Gobierno de Canarias

  • ## Resumen Este trámite permite obtener un informe de los periodos en los que has estado inscrito como demandante de empleo en el Servicio Canario de Empleo. Puedes seleccionar un rango de fechas para el informe. Quién puede usar este servicio: * Ciudadanos ## Lo que necesitas * No se exigen requisitos previos. * El trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo 1. Accede al Trámite electrónico. 2. Selecciona el rango de fechas deseado. ## Después de hacerlo * El informe se genera electrónicamente. * No cabe recurso contra la emisión del informe. ## Ayuda * ¿Necesita ayuda? * Enlaces de interés: * Otros informes

  • ## Resumen Este trámite permite a las entidades certificadoras informar al Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA) sobre los controles y certificaciones que realizan en el ámbito de las figuras de calidad diferenciada. Quién puede usar este servicio: * Pymes y grandes empresas con tareas de control y certificación delegadas. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Informe de operadores sometidos a control. * Informe sobre aspectos del control y certificación realizado a requerimiento de la autoridad competente. * Informe de operadores. * Informe de volúmenes. * Informe sobre incumplimientos que puedan dar lugar a la retirada o suspensión de la certificación. * Informe sobre posible infracción administrativa cometida por un operador sometido a control y certificación por la entidad. Costes y plazos: * Este trámite es gratuito. * La presentación debe realizarse semestralmente o a requerimiento del ICCA. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Accede a la sede electrónica del Gobierno de Canarias. 3. Completa el formulario electrónico con la información requerida. 4. Adjunta la documentación necesaria en los formatos aceptados (formatos de documentos aceptados). 5. Presenta la solicitud. Plazos de presentación: * De forma periódica: semestralmente en los 30 días naturales desde el vencimiento del semestre. * De forma puntual, a requerimiento del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, y en 10 días naturales cuando se detecten incumplimientos que puedan dar lugar a la retirada o suspensión de la certificación. ## Después de hacerlo * El órgano encargado de resolver es el Servicio de Control y Certificación. * El plazo máximo de resolución es de 3 meses. * Si no se recibe respuesta en el plazo indicado, se entenderá que la solicitud ha sido estimada (silencio administrativo estimatorio). ## Ayuda * Órgano que tramita: Servicio de Control y Certificación. * Contacto: A través de la sede electrónica. ### Normativa * Ley 6/2019, de 9 de abril, de Calidad Agroalimentaria. * Decreto 9/2010, de 4 de febrero, por el que se modifica el Decreto 79/2003, de 12 de mayo, por el que se regula el sistema agrícola de producción integrada de Canarias. (BOC nº 34, de 19.02.2010) * Decreto 79/2003, de 12 de mayo, por el que se regula el sistema agrícola de producción integrada de Canarias. (BOC nº 101, de 28.05.2003) * Decreto 39/2016, de 25 de abril. Procedimiento para delegar tareas de control y certificación en organismos que realicen certificación de producto de denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas.

  • ## Resumen Este trámite permite a la Administración Local solicitar la emisión de informes en el trámite de consulta de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales de los Espacios Naturales Protegidos, según lo establecido en el artículo 113 de la Ley 4/2017. ## Cómo hacerlo El trámite se puede realizar de forma electrónica o presencial: * **Electrónico:** A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. * **Presencial:** En las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en los registros regulados por la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Es necesario presentar la solicitud y la documentación requerida en los formatos de documentos aceptados. ## Quién tramita El Servicio Jurídico de Ordenación del Suelo Rústico y Espacios Naturales Protegidos es el encargado de tramitar y resolver este procedimiento. ## Plazos El plazo de resolución es de 1 mes. El silencio administrativo no tiene efectos positivos ni negativos. ## Recursos No cabe recurso contra la resolución de este trámite. ## Normativa Este trámite se rige por la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

  • ## Resumen Este trámite permite obtener un informe durante el proceso de consulta de planes y normas para Espacios Naturales Protegidos, según lo establecido en el artículo 113 de la Ley 4/2017. Quién puede usar este servicio: * Administración Local ## Cómo hacerlo El trámite se puede iniciar a instancia del interesado. ### Medios de presentación * **Electrónico:** A través de la sede electrónica. * **Presencial:** En las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en los registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. ### Documentación necesaria * Solicitud. * Documento técnico. La documentación debe presentarse en los formatos de documentos aceptados. ### Plazo de presentación * Todo el año. ## Quién tramita y resuelve * **Órgano que tramita:** Dirección General de Ordenación del Territorio * **Órgano que resuelve:** Dirección General de Ordenación del Territorio * **Plazo de resolución:** De 45 días a 2 meses. * **Efectos del silencio administrativo:** No tiene. * **Recursos:** No cabe recurso. ## Normativa aplicable * Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. ## Códigos identificativos * **SICAC:** 5317 * **SIA:** 2082455

