Gobierno de Aragón

  • ## Resumen Este trámite permite a empresas y autónomos solicitar ayudas para proyectos de creación artística, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria. **Quién puede usar este servicio:** Empresas y autónomos con residencia fiscal en Aragón. **Antes de empezar:** Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria para la solicitud. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Acreditación personalidad entidad: Original o copia compulsada, fotocopia del documento de identificación fiscal (NIF) correspondiente. En su caso, escritura pública o documento de constitución de la empresa. * Acreditación representación solicitante: Original o copia compulsada que acredite representante conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: Documento nombramiento representante, fotocopia del NIF del representante o autorización a la Dirección General de Cultura y Patrimonio para acceder a la consulta o verificación de NIF o documento acreditativo equivalente en el caso de extranjeros, a través de medios electrónicos. En caso de no consentir realización de esta consulta, deberá indicarlo expresamente y aportar los documentos exigidos en esta convocatoria. * Declaración prohibiciones: No estar incurso en prohibiciones para obtener condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo I). * Declaración Hacienda: No tener deuda pendiente con Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, en línea con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón. * Declaración actividad: Cumplimiento y realización de actividad en subvenciones anteriormente concedidas para mismo destino y finalidad por Administración Comunidad Autónoma, Organismos autónomos y entidades de Derecho Público, Fundaciones, Consorcios y sociedades mercantiles integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma. En caso de no haber recibido ninguna ayuda por parte de estas entidades, manifestarlo en una declaración responsable (Anexo I). * Declaración ayudas: Subvenciones, ayudas e ingresos, concedidos o en trámite de concesión por cualquier administración, entidades públicas o privadas, nacionales o de la Unión Europea o de organismos internacionales, relativas a la misma actividad, indicando la cuantía y procedencia (Anexo I). * Declaración ayudas minimis: Percibidas por solicitante en el ejercicio fiscal actual y en los dos anteriores (Anexo I). * Declaración legislación: Legislación medioambiental en relación con el tratamiento de los residuos. * Declaración sanciones: No haber sido sancionado por autoridad laboral competente. * Ficha terceros: Número de cuenta en el que deba efectuarse el ingreso de la subvención en caso de no haberla aportado antes. * Memoria actividad: Plazo estimado de ejecución de la misma, especificando su ámbito territorial de actuación y repercusión cultural. Deberá incluir una relación de personas, técnicos o empresas que tengan participación en el proyecto y que cuenten con vecindad administrativa en Aragón. También deberá hacer constar los medios técnicos necesarios para realizar la actividad. * Presupuesto actividad: IVA desglosado detallando gastos en la ejecución. * Presupuesto ingresos: Plan de financiación (aportaciones entidad o de otras). * Certificado Censo: Censo de Actividades Económicas de la Agencia Tributaria que acredite su alta en los epígrafes relacionados con la creación artística. Alta impuesto de actividades económicas y último recibo del mismo. * Acreditación trayectoria: Trayectoria y experiencia del solicitante en proyectos de creación o residencias artísticas llevados a cabo en los últimos cinco años. **Requisitos previos:** * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Tener residencia fiscal en Aragón. * Cumplir con los requisitos específicos de la convocatoria. **Costes y plazos:** * El plazo de presentación fue del 07/09/2017 al 16/09/2017. * La cuantía máxima de la subvención es de 10.000 euros. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Descargar el formulario de solicitud desde el enlace proporcionado: [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=1933) 2. Completar y firmar el formulario. 3. Reunir la documentación requerida. 4. Solicitar cita previa en una oficina de información y registro: [Localiza tu oficina más cercana](https://www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion), [Pedir cita previa](https://citaprevia.aragon.es) 5. Presentar el formulario y la documentación en la oficina. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La administración revisará la solicitud y la documentación. * Si falta información, se requerirá la subsanación del trámite: [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/1933) * Se pueden realizar alegaciones o aportar documentación adicional: [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/1933) **Plazos de resolución:** * El plazo máximo de resolución es de 6 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria. * Si no se resuelve en este plazo, se puede considerar silencio administrativo: [Saber más sobre el silencio administrativo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24) ## Ayuda **Contacto:** * Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) **Recursos adicionales:** * Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica: [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica: [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * [976 289 414](tel:+976289414). De lunes a viernes de 8:00 a 18:00. * [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) **Más información:** * Órgano responsable: DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA **Normativa:** * [Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones](http://www.boe.es/boe/dias/2003/11/18/pdfs/A40505-40532.pdf) * [Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones](http://www.boe.es/boe/dias/2006/07/25/pdfs/A27744-27775.pdf) * [Ley 5/2015, de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=847747263333) * [Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=961853624646) * [Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=899365624848) * [Orden ECD/763/2017, de 31 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=966548444545) * [Orden ECD/1263/2017, de 25 de agosto, por la que se convocan ayudas a la creación artística para el ejercicio 2017 dirigidas a empresas y autónomos](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=978251383333)

  • ## Resumen Este trámite permite a fundaciones y asociaciones solicitar ayudas para la creación artística en la Comunidad Autónoma de Aragón. **Quién puede usar este servicio:** * Fundaciones y asociaciones inscritas en los registros correspondientes de la Comunidad Autónoma de Aragón. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria. * Reúne toda la documentación necesaria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud. * Acreditación de la personalidad jurídica de la entidad solicitante (NIF, inscripción en registros, estatutos). * Acreditación del representante de la entidad (acta de la junta directiva, NIF del representante). * Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para recibir subvenciones. * Declaración responsable del cumplimiento de la actividad en subvenciones anteriores. * Declaración de subvenciones, ayudas e ingresos recibidos o en trámite para la misma actividad. * Declaración de ayudas MINIMIS recibidas en los últimos tres ejercicios fiscales. * Ficha de terceros con el número de cuenta para el ingreso de la subvención. * Memoria descriptiva de la actividad para la que se solicita la subvención. * Presupuesto detallado de la actividad, con desglose del IVA. * Presupuesto de ingresos que explique el plan de financiación. * Documentación que acredite la trayectoria y experiencia del solicitante en proyectos de creación artística en los últimos 5 años. **Requisitos previos:** * Estar legalmente constituido como fundación o asociación. * Estar inscrito en los registros correspondientes de la Comunidad Autónoma de Aragón. * Cumplir con los requisitos específicos de la convocatoria. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * El plazo de presentación fue del 07/09/2017 al 16/09/2017. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Descarga el formulario de solicitud desde este enlace: [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=1932) 2. Completa y firma el formulario. 3. Reúne toda la documentación requerida. 4. Solicita cita previa en una de las oficinas de información y registro: [Localiza tu oficina más cercana](https://www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion), [Pedir cita previa](https://citaprevia.aragon.es) 5. Presenta el formulario completo y la documentación en la oficina. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La administración revisará la solicitud y la documentación presentada. * Si falta información, se te requerirá para que la subsanes. * Se evaluarán las solicitudes y se resolverá la concesión de las ayudas. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo para resolver es de 6 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria. **Siguientes pasos:** * Si la solicitud es aprobada, recibirás la ayuda económica. * Deberás justificar el uso de la ayuda según lo establecido en la convocatoria. ## Ayuda **Contacto:** * Servicio de Información y Registro: * Teléfono: [976 714 000](tel:+976714000) (lunes a viernes de 9:00 a 14:00) * Correo electrónico: [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) **Recursos adicionales:** * Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica: [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica: [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * Teléfono: [976 289 414](tel:+976289414) (lunes a viernes de 8:00 a 18:00) * Correo electrónico: [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * Formulario de Solicitud de Soporte Técnico: [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) ## Más información **Órgano responsable:** * DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA **Normativa:** * [Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones](http://www.boe.es/boe/dias/2003/11/18/pdfs/A40505-40532.pdf) * [Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones](http://www.boe.es/boe/dias/2006/07/25/pdfs/A27744-27775.pdf) * [Ley 5/2015, de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=847747263333) * [Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=961853624646) * [Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=899365624848) * [Orden ECD/763/2017, de 31 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=966548444545) * [Orden ECD/1262/2017, de 25 de agosto, por la que se convocan ayudas a la creación artística para el ejercicio 2017 dirigidas a fundaciones y asociaciones](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=978249363232)

