Informe de operadores sometidos a control de entidades certificadoras con controles delegados
Información Rápida
Objetivo
Informar al Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria sobre el control y certificación de productos con figuras de calidad diferenciada, cuando estas tareas han sido delegadas a entidades certificadoras.
¿Quién puede solicitarlo?
Pymes y grandes empresas que operan con figuras de calidad diferenciada y tienen delegadas tareas de control y certificación.
Requisitos principales
- No se exigen requisitos previos.
Plazos
De forma periódica: semestralmente en los 30 días naturales desde el vencimiento del semestre. De forma puntual: en 10 días naturales cuando se detecten incumplimientos que puedan dar lugar a la retirada o suspensión de la certificación.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
La presentación de informes puede ser periódica (semestral) o puntual (a requerimiento del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria).
Resumen
Este trámite permite a las entidades certificadoras informar al Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA) sobre los controles y certificaciones que realizan en el ámbito de las figuras de calidad diferenciada.
Quién puede usar este servicio:
- Pymes y grandes empresas con tareas de control y certificación delegadas.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Informe de operadores sometidos a control.
- Informe sobre aspectos del control y certificación realizado a requerimiento de la autoridad competente.
- Informe de operadores.
- Informe de volúmenes.
- Informe sobre incumplimientos que puedan dar lugar a la retirada o suspensión de la certificación.
- Informe sobre posible infracción administrativa cometida por un operador sometido a control y certificación por la entidad.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- La presentación debe realizarse semestralmente o a requerimiento del ICCA.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Accede a la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
- Completa el formulario electrónico con la información requerida.
- Adjunta la documentación necesaria en los formatos aceptados (formatos de documentos aceptados).
- Presenta la solicitud.
Plazos de presentación:
- De forma periódica: semestralmente en los 30 días naturales desde el vencimiento del semestre.
- De forma puntual, a requerimiento del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, y en 10 días naturales cuando se detecten incumplimientos que puedan dar lugar a la retirada o suspensión de la certificación.
Después de hacerlo
- El órgano encargado de resolver es el Servicio de Control y Certificación.
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
- Si no se recibe respuesta en el plazo indicado, se entenderá que la solicitud ha sido estimada (silencio administrativo estimatorio).
Ayuda
- Órgano que tramita: Servicio de Control y Certificación.
- Contacto: A través de la sede electrónica.
Normativa
- Ley 6/2019, de 9 de abril, de Calidad Agroalimentaria.
- Decreto 9/2010, de 4 de febrero, por el que se modifica el Decreto 79/2003, de 12 de mayo, por el que se regula el sistema agrícola de producción integrada de Canarias. (BOC nº 34, de 19.02.2010)
- Decreto 79/2003, de 12 de mayo, por el que se regula el sistema agrícola de producción integrada de Canarias. (BOC nº 101, de 28.05.2003)
- Decreto 39/2016, de 25 de abril. Procedimiento para delegar tareas de control y certificación en organismos que realicen certificación de producto de denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas.