Gobierno del Principado de Asturias

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar la realización de una combinación aleatoria, como juego en el que se sortea un premio con fines publicitarios entre clientes, sin exigir contraprestación.

    Requisitos

    1. Disponer de papeleta, billete o impreso que sirva para participar en la actividad.

    2. Los premios deberán ser previamente adquiridos o deberá constituirse aval por la cuantía de su valor o consignarse el importe, en todo caso, con carácter previo a la celebración de aquel.

      En el caso de los inmuebles, se hará constar su situación y características, así como la acreditación de que los mismos se afecten al fin del sorteo. Los bienes deberán estar libre de toda carga o gravamen.

    3. Ver en el apartado "Más información": Titulares de las autorizaciones.

    Necesitas

    1. Bases del sorteo.

    2. Modelos de los billetes que vayan a ser utilizados, en los que se deberá hacer constar los premios, el carácter gratuito del sorteo y el término de caducidad para la entrega de los premios.

    3. Acreditación documental de la previa adquisición del bien o servicio mediante factura o equivalente o documento de la constitución del aval o consignación del importe del valor del premio y en todo caso con carácter previo a la celebración del sorteo.

      En caso de que el premio sea en metálico:

      • Certificación de la entidad de crédito o ahorro acreditativa del depósito de fondos suficientes para hacer frente a la totalidad de los premios.

      En el caso de los inmuebles:

      • Se hará constar su situación o características, así como la acreditación de que los mismos se afecten al fin del sorteo. Los bienes deberán estar libre de toda carga o gravamen.
    4. Certificado Digital o DNI electrónico

    5. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    6. Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    7. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

    8. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.

    9. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    Te interesa saber

    1. SOLICITANTES

      Lo pueden solicitar:

      • las personas físicas o jurídicas dedicadas a la industria, al comercio o al sector servicios, que gocen de las licencias pertinentes y, en su caso, consten inscritos en los registros correspondientes
      • las entidades de crédito, financiación o ahorro de ámbito estatal o autonómico, inscritas en el correspondiente registro.
    2. TASAS PARA COMBINACIONES ALEATORIAS

      Las combinaciones aleatorias no están sujetas al pago de tasa administrativa.

      Las combinaciones aleatorias están sujetas al pago de tasa fiscal correspondiente al 10 por ciento del valor de mercado de los premios ofrecidos.

    Plazo de solicitud

    Todo el año Deberá presentarse con carácter previo a su realización.

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Juego

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

    Código: 201400063

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar al Registro de Empresas y Actividades Comerciales del Principado de Asturias (REAC), la baja o modificación de los datos inscribibles, en el plazo de 3 meses desde que se produzca el hecho causante.

    Requisitos

    1.

    La comunicación debe hacerse cuando se produzca baja o modificación.

    • Baja
      • El cese de la actividad comercial.
      • Cambios de titularidad o de actividad en el negocio, que implicarían, en su caso, una nueva alta registral.
    • Modificación
      • Variación o cambio de nombre o domicilio comercial.
      • Ampliación de la actividad comercial (inscripción de nuevos epígrafes IAE).

    Necesitas

    1. Certificado Digital o DNI electrónico

    2. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    3. En caso de personas físicas:

      • Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
    4. En caso de persona jurídica:

      • Tarjeta de identificación fiscal de persona jurídica.
    5. Certificado de inscripción en el IAE.

    Te interesa saber

    1.

    CAMBIOS DE TITULARIDAD O ACTIVIDAD PRINCIPAL (BAJA)

    Los cambios de titularidad o actividad principal del negocio, no son modificaciones sino que serán objeto de cancelación (baja) de la inscripción en el REAC.

    Plazo de solicitud

    Todo el año Cualquier modificación de datos debe comunicarse en el plazo de 3 meses desde que se produzca la modificación.

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación personal

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Gestión y Calidad Comercial

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201400073

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Homologación de un curso modelo para impartir la formación CAP a conductores de autobús y de camión.

    Requisitos

    1. Para solicitar la homologación de un curso modelo o la renovación de la homologación, el centro deberán estar previamente autorizado para impartir la formación CAP a los conductores de autobús o de camión.

