Gobierno del Principado de Asturias

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Inscribirse en el registro especial de talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes.

    Requisitos

    1.

    Ser empresas cuya actividad sea la reparación de automóviles:

    • Apertura de nuevos establecimientos, su ampliación, modificación o traslado.
    • Revisiones y baja en el registro en el caso de cese de su actividad.

    Necesitas

    1. Proyecto en el que se justifique el cumplimiento del reglamento electrotécnico de baja tensión y del reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

    2. Estudio técnico que incluirá, al menos, una relación detallada de los útiles, equipos y herramientas de que disponen, de acuerdo con las ramas de actividad que vayan a desarrollar, así como una relación detallada de los diversos trabajos y servicios que podrá prestar el taller.

    3. Certificado de dirección de obra de la instalación de baja tensión.

    4. Certificado de inspección inicial de la instalación de baja tensión emitido por organismo de control autorizado.

    5. Certificado de instalación eléctrica, suscrito por el instalador electricista autorizado que ha efectuado la instalación.

    6. Certificado de acuerdo con el artículo 5 del reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, conforme al modelo que figura en la ficha acompañado del certificado de la empresa o empresas instaladoras que hayan efectuado la instalación.

    7. Autorización escrita del fabricante nacional o del representante legal del fabricante extranjero, en el caso de tratarse de los “talleres oficiales de marca” a que se refiere el artículo 3.º1.b).

    8. Certificado Digital o DNI electrónico

    9. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    10. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    11. En el caso de persona jurídica:

      • tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
    12. En caso de representación por poder notarial:

      • copia simple de poderes notariales.

    Te interesa saber

    1. DOCUMENTACIÓN

      Los talleres deberán disponer de la siguiente documentación a disposición de las oportunas comprobaciones:

      • Estudio técnico que incluirá, al menos, una relación detallada de los útiles, equipos y herramientas de que disponga, de acuerdo con las ramas que vaya a desarrollar, así como una relación de los diversos trabajos y servicios que va a prestar el taller.
      • En caso de ser “taller oficial de marca”, copia actualizada de la autorización escrita del fabricante nacional o del representante legal del fabricante extranjero.
      • En el caso de que el taller disponga de otras instalaciones industriales, además de la de baja tensión y seguridad contra incendios (por ejemplo, equipos a presión o productos petrolíferos, etc.), se deberá justificar la puesta en servicio de estas instalaciones. La tramitación de estas instalaciones se detalla en la ficha correspondiente. En todo caso los proyectos técnicos de todas las instalaciones sujetas a seguridad industrial estarán también a disposición.
      • Los instrumentos, aparatos, medios y sistemas de medida que sean necesarios para hacer las reparaciones estarán sujetos a la normativa específica de control metrológico que les sea de aplicación, debiendo ser calibrados y verificados con la periodicidad establecida en dicha legislación.
    2. DECLARACIÓN RESPONSABLE

      • La presentación de la declaración responsable habilita a las empresas para el ejercicio de la actividad por tiempo indefinido, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.
      • La empresa habilitada deberá tener disponible la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos para su presentación ante el órgano competente de la comunidad autónoma, cuando este así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección o comprobación.
      • Las modificaciones que se produzcan en relación con los datos comunicados en la declaración responsable, así como el cese de la actividad, deberán comunicarse al órgano competente de la comunidad autónoma donde se realizó la habilitación, en el plazo de un mes desde que se produzcan.
      • De acuerdo con lo indicado en la Ley 21/1992, de 16 de julio se considerará infracción grave:
        • La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato o manifestación, de carácter esencial, sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos señalados en la declaración responsable o la comunicación aportada por los interesados.
        • La realización de la actividad sin cumplir los requisitos exigidos o sin haber realizado la comunicación o la declaración responsable cuando alguna de ellas sea preceptiva.
    3. PUESTA EN SERVICIO DE LAS INSTALACIONES DEL TALLER