  • ## Resumen Este trámite ofrece ayudas para modernizar las infraestructuras de las artes escénicas y musicales en Aragón, promoviendo la dinamización cultural y la cohesión territorial. **Quién puede usar este servicio:** Titulares de infraestructuras de artes escénicas o musicales ubicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir con los requisitos establecidos. * Reúne toda la documentación necesaria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * NIF, escritura pública o documentos de constitución (en caso de empresas). * Certificado actualizado de AEAT (en caso de empresas). * Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones. * NIF, inscripción en Registro de Asociaciones o Fundaciones y estatutos (en caso de Asociaciones o Fundaciones). * Documento que acredite la representación. * Presupuesto de la actuación (desglosado por partida y sin IVA). * Presupuesto de ingresos (plan de financiación con aportaciones del solicitante e ingresos públicos/privados). * Memoria de la actuación (proyecto y cronograma). * Declaraciones responsables (según el apartado undécimo de la convocatoria). * Anexo III (Declaración de cargos públicos y empleados públicos sobre la ausencia de conflicto de intereses). * Anexo IV (Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - PRTR). * Comunicación de datos bancarios (electrónicamente). * Anexo II (Declaración de compromiso en relación a la ejecución de actuaciones del PRTR y respeto a los principios medioambientales). **Requisitos previos:** * Ser titular de la infraestructura de artes escénicas o musicales ubicada en Aragón. * Tener residencia fiscal permanente en territorio español. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * No estar incurso en causas de prohibición para recibir subvenciones. * Cumplir los requisitos medioambientales. **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * El plazo de presentación fue del 30/12/2021 al 13/01/2022. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Descarga y completa el formulario. * [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=8000) 3. Accede al Registro Electrónico General de Aragón (REGA) a través del enlace 'Consultar trámite'. * [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/registro-electronico-general-aragon/8000) 4. Completa los datos solicitados en el REGA. 5. Sube el formulario y la documentación requerida. 6. Firma electrónicamente la solicitud. **Información sobre cada etapa:** * **Documentación:** Asegúrate de tener todos los documentos en formato electrónico. * **Formulario:** Descarga el formulario y complétalo con la información requerida. * **Registro Electrónico:** Accede al REGA con tu certificado digital o Cl@ve. * **Firma Electrónica:** Firma la solicitud con tu certificado digital. **Tiempos de espera:** * El plazo máximo de resolución es de 3 meses. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La administración revisará tu solicitud y la documentación adjunta. * Si falta información, te requerirán para que la subsanes. * Recibirás una notificación con la resolución del trámite. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo de resolución es de 3 meses. Si no se resuelve en este plazo, se puede entender como silencio administrativo. **Siguientes pasos:** * Si la resolución es favorable, recibirás la ayuda concedida. * Si la resolución es desfavorable, puedes interponer un recurso. ## Ayuda **Contacto:** * Servicio Fomento de las Artes, la Cultura y el Libro * Teléfono: [976 714 932](tel:976714932) * Correo electrónico: [ctena@aragon.es](mailto:ctena@aragon.es) * Teléfono: [976 714 932](tel:976714932) * Teléfono: [976 713 376](tel:976713376) * Teléfono: [976 716 603](tel:976716603) **Recursos adicionales:** * [Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica](https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) **Preguntas frecuentes:** * Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: * Teléfono: [976 714 000](tel:+976714000) (De lunes a viernes de 9:00 a 14:00) * Correo electrónico: [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * Teléfono: [976 289 414](tel:+976289414) (De lunes a viernes de 8:00 a 18:00) * Correo electrónico: [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905) (Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp)) ## Más información **Órgano responsable:** * DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA **Normativa:** * [Orden 1792/2021, de 29 de diciembre](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1200365203030&type=pdf) * [Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20977) * [Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=847747263333) * [Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, Base de Datos Nacional de Subvenciones](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-4671) * [Reglamento 2094/2020, de 14 de diciembre](https://www.boe.es/doue/2020/433/M00023-00027.pdf) * [Reglamento 241/2021, de 11 de febrero](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2021-80170) * [Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-17340) * [Orden ECD/1792/2021, de 29 de diciembre](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1200367203030&type=pdf) * [Orden ECD/765/2022, de 26 de mayo](http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1225027624141&type=pdf)

