Sección 2.ª Créditos destinados a subvencionar la contratación en determinados proyectos de las Corporaciones locales y de otras Administraciones públicas
Artículo 4. Créditos para subvencionar la contratación de trabajadores desempleados en proyectos de interés general y social
1. De conformidad con lo establecido en el artículo anterior, el Instituto Nacional de Empleo destinará créditos con cargo a sus presupuestos anuales para subvencionar los costes salariales y cotización empresarial de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, contratados por las Corporaciones locales y otras Administraciones públicas, cuando dichas contrataciones tengan por objeto la ejecución de proyectos de interés general y social. 2. Los proyectos de interés general y social a que se refiere el número anterior deberán cumplir los siguientes requisitos generales: b) Que sean ejecutados por las Corporaciones locales, o, en su caso, por otras Administraciones públicas, bien en régimen de administración directa, bien en régimen de adjudicación. c) Que no produzcan efecto de sustitución de empleo por tener carácter habitual en las Corporaciones locales o, en su caso, en otras Administraciones públicas.