      De acuerdo con el artículo 4.2 del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes, modificado por el Real Decreto 455/2010, de 16 de abril; para la puesta en servicio de las instalaciones del taller que estén sometidas a la legislación de seguridad industrial se regirán por lo previsto en la misma, dado que, como mínimo, estarán sujetas al cumplimiento del reglamento electrotécnico de baja tensión y del reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

    4. RECURSOS Y PLAZOS DE RESOLUCIÓN

      • Recursos: no procede, se trata de un acto comunicado. Sí procede contra las comprobaciones del cumplimiento el recurso potestativo de reposición, 1 mes de plazo tras la resolución que tras la comprobación proceda en caso de incumplimiento.
      • Plazo de resolución del procedimiento: no procede, se trata de un acto comunicado.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 200951184

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar la inscripción en el registro de empresas con riesgo por amianto del Principado de Asturias.

    Requisitos

    1.

    Ser empresa cuyas instalaciones principales radiquen en el Principado de Asturias y que vaya a realizar actividades u operaciones incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.

    Necesitas

    1.

    Certificado Digital o DNI electrónico

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Tu solicitud será tramitada por

    Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201053290

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita Presencialmente

    Consiste en

    Solicitar la realización de análisis no sujetos a programas oficiales.

    Para los programas oficiales las solicitudes tienen que ser realizadas a través de los servicios veterinarios oficiales (informe oficial) o veterinarios autorizados (certificado oficial de Colegio de Veterinarios).

    Requisitos

    1. Las muestras, las condiciones de recogida y el envío deberán ajustarse a las indicaciones recogidas en el documento "Instrucciones para el envío de muestras al laboratorio". (Ver: "Más información").

    2. El solicitante deberá aportar, al menos, los siguientes datos: nombre y apellidos, dirección completa, teléfono y NIF.

    Necesitas

    1. Solicitud en modelo normalizado.

    2. Datos de las muestras.

    Te interesa saber

    1. INFORMACIÓN SOBRE LAS TASAS

      • Se genera una tasa por cada analítica realizada (excepto en programas oficiales). La cuantía o su actualización es publicada anualmente en el BOPA.
      • La tasa generada se graba directamente en el programa TRIBUTAS.
      • La gestión y ejecución de la tasa se efectúa a través de la Consejería de Hacienda y Sector Público.
    2. TASAS 2018 (ACTUALIZADAS SEGÚN BOPA 31/12/2014)

      Tarifa 5: prestación de servicios facultativos relacionados con los análisis, dictámenes peritajes, etc. a petición de parte. (Se excluyen los correspondientes a los programas oficiales de erradicación de enfermedades). €
      5.1 Análisis físico-químicos o bromatológicos
      5.1.1 Por determinación 6,36
      5.1.2 Máximo para varias determinaciones en una única muestra 25,45
      5.2 Análisis microbiológicos y serológicos
      5.2.1 Análisis bacteriológico (por muestra) 8,99
      5.2.2 Determinación de antibiogramas (por muestra) 7,68
      5.2.3 Análisis parasitológicos, incluido Neospora (por muestra) 6,36
      5.2.4 Análisis serológicos (por muestra) 2,53
      5.2.5 Análisis histopatológicos (por muestra) 7,68
      5.2.6 Análisis virológico, incluido BVD-PI (por muestra) 6,36
      5.2.7 Otros análisis que no tengan tarifa específica 6,36
      5.3 Necropsias
      5.3.1 Vacuno, equino y similares (por animal adulto) 25,45
      5.3.2 Porcino, ovino, caprino, perros y similares 15,25
      5.3.3 Aves, conejos o similares 7,68

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Descarga la solicitud.

    Descargar formularios de solicitud


    Paso 2:

    Cumpliméntala.

    Paso 3:

    Preséntala en el lugar indicado.

    Dónde

    Laboratorio de Sanidad Animal

    Travesía del Hospital 96

    33299 - Jove de Arriba (Gijón)

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Laboratorio de Sanidad Animal

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201053292

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener ayudas económicas destinadas a Cofradías de Pescadores del Principado de Asturias, financiadas con cargo al Fondo Europeo de la Pesca, para planes de explotación y otros gastos de funcionamiento.