  • ## Resumen Estas ayudas están diseñadas para modernizar y hacer más sostenibles las infraestructuras dedicadas a las artes escénicas y musicales en Aragón. El objetivo es impulsar la actividad cultural en la región y fortalecer la cohesión territorial. Este programa se financia a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Unión Europea (Next Generation EU). **¿Quién puede solicitar estas ayudas?** * Entidades locales * Asociaciones sin ánimo de lucro * Entidades privadas * Entidades públicas ## Requisitos * Ser titular de la infraestructura de artes escénicas o musicales ubicada en Aragón y donde se desarrolle la actividad subvencionada. * Tener residencia fiscal permanente en territorio español. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, así como con la Seguridad Social. * No estar incurso en causas de prohibición para recibir subvenciones. * No haber sido sancionado por discriminación de género o por atentar contra los derechos de las personas LGTBI. * Cumplir los requisitos medioambientales en relación con el tratamiento de residuos. * No haber sido sancionado por la autoridad laboral con exclusión al acceso de ayudas y beneficios derivados de programas de empleo. ## Trámites relacionados ### Convocatorias expiradas * Convocatoria 2021 * Convocatoria 2022 ## Contacto y ayuda * **Teléfono:** Servicio Fomento de las Artes, la Cultura y el Libro 976 714 932 * **Correo electrónico:** ctena@aragon.es * **Teléfono:** 976 714 932 ### Ayuda con la tramitación electrónica * Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica. * Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica. * Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: * 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * infoyregistro@aragon.es ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA ### Normativa * Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 87/2006, de 21 de julio * Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón * Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones * Reglamento 2094/2020, de 14 de diciembre, de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19 (Reglamento UE 2020/2094 del Consejo de 14 de diciembre de 2020) * Reglamento 241/2021, de 11 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. * Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. * Orden ECD/1792/2021, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva en la Comunidad Autónoma de Aragón para la modernización de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021. * Orden ECD/765/2022, de 26 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/1792/2021, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva en la Comunidad Autónoma de Aragón para la modernización de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para reparar los daños causados por las lluvias torrenciales de 2024 en las explotaciones agrarias de Aragón. **Quién puede usar este servicio:** * Titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por las lluvias torrenciales. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Fotografías georreferenciadas de los daños no asegurables. * En caso de personas jurídicas, autorización para consultar datos fiscales, de seguridad social y de identidad. * Hoja de campo y acta de peritación de Agroseguro (si aplica). * Documentación del siniestro asegurado y abono de la indemnización (si aplica). * Planos SIGPAC, informe de peritación o memoria valorada (si aplica). * Poder de representación (si aplica). **Requisitos:** * Cumplir con los requisitos de la Ley 6/2023 y la Ley 38/2003. * No estar incurso en causas de prohibición. * Tener póliza de seguro en vigor. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Accede al trámite online con tu DNIe, certificado electrónico o cl@ve. 3. Completa la solicitud y adjunta la documentación. 4. Firma electrónicamente y envía la solicitud. **Plazo de presentación:** Del 20/02/2025 al 06/03/2025 ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La administración revisará tu solicitud. * Si falta información, te darán un plazo para subsanarla. * Recibirás una resolución en un plazo de dos meses desde el fin del plazo de solicitud. ## Ayuda **Contacto:** * Correo electrónico: [lluvias24_sme@aragon.es](mailto:lluvias24_sme@aragon.es) * Teléfonos: * Huesca: [974 293 100](tel:974293100) * Zaragoza: [976 715 115](tel:976715115) * Teruel: [978 641 102](tel:978641102) * [Oficinas Comarcales Agroambientales y Servicios Provinciales](https://www.aragon.es/-/oficinas-comarcales-agroambientales-ocas-y-areas-medioambientales-amas-) * [Soporte técnico para consultas o incidencias](https://aplicaciones.aragon.es/sitck/pages/login.xhtml) **Recursos adicionales:** * [Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Servicio de Información y Registro: * Teléfono: [976 714 000](tel:+976714000) * Correo electrónico: [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * Teléfono: [976 289 414](tel:+976289414) * Correo electrónico: [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905) ([Información sobre el canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp)) ## Más información **Normativa:** * [Orden AGA/177/2025, de 10 de febrero](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1378939160404) * [Orden AGA/1365/2024, de 14 de noviembre](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1360824040606) * [Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1359757740404)

