Ayudas a la promoción de vinos en países terceros (código 189)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Fomentar las actividades de promoción y publicidad de los vinos de las empresas con domicilio fiscal en la Región de Murcia en terceros países.

Podrán ser objeto de las medidas de promoción los productos de calidad, destinados al consumo directo que pertenezcan a las siguientes categorías:

a) Vinos con denominación de origen protegida.

b) Vinos con indicación geográfica protegida.

c) Vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.

Las acciones se distribuirán en períodos de 12 meses, que comenzarán el 1 de junio de cada año.

Las acciones subvencionables estarán incluidas en alguno de los apartados siguientes:

  1. Evaluación de los resultados de las medidas de promoción e información.
  2. Participación en manifestaciones, ferias y exposiciones de importancia internacional.
  3. Campañas de información, en particular sobre los sistemas comunitarios de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y producción ecológicas.
  4. Estudios de nuevos mercados, necesarios para la búsqueda de nuevas salidas comerciales.
  5. Relaciones públicas y medidas de promoción y publicidad que destaquen en particular las ventajas de los productos comunitarios en términos de calidad, seguridad alimentaria y respeto al medio ambiente.

Destinatarios

Empresas y otras Entidades.

Empresas dedicadas a la producción y comercialización de vinos, cuyo domicilio fiscal se ubique en la Región de Murcia.

Tramitación inmediata

No

Plazo de Presentación

Abierto
  • Presentación de solicitud: 15/01/2019 hasta 14/01/2020

Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español. art. 8.1.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)

Requisitos de solicitud o iniciación

Las ayudas están destinadas a:

  1. Empresas vinícolas.
  2. Organizaciones de productores vitivinícolas y asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas, definidas de acuerdo a los artículos 152 y 156 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre.
  3. Organizaciones interprofesionales definidas y reconocidas a nivel nacional de acuerdo a los artículos 157 y 158 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre, y reconocidas por España según lo dispuesto en la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.
  4. Organizaciones profesionales: se entenderá como organizaciones profesionales aquellas que ejerzan su actividad mayoritariamente en el sector del vino, y que estén reconocidas a nivel nacional de acuerdo con la normativa vigente, y que tengan entre sus fines estatuarios la realización de actividades de promoción.
  5. Órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas vínicas, así como sus asociaciones.
  6. Las asociaciones temporales o permanentes de dos o más productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.
  7. Los Organismos Públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de productos y mercados en terceros países.

En el caso de las asociaciones temporales o permanentes de dos o más productores se designará un representante de la agrupación, el cual deberá tener poderes suficientes para poder cumplir las obligaciones que corresponden a la citada agrupación como beneficiaria de las ayudas, tal y como establece el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Todos los miembros de la agrupación obtendrán la condición de beneficiarios, y se mantendrán en la agrupación desde el momento de presentación de la solicitud, hasta el cese de las obligaciones de control financiero establecidas por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

  • Autorización
    (Obligatorio / Original)
    - En su caso, modelo de autorización para la gestión del expediente.
  • Declaración
    (Obligatorio / Original)
    - Declaración sobre la condición de PYME del solicitante, concretando el carácter de mediana, pequeña empresa o microempresa, declaración de la composición delaccionariado y su participación en el capital social según modelo normalizado, suscrita por técnico competente en la materia. Se deberá acreditar que la declaración ha sido suscrita por un técnico competente, por lo que se deberá presentarvisada por el colegio profesional correspondiente o, en su defecto, se deberá aportar el título académico del técnico. Si las características del proyecto o las características de la empresa así lo aconsejan, se podrá exigir que la declaración venga suscrita por un auditor o firma auditora inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC).- Declaración entre el solicitante de la ayuda y el auditor o empresa auditora inscrita en el ROAC por la que manifiestan haber suscrito un acuerdo para la realización de un Certificado de los Estados Financieros (equivalente a un Informe de Control y Cuentas Auditadas) para el pago de la ayuda de promoción de vinos en terceros países para la campaña 2018-2019.- Declaración de Producción de vino en las instalaciones de la bodega a fecha de25 de noviembre de la última campaña, según el Art. 5 del RD 1303/2009 de 31 dejulio.- Declaración de aceptación de la subvención.- Modelo de declaración dehaber cumplido con la normativa del tercer país.
  • Factura
    (Obligatorio / Original)
    Las facturas y otros justificantes de gasto de los pagos realizados (ESTAMPILLADOS), con el desglose de cada uno de los conceptos objeto de cobro.
  • Informe
    (Obligatorio / Original)
    - Formulario del programa.- Informe donde se justifica que la modificación supone una mejora patente en los resultados de las medidas apoyadas que se presentacomo una medida excepcional y cumpliendo todo lo establecido en la normativa.-Un informe resumen de las acciones promocionales a que se refiere la solicitud,desglosadas en actividades, con el correspondiente importe presupuestario y el coste final de cada una de ellas y con una evaluación de los resultados obtenidos que puedan verificarse a la fecha del informe.
  • Código de identificación fiscal: CIF
    (Obligatorio / Original)
    Tarjeta de identificación fiscal (CIF).
  • Solicitud
    (Obligatorio / Original)
    - Solicitud de modificación.- Modelo de solicitud del pago de los gastos administrativos.
  • Presupuesto
    (Obligatorio / Original)
    - Tabla resumen del coste del programa según modelo normalizado en tamaño de papel A3 para la solicitud de ayuda.- Tabla resumen del coste del programa según modelo normalizado en tamaño de papel A3 para la solicitud de modificación.
  • Escritura pública
    (Obligatorio / Original)
    Escritura Pública de constitución de la sociedad (en vigor), acreditación del representante legal y certificado en extracto del Registro Mercantil o de Cooperativas o Sociedad Agraria de Transformación (SAT). (Para personas físicas se aportará la Declaración Censal).
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    - El extracto bancario de la cuenta única sellado por la entidad bancaria, en el que pueda comprobarse la realización de los pagos justificados mediante las facturas y justificantes. - En el caso de pagos por Compensación, la documentación siguiente:a)Certificado del emisor de la factura por las acciones de promoción que deje constancia de su cobro y en el que aparezcan los datos siguientes:1.los datos del beneficiario.2. la/-s factura/-s objeto de compensación.3. el importe compensado.b)Facturas que haya emitido con cargo al ejecutor de las medidas de promoción y que han servido para efectuar la compensación.- Cualquier otra documentación específica exigible en función de la naturaleza del gasto (por ejemplo, la garantía en el caso de la solicitud de anticipo o certificación de que el material utilizado en la promoción de los productos es conforme con la legislación del país tercero en cuestión).
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    - Certificado de la cuenta corriente única y exclusiva para ser utilizada en lasubvención.- Certificado de la Caja de Depósitos de haber establecido el aval correspondiente al menos al 15 % del importe de la subvención.- Certificado de registro y elaboración de vino a través de Órgano Regulador de la DOP/IGP, salvolos vinos varietales.- Certificado de los Estados Financieros (Equivalente a un Informe de control y Cuentas Auditadas) por un auditor o empresa auditora inscrita en el ROAC (conforme al contenido mínimo establecido por la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca y por la Orden de Concesión). En el Certificado se adjuntará como anexo los cinco apartados de la cuenta justificativa segúnmodelo normalizado que deberá ser rubricada por el auditor o empresa auditora.
  • Escritura de constitución e inscripción en el Registro Mercantil
    (No obligatorio / No original)
    Escritura Pública de constitución de la sociedad (en vigor), acreditación del representante legal y certificado en extracto del Registro Mercantil o de Cooperativas o Sociedad Agraria de Transformación (SAT). (Para personas físicas se aportará la Declaración Censal).
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    - El extracto bancario de la cuenta única sellado por la entidad bancaria, en el que pueda comprobarse la realización de los pagos justificados mediante las facturas y justificantes. - En el caso de pagos por Compensación, la documentación siguiente:a)Certificado del emisor de la factura por las acciones de promoción que deje constancia de su cobro y en el que aparezcan los datos siguientes:1.los datos del beneficiario.2. la/-s factura/-s objeto de compensación.3. el importe compensado.b)Facturas que haya emitido con cargo al ejecutor de las medidas de promoción y que han servido para efectuar la compensación.- Cualquier otra documentación específica exigible en función de la naturaleza del gasto (por ejemplo, la garantía en el caso de la solicitud de anticipo o certificación de que el material utilizado en la promoción de los productos es conforme con la legislación del país tercero en cuestión).
  • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Presentación de solicitud de inicio

    Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

Plazo de resolución: 6 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.