Ayudas PAC: Asociada para las explotaciones de vacuno de leche

Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administración

Tramita por Internet

Consiste en

Ayuda asociada para los titulares de explotaciones de ganado vacuno de leche.

Son ayudas independientes de la posesión de derechos de pago básico.

Requisitos

  1. Requisitos generales:

    • Los animales deberán estar correctamente identificados y registrados en base a la normativa vigente.
    • Para cumplir los animales con los requisitos de identificación y registro , estos tienen que cumplirse en las siguientes fechas:
      • El 1 de enero del año de solicitud para las ayudas vaca nodriza,vacuno de leche, ovino y caprino
      • El 1 de octubre del año anterior al de la solicitud para las ayudas de vacuno de cebo.
    • La explotación a la que pertenezcan los animales deberá estar registrada en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).
    • La titularidad de la explotación debe mantenerse durante las fechas en que se determina la elegibilidad de los mismos y en todo caso has la fecha final del plazo de solicitud de cada año.
    • El solicitante debe cumplir el requisito de agricultor activo.
    • Ningun animal podrá recibir más de una ayuda asociada.
  2. La explotación de bovino tiene que cumplir:

    • Ser del tipo : ?producción y reproducción? o tipo ?pasto?. En el primer caso, a nivel de subexplotación deberán tener clasificación zootécnica de ?reproducción para producción de leche? o "reproducción para producción mixta? o ?recría de novillas?.

    A efectos de determinar la elegibilidad de los animales, se tendrán en cuenta los animales localizados en movimientos temporales a pastos, ferias y mercados, siempre que hubieran sido convenientemente notificados al sistema SITRAN.

    • Deberá haber realizado entregas de leche a primeros compradores, al menos, durante 6 meses en el periodo comprendido entre el 1 de octubre del año anterior a la solicitud y el 30 de septiembre del año de solicitud o haber presentado la declaración de ventas directas en este último año con cantidades vendidas.
  3. Los animales elegibles son:

    • Hembras bovinas de aptitud láctea pertenecientes a alguna de las razas lecheras enumeradas en la normativa, o a aquellas razas que la autoridad competente en la materia determine como de aptitud eminentemente láctea, de edad igual o mayor a 24 meses a 30 de abril del año de la solicitud y que se encuentren inscritas en el Registro General de Identificación de Animales (RIIA).
    • Los animales deberán estar presentes en la explotación en cuatro comprobaciones que se realizarán en las siguientes fechas: 1 de enero, 30 de abril y dos fechas intermedias que se establecerán mediante resolución, iguales para toda España.

Necesitas

  1. Ficha de acreedores.

  2. Certificado Digital oDNI electrónico

Te interesa saber

  1. LÍNEAS DE SUBVENCIÓN

    • Ayuda destinada a las explotaciones situadas en la región España peninsular.
    • Ayuda destinada a las explotaciones situadas en la región insular y zonas de montaña.
  2. IMPORTE

    El importe de las ayudas por animal en cada una de las dos regiones establecidas será:

    • El importe completo de la ayuda para los 75 primeros animales elegibles
    • El 50% del importe completo para los siguientes animales elegibles en la explotación.
  3. CUANTÍA APROXIMADA

    • Primeras 75 vacas: 119? por cabeza.
    • Vacas distintas de las primeras 75: 60? por cabeza.

Plazo de solicitud

Desde:

20/03/2017

Hasta:

02/05/2017 Se admitirán solicitudes de ayudas hasta 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo establecido, pero su importe se reducirá en un 1% por cada día hábil de retraso, salvo fuerza mayor.

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Realiza el trámite desde aquí.

Iniciar solicitud

Te respondemos mediante

  1. Por SMS
  2. Notificación por correo ordinario
  3. BOPA
  4. Internet: La lista de beneficiarios se publicará en la página web del FEGA

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Gestión de Ayudas a Explotaciones

Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

Código: 201053305

Más información


Oficinas de la administración

Instituto Nacional de Silicosis

Calle La Minería 1, 33011, Oviedo

Tel. 985108009

Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana

Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo

Consejería de Empleo, Industria y Turismo

Plaza España 1, 33007, Oviedo

Servicio de Salud del Principado de Asturias

Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo

Consejería de Servicios y Derechos Sociales

Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"

Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

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