    2. Abonar la tasa correspondiente según el modelo 046-A1.

    Necesitas

    1. Presentar una memoria en la que se hará constar lo establecido en el anexo III del RD 1032/2007 de 20 de julio:

      • El programa desarrollado de conocimientos que serán impartidos en el curso conforme a las materias contenidas en el anexo I del citado real decreto
      • Duración del curso y de cada uno de los módulos o partes que en él intervengan
      • Número de horas dedicadas a prácticas de conducción, indicando, en su caso, cuántas de ellas se realizarán en simuladores de alto nivel.
      • Número de profesores necesarios para impartir el curso, indicando su titulación o nivel de experencia y las materias impartidas por cada uno de los profesores en función de su especialización.
      • Número máximo de alumnos que podrán concurrir, el cual no podrá ser en ningún caso superior a 20.
    2. Justificante de haber abonado la tasa.

    Tasas

    El pago de las tasas para este servicio se realizará desde esta misma página

    Te interesa saber

    1. TASAS

      • Importe: 109,28 €
      • Código de la tasa: 327.002
    2. VALIDEZ DE LA HOMOLOGACIÓN

      • Será de 5 años, pudiendo renovarse.
    3. TITULARIDAD MÚLTIPLE DE CENTROS

      • Cuando una misma persona física o jurídica fuese titular de diversos centros autorizados, podrá impartir en todos ellos los cursos que le hubieran sido homologados a cualquiera de los mismos, sin necesidad de una nueva homologación.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Por correo electrónico : por e-mail dirigido al centro para comunicar la homologación del curso. Dicha homologación se entregará en la tercera planta, sector derecho, del Edificio Administrativo de Servicios Múltiples (EASMU) sito en la C/Trece Rosas s/n (33005) Oviedo.

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Transportes

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 201500023

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener autorización para la instalación de máquinas de juego en un local inscrito en el Registro general del juego y apuestas del Principado de Asturias.

    Requisitos

    1.

    Ver en apartado "Más información": Titulares de las autorizaciones.

    Necesitas

    1. Autorización de instalación de máquinas de juego.

    2. Contrato de arrendamiento, escritura de propiedad o documento que acredita la disponibilidad del local.

      (Original y copia que habrá de ser compulsada por el Servicio de Juego).

    3. Resguardo acreditativo de haber efectuado el ingreso de la tasa por servicios administrativos en materia de casinos, juegos y apuestas, a través del modelo 046.

      • Copia de la constitución de la sociedad registrada en el Registro mercantil.

    4. Certificado Digital o DNI electrónico

    5. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    6. Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    7. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

    8. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.

    9. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    Tasas

    Modelo 046

    Te interesa saber

    1. SOLICITANTES

      Lo podrán solicitar el titular de la explotación del local conjuntamente con una empresa operadora.

    2. LUGARES DE INSTALACIÓN DE LAS MÁQUINAS

      • Las máquinas de azar (tipo C) solo podrían instalarse en casinos de juego.
      • Las máquinas recreativas (tipo B) podrán instalarse en bares, cafeterías, discotecas o restaurantes, salas de bingo o salones de juego inscritos en el Registro general del juego y apuestas del Principado de Asturias y donde puedan instalarse las máquinas de azar (tipo C).

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Juego

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

    Código: 201500044

    Más información

  • Tramita Presencialmente

    Consiste en

    Documento en el que se acredita la comprobación por parte de la Administración del Principado de Asturias de que las facultades o poderes de una o varias personas físicas son suficientes para actuar en nombre y representación de una determinada persona jurídica en la realización de determinadas actuaciones ante la Administración del Principado de Asturias, y sus organismos autónomos, empresas y entes del sector público autonómico.

