Ayudas a particulares de viviendas afectadas por los daños ocasionados como consecuencia de las lluvias torrenciales - Convocatoria 2024. 10669. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Concesión de ayudas a particulares cuyas viviendas hayan sufrido daños debido a las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024, y durante los últimos días de octubre y primeros días de noviembre de 2024.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas propietarias de una vivienda habitual afectada por las lluvias torrenciales.
Requisitos principales
- Ser persona física o jurídica propietaria de una vivienda habitual, de bienes de primera necesidad y determinados bienes muebles que hayan sufrido daños.
- Acreditar la titularidad sobre la vivienda y los bienes afectados.
- Acreditar que la vivienda constituye el domicilio habitual de los propietarios aportando el volante de empadronamiento colectivo de la vivienda.
- Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social.
- Aportar una Declaración Responsable que acredite el cumplimiento de la legislación mediambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y deberes de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo.
Plazos
El plazo de presentación fue del 18/11/2024 al 17/01/2025.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
La administración consultará datos adicionales como la certificación de titularidad catastral, verificación de datos de identidad, corriente de pago para ayudas y subvenciones, estar al corriente de pago con la Seguridad Social y obligaciones tributarias.
Resumen
Este trámite permite solicitar ayudas para resarcir los daños ocasionados en viviendas particulares como consecuencia de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024, y durante los últimos días de octubre y primeros días de noviembre de 2024.
Quién puede usar este servicio
Personas físicas o jurídicas propietarias de una vivienda habitual que haya sufrido daños por las lluvias torrenciales.
Antes de empezar
Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria para realizar la solicitud.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Acreditación de la identidad del solicitante.
- Documento que acredite el poder de representación (si aplica).
- Documento justificativo de constitución de persona jurídica y de su inscripción (si el solicitante es persona jurídica).
- Volante de empadronamiento colectivo en la fecha de los siniestros.
- Acreditación de la titularidad de la vivienda.
- Memoria descriptiva de los daños y/o pérdidas causados y de la inversión necesaria para su reparación o sustitución.
- Copia de la póliza del seguro (si dispone de ella).
- Informe pericial contratado (si no existe cobertura de seguro).
- Documentos gráficos que acrediten los daños en los bienes afectados.
- Relación de otras solicitudes de indemnización a empresas aseguradoras o al Consorcio de Compensación de Seguros.
- Modelo normalizado de ficha de terceros (solo si es la primera vez que se solicita una subvención o ha habido cambios en los datos).
- Cualquier otra documentación o información que contribuya a probar la cuantía de los daños.
Requisitos previos
- Ser propietario de la vivienda habitual afectada.
- Cumplir con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Presentar una declaración responsable que acredite el cumplimiento de la legislación vigente.
Costes y plazos
- Este trámite no tiene coste.
- El plazo de presentación fue del 18/11/2024 al 17/01/2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Reúne la documentación necesaria.
- Descarga y completa el formulario de solicitud.
- Presenta la solicitud de forma telemática o presencial.
Información sobre cada etapa
- Telemáticamente:
- Identifícate y firma electrónicamente (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
- Descarga, completa y firma el formulario.
- Reúne la documentación necesaria.
- Inicia el trámite en el Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos, sube el formulario y la documentación, y firma electrónicamente.
- Presencialmente:
- Descarga, completa y firma el formulario.
- Reúne la documentación necesaria.
- Solicita cita previa en una oficina de información y registro.
- Presenta el formulario y la documentación en la oficina.
Tiempos de espera
El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez presentada la solicitud, la administración revisará la documentación y podrá solicitar información adicional si es necesario.
Plazos de resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 3 meses.
Siguiente pasos
Si la solicitud es aprobada, se procederá al pago de la ayuda. Si es denegada, se podrá interponer un recurso.
Ayuda
Contacto
- Correo electrónico: rehabilitacion@aragon.es
- Teléfonos:
- Subdirección Teruel: 978 641 028
- Subdirección Huesca: 974 293 174
- Subdirección Zaragoza: 976 711 311
- Correos electrónicos:
- Subdirección Huesca: rehabilitacionhuesca@aragon.es
- Subdirección Teruel: rehabilitacion.teruel@aragon.es
Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
Preguntas frecuentes
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- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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