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar un informe previo para proyectos de obra en centros de atención a personas en situación de dependencia. El objetivo es asegurar que los proyectos cumplen con la normativa vigente en Canarias. Quién puede usar este servicio: * Ciudadanos * Empresas * Administraciones ## Lo que necesitas * Documentación del proyecto de obra. * Cumplir con los requisitos técnicos y normativos. ## Cómo hacerlo 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios para el proyecto. 2. **Acceder a la sede electrónica:** Entra en la sede electrónica del Gobierno de Canarias. 3. **Presentar la solicitud:** Completa el formulario y adjunta la documentación. ## Después de hacerlo * La administración revisará la solicitud. * Se emitirá un informe sobre la adecuación del proyecto. * Plazo de resolución: 3 meses. ## Ayuda * Órgano que tramita: Servicio de inspección y registro de centros * ¿Necesita ayuda? * Web de la Consejería

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar un informe de compatibilidad con el planeamiento urbanístico en Canarias. Este informe es necesario para asegurar que un proyecto cumple con la normativa vigente en materia de suelo y espacios naturales protegidos. Quién puede usar este servicio: * Administraciones Públicas * Particulares interesados ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Solicitud * Memoria técnica * Proyecto técnico La documentación debe presentarse en los formatos de documentos aceptados. Costes y plazos: * Este trámite no tiene coste. * El plazo de resolución es de 20 días. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Preparar la documentación requerida: solicitud, memoria técnica y proyecto técnico. 2. Presentar la documentación: * Electrónicamente: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. * Presencialmente: En las oficinas correspondientes. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * Se emitirá un informe de compatibilidad. * El silencio administrativo no tiene efectos positivos. * No cabe recurso contra la resolución. ## Ayuda * Contacto: Área: Servicio Jurídico Administrativo de Planeamiento Territorial * Normativa: Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias * ¿Necesita ayuda?: Contacto

  • Objeto

    • Informar al interesado a efectos de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados y sobre Sucesiones y Donaciones del valor de los bienes inmuebles que vayan a ser objeto de adquisición o transmisión.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Podrá solicitar el informe el propietario del bien o su representante.
    Tasas:
    (126) Tasa por la emisión de informe sobre el valor a efectos fiscales de bienes inmuebles.
    • (1) Viviendas, locales, oficinas, garajes, trasteros, naves, almacenes y suelos rústicos.
    • (2) Solares y terrenos sin edificar
    • (3) Otros bienes inmuebles

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Solicitud
      • Justificante del abono de las tasas
      • Copia del DNI vigente del solicitante y del propietario del inmueble.
      • Copia de la nota simple informativa del Registro de la Propiedad, actualizada a la fecha de esta solicitud o certificado de inscripción negativa en caso de que el bien no esté inscrito.
      • Fotografías de la fachada de las construcciones que documenten su estado de conservación y calidad de materiales.
      • Cualquier otra documentación que a juicio del solicitante afecte a la valoración.
      • En caso de sucesión.
        • Copia del Certificado de Defunción del propietario titular del bien.

        • Copia del Testamento o de la declaratoria de herederos
      • En caso de que el propietario sea una Sociedad
        • Copia del poder vigente de representación de la Sociedad al solicitante.

        • Fotocopia del CIF de la empresa.
      • En caso de bienes urbanos
        • Copia del último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles del bien a valorar y su referencia catastral.
      • En caso de bienes rústicos:
        • Referencia catastral y datos catastrales que pueden obtenerse en www.sedecatastro.gob.es
      • En caso de solar, parcela urbana, parcela urbanizable o suelo rústico de asentamiento rural o agrícola:
        • Certificado o informe urbanístico municipal con plano se situación.
      • En caso de ruina:
        • Declaración municipal de estado de ruina.

