CAPÍTULO VI · Asistencia jurídica
Artículo 42. Asesoramiento jurídico y representación y defensa en juicio
La asistencia jurídica, representación y defensa en juicio del CSIC se llevará a cabo de conformidad con la Ley 52/1997, de 24 de noviembre, de Asistencia Jurídica del Estado e Instituciones Públicas. La Abogacía del Estado en el CSIC estará adscrita a la Presidencia, con las funciones que le atribuyen las disposiciones vigentes y sin perjuicio de su dependencia orgánica y funcional de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.