Ayudas a particulares de viviendas afectadas por los daños ocasionados como consecuencia de las lluvias torrenciales - Convocatoria 2024. 10669. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Concesión de ayudas a particulares cuyas viviendas hayan sufrido daños debido a las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024, y durante los últimos días de octubre y primeros días de noviembre de 2024.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas propietarias de una vivienda habitual afectada por las lluvias torrenciales.

Requisitos principales

  • Ser persona física o jurídica propietaria de una vivienda habitual, de bienes de primera necesidad y determinados bienes muebles que hayan sufrido daños.
  • Acreditar la titularidad sobre la vivienda y los bienes afectados.
  • Acreditar que la vivienda constituye el domicilio habitual de los propietarios aportando el volante de empadronamiento colectivo de la vivienda.
  • Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social.
  • Aportar una Declaración Responsable que acredite el cumplimiento de la legislación mediambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y deberes de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo.

Plazos

El plazo de presentación fue del 18/11/2024 al 17/01/2025.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

La administración consultará datos adicionales como la certificación de titularidad catastral, verificación de datos de identidad, corriente de pago para ayudas y subvenciones, estar al corriente de pago con la Seguridad Social y obligaciones tributarias.

Resumen

Este trámite permite solicitar ayudas para resarcir los daños ocasionados en viviendas particulares como consecuencia de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024, y durante los últimos días de octubre y primeros días de noviembre de 2024.

Quién puede usar este servicio

Personas físicas o jurídicas propietarias de una vivienda habitual que haya sufrido daños por las lluvias torrenciales.

Antes de empezar

Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria para realizar la solicitud.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Acreditación de la identidad del solicitante.
  • Documento que acredite el poder de representación (si aplica).
  • Documento justificativo de constitución de persona jurídica y de su inscripción (si el solicitante es persona jurídica).
  • Volante de empadronamiento colectivo en la fecha de los siniestros.
  • Acreditación de la titularidad de la vivienda.
  • Memoria descriptiva de los daños y/o pérdidas causados y de la inversión necesaria para su reparación o sustitución.
  • Copia de la póliza del seguro (si dispone de ella).
  • Informe pericial contratado (si no existe cobertura de seguro).
  • Documentos gráficos que acrediten los daños en los bienes afectados.
  • Relación de otras solicitudes de indemnización a empresas aseguradoras o al Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Modelo normalizado de ficha de terceros (solo si es la primera vez que se solicita una subvención o ha habido cambios en los datos).
  • Cualquier otra documentación o información que contribuya a probar la cuantía de los daños.

Requisitos previos

  • Ser propietario de la vivienda habitual afectada.
  • Cumplir con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Presentar una declaración responsable que acredite el cumplimiento de la legislación vigente.

Costes y plazos

  • Este trámite no tiene coste.
  • El plazo de presentación fue del 18/11/2024 al 17/01/2025.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Descarga y completa el formulario de solicitud.
  3. Presenta la solicitud de forma telemática o presencial.

Información sobre cada etapa

Tiempos de espera

El plazo máximo de resolución es de 3 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez presentada la solicitud, la administración revisará la documentación y podrá solicitar información adicional si es necesario.

Plazos de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 3 meses.

Siguiente pasos

Si la solicitud es aprobada, se procederá al pago de la ayuda. Si es denegada, se podrá interponer un recurso.

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