
    • Declaración
      (Obligatorio / Original)
      Declaración responsable en el que indique que no ha sido perceptor durante 2019 de ninguna ayuda, beca o subvención de importe superior al límite de cuantía de 5.000 y de naturaleza similar, concedida por organismos públicos y privados, destinados a la misma finalidad objeto de esta convocatoria.
    • Declaración responsable
      (Obligatorio / Original)
      Otorgada ante autoridad administrativa, de no estar incurso en ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de éstas.
    • Certificado de cuenta bancaria
      (Obligatorio / Original)
      Certificado expedido por entidad bancaria, en el que conste el código IBAN, de la que el solicitante es titular y en la que solicita que le sea abonada la ayuda económica.
    • Solicitud
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud de la subvención
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificado de resultados deportivos obtenidos por el solicitante durante el año 2018, firmado electrónicamente por la Federación deportiva correspondiente.
    • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
    • Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias para percibir ayudas y subvenciones de la CCAA (*)
    • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
    • Consulta de datos de residencia con fecha de la última variación (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

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