    Te interesa saber

    1. QUIÉN REALIZA EL BASTANTEO DE PODERES

      • Corresponde al Servicio Jurídico del Principado de Asturias el bastanteo de poderes legalmente exigibles para la participación en procedimientos de contratación convocados por la administración autonómica, organismos autónomos, empresas y entes del sector público autonómico.
      • También corresponde al Servicio Jurídico el bastanteo de poderes para prestar avales y seguros de caución a favor de la Administración del Principado de Asturias.
    2. A QUIÉN VA DESTINADO

      • Personas físicas que estén apoderadas para actuar en nombre y representación de una determinada persona jurídica (empresas contratistas).
      • Personas físicas que estén apoderadas para actuar en nombre y representación de entidades financieras y aseguradoras (prestación de avales y seguros de caución).
    3. NECESITAS

      Para realizar el bastanteo se requiere aportar:

      • Escritura original o copia legitimada por notario del poder, donde resulten claros los datos de identificación (nombre y DNI) del apoderado, así como las facultades que ostenta, debiendo constar que dicha escritura está inscrita en el Registro Mercantil, con la salvedad de los poderes especiales.
      • Escritura de constitución de la persona jurídica (original o copia legitimada por notario).
      • Escrituras de modificaciones de la persona jurídica.
      • Copia simple del DNI del apoderado o apoderados a cuyo nombre se solicita el trámite del bastanteo.

      Por el solicitante se facilitará un teléfono de contacto o una cuenta de correo electrónico para comunicar posibles deficiencias en la documentación aportada, susceptibles o no de subsanación.

    4. TE INTERESA SABER

      • No es un trámite inmediato. Máximo 2 días hábiles.
      • El documento del bastanteo será válido mientras no se modifique el poder notarial. Se aconseja conservar el documento original y presentar copias compulsadas en los procedimientos de contratación.
      • Es necesario indicar el nombre de las personas de las que se solicita el bastanteo.
      • Además de la normativa general, se aplicará el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rija el contrato.
      • Se facilitará un teléfono de contacto por el solicitante del bastanteo para comunicar posibles deficiencias en la documentación aportada, susceptibles o no de subsanación.

    5. MÁS INFORMACIÓN

      A través del teléfono del Servicio Jurídico del Principado de Asturias (985105316) o de la cuenta de correo electrónico serviciojuridico@asturias.org.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Dónde