  • ## Ayudas a particulares por daños de lluvias torrenciales A través de este trámite,se conceden ayudas a los particulares de viviendas afectados por daños y pérdidas producidas como consecuencia de lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024 y durante los últimos días del mes de octubre y primeros días de noviembre de 2024. ## Dirigido a * Personas físicas o jurídicas propietarias de una vivienda habitual afectada por las lluvias torrenciales ## Requisitos * El beneficiario será persona física o jurídica propietario de una vivienda habitual,de bienes de primera necesidad y determinados bienes muebles contenidos en aquella que haya sufrido daños enumerados en el artículo 3 de la convocatoria. * Acreditar la titularidad sobre la vivienda y los bienes afectados. * Acreditar que la vivienda constituye el domicilio habitual de los propietarios aportando el volante de empadronamiento colectivo de la vivienda. * Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre,General de Subvenciones. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias,tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón,y frente a la Seguridad Social. * Aportar,en el momento de la solicitud,una Declaración Responsable que acredite el cumplimiento de la legislación mediambiental,de transparencia,de no haber sido sancionado en materia laboral,de igualdad entre hombres y mujeres,de derechos de las personas LGTBI,de memoria democrática,de derechos y deberes de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo. ## Trámites relacionados ### Convocatorias expiradas [Convocatoria 2024](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-a-particulares-de-viviendas-afectadas-por-los-danos-ocasionados-como-consecuencia-de-las-lluvias-torrenciales/convocatoria-2024) ## Contacto y ayuda * **Correo electrónico.** correo SAR [rehabilitacion@aragon.es](mailto:rehabilitacion@aragon.es) * **Teléfono.** Subdirección Teruel [978641028](tel:978641028) * **Teléfono.** Subdirección Huesca [974293174](tel:974293174) * **Teléfono.** Subdirección Zaragoza [976711311](tel:976711311) * **Correo electrónico.** Subdirección Huesca [rehabilitacionhuesca@aragon.es](mailto:rehabilitacionhuesca@aragon.es) * **Correo electrónico.** Subdirección Teruel [rehabilitacion.teruel@aragon.es](mailto:rehabilitacion.teruel@aragon.es) ### Ayuda con la tramitación electrónica * [Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6TGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) * Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA ### Normativa * [Decreto Legislativo 2/2023,de 3 de mayo,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1276611240404) * [Ley 38/2003,de 17 de noviembre,General de Subvenciones](https://www.boe.es/eli/es/l/2003/11/17/38/con)

  • ## Ayudas por lluvias torrenciales 2024 A través de este trámite,se conceden ayudas a los particulares de viviendas afectados por daños y pérdidas producidas como consecuencia de lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024 y durante los últimos días del mes de octubre y primeros días de noviembre de 2024. ## Información General **Plazo de presentación:** Del 18/11/2024 al 17/01/2025 (Fuera de plazo) [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/registro-electronico-general-aragon/10669) **Dirigido a:** * Personas físicas o jurídicas propietarias de una vivienda habitual afectada por las lluvias torrenciales ## Requisitos * El beneficiario será persona física o jurídica propietario de una vivienda habitual,de bienes de primera necesidad y determinados bienes muebles contenidos en aquella que haya sufrido daños enumerados en el artículo 3 de la convocatoria. * Acreditar la titularidad sobre la vivienda y los bienes afectados. * Acreditar que la vivienda constituye el domicilio habitual de los propietarios aportando el volante de empadronamiento colectivo de la vivienda. * Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre,General de Subvenciones. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias. ## Documentación ### Presentar en todos los casos: * Identidad:Acreditación de la identidad del solicitante * Documento que acredite el poder de representación * Documento justificativo de constitución de persona jurídica y de su inscripción * Volante de empadronamiento colectivo * Titularidad de la vivienda * Memoria descriptiva de los daños y/o pérdidas causados * Copia de la póliza del seguro * Informe pericial contratado * Documentos gráficos * Solicitudes de indemnizaciones * Ficha de terceros * Cualquier otro documento o información * En caso de no autorizar la consulta de datos,será necesario aportar los certificados. ### Documentación que consultará la administración * Certificación de titularidad catastral * Verificación de Datos de Identidad * Corriente de pago para ayudas y subvenciones * Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social * Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones ### Formulario del trámite: Si lo deseas,consulta el formulario descargable del trámite. [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=10669) ## Presentación de la solicitud ### Telemática 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica. 2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. 