    Requisitos

    1. Ser Cofradía de Pescadores del Principado de Asturias.

    2. No estar incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en los apdos. 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o que sean deudores del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.

    Necesitas

    1. Declaración expresa sobre si se han solicitado (y, en su caso, obtenido), ayudas para el mismo fin a algún otro organismo y si se han justificado las subvenciones concedidas con anterioridad por el Principado de Asturias.

    2. Aquellas cofradías que gestionen planes de explotación, que cuenten con guardapesca contratado durante todo el ejercicio, deberán indicar el periodo, la fecha en que efectuaron esa contratación o la prevista para la contratación futura.

      • Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal de persona jurídica.

      • Escritura de constitución de los estatutos y de sus posibles modificaciones.

      • Ficha de acreedores.

      • Relación de facturas presentadas como justificantes de los gastos subvencionados.

      • Relación de nóminas del guardapesca presentadas como justificantes de los gastos subvencionados.

      • Relación de gastos de Seguridad Social del guardapesca presentados como justificantes de los gastos subvencionados.

    3. Certificado Digital o DNI electrónico

    4. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    5. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

    6. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.

    7. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    Te interesa saber

    1. PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

      Deberá presentarse debidamente registrada, cuando no obre esta documentación en poder de la Dirección General de Pesca.

    2. CUANTÍA

      La subvención máxima será del 100% al gasto subvencionable.

    3. COMPATIBILIDAD

      La concesión de la subvención por parte de esta Consejería será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la unión o de organismos internacionales. No obstante, en ningún caso su cuantía, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas podrá superar el coste del proyecto.

    4. GASTOS SUBVENCIONABLES

      Se consideran gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada respondan a la naturaleza de la subvención, tales como nóminas de guardapescas y otro personal de las Cofradías, pólizas de seguros, consumo energético, reparaciones en maquinaria e instalaciones, comunicaciones, etc. y se realicen, con anterioridad a la finalización del período de justificación determinado por la correspondiente convocatoria anual.

      En ningún caso serán gastos subvencionables:

      a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.

      b) intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, así como los gastos de procedimientos judiciales.

      c) Los impuestos, tasas y gastos no relacionados con la ejecución material del proyecto de inversión.

      d) los impuestos indirectos (IVA) cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.

      e) Las compras de materiales y equipos usados, así como los gastos originados por una mera reposición de anteriores, salvo que la nueva adquisición corresponda a materiales o equipos distintos de los anteriores, bien por la tecnología utilizada, bien por su rendimiento.

      f) Los elementos de transporte no serán subvencionables.

    Plazo de solicitud

    Desde:

    14/05/2019

    Hasta:

    13/06/2019

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. BOPA

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Estructuras Pesqueras

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201053315

    Más información

  • Tramita Presencialmente

    Consiste en

    Revisar:

    • el grado o nivel de dependencia reconocidos;
    • el programa individualizado de atención en el que se determina la prestación del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia a la que tiene derecho la persona dependiente;
    • la capacidad económica de la persona dependiente (y, en consecuencia, la participación en el coste del servicio público que se abona o el importe de la prestación económica que se percibe);
    • convalidación del grado y nivel a grado de dependencia (esto es la eliminación automática del nivel de dependencia).

    Requisitos

    1. Cuando el objeto de la revisión sea el grado y nivel inicialmente reconocidos:

      • tener reconocida la situación de dependencia mediante resolución de la Consejería con competencias en materia de dependencia;
      • manifestar un empeoramiento en el estado de dependencia.
    2. Cuando el objeto de la revisión sea la convalidación del grado y nivel a grado de dependencia:

      • se procederá automáticamente a la eliminación del nivel y a la adaptación de la intensidad de la prestación que tiene reconocida, siempre que ello implique una mejora para la atención de la persona dependiente.
    3. Cuando el objeto de la revisión sea el programa individualizado de atención:

      • tener reconocida la situación de dependencia en cualquiera de los grados;
      • contar con un programa individualizado de atención aprobado mediante resolución de la Consejería con competencias en materia de dependencia;
      • manifestar las causas por las que se solicita la revisión del programa individualizado de atención.
    4. Cuando el objeto de la revisión sea la capacidad económica:

      • autorizar a que la Administración recabe los datos económicos de la persona solicitante y de sus convivientes de otras Administraciones públicas o, en caso contrario, aportar la documentación económica correspondiente.

    Necesitas

    1. Solicitud en modelo normalizado.

    2. En caso de solicitar la revisión del grado y nivel inicialmente reconocidos:

      • informe de salud que acredite un empeoramiento en su estado de salud (a facilitar en el centro de salud).
    3. Autorización de consulta para verificación de los datos de convivientes.

    4. Autorización de consulta para verificación de datos del solicitante.

    5. Declaración responsable de la persona cuidadora.

    6. Orden de domiciliación de recibos.

    7. Ficha de acreedores.

    Te interesa saber

    1.

    LISTADO DE SERVICIOS SOCIALES

    Ver: "Más información > Centros municipales de servicios sociales".

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Descarga la solicitud.

    Descargar formularios de solicitud


    Paso 2:

    Cumpliméntala.

    Paso 3:

    Preséntala en el lugar indicado.

    Dónde

    En el centro de servicios sociales del Ayuntamiento donde haya presentado en su día la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia inicial.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Gestión de Prestaciones por Dependencia

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES

    Código: 201053364

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Notificar el inicio de sus actividades formativas o renovar esta notificación.

    Requisitos

    1.

    La entidad de formación ha de cumplir con los contenidos mínimos de formación establecidos en el anexo III y con los criterios recogidos en los artículos 18 y 24 del Decreto 140/2009, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento técnico-sanitario de las piscinas de uso colectivo.

    Necesitas

    1. Memoria detallada del programa formativo.

    2. Equipo docente (nombre, apellidos y formación acreditada de todos los docentes).

    3. Certificado Digital o DNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    OBLIGATORIEDAD

    Este trámite es obligatorio para todas las entidades de formación que realicen cursos al personal del servicio de salvamento y socorrismo acuático y personal del servicio de mantenimiento de piscinas.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Riesgos Ambientales y Alimentarios

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Sanidad

    Código: 201053385

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar del registro público de demandantes de vivienda protegida, un listado de demandantes inscritos en número igual al de viviendas calificadas como protegidas.

    Requisitos

    1. Ser promotor dado de alta en la Dirección General de Vivienda.

    2. Contar con calificación provisional de la promoción de viviendas.

    3. Que la persona solicitante sea la declarada como representante de la promotora ante la dirección general competente en materia de vivienda.

    Te interesa saber

    1. PLAZO OBLIGATORIO DE PUBLICACIÓN

      El apartado 8º de la Resolución de 4 de abril de 2011 de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda, por la que se desarrolla el Decreto 56/2010 de 23 de junio, por el que se crea y regula el funcionamiento de REDVIVA, dispone que agotados los llamamientos a los demandantes de primera y segunda lista, se deberán publicar las viviendas vacantes durante un plazo máximo de 15 días naturales, durante el cual estarán disponibles para los demandantes especificados en la citada resolución.

      Tras la experiencia acumulada durante estos meses y en aras a agilizar la preceptiva tramitación administrativa, se fija el plazo obligatorio de publicación en dos días naturales, transcurrido el cual las viviendas que hubieran resultado vacantes podrán ser ofertadas libremente por el promotor.

    2. SOLICITUD DE DEMANDANTES

      La solicitud de demandantes por parte de los promotores debe producirse con carácter previo a la comercialización de las viviendas y exige la obtención de la correspondiente calificación provisional como vivienda protegida.