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    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Dependencia de Valoración

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dependencia de Valoración
      Plazo de resolución:
      Plazo estimado para emitir informe: 3 semanas.
      Este plazo empieza a contar desde el momento en que la documentación está completa. El plazo es variable en función de la complejidad del bien y de la necesidad de inspección del técnico.
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      No tiene
      Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • Unidad administrativa gestora: 1.-Dependencia de Valoración de Las Palmas y de S/C de Tenerife. 2.- Oficinas de Atención Tributaria. 3.-Delegaciones Tributarias Insulares.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      ORDEN de 15 de mayo de 2018, por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de la liquidación de los hechos imponibles del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que se devenguen desde la entrada en vigor de la presente Orden hasta el día 31 de diciembre de 2018, se establecen las reglas para la aplicación de los mismos y se publica la metodología seguida para su obtención.

      Orden, 8 febrero 2019, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de la liquidación de los hechos imponibles del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que se devenguen desde la entrada en vigor de la presente Orden hasta el día 31 de diciembre de 2019, se establecen las reglas para la aplicación de los mismos y se publica la metodología seguida para su obtención.

      Normativa estatal

      Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (BOE Nº 302, de 18.12.2003). Artículos 34.1.n y 90.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1145
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220733

  • ## Resumen Este trámite permite a los ciudadanos realizar ingresos no tributarios a la Comunidad Autónoma de Canarias a través del formulario modelo 800. El proceso es completamente electrónico. Quién puede usar este servicio: * Ciudadanos Antes de empezar: * No se exigen requisitos previos. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Acceder al Trámite electrónico. 2. Completar el formulario con la información requerida. 3. Presentar la documentación necesaria en los formatos aceptados. Medios de presentación: * Electrónico Plazo de presentación: * Todo el año ## Ayuda * ¿Necesita ayuda? ## Información Adicional * Grado de administración electrónica: Nivel 4 (Tramitación electrónica completa) * No se publica en la Ventanilla Única Europea. * Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado: No tiene. * Recursos: No cabe recurso. ### Quién tramita * Órgano que tramita: Agencia Tributaria Canaria ### Normativa * Pendiente cumplimentar por la unidad ### Códigos identificativos * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 4029 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 220477

  • ## Resumen Este trámite permite inscribirse en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias. La inscripción es necesaria para participar en los procedimientos de adjudicación de viviendas protegidas, tanto de promoción pública como privada, y para la subrogación en contratos de alquiler de viviendas protegidas de promoción pública. **Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos para acceder a una vivienda protegida. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud * Documentación acreditativa de la identidad (DNI, NIE o pasaporte). * Certificado de empadronamiento. * Contrato laboral. * Certificado de convivencia. * Justificante de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar. * Documentación sobre la necesidad de vivienda y el patrimonio familiar. * Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas. * Cesión de datos. * Certificación catastral de los bienes de la unidad familiar. * Certificado de reconocimiento de discapacidad (si aplica). * Demanda por violencia de género admitida a trámite (si aplica). * Certificado de emigrante retornado (si aplica). **Requisitos previos:** * Ser mayor de edad. * Tener ingresos ponderados dentro de los límites establecidos (hasta 1,5 veces el IPREM para alquiler y hasta 2,5 veces el IPREM para venta). * Ningún miembro de la unidad familiar debe ser beneficiario de una vivienda protegida, salvo excepciones. * Ningún miembro de la unidad familiar debe ser propietario o arrendatario de una vivienda libre, ni titular de derechos sobre la misma, salvo excepciones. * El patrimonio de la unidad familiar no debe superar el 50% del precio máximo de venta de una vivienda protegida de promoción pública de 68 m2. * Haber residido ininterrumpidamente en Canarias durante al menos siete años antes de la solicitud, o quince años de forma interrumpida (no aplica a emigrantes retornados). * El titular de la unidad familiar debe residir o trabajar ininterrumpidamente en el municipio donde solicita la inscripción. * Para viviendas de promoción privada, no ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute de una vivienda protegida o libre. * Ser residente en algún municipio de Canarias. **Costes y plazos:** El trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud y la documentación en las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en otros registros permitidos por la Ley 39/2015. **Medios de presentación:** * Presencial: Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. **Plazo de presentación:** Todo el año. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** La administración revisará la solicitud y la documentación. **Plazos de resolución:** El plazo máximo para resolver es de 6 meses. **Efectos del silencio administrativo:** Si transcurren 6 meses y no has recibido respuesta, se considera que la solicitud ha sido estimada. **Recursos:** Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso de alzada. ## Ayuda **Contacto:** Unidad de Apoyo del Director/a del Instituto Canario de Vivienda **Normativa:** * Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda * ORDEN de 24 de septiembre de 2009, por la que se regula el régimen de inscripción, funcionamiento y estructura del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias. (BOC nº 198 de 08/10/2009) * Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Objeto