3. Reúne la documentación que tienes que aportar. 4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA). [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/registro-electronico-general-aragon/10669) ### Presencial 1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. 2. Reúne la documentación que tienes que aportar. 3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. [Localiza tu oficina más cercana](https://www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion) 4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina. ## Contacto y ayuda * **Correo electrónico.** correo SAR [rehabilitacion@aragon.es](mailto:rehabilitacion@aragon.es) * **Teléfono.** Subdirección Teruel [978641028](tel:978641028) * **Teléfono.** Subdirección Huesca [974293174](tel:974293174) * **Teléfono.** Subdirección Zaragoza [976711311](tel:976711311) * **Correo electrónico.** Subdirección Huesca [rehabilitacionhuesca@aragon.es](mailto:rehabilitacionhuesca@aragon.es) * **Correo electrónico.** Subdirección Teruel [rehabilitacion.teruel@aragon.es](mailto:rehabilitacion.teruel@aragon.es) ## Más información ### Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA ### Normativa * [Orden FOM1363/2024](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1360820000505) * [Decreto Legislativo 2/2023](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1276611240404) * [Ley 38/2003](https://www.boe.es/eli/es/l/2003/11/17/38/con) ## Proceso de tramitación y acciones disponibles ### Plazo de presentación Del 18/11/2024 al 17/01/2025 (Fuera de plazo) ### Subsanación [Subsanar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subsanaciones/10669) ### Aportación [Aportar documentación](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/aportaciones/10669) ### Resolución 3 meses

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas para resarcir los daños ocasionados en viviendas particulares como consecuencia de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024, y durante los últimos días de octubre y primeros días de noviembre de 2024. **Quién puede usar este servicio** Personas físicas o jurídicas propietarias de una vivienda habitual que haya sufrido daños por las lluvias torrenciales. **Antes de empezar** Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria para realizar la solicitud. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos** * Acreditación de la identidad del solicitante. * Documento que acredite el poder de representación (si aplica). * Documento justificativo de constitución de persona jurídica y de su inscripción (si el solicitante es persona jurídica). * Volante de empadronamiento colectivo en la fecha de los siniestros. * Acreditación de la titularidad de la vivienda. * Memoria descriptiva de los daños y/o pérdidas causados y de la inversión necesaria para su reparación o sustitución. * Copia de la póliza del seguro (si dispone de ella). * Informe pericial contratado (si no existe cobertura de seguro). * Documentos gráficos que acrediten los daños en los bienes afectados. * Relación de otras solicitudes de indemnización a empresas aseguradoras o al Consorcio de Compensación de Seguros. * Modelo normalizado de ficha de terceros (solo si es la primera vez que se solicita una subvención o ha habido cambios en los datos). * Cualquier otra documentación o información que contribuya a probar la cuantía de los daños. **Requisitos previos** * Ser propietario de la vivienda habitual afectada. * Cumplir con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Presentar una declaración responsable que acredite el cumplimiento de la legislación vigente. **Costes y plazos** * Este trámite no tiene coste. * El plazo de presentación fue del 18/11/2024 al 17/01/2025. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Descarga y completa el formulario de solicitud. * [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=10669) 3. Presenta la solicitud de forma telemática o presencial. **Información sobre cada etapa** * **Telemáticamente:** 1. Identifícate y firma electrónicamente (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). * [Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.](https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_e3D_7k2T-5FkZo4t7XigqH) 2. Descarga, completa y firma el formulario. * [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=10669) 3. Reúne la documentación necesaria. 4. Inicia el trámite en el Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos, sube el formulario y la documentación, y firma electrónicamente. * [Consultar trámite](https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/registro-electronico-general-aragon/10669) * **Presencialmente:** 1. Descarga, completa y firma el formulario. * [Descargar formulario](https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getRequestModel?childServiceId=10669) 2. Reúne la documentación necesaria. 