    3. FIRMA Y VISADO DE LOS CONTRATOS

      La firma y visado de los contratos de compraventa de vivienda protegida, exige además el cumplimiento de una serie de condiciones, según el régimen legal al que esté acogida la promoción:

      • Si se trata de viviendas de régimen general (o de protección autonómica -VPA), es necesaria la preceptiva autorización para percibir cantidades a cuenta emitida por la dirección general competente en materia de vivienda. Posteriormente el aval general se individualizará en cada contrato.
      • En el caso de las viviendas de régimen concertado (o de precio concertado -VPC), no requieren tal autorización, pero sí la individualización de los avales correspondientes a las cantidades percibidas en cada contrato formalizado.

      El incumplimiento de la condiciones expuestas impedirá la firma y el visado de los contratos que presenten los promotores.

    4. INFORME-MEMORIA

      El plazo máximo para presentar el informe-memoria, cuyo contenido ha de incluir los contratos de compraventa para su posterior visado por la Administración, es de 1 mes desde la remisión del primer listado de demandantes, plazo que se reitera en el supuesto de solicitud de un segundo listado si quedaron viviendas vacantes.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Solicitar lista de demandantes

    También puedes

    Actualizar lista de demandantes

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Promoción y Financiación de la Vivienda

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES

    Código: 201053389

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Inscribirse en cursos y actividades que se realicen en el Centro Deportivo Langreo.

    Requisitos

    1. Ser persona física.

    2. Cumplir con los requisitos específicos de cada curso y actividad (Ver Más información).

    Te interesa saber

    1. USO DE LAS INSTALACIONES

      • El acceso a cualquier actividad o curso, será como máximo con 15 minutos de antelación a la hora programada. En caso de cursillistas menores 8 años, solo se permitirá el acceso de un acompañante.
      • Para la utilización de las taquillas guardarropa, deberá venir provisto de un pequeño candado para su cierre.
    2. DEVOLUCIÓN DE LAS INSCRIPCIONES

      • No se devolverá el importe de ninguna inscripción, salvo que el curso o actividad no se realice por causas imputables a la Instalación. (Art. 22 del Decreto Legislativo 1/1998, BOPA de 26 de junio de 1998).
      • La programación podrá sufrir alguna modificación, según demanda y monitores disponibles

    Plazo de solicitud

    Todo el año Como norma general, las inscripciones se realizarán en la segunda quincena del mes anterior al comienzo de la correspondiente actividad. Las fechas exactas pueden consultarse en el apartado "Programación".

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Iniciar solicitud

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Planificación y Promoción del Deporte

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

    Código: 201053400

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comprar un bono para utilizar las instalaciones del Centro Deportivo Langreo.

    Requisitos

    1.Ser persona física.

    Necesitas

    1. Para realizar el pago, número de la tarjeta de crédito y fecha de caducidad.

    Te interesa saber

    1. VALIDEZ

      Los bonos tendrán una validez de tres meses naturales contados a partir de su adquisición. Solamente se ampliará la fecha de caducidad por el número de días en que, en su caso, la instalación correspondiente no haya podido utilizarse por causas imputables al Centro.

    2. USO DE BONOS

      Los bonos trimestrales son personales e intransferibles. Los bonos de 15 usos podrán se utilizados por cualquier persona que cumpla con las condiciones exigidas para cada tipo de bono y así lo acredite al acceder a la instalación.

    3. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA

      En cuanto a la documentación para comprobación de identidad y demás circunstancias determinantes de los distintos precios, únicamente será válido el documento nacional de identidad, tarjeta de residencia, pasaporte, permiso de conducir, libro de familia, carné joven, y en su caso, documentación acreditativa de discapacidad.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Iniciar solicitud

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Planificación y Promoción del Deporte

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

    Código: 201053434

    Más información

  • Información

    Consiste en

    Obtener las siguientes habilitaciones o carnés como instalador autorizado:

    Para más información sobre este tema

    Servicio de Fluidos y Metrología
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201053533

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.