Ayudas a la modernización de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales - Convocatoria 2021. 8000. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Modernizar y mejorar la gestión sostenible de las infraestructuras de artes escénicas y musicales en Aragón, impulsando la actividad cultural y la cohesión territorial.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de infraestructuras de artes escénicas o musicales situadas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos principales
- Ser titular de la infraestructura de artes escénicas o musicales ubicada en Aragón donde se realiza la actividad subvencionada.
- Tener residencia fiscal permanente en territorio español.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, así como con la Seguridad Social.
- No tener deudas pendientes con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- No estar incurso en causas de prohibición para recibir subvenciones según la Ley de Subvenciones.
- No haber sido sancionado por discriminación de género o por atentar contra los derechos de las personas LGTBI.
- Cumplir los requisitos medioambientales en relación con el tratamiento de residuos.
- No haber sido sancionado por la autoridad laboral con exclusión al acceso de ayudas y beneficios derivados de programas de empleo.
Plazos
El plazo de presentación fue del 30/12/2021 al 13/01/2022.
Duración del trámite
3 meses (si no se resuelve en este plazo, se puede entender como silencio administrativo)
Información adicional
La cuantía a percibir no podrá superar el 80% del coste total del proyecto, con un mínimo de 15.000 € y un máximo de 150.000 €. Estas ayudas son compatibles con otras, excepto con fondos estructurales de la UE.
Resumen
Este trámite ofrece ayudas para modernizar las infraestructuras de las artes escénicas y musicales en Aragón, promoviendo la dinamización cultural y la cohesión territorial.
Quién puede usar este servicio:
Titulares de infraestructuras de artes escénicas o musicales ubicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos establecidos.
- Reúne toda la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- NIF, escritura pública o documentos de constitución (en caso de empresas).
- Certificado actualizado de AEAT (en caso de empresas).
- Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones.
- NIF, inscripción en Registro de Asociaciones o Fundaciones y estatutos (en caso de Asociaciones o Fundaciones).
- Documento que acredite la representación.
- Presupuesto de la actuación (desglosado por partida y sin IVA).
- Presupuesto de ingresos (plan de financiación con aportaciones del solicitante e ingresos públicos/privados).
- Memoria de la actuación (proyecto y cronograma).
- Declaraciones responsables (según el apartado undécimo de la convocatoria).
- Anexo III (Declaración de cargos públicos y empleados públicos sobre la ausencia de conflicto de intereses).
- Anexo IV (Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - PRTR).
- Comunicación de datos bancarios (electrónicamente).
- Anexo II (Declaración de compromiso en relación a la ejecución de actuaciones del PRTR y respeto a los principios medioambientales).
Requisitos previos:
- Ser titular de la infraestructura de artes escénicas o musicales ubicada en Aragón.
- Tener residencia fiscal permanente en territorio español.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No estar incurso en causas de prohibición para recibir subvenciones.
- Cumplir los requisitos medioambientales.
Costes y plazos:
- El trámite es gratuito.
- El plazo de presentación fue del 30/12/2021 al 13/01/2022.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Descarga y completa el formulario.
- Accede al Registro Electrónico General de Aragón (REGA) a través del enlace 'Consultar trámite'.
- Completa los datos solicitados en el REGA.
- Sube el formulario y la documentación requerida.
- Firma electrónicamente la solicitud.
Información sobre cada etapa:
- Documentación: Asegúrate de tener todos los documentos en formato electrónico.
- Formulario: Descarga el formulario y complétalo con la información requerida.
- Registro Electrónico: Accede al REGA con tu certificado digital o Cl@ve.
- Firma Electrónica: Firma la solicitud con tu certificado digital.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará tu solicitud y la documentación adjunta.
- Si falta información, te requerirán para que la subsanes.
- Recibirás una notificación con la resolución del trámite.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses. Si no se resuelve en este plazo, se puede entender como silencio administrativo.
Siguientes pasos:
- Si la resolución es favorable, recibirás la ayuda concedida.
- Si la resolución es desfavorable, puedes interponer un recurso.
Ayuda
Contacto:
- Servicio Fomento de las Artes, la Cultura y el Libro
- Teléfono: 976 714 932
- Correo electrónico: ctena@aragon.es
- Teléfono: 976 714 932
- Teléfono: 976 713 376
- Teléfono: 976 716 603
Recursos adicionales:
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
Preguntas frecuentes:
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- Teléfono: 976 714 000 (De lunes a viernes de 9:00 a 14:00)
- Correo electrónico: infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- Teléfono: 976 289 414 (De lunes a viernes de 8:00 a 18:00)
- Correo electrónico: soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905 (Más información sobre el canal WhatsApp)
Más información
Órgano responsable:
- DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Normativa:
- Orden 1792/2021, de 29 de diciembre
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
- Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, Base de Datos Nacional de Subvenciones
- Reglamento 2094/2020, de 14 de diciembre
- Reglamento 241/2021, de 11 de febrero
- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre
- Orden ECD/1792/2021, de 29 de diciembre
- Orden ECD/765/2022, de 26 de mayo