3. Solicita cita previa en una oficina de información y registro. * [Localiza tu oficina más cercana](https://www.aragon.es/tramites/oficinas-de-informacion) * [Pedir cita previa](https://citaprevia.aragon.es) 4. Presenta el formulario y la documentación en la oficina. **Tiempos de espera** El plazo máximo de resolución es de 3 meses. ## Después de hacerlo **Qué sucede después** Una vez presentada la solicitud, la administración revisará la documentación y podrá solicitar información adicional si es necesario. **Plazos de resolución** El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 3 meses. **Siguiente pasos** Si la solicitud es aprobada, se procederá al pago de la ayuda. Si es denegada, se podrá interponer un recurso. ## Ayuda **Contacto** * Correo electrónico: [rehabilitacion@aragon.es](mailto:rehabilitacion@aragon.es) * Teléfonos: * Subdirección Teruel: [978 641 028](tel:978641028) * Subdirección Huesca: [974 293 174](tel:974293174) * Subdirección Zaragoza: [976 711 311](tel:976711311) * Correos electrónicos: * Subdirección Huesca: [rehabilitacionhuesca@aragon.es](mailto:rehabilitacionhuesca@aragon.es) * Subdirección Teruel: [rehabilitacion.teruel@aragon.es](mailto:rehabilitacion.teruel@aragon.es) **Recursos adicionales** * [Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica](https://www.aragon.es/tramites/guia-rapida-de-ayuda-al-ciudadano) * [Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica](https://www.youtube.com/watch?v=IbRKnbH11-8&list=PLU6GTGMRIf_c8g0bWIblj1BVqWTH7AwP4) **Preguntas frecuentes** * Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: * [976 714 000](tel:+976714000). De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 * [infoyregistro@aragon.es](mailto:infoyregistro@aragon.es) * Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * [976 289 414](tel:+976289414). De lunes a viernes de 8:00 a 18:00. * [soportesda@aragon.es](mailto:soportesda@aragon.es) * [Formulario de Solicitud de Soporte Técnico](https://aplicaciones.aragon.es/saco_core/formConsulta.action) * WhatsApp: [+34 973 901 905](https://wa.me/34973901905). Más información sobre el [canal WhatsApp](https://www.aragon.es/tramites/informacion-sobre-el-canal-whatsapp) ## Más información **Órgano responsable** DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA **Normativa** * [Orden FOM1363/2024, de 13 de noviembre](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1360820000505) * [Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo](https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1276611240404) * [Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones](https://www.boe.es/eli/es/l/2003/11/17/38/con)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas a proyectos turísticos en la provincia de Teruel, financiadas por el Fondo de Inversiones de Teruel (FITE). Quién puede usar este servicio: * Empresas y personas físicas que sean pymes turísticas. ## Lo que necesitas Documentación requerida: * Declaración responsable relativa a los requisitos para ser beneficiario de la subvención. * Declaración responsable de las ayudas de mínimis concedidas. * Documento de la representación de la persona jurídica (si aplica). * Declaración responsable del número de empleos existentes y creados. * Declaración responsable del cumplimiento de la legislación (medioambiental, transparencia, laboral, igualdad, LGTBI, memoria democrática, discapacidad). * Declaración responsable de permisos necesarios. * Ficha de Terceros (Descargar modelo). * Proyecto técnico (si es necesario por la obra). * Memoria económica con relación de inversiones, justificantes de pago, extractos bancarios y facturas. * Certificado SICTED (si aplica). La administración consultará: * Identidad del solicitante o representante. * Identificación fiscal de la persona jurídica. * Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. * Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social. * Certificado de la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma. ## Cómo hacerlo Presentación de la solicitud: 1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información: métodos de identificación y firma electrónica. 2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. * Consultar trámite ## Después de hacerlo * Subsanación: Si falta información, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite * Aportación: Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación * Resolución: El plazo máximo de resolución es de 6 meses. Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo, puedes esperar a que la administración resuelva o interponer un recurso. Más información sobre el silencio administrativo. ## Ayuda Contacto: * Teléfono: 976 715 838 * Correo electrónico: dgturismo@aragon.es Ayuda con la tramitación electrónica: * Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica. * Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica. * Dudas o problemas administrativos: Servicio de Información y Registro: * 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00) * infoyregistro@aragon.es * Problemas técnicos: Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: * 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00) * soportesda@aragon.es * Formulario de Solicitud de Soporte Técnico * WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp ## Más información * Órgano responsable: DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y HOSTELERÍA Normativa: * Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón * Orden VMV/322/2016, de 13 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo * Orden ICD/294/2021, de 25 de marzo, ,por la que se convocan las ayudas para proyectos turísticos de empresas con cargo al fondo de inversiones de Teruel.

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