    Servicio Jurídico del Principado de Asturias

    C/Trece Rosas 2, 6ª planta, sector derecho

    33005 Oviedo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio Jurídico del Principado de Asturias

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

    Código: 201500068

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • ## Resumen Este trámite permite obtener la autorización administrativa para verter aguas residuales industriales a las redes de saneamiento gestionadas por el Principado de Asturias. Es importante destacar que este procedimiento se aplica solo si tu actividad NO requiere una Autorización Ambiental Integrada. **Quién puede usar este servicio:** Los titulares de actividades industriales o comerciales que generen aguas residuales industriales y deseen utilizar los sistemas públicos de saneamiento para el vertido. **Antes de empezar:** * Asegúrate de que tu actividad no requiere una Autorización Ambiental Integrada. * Ten a mano toda la documentación necesaria, incluyendo el proyecto técnico. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud en modelo normalizado. * Proyecto técnico que cumpla con el artículo 4 de la Ley 5/2002 (ver guía de contenido mínimo). * Proyecto de la instalación de tratamiento previo al vertido (si aplica). * Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además: Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona física solicitante. Tarjeta de identificación fiscal, de la persona jurídica solicitante. Certificado acreditativo de la identificación de las parcelas catastrales donde se va a llevar a cabo la actividad y de su titularidad, así como de la representación gráfica de la delimitación del contorno de la instalación. **Requisitos previos:** * Tu actividad debe estar dentro de los supuestos que reglamentariamente se establezcan o en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 5/2002. * Debes tener la capacidad legal para realizar la actividad. **Costes y plazos:** * Este trámite no tiene costes asociados. * El plazo de presentación es durante todo el año. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Prepara toda la documentación requerida. 2. Accede al Registro Electrónico del Principado de Asturias a través del enlace: [Tramitación Registro Electrónico](https://sede.asturias.es/tramitacion). 3. Completa la solicitud y adjunta la documentación. 4. Firma electrónicamente la solicitud. 5. Envía la solicitud. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud debe ser completada con todos los datos requeridos. * El proyecto técnico debe cumplir con los requisitos del artículo 4 de la Ley 5/2002. * La firma electrónica es obligatoria para las personas jurídicas. **Tiempos de espera:** * No se especifica el tiempo de resolución del trámite. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La administración revisará la solicitud y la documentación adjunta. * Si falta información, se te requerirá que la completes. * Se emitirá una resolución autorizando o denegando el vertido. **Plazos de resolución:** * El efecto del silencio administrativo es desestimatorio. **Siguientes pasos:** * Si la autorización es concedida, deberás cumplir con las condiciones establecidas en la misma. * Si la autorización es denegada, puedes presentar un recurso potestativo de reposición. ## Ayuda **Contacto:** * Servicio de Planificación Hidráulica y Calidad del Agua. * Teléfono: 985 27 91 00 o 012 (985 27 91 00 desde fuera de Asturias). * [Buzón ciudadano](mailto:SAC@asturias.org). * [Oficinas de atención al ciudadano](https://sede.asturias.es/web/sede/contacta-con-nosotros/#persona). * [Solicita cita previa](https://sede.asturias.es/solicita-cita-registros-asturias). **Recursos adicionales:** * [Ley del Principado de Asturias 5/2002, de 3 de junio](https://sede.asturias.es/bopa/2002/06/14/20020614.pdf). * [Guía Contenido Mínimo](https://sede.asturias.es/o/sede/serviciosytramites/download/15246372235560057161). * [Aportación de documentos por requerimiento](https://sede.asturias.es/-/dboid-6269000004607746207573). * [Información para realizar trámites en la sede electrónica](https://sede.asturias.es/web/sede/-/informacion-para-realizar-tramites-en-la-sede-electronica). ## Información Adicional * [Consultar fecha y hora oficiales](https://sede.asturias.es/consultar-fecha-oficial) * [Ventajas de registrarse en el Área Personal](https://sede.asturias.es/web/sede/-/que-es-y-para-que-sirve) * [Registrarme en el Área Personal](https://tramita.asturias.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETALLE=6269000026053054007573)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la tarjeta de tacógrafo digital, necesaria para los conductores que utilizan vehículos equipados con este dispositivo. La solicitud se realiza de forma telemática. ### Quién puede usar este servicio Conductores que cumplan los siguientes requisitos: * Ser persona física con firma digital. * Tener domicilio fiscal en Asturias. * Tener el permiso de conducción adecuado. * Haber pagado la tasa correspondiente. ### Antes de empezar Es importante tener a mano la documentación necesaria y asegurarse de cumplir con los requisitos. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Justificante del pago de la tasa (modelo 046). * Fotografía tamaño carnet y firma en formato jpg. * Copia del NIE (solo para extranjeros). * Documentación adicional según el tipo de solicitud (renovación, sustitución, etc.). ### Requisitos previos * Cumplir con los requisitos mencionados en la sección "Quién puede usar este servicio". * Disponer de firma digital. ### Costes y plazos * **Coste:** 38,18 € (Código de la tasa: 327.002). Hasta el 31 de diciembre de 2025, este trámite es gratuito. * **Plazo de presentación:** Todo el año. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Acceder a la sede electrónica del Ministerio de Fomento. 2. Completar el formulario de solicitud. 3. Adjuntar la documentación requerida. 4. Realizar el pago de la tasa (si corresponde). 5. Enviar la solicitud. ### Información sobre cada etapa * Es importante asegurarse de que la documentación adjunta sea legible y esté completa. * En caso de solicitar el trámite a través de representante, será necesario que se acredite previamente la representación ante la Agencia Asturiana de Transportes y Movilidad. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación. Si falta algo, se requerirá la subsanación vía electrónica. ### Plazos de resolución No se especifica el plazo de resolución. ### Siguiente pasos Una vez aprobada la solicitud, se emitirá la tarjeta de tacógrafo digital. ## Ayuda ### Contacto * **Teléfono:** 985 27 91 00 o 012 (985 27 91 00 desde fuera de Asturias) * **Correo electrónico:** buzón ciudadano * **Oficinas:** Nuestras oficinas * **Cita previa:** Solicita cita previa ### Recursos adicionales * Consultar fecha y hora oficiales * Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud * Registrarme * Modelo de acreditación de la representación ### Preguntas frecuentes Ver sección de FAQ para preguntas frecuentes sobre este trámite.