    • 1. Posibilitar a los interesados adquirir la condición de demandante de vivienda protegida para luego poder participar en los procedimientos de adjudicación de vivienda protegidas de promoción publica o acceder a una vivienda de promoción privada ya sea, en régimen de alquiler o en compraventa.
    • Constituye igualmente requisito para la subrogación en los contratos de arrendamiento de viviendas protegidas de promoción pública.
    • 2.Proporcionar a las Administraciones Públicas Canarias información actualizada de la demanda de vivienda protegida existente en las Islas.
    • 3. Proporcionar a los promotores de viviendas protegidas, Organismos Autónomos, y empresas públicas de la Comunidad Autónoma o de las Administraciones Locales dedicados a la promoción de viviendas protegidas, los datos de los demandantes de vivienda en los términos del artículo 13 de la Orden de 24 de septiembre de 2009.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • 1. Para inscribirse como demandante de vivienda de promoción pública, el solicitante debe reunir los siguientes requisitos a la fecha de la solicitud:
    • a) Que se ostente la mayoría de edad.
    • b) Que con ingresos ponderados de la unidad familiar, se hallen comprendidos en los siguientes intervalos de renta:
    • - Hasta 1,5 veces el IPREM para viviendas en régimen de alquiler.
    • - Hasta 2,5 veces el IPREM para viviendas en régimen de venta.
    • d) Que ninguno de los miembros de la unidad familiar sea beneficiario de una vivienda protegida, salvo que, apreciándose alguno de los supuestos relacionados en los puntos 1 al 5 del artículo 3 del decreto 138/2007,de 24 de mayo.
    • e) Que ninguno de los miembros de la unidad familiar sea propietario o arrendatario de una vivienda libre, ni titular de un derecho real de uso y disfrute, o de opción de compra sobre la misma, en este último caso solo cuando este derecho se configure con carácter real y se halle inscrito en el registro correspondiente.( salvo que, concurran alguno de los supuestos relacionados en los puntos 1 al 6 del artículo 3 del decreto 138/2007)
    • f) Que el valor del patrimonio de la unidad familiar, salvo que constituya la única fuente de ingresos de la misma, no supere el 50% del precio máximo de venta en primera transmisión de una vivienda protegida de promoción pública con una superficie útil de 68 m2.
    • g) Haber residido ininterrumpidamente en la Comunidad Autónoma de Canarias con, al menos, siete años de antelación a la fecha de la solicitud de inscripción o bien quince años cuando dicha residencia hubiese sido de forma interrumpida. Este requisito no será de aplicación a los emigrantes retornados.
    • h) Que el titular de la unidad familiar resida o trabaje ininterrumpidamente en el municipio donde solicita la inscripción.
    • 2. Para inscribirse como demandante de vivienda de promoción privada debe reunir los siguientes requisitos:
    • - No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute de una vivienda protegida o libre en los términos establecidos en las normas reguladoras de los Planes de Vivienda de Canarias que se halle vigente al momento de la solicitud.
    • - Tener la condición de residente en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Canarias.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • según corresponda
      • Certificado de empadronamiento
      • Contrato laboral
      • Certificado de convivencia
      • Ingresos de todos los miembros de la unidad familiar
      • Necesidad de vivienda y sobre el patrimonio de la unidad familiar
      • Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas
      • Cesión de datos
      • Certificación catastral relativa a los bienes de la unidad familiar.
      • Certificado de reconocimiento de discapacidad
      • Demanda por violencia de género admitida a trámite
      • Certificado acreditativo de la condición de emigrante retornado

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    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Unidad de Apoyo del Director del Instituto Canario de Vivienda

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda

      ORDEN de 24 de septiembre de 2009, por la que se regula el régimen de inscripción, funcionamiento y estructura del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias. (BOC nº 198 de 08/10/2009)

      Normativa estatal

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2806
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220974

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