Solicitud de autorización de proyectos con animales de experimentación

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Consiste en

Realizar la solicitud de autorización de proyectos en los que se van a realizar procedimientos experimentales con animales.

Requisitos

  1. Los procedimientos de experimentación animal se llevarán a cabo en centros usuarios autorizados, salvo autorización del órgano competente.

  2. Se seguirán los principios de reemplazo, reducción y refinamiento y cumplirán con lo establecido en la normativa.

  3. Los proyectos deberán ser previamente informados favorablemente por el comité ético del centro y evaluados por un órgano habilitado.

Necesitas

  1. Propuesta del proyecto que incluirá una clasificación del mismo conforme al art. 31 (tipo I, II o III).

  2. Informe del comité ético del centro.

    (No será necesario en los casos en los que el órgano habilitado que realiza la evaluación del proyecto sea el comité ético del centro usuario donde se va a realizar).

  3. Copia de la solicitud de evaluación del proyecto dirigida a un órgano habilitado elegido que cumplirá los requisitos del art 43.

    La autorización del proyecto no podrá realizarse hasta que no se reciba en esta unidad el resultado de esta evaluación. Podrá ser sustituida por el informe de evaluación positiva, si esta ya ha sido realizada.

  4. Memoria con la siguiente información:

    • Identificación del usuario y establecimiento en el que se llevarán a cabo los procedimientos del proyecto.
    • Responsable del proyecto indicado en el artículo 32.3 de este Real Decreto.
    • Visto bueno del responsable administrativo del centro usuario.
    • Relevancia y justificación de lo siguiente:
      • Utilización de animales, incluyendo su origen, número estimado, especies y etapas de vida.
      • Procedimientos.
    • Aplicación de métodos para reemplazar, reducir y refinar el uso de animales en procedimientos.
    • Uso de anestésicos, analgésicos y otros medios para aliviar el dolor.
    • Medidas para reducir, evitar y aliviar cualquier forma de sufrimiento de los animales a lo largo de toda su vida, cuando proceda.
    • Uso de puntos finales humanitarios.
    • Estrategia experimental o de observación y modelo estadístico para reducir al mínimo el número de animales utilizados, el dolor, sufrimiento, angustia y el impacto ambiental, cuando proceda.
    • Reutilización de animales y su efecto acumulativo sobre el animal.
    • Propuesta de clasificación de los procedimientos en función de su severidad.
    • Medidas para evitar la repetición injustificada de procedimientos, en su caso.
    • Condiciones de alojamiento, zootécnicas y de cuidado de los animales.
    • Métodos de eutanasia.
    • Capacitación de las personas que participan en el proyecto.
  5. Resumen no técnico:

    • Deberá detallar el número total de animales a emplear.
    • En un punto del resumen, nombre del centro usuario.
  6. Certificado Digital oDNI electrónico

Te interesa saber

  1. SOLICITUD

    Esta solicitud afecta a los investigadores responsables de los proyectos y a los centros usuarios dónde se desarrollan.

  2. MARCO DE LOS PROYECTOS A EVALUAR - CODIFICACIÓN

    1. Investigación fundamental
    2. Investigación traslacional o aplicada
      • 2.1. Enfs humanas
      • 2.2. Enfs animales
      • 2.3. Enfs de plantas
      • 2.4. Diagnóstico enfs
      • 2.5. Bienestar animal
      • 2.6. Toxicología y ecotoxicología no reglamentaria
    3. Desarrollo y la fabricación de productos farmacéuticos, alimentos, piensos y otras sustancias
    4. La protección del medio natural en interés de la salud o el bienestar de los seres humanos o los animales
    5. La investigación dirigida a la conservación de las especies
    6. La enseñanza superior o la formación
    7. La medicina legal y forense

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Iniciar solicitud

Te respondemos mediante

1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo: Se acusará recibo de todas las solicitudes de habilitación. En caso de una solicitud incompleta o incorrecta, se informará al solicitante de la necesidad de subsanar su solicitud y de los plazos para ello. Se resolverá y notificará en el plazo establecido. Órgano responsable: DG de Ganadería Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales.

En el plazo de 40 días.

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Sanidad y Producción Animal

Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

Código: 201400038

Más información


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Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

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