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la tarjeta de tacógrafo digital de empresa, necesaria para la gestión de datos de los tacógrafos digitales en vehículos de empresa. **Quién puede usar este servicio:** Empresas con domicilio fiscal en el Principado de Asturias que necesiten la tarjeta para sus vehículos. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Justificante del abono de la tasa (modelo 046). * Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español * Copia del NIF del solicitante * Documentación que acredite la modificación de datos (en caso de modificación de datos) * PDF de la denuncia donde conste expresamente el robo o pérdida de la tarjeta (en caso de robo o pérdida) **Requisitos previos:** * Disponer de firma digital. * En caso de actuar a través de representante se deberá acreditar previamente la representación ante el Servicio de Transportes. * Tener domicilio fiscal en el Principado de Asturias. **Costes y plazos:** * Tasa: 38,18 € (puede no requerir abono de tasa hasta el 31 de diciembre de 2025). ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Acceder a la sede electrónica del Ministerio de Fomento. 2. Completar el formulario de solicitud. 3. Adjuntar la documentación requerida. 4. Realizar el pago de la tasa (si corresponde). 5. Enviar la solicitud. **Información sobre cada etapa:** * Es imprescindible disponer de firma digital para realizar el trámite online. * En caso de actuar mediante representante, la representación debe estar acreditada. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez presentada la solicitud, el Servicio de Transportes la revisará y, si todo es correcto, emitirá la tarjeta de tacógrafo digital de empresa. **Plazos de resolución:** * El plazo de resolución es de 15 días. **Siguientes pasos:** Una vez recibida la tarjeta, la empresa podrá utilizarla para descargar los datos del tacógrafo digital de sus vehículos. ## Ayuda **Contacto:** * Servicio de Transportes * Teléfono: 985 27 91 00 o 012 (985 27 91 00 desde fuera de Asturias) * Buzón ciudadano * Oficinas * Cita previa **Recursos adicionales:** * Consultar fecha y hora oficiales * Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud * Registrarme * Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril * Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre * Modelo de acreditación de la representación * Tramitación telemática

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la tarjeta de tacógrafo digital de centro de ensayo (tarjeta de taller). Esta tarjeta es necesaria para probar, activar, calibrar y transferir datos al tacógrafo digital. **Quién puede usar este servicio:** Personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos, incluyendo tener domicilio fiscal en Asturias y estar dado de alta como centro autorizado. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Justificante del pago de la tasa (modelo 046). * Documento acreditativo del NIF del centro de ensayo. * Documento nacional de identidad del técnico. * Certificado de aptitud del técnico. * Resolución de Industria concedida al centro de ensayo. * En caso de renovación, la tarjeta a renovar. * En caso de modificación de datos, documento acreditativo de la modificación. * En caso de sustitución por robo o pérdida, denuncia donde conste el robo o pérdida. **Requisitos previos:** * Ser persona física o jurídica (sociedad mercantil, sociedad laboral o cooperativa). * Disponer de firma digital autorizada. * Tener domicilio fiscal en Asturias o locales abiertos al público donde se centralice la actividad de transporte. * Estar dado de alta como centro autorizado. **Costes y plazos:** * Tasa: 38,18 € por tarjeta. Gratuito hasta el 31 de diciembre de 2025. * Plazo de presentación: Todo el año. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Abonar la tasa correspondiente (modelo 046). 2. Acceder a la sede electrónica del Ministerio de Fomento. 3. Completar la solicitud telemática y adjuntar la documentación requerida. **Información sobre cada etapa:** * El pago de la tasa se realiza a través de Tramitación electrónica o Descarga del modelo 046. * En la solicitud, indicar el NIF/DNI del solicitante en el campo de número de autoliquidación y la fecha de solicitud en el campo de fecha de devengo. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Si la documentación está incompleta, se requerirá en un plazo de 10 días hábiles. * La validez de la tarjeta es de 1 año. * La tarjeta debe renovarse entre 15 y 30 días antes de su caducidad. * Las tarjetas robadas o perdidas que se recuperen deben devolverse. ## Ayuda **Contacto:** * Órgano gestor: Servicio de Transportes. * Teléfono: 985 27 91 00 o 012 (985 27 91 00 desde fuera de Asturias). * Buzón ciudadano * Oficinas de atención presencial * Cita previa **Recursos adicionales:** * Modelo de acreditación de la representación * Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud * Ventajas de registrarse en el Área Personal * Registrarme en el Área Personal **Normativa básica:** * Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril * Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre

