Ayudas a particulares de viviendas afectadas por los daños ocasionados como consecuencia de las lluvias torrenciales - Convocatoria 2024

Actualizado el 20 de febrero de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Concesión de ayudas a particulares de viviendas afectadas por daños y pérdidas producidas por lluvias torrenciales en 2024.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas propietarias de una vivienda habitual afectada por las lluvias torrenciales.

Requisitos principales

  • Ser propietario de la vivienda habitual afectada.
  • Acreditar la titularidad de la vivienda y los bienes afectados.
  • Acreditar que la vivienda es el domicilio habitual.
  • Cumplir los requisitos para ser beneficiario según la Ley General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias.

Plazos

Del 18/11/2024 al 17/01/2025

Duración del trámite

3 meses

Ayudas por lluvias torrenciales 2024

A través de este trámite,se conceden ayudas a los particulares de viviendas afectados por daños y pérdidas producidas como consecuencia de lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024 y durante los últimos días del mes de octubre y primeros días de noviembre de 2024.

Información General

Plazo de presentación: Del 18/11/2024 al 17/01/2025 (Fuera de plazo)

Consultar trámite

Dirigido a:

  • Personas físicas o jurídicas propietarias de una vivienda habitual afectada por las lluvias torrenciales

Requisitos

  • El beneficiario será persona física o jurídica propietario de una vivienda habitual,de bienes de primera necesidad y determinados bienes muebles contenidos en aquella que haya sufrido daños enumerados en el artículo 3 de la convocatoria.
  • Acreditar la titularidad sobre la vivienda y los bienes afectados.
  • Acreditar que la vivienda constituye el domicilio habitual de los propietarios aportando el volante de empadronamiento colectivo de la vivienda.
  • Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre,General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Identidad:Acreditación de la identidad del solicitante
  • Documento que acredite el poder de representación
  • Documento justificativo de constitución de persona jurídica y de su inscripción
  • Volante de empadronamiento colectivo
  • Titularidad de la vivienda
  • Memoria descriptiva de los daños y/o pérdidas causados
  • Copia de la póliza del seguro
  • Informe pericial contratado
  • Documentos gráficos
  • Solicitudes de indemnizaciones
  • Ficha de terceros
  • Cualquier otro documento o información
  • En caso de no autorizar la consulta de datos,será necesario aportar los certificados.

Documentación que consultará la administración

  • Certificación de titularidad catastral
  • Verificación de Datos de Identidad
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Formulario del trámite:

Si lo deseas,consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA).

Consultar trámite

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Más información

Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA

Normativa

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 18/11/2024 al 17/01/2025 (Fuera de plazo)

Subsanación

Subsanar trámite

Aportación

Aportar documentación

Resolución

3 meses


Preguntas frecuentes


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