  • ## Resumen Este trámite permite a los transportistas solicitar a la Junta Arbitral del Transporte que actúe como depositaria de mercancías en situaciones específicas, como impago del servicio, problemas con la entrega o riesgo para la mercancía. Quién puede usar este servicio: * El transportista o porteador de mercancías. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Solicitud en modelo normalizado. * Acreditación de los motivos para solicitar la actuación de la Junta (impago, problemas de entrega, estado de la mercancía). * En su caso, carta de porte u otro documento que pruebe las condiciones del contrato. Plazos: * Si es por impago, la solicitud debe presentarse en un máximo de 10 días naturales desde la retención de la mercancía. Para otros casos, no hay plazo establecido. ## Cómo hacerlo Presentación: * **Presencial:** En las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y otros medios previstos en la ley. * **Telemática:** A través del [Registro Electrónico del Principado de Asturias](https://sede.asturias.es/tramitar), el [Registro Electrónico General de la Administración General del Estado](https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do), o el registro electrónico de otras entidades públicas. ## Después de hacerlo * La Junta Arbitral resolverá sobre la procedencia del depósito y la posible venta de la mercancía en un plazo máximo de 6 meses. ## Ayuda * Órgano gestor: Junta Arbitral del Transporte del Principado de Asturias. * Contacto: * Teléfono: 985 27 91 00 o 012 (985 27 91 00 desde fuera de Asturias). * [Acceso a la información sobre el coste de la llamada](https://sede.asturias.es/web/sede/contacta-con-nosotros/#telefono) * [Buzón ciudadano](mailto:SAC@asturias.org) * [Oficinas](https://sede.asturias.es/web/sede/contacta-con-nosotros/#persona) * [Cita previa](https://sede.asturias.es/solicita-cita-registros-asturias) ## Información Adicional * La Junta arbitral puede acordar además: * Subastar la mercancía. * Proceder a su venta directa. ## Normativa básica * [Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, artículos 37 y 38 («BOE» núm. 182, de 31 de julio de 1987)](https://www.boe.es/buscar/pdf/1987/BOE-A-1987-17803-consolidado.pdf) * [Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, artículos del 6 al 12 («BOE» núm. 241, de 08 de octubre de 1990)](https://www.boe.es/buscar/pdf/1990/BOE-A-1990-24442-consolidado.pdf) * [Decreto 87/90, de 26 de diciembre, de creación de la Junta Arbitral de Transporte del Principado de Asturias. Modificado por Decreto 35/2016, de 16 de junio.](https://www.asturias.es/Asturias/descargas/PDF_TEMAS/Transportes/junta_arbitral/DECRETO_87%20_90_CONSOLIDADO.pdf) * [Orden FOM/3386/2010, de 20 de diciembre, por la que se establecen normas para la realización por las Juntas Arbitrales del Transporte de funciones de depósito y enajenación de mercancías.](https://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-20146-consolidado.pdf) * [Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías.](https://www.boe.es/buscar/pdf/2009/BOE-A-2009-18004-consolidado.pdf) * [Decreto 35/2016, de 16 de junio, de primera modificación del Decreto 87/1990, de 26 de diciembre, de creación de la Junta Arbitral del Transporte del Principado de Asturias.](https://www.asturias.es/Asturias/descargas/PDF_TEMAS/Transportes/junta_arbitral/Decreto_35_2016_MODIFICACION.pdf)

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